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Documento BOE-A-2004-20643

Decreto 101/2004, de 21 de octubre, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural declarado «Iglesia de San Martín de Valdelomar» (Valderredible).

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 2004, páginas 40286 a 40287 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2004-20643

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 24 de octubre de 2003, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Iglesia de San Martín de Valdelomar», en Valdelomar, término municipal de Valderredible, declarada Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento por Decreto 50/1993, de 30 de junio. Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar el entorno de protección del bien mencionado, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente. En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 21 de octubre de 2004, dispongo:

Artículo 1.

Se delimita el entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «La Iglesia de San Martín de Valdelomar», en Valdelomar, término municipal de Valderredible, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 21 de octubre de 2004.-El Presidente, Miguel Ángel Revilla Roiz.-El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Francisco Javier López Marcano.

ANEXO

Delimitación del entorno

Lo forman las parcelas catastrales urbanas que presentan algún lindero que se enfrenta directamente con algún lindero de la iglesia, aún cuando estén al otro lado de la carretera local.

Justificación

El entorno de la iglesia es un entorno de núcleo rural con un caserío de gran valor ambiental que se ha ido arracimando alrededor de la pieza más importante que es la iglesia. La intención es proteger la visión del edificio, aprovechando el trazado sinuoso de las calles y los cierres de perspectivas para fijar los puntos que se han elegido como límites del entorno; ya que en realidad todo el casco podría formar parte del mismo. Los límites coinciden con lindes de parcelas.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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