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En cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid de fecha 23 de mayo de 2002, la Comisión Ejecutiva
de la Comisión Interministerial de Retribuciones acordó, en su
reunión de 9 de abril de 2003, la modificación de su Resolución
de 4 de mayo de 1999 (Ref. 622/99-F), en el sentido de incluir
a D. Miguel Ángel Aguilar Aguilar entre el personal con opción
a funcionarizar en la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos.
Una vez modificada la citada Resolución procede convocar las
pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos por el turno de plazas afectadas por
el artículo 15 de la Ley de Medidas, de forma que se posibilite
la participación de la persona afectada por la sentencia
mencionada en el párrafo anterior.
El desarrollo de este proceso selectivo ha sido encomendado
al Instituto Nacional de Empleo, a tenor del Acuerdo de
encomienda de gestión suscrito entre el Secretario de Estado para la
Administración Pública y la Directora General del Instituto
Nacional de Empleo, con fecha 30 de julio de 2003, cuya publicación
ha sido dispuesta por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio
de la Presidencia de fecha 1 de septiembre de 2003 (BOE del 6
de septiembre).
A tenor de lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto en
el Acuerdo de Consejo de Ministros, de fecha 27 de marzo de 1991
(BOE de 1 de abril), sobre la aplicación de lo establecido en el
artículo 15 (modificado por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre),
disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (en
la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y,
posteriormente, por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre), y con el
fin de dar cumplimiento a lo establecido, en el artículo 37 de
la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1991, por el
que se establece un turno denominado "plazas afectadas por el
artículo 15 de la Ley de Medidas".
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la Administración General
del Estado, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en
la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, para
puestos de trabajo reservados a funcionarios del Instituto
Nacional de Empleo y adscritos a la Escala citada, con sujeción a las
siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala
Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, por el turno de
plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley 30/1984, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley
23/1988, para cubrir el puesto afectado por el Acuerdo de la
Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de
Retribuciones de fecha 9 de abril de 2003.
1.1.1 Dado que D. Miguel Ángel Aguilar Aguilar está en
situación de personal laboral en excedencia voluntaria, se mantendrá,
de superar el proceso selectivo, en la situación de excedencia
voluntaria como funcionario público.
1.1.2 La plaza convocada y no cubierta no podrá ser
acumulada a otros turnos de acceso, de conformidad con lo dispuesto
en el apartado 9.8 del Acuerdo de Consejo de Ministros de 27
de marzo de 1991 (Boletín Oficial del Estado de 1 de abril).
1.2 A las presentes pruebas selectivas, les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; la Ley 23/1988, de 28 de julio;
la Ley 42/1994, de 30 de diciembre ; la Ley 13/96 de 30 de
diciembre ; el artículo 37 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para 1991 ; el Acuerdo de
Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 (Boletín Oficial
del Estado de 1 de abril) ; el Plan de Empleo del INEM aprobado
por Resolución de 19 de junio de 1995, el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 10 de abril), y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El sistema selectivo será de concurso-oposición con las
valoraciones, pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican
en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II.
1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a
partir del segundo mes a contar desde la fecha de la publicación
de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios
de la fase de oposición será de un mes, contado desde la fecha
de realización del primer ejercicio.
2. Requisitos del candidato
2.1 Para poder participar en estas pruebas selectivas será
necesario reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la condición de personal laboral fijo y ser titular
el 30 de julio de 1988 de un puesto de trabajo clasificado por
la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de
Retribuciones (CECIR) como reservado a funcionario en el Instituto
Nacional de Empleo y adscrito a la Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos.
2.1.2 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de
funciones propias de la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos.
2.1.4 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
la solicitud y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitud
3.1 Si D. Miguel Ángel Aguilar Aguilar desea tomar parte
en estas pruebas selectivas presentará su solicitud (ejemplar
autocopiativo en cuyo ángulo superior derecho figura "modelo 790"),
que será facilitada gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno
en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del
Gobierno, en el Instituto Nacional de Administración Pública (calle
Atocha, número 106, de Madrid), en la Dirección General de la
Función Pública (calle María de Molina, número 50, de Madrid),
en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el Instituto
Nacional de Empleo, así como en las representaciones
diplomáticas o consulares de España y el extranjero.
3.2 En la tramitación de su solicitud el aspirante tendrá en
cuenta:
3.2.1 La solicitud, debidamente cumplimentada, se dirigirá
a la Directora General del Instituto Nacional de Empleo. A la
solicitud "Ejemplar para la Administración" se acompañará, grapada,
una fotocopia del documento nacional de identidad.
3.2.2 El plazo de presentación de la solicitud será de veinte
días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.2.3 La solicitud ("Ejemplar para la Administración" , hoja
número 1 del modelo de solicitud) se presentará en el Registro
General del Instituto Nacional de Empleo (calle Condesa de
Venadito, 9, 28027, Madrid) o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3.2.4 De conformidad con lo establecido en el apartado 6
en relación con el 7 del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30
de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social, la tasa por derechos de examen será de 12,76 euros Estará
exento del pago de la tasa si el aspirante tuviera una discapacidad
igual o superior al 33 por 100, como establece el apartado cinco
de la citada Ley. También estará exento si figura como
demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior
a la fecha de la presente convocatoria. Serán requisitos para el
disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubiera
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiese negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezca
de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
El ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la
presentación de la solicitud, en cualquier Banco, Cajas de Ahorros
o cooperativa de crédito de los que actúan como entidades
colaboradoras en la recaudación tributaria.
En ningún caso, la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la
base 3.2.3.
3.2.5 La solicitud suscrita en el extranjero podrá cursarse, en
el plazo expresado en la base 3.2.2 a través de las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente al Instituto Nacional de Empleo, el
interesado adjuntará a dicha solicitud el comprobante bancario de
haber satisfecho los derechos de examen, mediante ingreso en la
cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962, del Banco
Bilbao-Vizcaya Argentaria, a nombre de "Tesoro Público, Ministerio
de Administraciones Públicas. Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao-Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
3.3 El aspirante deberá observar las siguientes instrucciones
en la cumplimentación de su solicitud:
3.3.1 En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente al Ministerio, el aspirante consignará: "Trabajo
y Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a Centro Gestor se
hará constar "Dirección General del INEM".
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a
través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma, en el espacio a estos efectos.
3.3.2 En el recuadro número 15, destinado a "Cuerpo o
Escala", el aspirante hará constar "Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos" y en el recuadro referido a "Código", que figura
a su lado, hará constar el número "6000".
3.3.3 En el recuadro número 17, destinado a "Forma de
acceso", se hará constar "15", en referencia a "Plazas afectadas por
el artículo 15 de la Ley de Medidas".
3.3.4 En el recuadro número 18, destinado a
"Ministerio/Organismo/Entidad convocante" se hará constar "Ministerio de
Administraciones Públicas". No se cumplimentará el espacio destinado
a Código que figura en su lado.
3.3.5 En el recuadro número 19, se especificará la fecha del
"Boletín Oficial del Estado" en que se haya publicado la presente
convocatoria.
3.3.6 En el recuadro número 20, destinado a "Provincia de
examen", se hará constar "Madrid".
3.4 Los meros errores de hecho que de la solicitud pudieran
colegirse como tales, podrán subsanarse en cualquier momento,
de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión del aspirante y certificación de requisitos y méritos
del participante
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitud, la
Directora General del Instituto Nacional de Empleo dictará Resolución,
en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", declarando aprobada la lista como admitido
o, en su caso, la exclusión del mismo. En dicha Resolución se
indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público
la lista con el aspirante admitido o en su caso excluido y se
determinarán el lugar y fecha de celebración del primer ejercicio de
la fase de oposición. En la lista deberán constar, en todo caso,
los apellidos, nombre y número de documento nacional de
identidad, y, en el caso que el aspirante fuera excluido, además, las
causas de exclusión.
4.2 Si el aspirante fuera excluido dispondrá de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión.
Si el aspirante, dentro del plazo señalado, no subsana su
exclusión, será definitivamente excluido de la participación de las
pruebas.
Contra la Resolución por la que se declare al aspirante
definitivamente excluido de la realización de las pruebas selectivas,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo de acuerdo
con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo
de dos meses a contar a partir del día siguiente a su publicación,
ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contenciosoadministrativo. Con carácter potestativo, previamente, podrá
interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo
órgano que dicto el acto.
4.3 No se procederá a la devolución de los derechos de
examen en los supuestos de exclusión por causas imputables al
interesado.
4.4 Aprobada, en su caso, la admisión definitiva del aspirante
y con respecto a éste el Subdirector General de Gestión de Recursos
del INEM emitirá, de oficio, el certificado que se acompaña como
anexo IV de esta Orden, en el que hará constar los datos en él
contenidos.
La certificación habrá de contener la acreditación de la relación
laboral ; la acreditación de que el puesto del que el aspirante era
titular a 30 de julio de 1988, ha sido clasificado por la Comisión
Ejecutiva de la Interministerial de Retribuciones como reservado
a funcionario del Instituto Nacional de Empleo y adscrito a la
Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, objeto de
esta convocatoria ; la acreditación de que el aspirante no ha
adquirido la condición de funcionario en un proceso de funcionarización
anterior ; así como la acreditación correspondiente a la fase de
concurso prevista en el punto 1.1 del anexo I de esta convocatoria.
Asimismo, se acreditará que el aspirante no estaba afectado por
la Resolución de 14 de diciembre de 1998, de la Secretaría de
Estado para la Administración Pública, por la que se convocaron
pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos en el turno de plazas afectadas por
el artículo 15 de la Ley de Medidas (Boletín Oficial del Estado
de 29 de diciembre).
5. Tribunal
5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Secretario de Estado para la Administración
Pública, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas
en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
Asimismo, el aspirante podrá recursar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará, en su caso, en el "Boletín Oficial
del Estado" Resolución por la que se nombre a los nuevos
miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido
su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir
de su designación y mínimo de diez días antes de la realización
del primer ejercicio.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en
su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad, al menos,
del resto de sus miembros.
5.6 Dentro del proceso de selección, el Tribunal resolverá
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que debe hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Empleo (calle
Condesa de Venadito, 9, 28027 Madrid), teléfono 91/5859719.
El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.8 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el
artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (Boletín
Oficial del Estado del 30 de mayo).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El aspirante será convocado para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluido de la oposición si no compareciese
salvo, en caso de fuerza mayor, debidamente justificada y
apreciada por el Tribunal.
6.2 La publicación del anuncio de celebración del segundo
ejercicio se efectuará por el Tribunal en el local donde se haya
celebrado el primero, y por cualesquiera otros medios que se
estimen convenientes para garantizar que el aspirante tenga
conocimiento de ello, con veinticuatro horas, al menos, de antelación
a la señalada para la iniciación del mismo.
6.3 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que el aspirante no cumple uno o varios
de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa
audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Secretario de Estado para la Administración Pública, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los
efectos procedentes.
Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer, previa
comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a
su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo. Con carácter potestativo,
previamente, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un
mes ante el mismo órgano que dictó el acto.
7. Lista de aprobados y fase de concurso
7.1 Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará público,
en el lugar de celebración de la lectura de los ejercicios de la
misma, el resultado de éstos, con indicación de la puntuación
obtenida por el aspirante y de su número de documento nacional
de identidad.
Simultáneamente, el Tribunal publicará la valoración
provisional de los méritos de la fase de concurso del aspirante si ha
superado la fase de oposición. El aspirante dispondrá de un plazo
de diez día hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación, para alegar las rectificaciones que, en su caso, procedieran
respecto a la valoración provisional de méritos.
7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
público, en el lugar de celebración de la lectura de los dos ejercicios
de la fase de oposición, así como en la sede del Tribunal señalada
en la base 5.7 y en aquellos otros que estime oportuno, el resultado
del proceso selectivo, con indicación de las puntuaciones
alcanzadas en la fase de oposición y concurso y con indicación de
su documento nacional de identidad.
7.3 En caso de que el aspirante supere el proceso selectivo,
el Presidente del Tribunal enviará copia certificada del resultado
al Secretario de Estado para la Administración Pública para su
publicación en el Boletín Oficial del Estado.
8. Presentación de documentos y nombramiento
como funcionario
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hiciera pública la superación del
proceso selectivo en el "Boletín Oficial del Estado", el opositor
aprobado deberá presentar en el Registro General del Instituto
Nacional del Empleo, calle Condesa de Venadito, 9, 28027
Madrid, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.2
o certificación académica que acredite haber superado todos los
estudios para la obtención del título.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabiliado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo V de esta
convocatoria.
C) Si el aspirante presentara una minusvalía con grado de
discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberá acreditar tal
condición mediante certificación de los órganos competentes del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la
Comunidad Autónoma correspondiente.
8.2 Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, el aspirante no presentara la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrá ser nombrado funcionario y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.3 Finalizado el proceso selectivo, si el aspirante lo hubiera
superado será nombrado funcionario de carrera, mediante
Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
8.4 La toma de posesión del aspirante aprobado se efectuará
en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación
de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Asimismo, la Administración podrá en su caso, proceder a la
revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la mencionada Ley.
Madrid, 21 de enero de 2004.-P. D. (Orden APU/3363/2002,
de 27 de diciembre, Boletín Oficial del Estado de 3 de enero
de 2003), el Secretario de Estado para la Administración Pública,
Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmas. Sras. Directora General de la Función Pública y Directora
General del INEM.
ANEXO I
Ejercicios y valoración
Uno.-El procedimiento de selección será de
concurso-oposición y constará de las siguientes fases:
1.1 Fase de concurso: En esta fase, que no tendrá carácter
eliminatorio, se valorarán los servicios efectivos prestados en la
condición de personal laboral fijo hasta la fecha de publicación
de esta convocatoria y las pruebas selectivas superadas para
acceder a tal condición hasta un máximo de ocho puntos.
Conforme a la base 4.4, la certificación de los méritos deberá
ser expedida por el Subdirector General de Gestión de Recursos
del Instituto Nacional de Empleo, según el modelo incluido como
anexo IV de la convocatoria, y se publicará según lo establecido
en la base 7.1.
La valoración de estos méritos se realizará de la forma siguiente:
1.1.1 Servicios efectivos: La antigüedad será valorada
teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados en la condición de
personal laboral hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria. El aspirante que tenga diez o más años de servicios efectivos
prestados, con exclusión tanto de los períodos de excedencia, en
sus distintas modalidades, como de los de suspensión de contrato,
excepto en los de incapacidad temporal o maternidad, se le
otorgará seis puntos.
En el caso de aspirantes con períodos inferiores, se otorgarán
0,60 puntos por cada año completo de servicios efectivos, con
las mismas exclusiones que se establecen en el párrafo anterior.
1.1.2 Pruebas selectivas superadas: Por haber superado las
correspondientes pruebas selectivas para adquirir su condición
de personal laboral fijo, se otorgarán dos puntos.
1.2 de éstos: La fase de oposición constará de las dos pruebas
que a continuación se indican:
1.2.1 Primer ejercicio: El aspirante deberá contestar por
escrito y de forma breve un cuestionario de 20 preguntas de
conocimientos sobre el grupo de materias comunes del programa,
durante un período máximo de dos horas.
La puntuación máxima de esta prueba será de 10 puntos.
Todas las preguntas de este ejercicio tendrán el mismo valor.
1.2.2 Segundo ejercicio: El aspirante deberá desarrollar por
escrito dos temas del programa correspondientes al grupo de
materias específicas, elegidos por el aspirante entre cuatro extraídos
al azar, durante un período máximo de tres horas.
La puntuación máxima de esta prueba será de 10 puntos.
Desde la conclusión del primer ejercicio hasta el comienzo del
segundo deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas
y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Ambos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en una
única sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando
los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de
expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.
La puntuación máxima entre ambos ejercicios será de 20
puntos. La obtención de 10 puntos determinará, en todo caso, la
superación de la fase de oposición.
Dos.-Calificación del aspirante:
La puntuación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
La puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá
aplicar para superar la fase de oposición, que tendrá carácter
eliminatorio.
ANEXO II
Programa
GRUPO DE MATERIAS COMUNES
I. Unión Europea
1. Las Comunidades Europeas. Objetivos y naturaleza
jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. El Tratado de la
Unión Europea.
2. El Consejo y la Comisión de las Comunidades Europeas.
El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia de las
Comunidades. Políticas comunes. El Sistema Monetario Europeo.
3. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho
originario y derivado: Reglamentos, Directivas y Decisiones. El
Tratado de Adhesión de España a la Comunidad Económica
Europea.
4. Principios del Tratado de la Unión Europea. Derechos y
libertades básicas.
II. Derecho Constitucional y Administrativo
5. La Constitución Española de 1978: Características. Los
principios constitucionales y los valores superiores.
6. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Los
derechos económicos y sociales en la Constitución Española. La
protección de los derechos fundamentales: Vía judicial preferente
y sumaria, hábeas corpus y recurso de amparo.
7. Los partidos políticos y los Sindicatos en España.
Regulación constitucional y régimen jurídico.
8. La Corona. El Gobierno: Composición, funciones y
potestades en el sistema constitucional español.
9. Las Cortes Generales. Órganos dependientes de las Cortes
Generales.
10. El Poder Judicial en la Constitución. El Tribunal
Constitucional.
11. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. La
Administración Pública y el Derecho Administrativo. Tipología de
las Administraciones Públicas.
12. El ordenamiento jurídico-administrativo. Fuentes del
Derecho Administrativo. La Ley. Los Tratados Internacionales. El
Reglamento. Relaciones entre la Ley y el Reglamento.
13. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.
Principios generales. Los recursos administrativos: Naturaleza,
extensión y límites de la jurisdicción contencioso-administrativa.
14. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Las sanciones administrativas. El procedimiento
sancionador.
15. Los contratos administrativos. Principios fundamentales.
Tipos de contratos.
16. Las formas de actuación administrativa. La actividad
administrativa de fomento, de policía o de limitación y de servicio
público.
III. Economía y administración financiera
17. El modelo económico español: Evolución más reciente
y política económica actual.
18. Los sectores económicos: El sector primario, el sector
industrial y el sector servicios. El turismo como sector económico.
19. El sector público económico. Dimensión económica y
social. Las empresas públicas.
20. El sistema tributario español.
21. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. Los
gastos públicos: Concepto y clasificación.
22. El presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Crisis de
los principios clásicos del presupuesto.
23. Elaboración y aprobación del presupuesto.
24. El control del presupuesto.
25. El sistema de la Seguridad Social y el sistema sanitario
en España.
26. El mercado de trabajo en España. Evolución del empleo.
Población activa, ocupación y paro.
27. Sistema financiero español y política monetaria.
28. Las relaciones financieras entre las Administraciones
Públicas en España.
IV. Recursos humanos
29. El sistema español de empleo público. Evolución.
Características generales.
30. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Funcionarios de carrera y de empleo.
Personal laboral. Regímenes especiales de funcionarios.
31. La planificación de recursos humanos en las
Administraciones Públicas. Los planes de empleo. La oferta de empleo
público.
32. Selección del personal funcionario.
33. Provisión de puestos de trabajo.
34. La carrera profesional de los funcionarios públicos.
Situaciones administrativas.
35. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
36. El sistema retributivo. Incompatibilidades de los
funcionarios.
37. El régimen de seguridad social de los funcionarios. Clases
pasivas. Ayuda familiar. Mutualismo administrativo: MUFACE.
38. El personal laboral al servicio de la Administración
General del Estado.
39. Los derechos colectivos de los funcionarios. Órganos de
representación, determinación de las condiciones de trabajo y
participación del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
40. La negociación colectiva del personal laboral: Los
convenios colectivos. El contrato de trabajo: Partes y contenido.
GRUPO DE MATERIAS ESPECÍFICAS
I. Derecho Constitucional y Administrativo
1. La Constitución Española de 1978: Características y
estructura. La reforma constitucional.
2. Los principios constitucionales. El Estado social y
democrático de derecho. Los valores superiores en la Constitución
Española.
3. Los derechos fundamentales, evolución histórica y
conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.
4. Los derechos económicos y sociales en la Constitución
Española. El modelo económico en la Constitución de 1978.
5. La protección de los derechos fundamentales. La vía
judicial preferente y sumaria. El hábeas corpus. El recurso de amparo
constitucional. Instituciones internacionales de garantía.
6. La participación de los ciudadanos en las instituciones del
Estado. Democracia directa y democracia representativa en la
Constitución Española. Otras formas de participación.
7. Los partidos políticos y los sindicatos en España.
Regulación constitucional y régimen jurídico.
8. La Corona. Las Cortes Generales: Congreso de los
Diputados y Senado: Composición y funciones.
9. El Gobierno: Composición, funciones y potestades en el
sistema constitucional español. Designación y remoción del
Gobierno y su Presidente.
10. La función parlamentaria de control del Gobierno en
España: Modalidades.
11. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El
Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas: Composición, organización
y funciones. La Administración consultiva: Especial referencia al
Consejo de Estado.
12. El Poder Judicial en la Constitución. La organización
judicial en España.
13. El Tribunal Constitucional. Modelos comparados de
justicia constitucional.
14. Conflictos constitucionales entre órganos del Estado.
Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas.
Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades
Autónomas.
15. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido. Tipos
históricos y su evolución. La Administración Pública y el Derecho
Administrativo. La Administración, las funciones y los poderes
del Estado.
16. El ordenamiento jurídico-administrativo. Fuentes del
Derecho Administrativo. La Ley. Los Tratados Internacionales. El
Reglamento. Relaciones entre la Ley y el Reglamento.
17. La personalidad jurídica de las Administraciones
Públicas. La Administración del Estado como persona jurídica.
Tipología de las Administraciones Públicas.
18. La Administración General del Estado. Órganos
superiores de la misma. La Administración periférica del Estado.
Relaciones entre las Administraciones Públicas: Mecanismos de
cooperación, coordinación y control.
19. La Administración institucional. Repercusión de la Ley
de Organización y Funcionamiento de la Administración General
del Estado (LOFAGE).
20. Los órganos de la Administración Pública. Los principios
de organización administrativa. Las relaciones entre
Administración y justicia y el principio de autotutela. Entes que la integran.
Los organismos autónomos. Entes públicos y sociedades estatales.
21. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. El control
de los Reglamentos. Procedimiento para la elaboración de
disposiciones de carácter general.
22. El acto administrativo. Concepto y elementos. Clases. Los
actos presuntos y el silencio administrativo. La eficacia del acto
administrativo.
23. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.
Principios generales. Tipos de procedimientos. Los recursos
administrativos.
24. El administrado. Clases. Capacidad del administrado y
sus circunstancias modificativas. Las situaciones jurídicas del
administrado. La participación del administrado en las funciones
administrativas.
25. Naturaleza, extensión y límites de la jurisdicción
contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.
Procedimiento general. Recursos de súplica, casación y revisión.
Ejecución de sentencias.
26. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Las sanciones administrativas. El procedimiento
sancionador.
27. La expropiación forzosa: Naturaleza y justificación,
sujetos y objetos. Procedimiento general. Peculiaridades del
procedimiento de urgencia. Procedimientos expropiatorios especiales.
28. Los contratos administrativos. Principios fundamentales.
Tipos de contratos.
29. Las propiedades administrativas. El dominio público. Los
bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional. Los
bienes comunales.
30. Formas de actuación administrativa. La actividad
administrativa de Fomento. La actividad administrativa de servicio
público. La actividad de policía o de limitación.
II. Economía y administración financiera
1. El modelo económico español en el marco de la economía
mundial: Evolución más reciente y líneas generales de la política
económica actual.
2. La Unión Económica y Monetaria. Proceso de
convergencia.
3. El sector primario. Evolución. Análisis de las principales
macromagnitudes. Situación actual.
4. El sector industrial. Evolución. Análisis de las principales
macromagnitudes. Situación actual.
5. El sector servicios. Evolución. Análisis de las principales
macromagnitudes. Situación actual. Especial referencia al turismo.
6. El sector público económico. Dimensión económica y
social. Las empresas públicas.
7. El sistema de la Seguridad Social. Dimensión, financiación
y problemas actuales.
8. El sistema sanitario. Financiación. Relaciones con el
sistema de Seguridad Social.
9. El sistema educativo. Financiación. La reforma del sistema
educativo.
10. Estructura social de la España actual. Cambios y
tendencias demográficas. Estratificación y movilidad social.
11. El mercado de trabajo en España. La evolución del
empleo. Población activa, ocupación y paro.
12. Políticas de empleo en España: Protección por desempleo
y políticas activas.
13. La renta nacional. Evolución y distribución. La balanza
de pagos. Especial consideración de la balanza comercial.
14. El sistema tributario español: Régimen actual.
15. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. Los
impuestos indirectos.
16. Los impuestos directos. Concepto, caracteres y clases.
17. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de
Presupuestos.
18. El Presupuesto. Concepto y clases. Estructura. Los
principios clásicos del Presupuesto y su crisis.
19. Elaboración y aprobación del Presupuesto.
20. Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios
y suplementos de créditos. Transferencias. Otras modificaciones
presupuestarias.
21. El procedimiento de ejecución presupuestaria. Fases.
Liquidación del Presupuesto y rendición de cuentas.
22. El control presupuestario. Concepto. Naturaleza y ámbito
de aplicación. Fases.
23. Los gastos públicos: Concepto y clasificación. Efectos
limitativos. Gastos de personal. Gastos para la compra de bienes
y servicios. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital.
Gastos de inversión.
24. Las técnicas presupuestarias. Tipos de presupuestos.
25. Procedimiento común de ejecución de gastos públicos:
Autorización. Compromiso del gasto. Reconocimiento de la
obligación. Propuesta de pago.
26. Pagos: Concepto y clasificación. Referencia a los distintos
tipos de pagos.
27. El déficit público: Causas y efectos. La financiación del
déficit público. La deuda pública. Clases. La gestión de la deuda
pública.
28. El sistema financiero español. Estructura. Evolución
reciente. La política monetaria.
29. Las relaciones financieras entre las Administraciones
Públicas españolas.
30. Las relaciones financieras con la Unión Europea. Los
fondos estructurales. El FSE, el FEDER, el FEOGA: Orientación y
garantía. Otros instrumentos financieros comunitarios.
III. Recursos humanos
1. El sistema español de empleo público. Evolución.
Características actuales.
2. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Funcionarios de carrera y de empleo. Personal
laboral. Regímenes especiales de funcionarios.
3. La gestión del sistema de empleo público en la
Administración General del Estado (I). Órganos superiores de la función
pública: Composición y atribuciones.
4. La gestión del sistema de empleo público en la
Administración General del Estado (II). Distribución de competencias en
materia de personal.
5. La planificación de recursos humanos en las
Administraciones Públicas. Los planes de empleo. La oferta de empleo
público.
6. La selección del personal funcionario. Los órganos de
selección. El procedimiento selectivo.
7. La carrera profesional. Las relaciones de puestos de
trabajo.
8. La provisión de puestos de trabajo. El concurso. La libre
designación. Otras formas de provisión de puestos.
9. La promoción profesional. La promoción interna. La
formación. La formación continua en las Administraciones Públicas.
10. Situaciones administrativas. La jubilación de los
funcionarios públicos.
11. Los derechos de los funcionarios. Ética del servicio
público.
12. El sistema retributivo. Incompatibilidades de los
funcionarios.
13. El régimen de seguridad social de los funcionarios. Clases
pasivas. Ayuda familiar. Mutualismo administrativo: MUFACE.
14. Los derechos colectivos de los funcionarios. Órganos de
representación, determinación de las condiciones de trabajo y
participación del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
15. Deberes de los funcionarios. La responsabilidad de los
funcionarios y de los agentes de la Administración.
Responsabilidad penal, civil y disciplinaria. El régimen disciplinario.
16. El empleo público de las Comunidades Autónomas:
Ordenación de su función pública. El empleo público de las entidades
locales: Función pública local. Movilidad de funcionarios de las
distintas Administraciones Públicas.
17. El Derecho del Trabajo. Características. Principios
constitucionales. Las fuentes del ordenamiento laboral.
18. El personal laboral al servicio de la Administración
General del Estado.
19. La contratación laboral en la Administración Pública.
Personal laboral fijo y eventual.
20. El contrato de trabajo. Partes. Capacidad para contratar.
Contenido. Forma del contrato.
21. Modalidades del contrato de trabajo.
22. Modificación, suspensión y extinción del contrato de
trabajo.
23. Derechos de los trabajadores. Condiciones de trabajo.
Seguridad e higiene en el trabajo. La Ley de Prevención de Riesgos
Laborales.
24. La negociación colectiva del personal laboral: Los
convenios colectivos. La negociación colectiva en la Administración
General del Estado.
25. Los conflictos colectivos. La huelga. El cierre patronal.
26. Participación y régimen de representación del personal
laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.
27. Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción social y
administración laboral.
28. La Seguridad Social. Formación y desarrollo de la
Seguridad Social en España. Características. Normas de afiliación y
cotización.
29. El sistema de Seguridad Social y el sistema sanitario en
España. La Ley General de la Seguridad Social. Régimen general
y regímenes especiales.
30. La acción protectora. Concepto. Clases de prestaciones:
Asistencia sanitaria, incapacidad temporal, maternidad, invalidez,
jubilación, muerte y supervivencia.
IV. Empleo
1. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Creación y
antecedentes. Organización actual: Estructura y competencias.
2. Los servicios públicos de empleo en España. Orígenes,
evolución y situación actual: El Instituto Nacional de Empleo.
Organización y estructura. Actividades y competencias.
3. El modelo económico español: Evolución y política
económica actual. La política de empleo en España. La concertación
social.
4. La Ley 51/1980, Básica de Empleo, y sus normas
modificadoras y de desarrollo. El Real Decreto Legislativo 1/1994.
5. Los sectores económicos: Sector primario, sector industrial
y sector servicios. La política de fomento de empleo: Colectivos
con especiales dificultades de inserción. Incentivación económica
de la contratación, subvenciones y bonificaciones.
6. Programas de apoyo a la creación de actividad: Iniciativas
locales de empleo y agentes de empleo y desarrollo local ; programa
de promoción de empleo autónomo ; programa de integración
laboral del minusválido en centros especiales de empleo y trabajo
autónomo ; programa de desarrollo de la economía social.
7. El sector público económico. Las empresas públicas. El
plan nacional de acción para el empleo del Reino de España.
Programas de fomento de empleo público para la contratación
de desempleados con especiales dificultades de inserción. Trabajos
temporales de colaboración social en Administraciones Públicas.
8. Los planes de empleo en el ámbito rural. El programa de
fomento de empleo agrario.
9. La formación ocupacional. Concepto, evolución y situación
actual. La formación ocupacional como parte de la política de
empleo. El Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional
(FIP): Líneas generales, objetivos y características.
10. La gestión de la formación ocupacional (Plan FIP) en las
Comunidades Autónomas. Cometidos y funciones de los centros
nacionales. Centros colaboradores: Procedimiento de
homologación y subvenciones.
11. Programas públicos de empleo y formación. El programa
de escuelas-taller y casas de oficios: Objetivos, características y
contenido.
12. El mercado de trabajo en España. Evolución del empleo.
Población activa, ocupación y paro. Desempleo y subempleo.
Evolución de los sistemas de cobertura.
13. La protección por desempleo (I). Regulación actual.
Características generales. Objeto, niveles de protección y personas
protegidas. La acción protectora.
14. La protección por desempleo (II). El nivel contributivo.
Requisitos para el nacimiento del derecho a las prestaciones. La
situación legal de desempleo. Nacimiento del derecho a la
prestación. Duración de la prestación. Cuantía. Suspensión y extinción
del derecho.
15. La protección por desempleo (III). El nivel asistencial:
El subsidio por desempleo. Requisitos de los beneficiarios.
Nacimiento del derecho. Cuantía y duración. Suspensión y extinción
del derecho. El subsidio por desempleo en favor de los trabajadores
eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la
Seguridad Social.
16. La protección por desempleo (IV). Régimen de las
prestaciones. Incompatibilidades. Régimen financiero. La gestión de
las prestaciones: El INEM como entidad gestora. Pago y control
de las prestaciones. Reintegros de pagos indebidos.
17. La protección por desempleo (V). Régimen de
obligaciones, infracciones y sanciones de trabajadores y empresarios.
18. Las Comunidades Europeas. Los Tratados originarios y
modificativos. Los Tratados de la Unión Europea. La política social
y de empleo en la U. E. Principales actuaciones en materia de
empleo y formación.
19. El Consejo y la Comisión de las Comunidades Europeas.
El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. Políticas comunes.
El Fondo Social Europeo (FSE): Programas. Cofinanciación.
20. Principios del Tratado de la Unión Europea. Derechos
y libertades básicas. Iniciativas y programas comunitarios en
materia de empleo y formación.
21. La intermediación en el mercado de trabajo. El INEM
como servicio público de colocación. Otros agentes de
intermediación: Las agencias de colocación sin fines lucrativos y las
empresas de trabajo temporal. La intermediación en las Comunidades
Autónomas con competencias para ello.
22. Gestión activa de empleo del Instituto Nacional de
Empleo (I): La entrevista ocupacional. Clasificación y calificación
profesional (comprobación de la profesionalidad). Gestión de la
oferta. Selección técnica.
23. Gestión activa de empleo del Instituto Nacional de
Empleo (II): Servicios de intermediación y apoyo a la colocación.
Gestión de ofertas con vocación comunitaria: Programa EURES.
24. Servicios para la mejora de la capacidad de ocupación.
Información profesional para el empleo. Plan personal de empleo
y formación. Desarrollo de los aspectos personales de la
ocupación. Búsqueda activa de Empleo. Información y asesoramiento
para el autoempleo y otro tipo de iniciativas empresariales. El
servicio de apoyo a la creación de empresas.
25. Integración de servicios. Políticas activas: Los planes de
servicios integrados para el empleo y los convenios con las
entidades asociadas de los servicios integrados para el empleo.
26. Las relaciones financieras entre las Administraciones
Públicas en España. Marco competencial de gestión de la
formación ocupacional: Las transferencias de gestión a las
Comunidades Autónomas. La formación de desempleados. La
formación de ocupados.
27. Análisis del mercado de trabajo. El observatorio
permanente de la evolución de las ocupaciones. Adecuación entre la
oferta de formación ocupacional y las demandas y necesidades
del mercado laboral.
28. Estudios de necesidades de formación. Estudios
sectoriales. Ordenación del sistema de formación ocupacional en
familias profesionales.
29. Programación de cursos de formación ocupacional.
Procedimiento. La estadística en formación ocupacional. Valoración
de resultados, métodos e instrumentos: La evaluación de los
centros colaboradores y la inserción profesional como mecanismo
de medición.
30. Evaluación de la acción formativa: Evaluación del
aprendizaje y certificaciones de la profesionalidad.
ANEXO III
Tribunal titular:
Presidente: Don Carlos Niharra Martín, Cuerpo Superior de
Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Secretario: Don Lisardo Cordero Manovel, Escala Técnica
Superior del INEM.
Vocales:
Don Rafael Moral Moreno Escala de Titulados Superiores de
Servicios del INTA (Representante Dirección General Función
Pública).
Doña Adoración Vázquez Hernández, Escala Técnica Superior
de Administración Especial de Administración Local.
Don Jesús Negro de Hinojosa y Castro, Escala Técnica de
Gestión de OO.AA.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña Mercedes Aparicio Basauri, Cuerpo Superior
de Sistemas y Tecnología de la Información de la Admón. del
Estado.
Secretaria: Doña Ana Pedro-Viejo García, Escala Técnica de
Gestión de OO.AA.
Vocales:
Don Antonio Sánchez Díaz Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado (Representante Dirección General Función
Pública).
Doña M.a Cruz Gracia Guillén, Cuerpo Superior de Técnicos
de la Administración de la Seguridad Social.
Don José M.a González Escolar, Escala Técnica de Gestión
de OO. AA.
ANEXO IV
Certificado de requisitos y méritos para acceder a la Escala
Técnica de Gestión de Organismos Autónomos
Don ........................................................
Subdirector General de Gestión de Recursos del INEM.
CERTIFICO: Que D. .........................................
tiene la condición de personal laboral fijo y era titular el 30 de
julio de 1988 de un puesto de trabajo clasificado por la CECIR
como reservado a funcionario en el Instituto Nacional de Empleo
y adscrito a la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, no estando afectado por la Resolución de 14 de diciembre
de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública
("Boletín Oficial del Estado" de 29 de diciembre) ni ha adquirido
condición de funcionario en un anterior proceso de
funcionarización, cumpliendo en consecuencia los requisitos de participación
exigidos en la base 2.1 de la Orden de ..............., del
Ministerio de Administraciones Públicas, por la que se convocan pruebas
selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos, turno de "plazas afectadas por el artículo 15
de la Ley de Medidas", en el Instituto Nacional de Empleo:
N.odecódigo
delasEscalas
en que la CECIR
clasificó
supuesto
N.odeañoscompletos
enlacondiciónde
personal laboral (a la
fecha de publicación
delaconvocatoria)
N.o
D.N.I.
Apellidos
ynombre
Pruebasselectivassuperadas
para acceso a personal laboral
fijo(marqueXdonde
corresponda)
1 2 Superólas
pruebas Noconsta
Y para que conste, expido la presente certificación en
............... (Localidad, fecha, firma y sello).
ANEXO V
Don ........................................................,
con domicilio en ...............................................,
y documento nacional de identidad número .....................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas.
En ............... a .... de ............ de 200 ....
(Localidad, fecha y firma)
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid