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Documento BOE-A-2004-6251

Orden APA/911/2004, de 22 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2004, páginas 14601 a 14607 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2004-6251

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso

a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MAPA con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 3 plazas de la

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MAPA, Código 5001, por el sistema de promoción

interna.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y

puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización

de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las

fases de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del 1 de julio del 2004. La duración máxima del proceso selectivo

será de 5 meses, contados a partir de la fecha de realización del

primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al Grupo B y que estén además destinados

en la Administración General del Estado.

2.1.3 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante

al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o

Escalas del grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto o a Cuerpos o Escalas

Postales y de Telecomunicación, adscritos al Grupo B.

2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o

equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se

deberá estar en posesión de la credencial que acredite su

homologación.

2.1.5 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el Centro

de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero

y en la página de Internet www.map.es/serviciospal

ciudadano/empleoppublico/procesospselectivos.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en

la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de

veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la

fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de la solicitud

en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del

pasaporte.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o

medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido

por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de

minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, dictará orden, en

el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de

admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el

"Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se

encuentren expuestas al público las listas certificadas completas

de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez

días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo

del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que

figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación, Paseo Infanta Isabel, n.o 1, 28014-Madrid, teléfonos

91 347 52 63 ó 91 347 52 59, dirección de correo electrónico

imoranfuUmapya.es

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de

oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S,

según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín

Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida. Esta información se hará pública

asimismo en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación: www.mapya.es

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior, en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4 y en la página web citada en

la base anterior.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la

hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales

para presentar en el Registro General del Ministerio de Agricultura,

Pesca y Alimentación, o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios

de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o,

en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura

como Anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo

señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de

concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares

de la celebración de la fase de oposición, en la sede del Tribunal,

y en la siguiente dirección de Internet: www.mapya.es, la relación

que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de

concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito

y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días

hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación,

para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo

el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de

la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el

Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de

puntuación, en los locales en donde se haya celebrado la última prueba

y en la siguiente dirección de Internet: www.mapya.es

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación

de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en

la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el

plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para

la realización del curso selectivo.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino

de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el RD 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un

mes desde su publicación o bien recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano

jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en

caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer

recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta del

mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Madrid, 22 de marzo de 2004.-El Ministro, P.D. (Orden

APA/749/2003, de 31 de marzo, "Boletín Oficial del Estado"),

el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca

y Alimentación y Presidente del Tribunal calificador.

ANEXO I

Descripcion del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

Concurso-oposición.

Curso selectivo.

1. La oposición constará de tres ejercicios, todos de carácter

eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante

un período máximo de 2 horas, de un tema de carácter general

y sobre materias relacionadas, pero no coincidentes, con el

temario, elegidos por el opositor de entre 2 temas propuestos por el

Tribunal.

Los opositores harán la lectura de su ejercicio ante el Tribunal,

en sesión pública, previo señalamiento de fecha.

En este ejercicio se valorarán los conocimientos, la capacidad

de redacción, la originalidad en el planteamiento del tema y el

orden lógico en la exposición del mismo, así como la utilización

adecuada del lenguaje.

Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Consistirá en la traducción directa, sin

diccionario, de un texto en idioma extranjero propuesto por el

Tribunal, durante un tiempo máximo de 40 minutos.

El idioma sobre el que versará el ejercicio será francés o inglés,

según la elección efectuada por el aspirante, a cuyo efecto indicará

el idioma elegido en el recuadro 25 A) de la solicitud de admisión

a las pruebas selectivas.

Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los

aspirantes, previo señalamiento de fecha.

Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al siguiente

ejercicio.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un

tiempo máximo de 3 horas, 2 temas de 3 sacados al azar de

los del programa.

Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los

aspirantes, previo señalamiento de fecha.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en

relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre

las mismas, durante un plazo máximo de 10 minutos.

Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el ejercicio.

La puntuación final de la fase oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

2. Fase de concurso.

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

2.1 Antigüedad. La antigüedad del funcionario en Cuerpos

o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, a que se refiere la base 2.1.3 se valorará teniendo

en cuenta los servicios prestados y reconocidos al amparo de la

Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación

de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de

servicios efectivos una puntuación de 0,5 puntos, hasta un máximo

de 8 puntos.

2.2 Grado personal consolidado.-Según el grado personal

que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y formalizado a través del acuerdo

de reconocimiento de grado por la autoridad competente, en el

Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas, se

otorgará la siguiente puntuación:

Grado personal igual al 26: 5 puntos.

Grado personal igual al 25: 4,5 puntos.

Grado personal igual al 24: 4 puntos.

Grado personal igual al 23: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 22: 3 puntos.

Grado personal igual al 21: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 2 puntos.

Grado personal igual al 19: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 18: 1 punto.

Grado personal igual al 16 y 17: 0,5 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado.-Según el nivel de complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe

en la Administración General del Estado, Administración de la

Seguridad Social y en los Órganos Constitucionales el día de

publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Nivel igual o superior al 26: 5 puntos.

Nivel igual al 25: 4,5 puntos.

Nivel igual al 24: 4 puntos.

Nivel igual al 23: 3,5 puntos.

Nivel igual al 22: 3 puntos.

Nivel igual al 21: 2,5 puntos.

Nivel igual al 20: 2 puntos.

Nivel igual al 19: 1,5 puntos.

Nivel igual al 18: 1 punto.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia

de los efectos económicos de las mismas.

2.4 Superación de los tres ejercicios de la convocatoria

de 2003: 5 puntos.

Este mérito se valorará de oficio por la Administración a

aquellos candidatos que hubiesen superado los tres ejercicios de la

fase de oposición de la citada convocatoria.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo B.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

órganos constitucionales y a los funcionarios en la situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración

General del Estado y órganos constitucionales, el nivel del puesto

de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en órganos

constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso

y en la de oposición.

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá

atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el tercero,

segundo y primer ejercicio, por este orden.

2. Mayor puntuación otorgada al mérito de antigüedad, al

grado personal consolidado, al trabajo desarrollado, y la

superación de los tres ejercicios de la convocatoria de 2003, por este

orden.

3. Curso selectivo: Todos los aspirantes que superen el

concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por

la autoridad convocante y deberán realizar un curso selectivo,

que tendrá una duración máxima de tres meses.

El contenido del curso irá dirigido a la adquisición de los

imprescindibles conocimientos prácticos sobre el funcionamiento de la

Administración Pública, así como de conocimientos de programas

informáticos.

Irá dirigido igualmente a la adquisición por el funcionario de

conocimientos sobre las áreas de agricultura, ganadería, pesca

y alimentación, específicas del Departamento.

Para su valoración, la autoridad convocante otorgará la

calificación de "apto" o "no apto", siendo necesaria la calificación

de "apto" para superarlo.

Potestativamente, el órgano convocante podrá incluir a

continuación del curso selectivo un período de prácticas que podrá

desarrollarse mediante la ocupación de un puesto de trabajo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y

medios para su realización.

ANEXO II

Temario de pruebas selectivas para ingreso en la Escala de

Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA

Tema 1. La evolución de la Unión Europea. Los Tratados

fundacionales. El Acta Única Europea. El Mercado Único. El Tratado

de Maastricht. La Unión Económica y Monetaria, la Cohesión,

la política medioambiental. Otras nuevas políticas comunitarias.

Tema 2. Las instituciones de la Unión Europea. La Comisión

Europea: composición, organización y funcionamiento. El Consejo

Europeo. El Consejo de Ministros: competencias, estructura y

funcionamiento. El Parlamento europeo. El Tribunal de Justicia. El

Tribunal de Cuentas. Otros órganos: El Comité Económico y Social

y el Comité de las Regiones.

Tema 3. El futuro de la Unión Europea. El Tratado de

Amsterdam. La ampliación a otros países candidatos. Las alternativas

de una Unión Europea ampliada. El Tratado de Niza.

Tema 4. La población agraria española. Características y

peculiaridades. Diversidad regional. La población pesquera

española. Características y peculiaridades. Diversidad regional.

Tema 5. La economía española. Dimensiones e importancia

en el concierto internacional. Los sectores económicos: conceptos,

delimitación, caracterización y dimensión. Especial referencia a

los sectores agrario, pesquero y alimentario.

Tema 6. La comercialización agraria, pesquera y alimentaria.

Interdependencias. Escalones y circuitos comerciales.

Peculiaridades sectoriales. La transparencia de los mercados. La

información de precios. Tipificación y normalización.

Tema 7. La distribución comercial: Funciones y servicios de

la distribución comercial. El comercio mayorista en la distribución

comercial. El papel de MERCASA y de la red de MERCAS en

la distribución comercial.

Tema 8. Asociacionismo agrario y pesquero. Fórmulas

asociativas Cooperativas. Régimen jurídico. Órganos de gobierno. La

integración cooperativa. Las cooperativas de crédito.

Tema 9. Sociedades Agrarias de Transformación. Régimen

jurídico y órganos de gobierno. Las Agrupaciones de productores

agrarios. Otras figuras asociativas. Las Cofradías de Pescadores.

Tema 10. Organizaciones Interprofesionales en el sector

agrario, ganadero y pesquero. Constitución y funcionamiento. Líneas

de actuación. Normativa legal.

Tema 11. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Estructura orgánica y competencias. Sus organismos autónomos:

FEGA, AAO, ENESA Y FROM. Naturaleza, estructura y

competencias.

Tema 12. Configuración de la Política Agraria Común (PAC).

Principios. Objetivos. Instrumentos: Organizaciones Comunes de

Mercado, fondos financieros, otros instrumentos.

Tema 13. La Reforma de la PAC de 1992 y la Ronda Uruguay

del GATT. Los principios y orientaciones de la reforma. Las

medidas de acompañamiento. Evaluación.

Tema 14. La reforma de la PAC en la Agenda 2000 y su

configuración final. Justificación orientación de la nueva reforma.

Nuevos objetivos de la PAC: Las reformas sectoriales. Las medidas

de aplicación horizontal. La nueva orientación del desarrollo rural.

Tema 15. Las propuestas de reforma de las políticas comunes.

El Acuerdo de Berlín de marzo de 1999. Revisión intermedia de

la PAC.

Tema 16. La financiación de la PAC tras la Agenda 2000.

Horizonte 2013. Instrumentos de financiación de la PAC:

FEOGA-Garantía, FEOGA-Orientación. Otros instrumentos

financieros: FSE, FEDER, IFOP, BEI. La distribución nacional y sectorial

del gasto de la PAC.

Tema 17. La Política Exterior Agraria de la UE. Los acuerdos

con los países ACP y la Convención de Lome. El Sistema de

Preferencias Generalizadas. Acuerdo EBA. Los Acuerdos

Euro-Mediterráneos. Los Acuerdos con los PECOS. La Zona de Libre

Cambio. Valoración de la Política Exterior Comercial de la UE en

relación con la PAC y el principio de preferencia comunitaria.

Tema 18. El GATT y la OMC. El origen del GATT y la esencia

de los Acuerdos. Aspectos agrarios de las Rondas GATT anteriores

a la de Uruguay. La Ronda Uruguay del GATT. Principales

Acuerdos agrarios. La OMC y los mecanismos de solución de diferencias.

Las futuras negociaciones agrarias en el marco de la OMC.

Tema 19. La agricultura española desde la adhesión a la CEE.

La adaptación a una agricultura más abierta. La adaptación a

los nuevos mecanismos de regulación. La adaptación a la Reforma

de la PAC de 1992 y a la Agenda 2000.

Tema 20. La seguridad alimentaria en la Unión Europea. La

Autoridad Alimentaria Europea. Funciones. El principio de

precaución y su aplicación. Libro de Seguridad Alimentaria.

Evolución, gestión y comunicación del riesgo. Nueva normativa

alimentaria. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria.

Tema 21. El sector alimentario: Caracterización

socioeconómica. Principales macromagnitudes. Evolución. Situación actual.

Tema 22. El Codex Alimentarius Mundi: Origen, funciones,

aspectos contemplados. Procedimientos de adopción de normas

y alcance de las mismas, principales aspectos contemplados.

Alcance de las normas adoptadas por el Codex. La Organización

Mundial de Comercio y los tratados SPS y TBT.

Tema 23. La legislación alimentaria en España: el Código

Alimentario español. Concepto y estructura. Las reglamentaciones

técnico-sanitarias y las normas de calidad. Procedimiento de

adopción.

Tema 24. El consumo de productos agroalimentarios en

España. La demanda alimentaria: estructura y características. Los

hábitos de consumo: tendencias. Repercusiones para la salud.

Tema 25. Calidad en los alimentos: definición y principios.

Seguridad alimentaria. El control de calidad en los alimentos. El

control oficial. El control voluntario: organismos de certificación.

El autocontrol: análisis de peligros y puntos críticos de control.

Disposiciones vigentes.

Tema 26. La defensa de la calidad. Principales instrumentos.

Las denominaciones de calidad de vinos y de productos

agroalimentarios. La agricultura ecológica.

Tema 27. Disposiciones en materia de alimentos. Los aditivos

alimentarios. Los tratamientos de conservación: irradiación y

atmósferas modificadas. Los contaminantes en los alimentos. El

etiquetado, la presentación y la publicidad de los alimentos.

Tema 28. Los nuevos alimentos. Concepto. Tipos. Requisitos

y procedimientos de autorización. Disposiciones en la materia.

Tema 29. El sistema comunitario de defensa de la calidad:

las denominaciones de origen protegidas, las indicaciones

geográficas protegidas. Definición, características, requisitos.

Legislación vigente. Las especialidades tradicionales garantizadas.

Concepto, requisitos. Legislación vigente. La agricultura y la ganadería

ecológicas: régimen jurídico. Importancia económica.

Tema 30. Organismos modificados genéticamente (OMG):

utilización confinada y liberación intencional al medio ambiente y

comercialización de OMGs. Requisitos de etiquetado.

Disposiciones en la materia.

Tema 31. Política de industrialización agraria. Las industrias

agroalimentarias en España. Características estructurales.

Consideraciones sectorial y regional. Situación actual y perspectivas

de futuro. El fomento de la comercialización e industrialización

agroalimentaria. Principales instrumentos. Líneas de ayuda.

Tema 32. Política de estructuras agrarias. Mejora de la

explotación agraria. Objetivos, instrumento y alcance de la política de

estructuras. Instrumentos convencionales para distribuir la

productividad agraria. Planes de reestructuración sectorial. Otras

políticas de reforma.

Tema 33. Desarrollo rural integrado. Nuevas políticas de

estructuras. Modernización de explotaciones, relevo generacional

en la empresa agraria, agricultura en zonas rurales desfavorecidas.

Tema 34. La Política de Regadíos. Antecedentes históricos

y evolución reciente. El Plan Hidrológico Nacional y el Plan

Nacional de Regadíos. La función del regadío en la producción y la

productividad agrarias. La función del regadío en la ordenación

del territorio y la política agroambiental.

Tema 35. Política de investigación e innovación tecnológica

agraria y de formación y de extensión agraria. La investigación

agraria en el cuadro general de la política agraria. La investigación

y/o adopción de innovaciones en España. Planificación actual de

la investigación agraria. Programas y organización. La innovación

tecnológica y su difusión en la agricultura española.

Tema 36. Política socioestructural comunitaria. Contenido de

la política socioestructural. Evaluación de la política

socioestructural. Política socioestructural y medio ambiente. Política

socioestructural y política regional. La política forestal comunitaria.

Tema 37. Política comunitaria de desarrollo rural. Medidas

de desarrollo rural. Medidas e iniciativas comunitarias

complementarias. Financiación de las medidas.

Tema 38. La política medioambiental de la UE. Antecedentes

y evolución. Instrumento financiero LIFE. Integración de las

consideraciones medioambientales en las políticas de la UE, con

especial referencia a la PAC. Agricultura sostenible. Los programas

agroambientales.

Tema 39. La pesca en el mundo. Evolución histórica. La pesca

en la UE. Perspectiva histórica, situación actual y posibilidades

de desarrollo de futuro. La Pesca y el Derecho del mar. Mar

territorial. Plataforma Continental. Zona Económica Exclusiva. Aguas

interiores. Zonas pesqueras internacionales.

Tema 40. Las Organizaciones Internacionales, Multilaterales

y Regionales de pesca. Convenios y Acuerdos Internacionales.

Acuerdos en materia de pesca en la Unión Europea.

Tema 41. La Pesca en el Tratado de Adhesión de España

a la CEE. Antecedentes. Situación actual. La Política Pesquera

Común. Contenido. Antecedentes y evolución. La reforma de la

PCP 2002. Consecuencias para España.

Tema 42. La Ley de Pesca Marítima del Estado. Objetivo,

estructura y fines.

Tema 43. Política de Recursos de la Unión Europea.

Principales reglamentos. Perspectivas de futuro. Los sistemas de

gestión pesquera: TACs y cuotas. Sistema de esfuerzo pesquero.

Vedas. Otros sistemas de gestión.

Tema 44. Especies pelágicas, demersales y bentónicas de

interés pesquero. Características generales y biología de las

principales especies desde el punto de vista pesquero. Sistema de

captura e importancia comercial.

Tema 45. La pesca con artes de arrastre. La pesca con

palangre y otros aparejos de anzuelo. Características. Modalidades.

Especies objetivo. Normativa.

Tema 46. La pesca con artes menores. La pesca con artes

de cerco Características. Modalidades. Especies objetivo.

Normativa.

Tema 47. Flota de fresco española. La flota de artes fijas

y la flota de artes menores. Actividad, Caladeros, Especies

capturadas. Obligaciones derivadas de la normativa comunitaria y

nacional.

Tema 48. La flota española de Altura y Gran Altura y Flota

Congeladora. Atlántico-Sur, Centro-Oriental y Norte. Descripción

de caladeros y pesquerías en el marco de los Acuerdos de la UE,

Terceros países y Organismos Multilaterales.

Tema 49. La flota española de Altura y Gran Altura y Flota

Congeladora. Índico, Pacífico y Antártico.

Tema 50. La pesca de túnidos y especies afines. Regulación

e importancia. Pesquerías de pez espada y túnidos en el marco

de los Acuerdos de la UE, Terceros Países y Organismos

Multilaterales. Artes y sistemas de pesca. Las pesquerías de túnidos

en España.

Tema 51. La acuicultura marina y continental en el mundo,

con especial referencia a la UE. Sistemas de cultivo. Principales

especies.

Tema 52. La acuicultura marina y continental en España.

Sistemas de cultivo. Principales especies. La geografía del litoral

español y la acuicultura. La ley de cultivos marinos. La Junta Nacional

Asesora de Cultivos Marinos.

Tema 53. Medidas de Protección y Regeneración de los

recursos pesqueros. Las Reservas marinas en España. Los arrecifes

artificiales en el mundo y en España. Concepto de arrecife de

protección y de protección/concentración. Repoblación marina.

La pesca marítima de recreo.

Tema 54. La Política de Ayudas estructurales al sector

pesquero en la Unión Europea y en España. Instrumento Financiero

de Orientación Pesquera (IFOP), Reglamento (CE) por el que se

definen los criterios y condiciones de las intervenciones

comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, la

acuicultura y la transformación y comercialización de sus productos.

Disposiciones de desarrollo comunitario y nacional.

Tema 55. Ayudas del Instrumento Financiero de Orientación

a la Pesca (IFOP) relacionadas con: Construcción y modernización.

Paralización definitiva, Paradas Temporales, Sociedades Mixtas.

Acciones piloto de pesca experimental.

Tema 56. La Política de mercados pesqueros en la UE. Fines

y normativa. El comercio pesquero internacional. Política

Comercial Pesquera.

Tema 57. La Política de control de la UE en aguas

comunitarias y en aguas exteriores. Vigilancia, Inspección y Control

de la actividad pesquera. Sistema de inspecciones efectuadas por

la autoridad nacional de control.

Tema 58. Infracciones y Sanciones en materia de pesca

marítima. Objeto. Infracciones en aguas exteriores. Infracciones en

materia de ordenación del sector pesquero y comercialización de

productos pesqueros. Sanciones.

Tema 59. Profesionales del sector pesquero. Categorías,

titulaciones y funciones. Competencias administrativas y registros.

Formación complementaria para embarcar. Política nacional y

comunitaria en materia de formación y seguridad.

Tema 60. La investigación de los recursos pesqueros. Estudio

del medio marino, campañas de investigación. La protección del

medio marino. La contaminación marina. Convenios

Internacionales.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don José Luis Saenz García-Baquero, Escala de

Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.

Vocales: Doña M.a Isabel Artime Garcia, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado ; don Juan José Sastre Sastre,

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA,

y don Luis Manuel Aguado Díaz, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.

Secretaria: Doña Paloma García-Galán San Miguel, Escala

Técnica de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.

Tribunal suplente:

Presidente: Don José Luis Montero Casado de Amezua, Escala

de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.

Vocales: Don Carlos Sánchez Laín, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado ; doña Carmen Criado Fernández,

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA,

y doña Elena Boy Carmona, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.

Secretaria: Doña Mercedes Sabau Portilla, Cuerpo Superior

de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala

de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA",

"Código", se consignará "5001".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "P".

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

Madrid.

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

el que se posea y que habilite para presentarse a estas pruebas.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará el idioma elegido

para la realización del segundo ejercicio.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76

euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182 9071 08 0200000957 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación Derechos de examen". El ingreso

podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier

entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior

al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V (Ver imagen página 14607)

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