Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-4522

Resolución de 18 de noviembre de 2003, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación del sistema de calidad a favor de la entidad Ipesa Balanças e Básculas Electrónicas, Lda.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 11 de marzo de 2004, páginas 11165 a 11165 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2004-4522

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad Ipesa Balanças e Básculas Electrónicas, Lda. (Parque Industrial Celeirós, 2.ª fase, avenida J. Rolo, números 46-48, 4705-414 Celeirós-Braga-Portugal), en solicitud de aprobación del sistema de calidad para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Vistos el manual de calidad y las instrucciones de trabajo de hasta donde son aplicables en esta empresa los aspectos metrológicos de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Visto el certificado de Serviços Internacionais de Certificação SGS ICS número 9311/19&29/22800/18100 REN 1, de 14 de agosto de 2003, referente a la certificación NP-EN-ISO 9001:2000, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Vistos los certificados de calibración de Ipesa Balanças e Básculas Electrónicas, Lda., referentes a la trazabilidad de las masas patrón, para Max « 3000 kg, clases (III) y (IIII).

Vistos los documentos aportados para la declaración CE de conformidad: Certificado de conformidad y declaración de conformidad.

De acuerdo con el informe favorable emitido por el LGAI Technological Center, S.A., con referencia 3007315, de 21 de octubre de 2003, para el certificado de aprobación del sistema de calidad para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, con Max ≤ 3000 kg, clases (III) y (IIII).

Esta Direcció General del Departament de Treball, Indústria, Comerç i Turisme de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.

Conceder la aprobación del sistema de calidad de la entidad Ipesa Balanças e Básculas Electrónicas, Lda., para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, con Max « 3000 kg, clases (III) y (IIII).

Segundo.

Los instrumentos verificados de acuerdo a la aprobación del sistema de calidad a la que se refiere esta Resolución deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en los tres anexos del certificado de aprobación del sistema de calidad número E-03.02.SC03, que forman parte integrante de ese documento, y que constan de tres páginas.

Tercero.

La documentación descriptiva está identificada con el número 46/03 y está depositada en la Direcció General de Consum i Seguretat Industrial (organismo notificado número 0315).

Cuarto.

Constará como Jefe del sistema de calidad don José Manuel P. Ferreira.

Quinto.

Constará como Coordinador de los aspectos de metrología legal don José Manuel P. Ferreira.

Sexto.

Esta autorización será válida siempre que se mantengan las condiciones de aplicación del sistema de aseguramiento de la calidad, de acuerdo con lo que establece el anexo II de la Orden de 22 de diciembre de 1994. Ello significa que este certificado tendrá como máximo la misma validez que el certificado de Serviços Internacionais de Certificação SGS ICS número 9311/19&29/22800/18100 REN 1, de 14 de agosto de 2003. Validez máxima hasta el 13 de agosto de 2006.

Séptimo.

Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Direcció General de Consum i Seguretat Industrial la oportuna prórroga de esta aprobación del sistema de calidad, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de diciembre de 1994.

Contra la presente Resolución, que no finaliza la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el honorable Conseller de Treball, Indústria, Comerç i Turisme de la Generalitat de Catalunya en el plazo de un mes, a contar desde el día después de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.

Barcelona, 18 de noviembre de 2003.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, DOGC de 13-11-1996), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid