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Documento BOE-A-2004-5803

Resolución de 3 de marzo de 2004, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga para el año 2004 del Convenio de colaboración entre la Gerencia Regional de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y MUFACE en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 2004, páginas 13765 a 13766 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2004-5803

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 1 de enero de 2004 se suscribió el Acuerdo de Prórroga para 2004 del Convenio de colaboración entre la Gerencia Regional de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 3 de marzo de 2004.–El Director General, Isaías López Andueza.

ANEXO
Acuerdo de prórroga para el año 2004 del Convenio de colaboración entre la Gerencia Regional de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado en materia de gestión de prestaciones sanitarias

Madrid, 1 de enero 2004.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. César Antón Beltrán, Presidente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en representación de la misma y en el ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 44 de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, conforme a la redacción dada por la Ley 13/2003, de 23 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas.

De otra, el Ilmo. Sr. D. Isaías López Andueza, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), actuando en nombre y representación de la mencionada institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

1.o Que con fecha 10 de enero de 2003, las partes suscribieron un Convenio de colaboración en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

2.o Que la cláusula novena del mencionado Convenio estipula que estará en vigor desde el día de su suscripción hasta el 31 de diciembre de 2003, pudiendo prorrogarse por períodos anuales de mutuo acuerdo de las partes, antes de la fecha en que finalice su vigencia.

3.o Que la cláusula décima establece que, en el supuesto de prórroga, la cantidad fija anual que MUFACE abonará a la Gerencia Regional de Salud por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio en el que finalice su vigencia, incrementándose la cantidad reseñada en la cláusula octava de acuerdo con el incremento del IPC General, referido al 30 de junio y con efectos de 1 de enero del año siguiente.

4.o Que próxima a finalizar la vigencia del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2004, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se prorroga para el período comprendido entre el 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004 la vigencia del Convenio de colaboración entre la Gerencia Regional de Salud y MUFACE.

Segunda.

Que para la prórroga que se acuerda, la cantidad a abonar por MUFACE a la Gerencia Regional de Salud asciende a 10.088,44 euros de acuerdo con el incremento del 2,7 % del I.P.C. General, referido al 30 de junio de 2003.

Tercera.

El importe del gasto que representa para MUFACE en el año 2004 la colaboración recibida se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.412 L.259.

La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio para financiar las obligaciones derivadas de la misma.

Cuarta.

La presente prórroga entrará en vigor el 1 de enero del año 2004.

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente prórroga, por cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.–El Presidente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, César Antón Beltrán.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), Isaías López Andueza.

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