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Documento BOE-A-2004-19616

Resolución de 5 de octubre de 2004, del Centro Español de Metrología, por la que se concede la aprobación de modelo del cinemómetro estático, marca Autovelox, modelo 105 SE, fabricado y presentado por la entidad "Sodi Scientifica S.P.A.".

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 18 de noviembre de 2004, páginas 38160 a 38161 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2004-19616

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad «Sodi Scientifica S.P.A.», en solicitud de Aprobación de Modelo de un cinemómetro estático, marca Autovelox, modelo 105 SE, el Centro Español de Metrología, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; la Ley 31/1990, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado; el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales; el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 11 de febrero de 1994, por la que se establece el control metrológico del Estado para los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, ha resuelto:

Primero.

Conceder la Aprobación de Modelo, por un plazo de validez de diez años a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», a favor de la entidad «Sodi Scientifica S.P.A.» del cinemómetro estático, marca Autovelox, modelo 105 SE, con los siguientes componentes:

Barra de detección con tres emisores-detectores láser.

Ordenador para controlar las operaciones de detección, grabación y almacenamiento de fotografías y datos de velocidad, con monitor de pantalla táctil, y sistema operativo Windows.

Dos vídeo-cámaras digitales, montadas sobre sistema de rastreo.

Unidad de flash para fotografías nocturnas, SS. AX 105.

Sensor detector de flash.

Batería, cables, soportes y accesorios de fijación.

Segundo.

El signo de Aprobación de Modelo asignado es:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2004/278/19616_12984539_image1.png

Tercero.

Los instrumentos a que se refiere esta Resolución llevarán las siguientes inscripciones:

Nombre o razón social del fabricante.

Año de fabricación y número de serie.

Signo de aprobación de modelo.

Identificación del equipo.

Cuarto.

Para garantizar el correcto funcionamiento del instrumento, se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe en el Anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.

Quinto.

Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a que se refiere esta Resolución, deberán cumplir todos los requisitos establecidos en el Certificado de Aprobación de Modelo y en el Anexo Técnico al Certificado de Aprobación de Modelo.

Sexto.

Próximo a caducar el plazo de validez de esta Aprobación de Modelo, el titular de la misma podrá solicitar, si lo desea, la correspondiente prórroga.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de acuerdo con lo establecido en Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tres Cantos, 5 de octubre de 2004.–El Presidente, P. V. (Resolución de 21 de julio de 2004), el Secretario General de Industria, Joan Trullén Thomàs.

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