Ante la necesidad que tienen las Fuerzas Armadas de disponer de un vehículo normalizado de 1.000 Kgs de carga útil en todo terreno, el Secretario de Estado de Defensa encargó a la Dirección General de Armamento y Material la tramitación de un expediente para la elección de un modelo de autobastidor de estas características, convocándose el preceptivo concurso público que fue anunciado en el «Boletín Oficial del Estado» número 157, de 2 de julio de 2003.
Realizadas todas las pruebas técnicas y cumplidos todos los trámites establecidos en la legislación vigente, el Director General de Armamento y Material adjudicó el concurso a favor del modelo Aníbal Militar fabricado por la empresa «Santana Motor, S. A.», proponiendo su declaración de necesaria uniformidad en las Fuerzas Armadas por un periodo máximo de cinco años.
Por todo lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 210.f) del texto refundido de la Ley de Contrato de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, dispongo:
Apartado único. Se declara de necesaria uniformidad en las Fuerzas Armadas el autobastidor de 1.000 Kg. de carga útil en todo terreno modelo Anibal Militar fabricado por la empresa «Santana Motor, S. A.».
Esta declaración de necesaria uniformidad se extiende asimismo a las distintas versiones, variantes, opcionales, accesorios, componentes, repuestos y herramientas del citado modelo.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», teniendo una vigencia de cinco años.
Madrid, 28 de octubre de 2004.
BONO MARTINEZ
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