De acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad
de Vigo y con el objeto de atender las necesidades de personal
de administración y servicios de esta Universidad,
Este rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, del 21 de
diciembre, de Universidades resuelve convocar pruebas selectivas
para cubrir una plaza de técnico superior de prevención de riesgos
laborales, área de seguridad en el trabajo, vacante en su cuadro
de personal
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir mediante
contrato en régimen laboral de naturaleza indefinida, una plaza de
técnico superior de prevención de riesgos laborales, del grupo I.
La plaza se reserva inicialmente para el turno de promoción
interna. De no cubrirse se ofertará por el sistema de acceso general
libre. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los dos
turnos de acceso: promoción interna o acceso general libre.
1.2 El procedimiento de selección será el de
concursooposición y constará de las fases, pruebas y calificaciones que
se especifican en el anexo I.
1.3 El programa que regirá las pruebas de la fase de oposición
es el que se relaciona en el anexo II.
1.4 Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo
dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la
reforma de la función pública, modificada por la Ley 23/1988,
do 28 de julio ; a la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función
pública de Galicia, modificada por la Ley 4/1991, y por la
Ley 3/1995 ; al Real decreto 364/1995, de 10 de marzo; al
Decreto 95/1991, de 20 de marzo ; a los Estatutos de la Universidad
de Vigo y a lo dispuesto en la presente convocatoria.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes, con independencia del turno de acceso,
deberán poseer todos los requisitos exigidos en esta base en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerlos hasta la firma del correspondiente contrato.
2.2 Requisitos comunes para todos los turnos de acceso:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, nacional del Reino de Noruega o de la República de
Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
países miembros de la Unión Europea, de Noruega o Islandia
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años
o mayores de esta edad que vivan a sus expensas.
b) Haber cumplido los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de licenciado, arquitecto,
ingeniero o equivalente (en el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero deberá estar en posesión de la credencial que acredite
su homologación), así como estar en posesión de título de técnico
en prevención de riesgos laborales de nivel superior en la
especialidad de seguridad en el trabajo, establecido en el anexo VI
del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba
el reglamento de los servicios de prevención.
d) Haber abonado las tasas por derechos de examen.
e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
f) No haber sido separado o estar suspendido del servicio de
cualquiera administración pública ni inhabilitado para el
desempeño de la función pública por sentencia firme. Los aspirantes
que no tengan nacionalidad española deberá acreditar,
igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública.
2.3 Los aspirantes que concurran a las pruebas por el turno
de promoción interna deberán pertenecer al cuadro de personal
laboral fijo de la Universidad de Vigo y a una categoría profesional
distinta a la de las plazas objeto de la presente convocatoria.
3. Solicitudes
3.1 Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas
selectivas se ajustarán al modelo que figura como anexo IV de esta
convocatoria y se dirigirán al rector de la Universidad de Vigo
en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado. A efectos divulgativos esta convocatoria se remite
también al Diario Oficial de Galicia.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad de Vigo (Rectorado, Campus de As
Lagoas-Marcosende, 36310-Vigo) o según las restantes formas
previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes suscritas en el
extranjero podrán cursarse a través de las representaciones
diplomáticas y consulares españolas correspondientes.
Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud ni
solicitar su participación en las pruebas selectivas,
simultáneamente, en más de un sistema de acceso. La contravención de
alguna de estas normas determinará la exclusión de los aspirantes.
3.3 Los derechos de examen serán de 36 euros y se ingresarán
en la cuenta corriente n.o 2091-0501-64-3110000201, Caixa
Galicia O.P.-Vigo. Universidad de Vigo. Tasas. Forma de pago:
directamente en las oficinas de la citada entidad, utilizando para ello
exclusivamente el impreso de solicitud (anexo IV), o mediante
transferencia bancaria en la que deberá constar obligatoriamente
el nombre, apellidos y DNI del interesado, el código L104TSPRLS
y la categoría Técnico Superior de Prevención de Riesgos
Laborales, Especialidad de Seguridad en el Trabajo. En ningún caso
la mera presentación de la solicitud y el pago en la entidad bancaria
supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo
y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a los
aspirantes que sean excluidos definitivamente de la realización
de las pruebas selectivas, o cuando las pruebas no se realicen,
siempre que cubriesen los datos bancarios necesarios para hacer
la devolución.
3.4 Con la instancia se adjuntará necesariamente, siendo
motivo de exclusión la falta de alguno de ellos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad ; los
aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan derecho
a participar deberán presentar fotocopia del documento que
acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten
el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar
a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho
vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa
de no estar separado de derecho de su cónyuge y, si es el caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.
Estarán exentas del pago las personas con una discapacidad igual
o superior al 33%, siempre que acompañando su solicitud
presenten los certificados que la acrediten.
3.5 Los méritos alegados se acreditarán del siguiente modo:
a) Los servicios prestados en las Universidades públicas de
Galicia se acreditarán mediante certificación de la gerencia o
unidad de personal correspondiente, referidos a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes ; el servicio de
gestión de personal de la Universidad de Vigo expedirá, de oficio,
certificaciones acreditativas a los efectos de la valoración de
méritos de la fase de concurso.
b) La formación se acreditará mediante la presentación de
los títulos y diplomas correspondientes, o certificación del órgano
competente de estar en condiciones de obtenerlos en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) De conformidad con lo establecido en la base 6.5 de la
convocatoria, los aspirantes quedarán exentos de la realización
de la prueba previa de acreditación del conocimiento del
castellano, si con la solicitud adjuntan copia compulsada de los
diplomas básico o superior de español como lengua extranjera o del
certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por
las escuelas oficiales de idiomas. En otro caso les será de aplicación
lo previsto en la base mencionada.
3.6 Los aspirantes deberán indicar el turno por el que solicitan
acceder en el recuadro n.o 2. Los que tengan alguna minusvalía
podrán solicitar en el recuadro n.o 6 las adaptaciones de tiempos
y medios que consideren necesarias para la realización de las
pruebas. Quienes hayan prestado servicios en la Universidad de Vigo
deberán hacerlo constar en el recuadro n.o 16, para que se les
emita de oficio la certificación prevista en la base 3.5.a).
3.7 Los errores de hecho que se pudiesen advertir, podrán
enmendarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hiciesen
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.1. Transcurrido este plazo no se admitirá
ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional
sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la
Universidad.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes el
rector de la Universidad de Vigo dictará resolución, en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia,
declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos
y excluidos, con expresión de las causas que motivarán la exclusión
y el plazo de enmienda de los posibles defectos, que será de 10
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución mencionada.
4.2 Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no
enmienden la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho
a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos de la realización de las pruebas.
En la resolución definitiva, que se publicará en el Diario Oficial
de Galicia, indicará asimismo el lugar, fecha y hora de celebración
del primer ejercicio y contra ella, previa comunicación a este
rectorado, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de
acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992.
4.3 En todo caso con el objeto de evitar errores y, en el
supuesto de producirse, para posibilitar su enmienda en tiempo y forma,
los aspirantes comprobarán fidedignamente no sólo que no figuran
en la lista de excluidos, sino que sus nombres constan
correctamente en la relación de admitidos.
5. Tribunal
5.1 El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
en el anexo III de esta convocatoria y tendrá la categoría primera
de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG
del 25).
5.2 Los miembros del tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992 o si hubiesen participado en tareas de preparación
de aspirantes a pruebas selectivas dentro de los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal
declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias
previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
tribunal cuando concurran las circunstancias citadas.
5.3 Después de la convocatoria del presidente, se constituirá
el tribunal con la asistencia de la mayoría de sus miembros titulares
o suplentes. En esta sesión, el tribunal acordará las decisiones
que le correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.4 A efectos de realización de sesiones, deliberaciones y
adopciones de acuerdos, se requerirá la asistencia de los miembros
del tribunal especificada en el apartado anterior.
5.5 El tribunal resolverá las dudas que pudiesen surgir en
la aplicación de estas normas, así como el que se deba hacer
en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del
tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992.
5.6 El tribunal podrá disponer la incorporación de sus
trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes
los exercicios que estimen pertinentes, limitándose los dichos
asesores a prestar colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores se elevará al rector de la Universidad
de Vigo y les será de aplicación lo previsto en la base 5.2.
5.7 El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en los que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías disfruten de similares condiciones para
la realización de los ejercicios al resto de los aspirantes. Para
las personas con minusvalías que soliciten en la forma prevista
en la base 3.6., se establecerán las adaptaciones posibles en
tiempo y medios. A tal efecto, el tribunal podrá recabar justificación
documental de los aspirantes y los informes sanitarios o técnicos
correspondientes.
5.8 El tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes y excluirá
a aquellos opositores que consignen en las hojas de examen
marcas o signos que permitan conocer su identidad.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
tribunal tendrá su sede en el rectorado de la Universidad de Vigo,
campus de As Lagoas-Marcosende, teléfono 986 812 000
(centralita) y 986 813 762 (Servicio de Recursos Humanos).
5.10 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar
que superaron las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra D, de conformidad con
la resolución de la Consejería de Presidencia, Relaciones
Institucionales y Administración Pública del 30 de enero de 2004 (DOG
del 4 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
un único llamamiento quedando decaídos en su derecho los que
no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor,
debida
mente justificados y libremente considerados por el tribunal. En
cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el
tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
a partir del 15 de febrero de 2005. La publicación de los sucesivos
anuncios de celebración de los ejercicios será efectuada por el
tribunal en los lugares donde se celebrase el anterior, así como
en la sede del tribunal y por cualquier otro medio que se juzgue
conveniente para facilitar su máxima divulgación, con 48 horas
de antelación, por lo menos, a la fecha señalada para su iniciación.
6.4 El tribunal podrá acordar la inclusión de preguntas de
reserva que necesariamente deberán ser contestadas por los
aspirantes. Los ejercicios para el turno de promoción interna se
realizarán de forma separada y con anterioridad a los de acceso
general libre.
6.5 Los aspirantes de nacionalidad extranjera, previamente
a la realización de los ejercicios de la fase de oposición, deberán
acreditar el conocimiento del castellano, bien mediante la
presentación de los diplomas y certificados relacionadas en la
base 3.5.c), bien mediante la superación de una prueba que se
ajustará a los contenidos establecidos en el R.D. 826/1988, de
20 de julio, y en la que se comprobará que poseen un nivel
adecuado de comprensión y expresión oral y escrita. La no superación
de esta prueba impedirá la realización de los ejercicios de la fase
de oposición.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de
los requisitos exigidos en la presente convocatoria, luego de la
audiencia el interesado, deberá proponer su exclusión al rector
de la Universidad de Vigo, comunicándole también las
inexactitudes y falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud
a los efectos procedentes.
7. Lista de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición, el tribunal hará pública en los lugares de celebración de
los mismos y en el rectorado la relación de aspirantes que los
superasen, con indicación de la puntuación obtenida y del
documento nacional de identidad.
7.2 Finalizada la fase de oposición, y para los aspirantes que
la superaran, el tribunal hará públicos los puntos obtenidos en
la fase de concurso, que en ningún caso podrán sumarse a efectos
de superar los ejercicios de la oposición.
La calificación final del proceso selectivo vendrá dada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y,
de ser el caso, en la fase de concurso. En caso de empate, tendrá
preferencia el candidato con mayor puntuación en el conjunto
de la fase de oposición ; de persistir, se dirimirá a favor de la
mayor puntuación en el segundo y primero de los ejercicios de
la fase de oposición. De mantenerse se dirimirá finalmente por
sorteo entre los aspirantes igualados.
El tribunal hará pública para cada sistema de acceso la lista
de aspirantes que, según el orden de puntuación alcanzado por
cada uno de ellos, fuesen seleccionados, que en ningún caso podrá
contener un número de candidatos superior al de las plazas
convocadas. Los opositores que no se encuentren incluidos en las
respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos.
7.3 Finalizado el proceso selectivo, el presidente del tribunal
elevará al rector la relación definitiva de aspirantes aprobados
según el respectivo sistema de acceso y por orden de puntuación,
en la que constarán las calificaciones de la fase de concurso, si
es el caso, y de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición,
y la suma total.
7.4 Con la finalidad de configurar la correspondiente lista
de espera, una vez terminado el proceso selectivo el tribunal
remitirá a la Gerencia la relación de aspirantes que superaran, al
menos, uno de los ejercicios obligatorios, ordenados según las
puntuaciones obtenidas en ambas fases.
8. Presentación de documentos
8.1 En el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente
a aquel en el que se hagan públicas las relaciones definitivas de
aprobados, éstos deberán presentar en el registro general de la
Universidad de Vigo los siguientes documentos:
a) Fotocopia del título académico ; en el caso de titulación
extranjera, se presentará credencial de su homologación, de no
haberla presentado anteriormente.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública.
c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica que imposibilite el
desempeño de las correspondientes funciones.
d) Los aspirantes que hicieran valer su condición de
minusválidos deberán presentar certificado de los órganos competentes
de sanidad o servicios sociales de la administración que
corresponda, que acredite tal condición e igualmente la compatibilidad
con el desempeño de las tareas y funciones corrrespondientes.
8.2 Los que tuviesen la condición de personal laboral fijo
de la Universidad de Vigo estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para
acceder a su anterior puesto.
8.3 Los que dentro del plazo fijado, excepto en caso de fuerza
mayor debidamente justificado, no presentasen la documentación
o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno
de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados,
como consecuencia del proceso, como personal laboral fijo de
la Universidad de Vigo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
prejuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por
falsedad en la solicitud inicial, formulándose propuesta a favor del
candidato siguiente en el orden de prelación, siempre que tuviese
superada la fase de oposición.
8.4 Los aspirantes seleccionados deberán superar
satisfactoriamente un período de prueba de cuatro meses, de conformidad
con lo previsto en el I Convenio colectivo para el personal laboral
de la Universidad de Vigo y en el Real decreto legislativo 1/1995,
de 24 de marzo (BOE de 29), por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
9. Norma final
Esta convocatoria y sus bases vinculan a la administración,
al tribunal encargado de juzgar las pruebas y a los que participen
en ellas.
La convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de
ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados en los
casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Además, la Universidad de Vigo podrá, si es el
caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal de
acuerdo con lo previsto en dicha ley.
Vigo, 21 de octubre de 2004.-El Rector, Domingo Docampo
Amoedo.
ANEXO I
Ejercicios y valoración
A) Fase de oposición
La fase de oposición estará constituida por los siguientes
ejercicios:
Primero.-Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario
de preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas, de las que
sólo una será correcta, basado en la primera parte del programa
que figura como anexo II. El tiempo máximo de realización será
de 90 minutos. Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.
Segundo.-Consistirá en desarrollar por escrito tres temas de
entre cuatro elegidos por sorteo basados en la primera parte del
programa. El tiempo máximo de realización será de 180 minutos.
Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.
Tercero.-Sólo para el turno de acceso general libre. Tendrá
carácter obligatorio y no eliminatorio.
a) Consistirá en una prueba tipo test sobre la lengua gallega.
El tiempo máximo de realización será de 20 minutos.
b) Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de
preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas, de las que sólo
una será correcta, basado en la segunda parte del programa. El
tiempo máximo de realización será de 20 minutos.
Calificación de los ejercicios: En los ejercicios tipo test cada
respuesta errónea descontará el 25% del valor de la respuesta
correcta.
A) Promoción interna:
1er ejercicio.-Se calificará con un máximo de 35 puntos, siendo
necesario obtener 17,5 puntos para superarlo.
2.o exercicio.-Se calificará con un máximo de 50 puntos,
siendo necesario obtener 25 puntos para superarlo.
B) Acceso general libre:
1er ejercicio.-Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo
necesario obtener 15 puntos para superarlo.
2.o ejercicio.-Se calificará con un máximo de 45 puntos, siendo
necesario obtener 22,5 puntos para superarlo.
3er ejercicio.-Se calificará con un máximo de 10 puntos,
distribuidos como sigue:
a) Gallego: Se calificará con un máximo de 4 puntos.
b) Test: Se calificará con un máximo de 6 puntos.
B) Fase de concurso
a) Promoción interna:
1. Antigüedad en las Universidades públicas de Galicia,
certificada por la Gerencia o unidad de personal respectiva, a razón
de 0,084 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 10
puntos.
2. Formación relacionada con la categoría de la plaza,
acreditada suficientemente e impartida por centros y organismos
oficiales, incluidas las materias cursadas para la obtención de títulos
oficiales superiores al exigido por la convocatoria o afines. Se
calificará con un máximo de 5 puntos.
b) Acceso general libre:
1. Experiencia: se valorará el desempeño de puestos de la
misma categoría que el de la plaza convocada en las Universidades
públicas de Galicia, certificada por la Gerencia o unidad de
personal respectiva, a razón de 0,12 puntos por mes trabajado, hasta
un máximo de 10 puntos.
2. Formación relacionada con la categoría de la plaza,
acreditada suficientemente e impartida por centros y organismos
oficiales, incluidas las materias cursadas para la obtención de títulos
oficiales superiores al exigido por la convocatoria o afines. Se
calificará con un máximo de 5 puntos.
ANEXO II
Programa
Primera parte
1. Directivas europeas marco y específicas de seguridad y
salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales.
2. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Estructura y
contenido. Normativa de desarrollo.
3. El Reglamento de servicios de prevención. Estructura y
contenido. Normativa de desarrollo.
4. La Ley de reforma del marco normativo en prevención de
riesgos laborales. Estructura y contenido.
5. Normas de adaptación y aplicación de la legislación de
prevención de riesgos laborales a la Administración General del
Estado y a la Administración de la Xunta de Galicia.
6. La distribución de competencias y coordinación de
actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo entre la
administración del Estado e de las Comunidades Autónomas. Funciones
y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Los
órganos técnicos de las Comunidades Autónomas. La red Española
de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Comisión Nacional de
Seguridad en el Trabajo.
7. Las normas técnicas. Concepto y tipos de normas. Origen
y evolución de la normalización. Organismos internacionales, ISO
y CEI. Organismos europeos. Situación en España. El mercado
único y las normas armonizadas. La certificación CE. Las normas
técnicas en el ámbito de la seguridad en el trabajo.
8. La gestión de riesgos laborales en la empresa. El sistema
de gestión para la prevención. Sistemas de información para la
dirección de la empresa. Auditoría de la prevención: Obligaciones
de la empresa. Autorización a las personas o entidades
especializadas en la realización de auditorías. Efectos de la auditoría en
la calidad.
9. Coordinación de actividades empresariales. Concurrencia
de varias empresas y trabajadores en un mismo centro de trabajo.
10. Consulta y participación de los trabajadores en
prevención de riesgos laborales. Responsabilidades y sanciones. Los
Delegados de Prevención: Designación, garantías y competencias.
El Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social.
11. Obligaciones de los fabricantes, importadores y
suministradores. La libre circulación de mercancías y el mercado único
europeo. Responsabilidades por defectos de los productos y otros
perjuicios. Obligaciones de información a la empresa.
Obligaciones de información del empresario a los trabajadores.
12. Integración de la actividad preventiva en la acción de
la empresa. Evaluación de riesgos. Planificación de la prevención.
Organización de los recursos: Funciones y requisitos. Actuaciones
en materias preventivas de las Mutuas de Accidentes de Trabajo
y Enfermedades Profesionales.
13. Acreditación de entidades especializadas como servicios
de prevención ajenos. Funciones y niveles de calificación.
Autorización a entidades para desarrollar y certificar actividades
formativas en esta materia.
14. Protección de la maternidad y de los menores. Riesgos
laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de
embarazo, postparto y lactancia. Legislación y medidas
preventivas frente a los riesgos específicos. Protección de menores,
riesgos específicos y trabajos prohibidos.
15. Las técnicas preventivas. Los principios de prevención.
Medicina del trabajo. Higiene industrial. Ergonomía.
Psicosociología aplicada. Información y comunicación.
16. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos
de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral.
Epidemiología laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud.
Planificación e información sanitaria.
17. Utilización de equipos de protección individual. Concepto
y prioridad de utilización de los equipos de protección individual
(EPI) en el trabajo. Tipos. Normativa del mercado único europeo
relativa al diseño y comercialización de los EPI.
18. La formación en prevención de riesgos laborales en la
empresa. Planificación, diagnóstico de necesidades y definición
de objetivos. Programas. Métodos y técnicas. Enseñanza a
distancia y nuevas tecnologías aplicadas a la formación. Evaluación
de la formación.
19. Ámbitos de prevención relacionados: Gestión
medioambiental, seguridad vial, seguridad patrimonial, seguridad
industrial. Políticas y planes de calidad en la Universidad.
20. Orden, limpieza, mantenimiento. Condiciones
ambientales. Iluminación. Servicios y locales de descanso. Locales
provisionales y trabajos al aire libre. Apertura de nuevos centros de
trabajo.
21. Prevención y protección contra incendios: Principios
generales. Conceptos básicos sobre causas y propagación.
Productos inflamables y explosivos y su almacenamiento. Planes de
emergencia y autoprotección. Reglamentación de instalaciones de
protección de incendios. Las normas básicas de edificación.
22. Riesgos de explosión. Concepto de explosión y atmósfera
explosiva. Límites y valores de referencia. Emplazamientos
peligrosos. Clases. Polvos inflamables o combustibles. Modos de
protección. Material utilizable en atmósferas explosivas.
23. Riesgos eléctricos (I). Localización. Efectos fisiológicos
de la corriente eléctrica. Factores de riesgo en el choque eléctrico.
Actuaciones en caso de accidente eléctrico. Herramientas y
aparatos eléctricos. Medios específicos de protección colectiva e
individual.
24. Riesgos eléctricos (II). Sistemas de protección contra
contactos eléctricos en baja tensión. Trabajos en alta tensión y sin
tensión. Verificación de instalaciones eléctricas. Lugares con
riesgos especiales. Humedad, corrosión, líquidos ... Protección contra
incendios de origen eléctrico. Material eléctrico y protecciones
en emplazamientos clasificados. Electricidad estática.
25. Análisis, evaluación y control de los riesgos específicos
ligados a productos químicos. Residuos tóxicos y peligrosos.
Especial aplicación en los laboratorios y centros de investigación de
la Universidad de Vigo.
26. Análisis, evaluación y control de los riesgos de carácter
biológico. Particularidades de los laboratorios y centros de
investigación de la Universidad de Vigo.
27. Protección de los trabajadores contra riesgos
relacionados con la exposición a agentes cancerígenos.
28. Prevención de accidentes mayores. Concepto y marco
legal. Evaluación. Análisis de accidentes. Método HAZOP. Planes
de emergencia interior y exterior. Actuaciones de las
administraciones públicas competentes.
29. Normas y señalización de seguridad y salud. La norma
interna de seguridad. Objetivos y tipo de señalización.
Reglamentación sobre señalización de seguridad y salud laboral.
30. Utilización de equipos de trabajo. Normas de aplicación.
Legislación del mercado único europeo. Certificación y marcado
CE. Seguridad de las máquinas. Aparatos e instalaciones a presión.
Maquinaria móvil. Aparatos de elevación de cargas y personas.
31. Técnicas de seguridad. Concepto de riesgo y teoría de
la casualidad. Técnicas específicas. Técnicas generales. Analíticas
y operativas.
32. Inspección de seguridad e investigación de accidentes.
Concepto y objetivos de las inspecciones de seguridad.
Inspecciones planificadas y no planificadas. Medios de apoyo y acciones
de la dirección. Concepto y objetivos de la investigación de
accidentes. Metodología general de la investigación. El informe.
Consecuencias.
33. Técnicas de eliminación y reducción de riesgos. Concepto
de integración de la prevención en el proceso productivo y en
la organización. Calidad total y prevención de riesgos. Prevención
en el diseño y en la fase de toma de decisiones. Actuaciones sobre
el medio. Protección colectiva. Actuaciones de carácter
organizativo. Actuaciones sobre la persona.
34. Seguridad y salud en obras de reparación y
mantenimiento. Particularidad de los riesgos en las obras. Actuaciones y
responsabilidades de promotores, proyectistas, constructores,
contratistas y subcontratistas, trabajadores autónomos,
coordinadores de seguridad, dirección facultativa y propiedad.
35. El tratamiento de la información. La confidencialidad de
los datos. La Ley orgánica de regulación del tratamiento
automatizado de datos de carácter personal y normativa de desarrollo.
36. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Concepto. Notificación, registro y clasificación. Normativa legal.
Enfermedades del trabajo y enfermedades relacionadas con él.
37. Epidemiología. Conceptos básicos. El método
epidemiológico. Diseño, características y tipos de estudios epidemiológicos.
Vigilancia epidemiológica.
Segunda parte
1. La Constitución de 1978: Derechos y deberes
fundamentales. Gobierno, Cortes Generales y Administración. El Estatuto
de Autonomía de Galicia. Las instituciones de la Comunidad
Autónoma de Galicia: Composición, organización y competencias.
2. La Ley del estatuto de los trabajadores: Disposiciones
generales. El contrato de trabajo. Modificación, suspensión y extinción
del contrato de trabajo. Derechos de representación y reunión.
La negociación colectiva.
3. El procedimiento administrativo común. Órganos de las
administraciones públicas. Los interesados. La actividad de las
administraciones. Disposiciones generales sobre los
procedimientos administrativos. Revisión de actos.
4. La Ley Orgánica de Universidades.
5. Los Estatutos de la Universidad de Vigo. Naturaleza y
estructura de la Universidad. Órganos de gobierno. La comunidad
universitaria. Garantías jurídicas. Régimen económico y
financiero.
6. Clases y régimen jurídico del personal de administración
y servicios de la Universidad de Vigo. El I Convenio Colectivo
del personal laboral de la Universidad de Vigo.
ANEXO III
Tribunal
Titular:
Presidente: D. José Antonio Gómez González, Técnico Superior
del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en
representación de la Universidad de Vigo.
Vocales: D. Antonio Lama Varela, Técnico Superior, en
representación de la Universidad de Vigo.
D.a María Luisa Magaz Ledo, Auxiliar Técnico en Servicios
Generales en representación del Comité Intercentros.
D. Cándido Pérez Betanzos, Técnico Especialista en Transporte
y Distribución en representación del Comité Intercentros.
Secretario: D. Manuel Gil Fernández, Técnico Superior del
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en
representación de la Universidad de Vigo, que actuará con voz y voto.
Suplente:
Presidente: D. Evaristo Rodríguez González, Técnico Superior
del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en
representación de la Universidad de Vigo.
Vocales: D. Jesús Torres Pombo, en representación de la
Universidad de Vigo.
D. Manuel Velasco Graña, Técnico Especialista en Biblioteca
en representación del Comité Intercentros.
D. Antón García Fernández, Técnico Especialista en Servicios
Generales en representación del Comité Intercentros.
Secretario: D. Alberto López Abel, Escala de Gestión de la
Universidad de Vigo, en representación de la Universidad de Vigo,
que actuará con voz y voto.
ANEXO IV (ver imagen página 36929).
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