El Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero (B.O.E del 28),
por el que se regula el ingreso y la adquisición de especialidades
en los Cuerpos de Funcionarios Docentes a que se refiere la Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del
Sistema Educativo, en su artículo 32.1 dispone: "Concluida la
fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes
declarados aptos en dicha fase reúnen los requisitos generales y
específicos de participación establecidos en la convocatoria, las
Administraciones educativas aprobarán los expedientes de los
procedimientos selectivos, que harán públicos en la misma forma que
se hizo pública la convocatoria y remitirán las listas de
seleccionados en los diferentes cuerpos al Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, a efectos de su nombramiento y expedición
de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera".
Aprobado por Resolución de 30 de julio de 2003, de la
Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación
de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid de 13 de agosto), los expedientes de los procedimientos
selectivos de ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos
de Formación Profesional y Profesores de Música y Artes
Escénicas, convocados por Resoluciones de 16 y 18 de marzo de 2002
(B.O.C.M. del 18 y del 20).
De conformidad con lo establecido en el citado artículo 32.1
del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero ; el artículo 17 de
la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, y el Real
Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribuciones de
competencias en materia de personal,
Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de
Recursos Humanos de la Consejería de Educación de la Comunidad
de Madrid, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,
Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes
Plásticas y Diseño a los seleccionados en los procedimientos selectivos
convocados por Resoluciones de 16 y 18 de marzo de 2002, que
aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación
del número de Registro de Personal que les corresponde.
Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se
considerarán ingresados como funcionarios de carrera, del Cuerpo
de la Administración del Estado por el que han superado el
procedimiento selectivo, con efectos de 1 de septiembre de 2003.
Tercero.-Contra esta Orden, que es definitiva en la vía
administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada
Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116
y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Madrid, 12 de marzo de 2004.-La Ministra, P.D. (O. M. de
1-2-2001, "B.O.E" del 9), el Director general de Programación
Económica, Personal y Servicios, Gregorio Moreno López.
Ilmo. Sr. Director general de Programación Económica, Personal
y Servicios.
ANEXO (Ver imágenes páginas 13325 a 13337)
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