Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función
Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28
de julio,
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el
procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se
relacionan en el anexo I de la presente Orden y que figuran en
la relación de puestos de trabajo del Departamento.
La presente convocatoria, de acuerdo con el artículo 14 de
la Constitución española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero
de 1976, tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre
hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y
promoción profesional de los funcionarios y se desarrollará con
arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Los funcionarios interesados dirigirán su solicitud,
en el modelo que figura en el anexo II, a la Subdirección General
de Recursos Humanos del Departamento, debiendo presentarse
dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la presente Orden en el "Boletín
Oficial del Estado", en el Registro General del Ministerio, Paseo
Infanta Isabel, 1 o por cualquiera de las formas que establece
el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los solicitantes del puesto deberán reunir, de acuerdo con lo
dispuesto en el Real Decreto 1396/2003, de 17 de noviembre,
por el que se regulan la organización, funciones y provisión de
puestos de trabajo de las Consejerías de Agricultura, Pesca y
Alimentación de las Misiones Diplomáticas de España, los siguientes
requisitos:
a) Encontrarse en la situación administrativa de servicio
activo.
b) Haber prestado servicios en el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación durante un período de al menos dos años.
Segunda.-Además de los datos personales, número de Registro
de Personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañar
a su solicitud un currículum vitae, en el que harán constar, de
acuerdo asimismo con lo dispuesto en el citado Real Decreto,
los siguientes datos:
a) Títulos académicos.
b) Conocimientos y experiencia acreditada en las materias
objeto de la competencia del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en particular en lo que respecta a las políticas y
normas comunitarias propias de estos ámbitos.
c) Antigüedad, años de servicio y nivel de los puestos o cargos
desempeñados.
d) Conocimientos de idiomas y cuantos méritos el aspirante
estime oportuno poner de manifiesto.
Deberá cursarse una instancia por cada puesto de trabajo
solicitado, acompañando justificantes de todos los méritos alegados.
Únicamente se tomarán en consideración aquellas solicitudes
que se ajusten al modelo de referencia, así como los datos y méritos
que expresamente queden consignados en las mismas.
Tercera.-Por el órgano competente del Departamento se
efectuarán los nombramientos de los aspirantes que se consideren
más idóneos para desempeñar los puestos de trabajo convocados,
pudiendo, en su caso, declararse desiertos los puestos ofertados.
Cuarta.-La permanencia en este puesto se ajustará a lo
establecido en el artículo 10 del Real Decreto 1396/2003, de 17
de noviembre, por el que se regulan la organización, funciones
y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Agricultura,
Pesca y Alimentación de las Misiones Diplomáticas de España.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación
ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este
órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su publicación, significándose que en este caso no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.
Madrid, 27 de octubre de 2004.-La Ministra, P. D.
(O. M. 22-09-04; BOE 30-09-04), el Subsecretario, Santiago
Menéndez de Luarca.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Recursos Humanos.
Departamento.
ANEXO I
Número de orden: 1. Centro directivo/Subdirección General.
Puesto de trabajo: MAPA. Secretaría General Técnica.
Representación permanente de España ante la Unión Europea. Coordinador
C.E.E. Nivel: 30. Complemento específico: 16.876,56. Tipo pto.:
S. ADSC Administración: AE. ADS Grupo: A. ADS Cuerpo: EX18.
Localidad: Bélgica-Bruselas. Titulación requerida: -. Decripción
del puesto: -. Méritos: Conocimiento del idioma francés y/o inglés.
Experiencia en Política Agraria Comunitaria. Experiencia en
Coordinación de Reuniones de Alto Nivel. Experiencia en realización
de informes técncios sobre temas comunitarios relacionados con
la PAC.
EX18: Podrán participar los funcionarios de todos los Cuerpos o Escalas del
Grupo o Grupos indicados, con exclusión de todos los comprendidos en los Sectores
de Docencia, Investigación, Servicios Postales y Telegráficos, Instituciones
Penitenciarias y Transporte Aéreo y Meteorología.
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