Por Orden del Ministerio de Administraciones Públicas, de 25
de febrero de 2003, (Boletín Oficial del Estado del día 7 de marzo)
fueron convocadas pruebas selectivas para cubrir plazas de
personal laboral en la categoría de Oficial Sanitario y Asistencial,
mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción
interna previsto en los artículos 29 y 31 del Convenio único para el
personal laboral de la Administración del Estado, en el ámbito
de dicho convenio.
La gestión de las citadas pruebas selectivas ha sido llevada
a cabo por la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, según Acuerdo de encomienda de gestión suscrito por
esta Secretaría de Estado para la Administración Pública y la
mencionada Subsecretaría, de fecha 25 de octubre de 2002, hecho
público por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la
Presidencia, de 7 de noviembre de 2002 (B.O.E. del día 13).
Comprobada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
la documentación aportada por los aspirantes aprobados y
adjudicadas las plazas a los mismos, según lo dispuesto en la Base
séptima de la Convocatoria, vista la propuesta formulada por el
órgano de selección de las citadas pruebas selectivas y verificado
el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases de
la Convocatoria.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, en ejercicio de las competencias atribuidas por el
artículo 56 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 2.1 del Real Decreto 1372/2000, de 19 de julio,
por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Administraciones Públicas, a propuesta de la
Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, resuelve:
Primero.-Declarar aprobado en las pruebas selectivas para
cubrir plazas de personal laboral en la categoría de Oficial
Sanitario y Asistencial, mediante contratación laboral fija, por el turno
de promoción interna, al aspirante que se relaciona en el Anexo
de esta Resolución, con indicación de la plaza que se le adjudica.
Segundo.-El aspirante aprobado cesará en la plaza que
actualmente ocupa en el plazo de tres días hábiles siguientes a la
publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
El cese será formalizado utilizando para ello el documento
registral L.1.R., y será comunicado al Registro Central de Personal
dentro del plazo máximo de tres días desde la fecha de la
formalización, para su anotación.
El aspirante aprobado tomará posesión de la plaza que le ha
sido adjudicada en el plazo de tres días hábiles, contados a partir
del día siguiente al del cese, si no implica cambio de residencia,
o de un mes si implica cambio de la misma.
La toma de posesión se formalizará utilizando para ello el
documento registral L.2.R., y será comunicado al Registro Central de
Personal dentro del plazo máximo de tres días desde la fecha
de la formalización, para su anotación.
Cuando los actos de cese y toma de posesión señalados en
los párrafos anteriores sean formalizados por la misma Autoridad,
deberá utilizarse el documento registral L.3.R, y será comunicado
al Registro Central de Personal dentro del plazo máximo de tres
días desde la fecha de la formalización, para su anotación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen
las vacaciones oficiales que se estén disfrutando, y los permisos
o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a la interesada.
El cómputo del plazo de toma de posesión del trabajador de baja
por Incapacidad Temporal, se iniciará a partir del día siguiente
al que se produzca el alta médica.
Tercero.-Todas las modificaciones de las condiciones de
trabajo que se produzcan, serán recogidas en el Contrato de trabajo
mediante la correspondiente Diligencia, que pasará a formar parte
integrante del mismo. Dicha Diligencia será realizada por el
Ministerio donde radica la nueva plaza adjudicada al trabajador.
Cuarto.-Simultáneamente a la ocupación efectiva de la plaza
por el aspirante aprobado, quedará extinguido, en su caso, el
Contrato de trabajo del personal laboral interino que la estuviera
desempeñando.
Quinto.-Contra la presente Resolución podrá interponerse
demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante esta
Secretaría de Estado, en el plazo de veinte días de acuerdo con
lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,
en relación con lo prevenido en los artículos 69 de la Ley de
Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunico a VV.II.
Madrid, 17 de febrero de 2004.-El Secretario de Estado, Julio
Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y Directora General de la Función Pública.
ANEXO
Pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo,
por el turno de promoción interna, en la categoría de Oficial
Sanitario y Asistencial
Relación de aspirantes aprobados y plazas que se les adjudican
NOPS. N.oDNI.
Apellidosynombre
Código plaza.Ministerio.
Centrodirectivo/O.A.
Unidadadministrativa.
Provincia.Localidad
Especialidad o Actividad principal: Ayuda directa al usuario en
las actividades sanitarias y asistenciales que precisa en su vida
diaria
0001. 05630572.
Sánchez-Mesas
García, J uan
Reyes.
TS071. Trabajo y
Asuntos Sociales.
IMSERSO.
Centro de Atención
al Daño Cerebral.
Madrid. Madrid.
Índice de abreviaturas:
N.O.P.S.: Número de Orden del Proceso selectivo.
N.o D.N.I.: Número del Documento Nacional de Identidad.
D.G.: Dirección General.
O.A.: Organismo Autónomo.
S.G.: Subdirección General.
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