La Orden ITC/3086/2004, de 14 de septiembre (Boletín Oficial del Estado número 235, del 29), establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización en la Comarca del Campo de Gibraltar (Cádiz) y la convocatoria de solicitudes de dichas ayudas en el año 2004. Dicha Orden, prevé en su apartado Cuarto.2, que: «Las ayudas se concederán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2004: 20.11.723B.821.25, y 20.11.723B.831.25, cuyos importes son, respectivamente, de 1.803,56 y 7.214,23 miles de euros».
Las cantidades recogidas en el apartado citado de la Orden son insuficientes para atender la previsible demanda de ayudas de esta Comarca, por lo que es conveniente el incremento de los referidos créditos presupuestarios, que proceden de una redistribución de los créditos presupuestarios como consecuencia de la creación del nuevo Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en los importes de 4.206,56 y 16.826,25 miles de euros. Dichos importes se añadirán, respectivamente, a las aplicaciones 20.11.723B.821.25, y 20.11.723B.831.25, lo que hace necesario la modificación de la Orden ITC/3086/2004, de 14 de septiembre, en el sentido que se recoge.
En su virtud, dispongo:
Modificación de la Orden ITC/3086/2004, de 14 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización en la Comarca del Campo de Gibraltar (Cádiz) y la convocatoria para las solicitudes de dichas ayudas en el año 2004.
El apartado Cuarto.2 de la Orden ITC/3086/2004, de 14 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización en la Comarca del Campo de Gibraltar (Cádiz) y la convocatoria para las solicitudes de dichas ayudas en el año 2004, tendrá la siguiente redacción:
«2. Las ayudas se concederán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2004: 20.11.723B.821.25, y 20.11.723B.831.25, cuyos importes son, respectivamente, 6.010,12 y 24.040,48 miles de euros.»
Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 12 de noviembre de 2004.
MONTILLA AGUILERA
Ilmos. Sres. Secretario General de Industria y Director General de Desarrollo Industrial.
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