Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-2096

Resolución de 21 de enero de 2004, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se amplía la de 30 de septiembre de 2003, por la que se convocan los Campeonatos de España Universitarios correspondientes al año 2004 y se hace pública la convocatoria de las correspondientes subvenciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2004, páginas 4780 a 4780 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2004-2096

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 286/1999, de 22 de febrero, sobre estructura orgánica y funciones del Consejo Superior de Deportes, establece en el art. 6.1.i) que «corresponde a la Dirección General de Deportes impulsar las acciones organizativas y de promoción desarrolladas por las asociaciones deportivas y organizar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, competiciones deportivas escolares y universitarias de ámbito nacional e internacional».

Con motivo de la celebración de los Campeonatos de España Universitarios, se vienen realizando en los últimos años actividades organizadas por las universidades, como jornadas, seminarios, foros de discusión, actividades de promoción y difusión, etc. que tienen como objetivo reunir a los sectores involucrados en este ámbito con el fin de tratar temas relacionados con el deporte universitario que redunden en beneficio de la actividad deportiva universitaria a nivel nacional.

En consecuencia, estas actividades deben ser subvencionadas por este Organismo, por lo que se hace necesaria, para dar cabida a las mismas, una ampliación a la resolución de 30 de septiembre de 2003, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España Universitarios correspondientes al año 2004 y se hace pública la convocatoria de las correspondientes subvenciones. (B.O.E. núm. 271, de 12 de noviembre de 2003).

Por ello, este Consejo Superior de Deportes resuelve ampliar la convocatoria de subvenciones a las referidas actividades, con sujeción a las siguientes normas:

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser destinatarios de estas subvenciones todas las universidades públicas y privadas que sean miembros del Comité Español de Deporte Universitario (en adelante CEDU).

Segundo. Solicitudes.

Las universidades interesadas podrán solicitar estas subvenciones de acuerdo a los siguientes requisitos:

1. Las solicitudes deberán estar formuladas por los Rectores de las universidades interesadas, dirigidas al Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes y presentadas en el Registro General del Consejo Superior de Deportes o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente a la publicación de esta resolución en el B.O.E. y finaliza el 30 de octubre de 2004.

2. Las solicitudes irán acompañadas de un proyecto que recoja cuantos aspectos se consideren, teniendo en cuenta, según la actividad de que se trate:

a) Programa de la actividad.

b) Objetivos.

c) Calendario.

d) Instalaciones.

e) Recursos humanos e infraestructura material.

f) Plan de difusión.

g) Alojamientos.

h) Transportes.

i) Presupuesto económico con expresión de ingresos y gastos.

Tercero. Valoración y aprobación de la actividad.

El proceso de valoración lo llevará a cabo la Comisión Permanente del CEDU, teniendo en cuenta los siguientes criterios generales:

1. Grado de adecuación de los objetivos del proyecto a los temas prioritarios del deporte universitario, teniendo en cuenta para ello:

a) La demanda del sector deportivo respectivo.

b) La problemática del sector deportivo respectivo.

2. Calidad técnica y organizativa que garantice la viabilidad del proyecto.

3. Adecuación del presupuesto a la actividad.

4. Capacidad y experiencia contrastadas de la universidad solicitante en actividades similares.

Finalizado el proceso de valoración, la Comisión Permanente del CEDU elaborará una propuesta de subvención que elevará al Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes que notificará a las universidades solicitantes, mediante resolución, la aprobación o denegación de subvención, así como la determinación de las cuantías concedidas, con sujeción a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto. Subvenciones.

1. Las subvenciones se harán efectivas con cargo al programa 422-P, conceptos 443 y 471, de los presupuestos del Consejo Superior de Deportes, dentro de las disponibilidades presupuestarias y será librado a las universidades beneficiarias para su inclusión en sus presupuestos.

2. Estas subvenciones estarán sujetas a lo contemplado en los apartados 10.3; 10.4; 10.6; 10.7; 10.12; 10.13; 10.14; 10.15; 10.16; 10.17; 10.18 de la Resolución de 30 de septiembre de 2003 por la que se convocan los Campeonatos de España Universitarios y se hace pública la convocatoria de las correspondientes subvenciones.

Madrid, 21 de enero de 2004.–El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Juan Antonio Gómez-Angulo Rodríguez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid