El artículo 6.1 del Real Decreto 1259/1999, de 16 de julio, por el que se regulan las Cartas de Servicios y los premios de calidad en la Administración General del Estado, establece que dichas Cartas y sus actualizaciones posteriores sean aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo a cuyos servicios se refieren aquéllas. Establece igualmente dicho artículo que las Cartas de Servicios deberán ser previamente informadas por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
En su virtud, previo informe favorable de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, he resuelto lo siguiente:
Primero.-Aprobar la Carta de Servicios correspondiente a La Biblioteca Central del Ministerio de Economía.
Segundo.-La difusión de la Carta de Servicios de la Biblioteca Central del Ministerio de Economía en las dependencias de atención al público del Ministerio de Economía, en los Servicios de Información de las Delegaciones de Economía y Hacienda, así como a través de las siguientes direcciones de Internet: www.administracion.es y www.mineco.
es/informacion/calidad.htm.
Tercero.-Ordenar la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 12 de enero de 2004.-El Subsecretario, Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmo. Sr. Secretario general técnico del Ministerio de Economía.
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