En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso
a la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del MAPA con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 3 plazas de la
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del MAPA, Código 5001, por el sistema de promoción
interna.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y
puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización
de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las
fases de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del 1 de julio del 2004. La duración máxima del proceso selectivo
será de 5 meses, contados a partir de la fecha de realización del
primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, incluidos
en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto o a Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación, adscritos al Grupo B y que estén además destinados
en la Administración General del Estado.
2.1.3 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante
al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o
Escalas del grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto o a Cuerpos o Escalas
Postales y de Telecomunicación, adscritos al Grupo B.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se
deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.5 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/serviciospal
ciudadano/empleoppublico/procesospselectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de
veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la
fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de la solicitud
en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del
pasaporte.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido
por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, dictará orden, en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el
"Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas
de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Paseo Infanta Isabel, n.o 1, 28014-Madrid, teléfonos
91 347 52 63 ó 91 347 52 59, dirección de correo electrónico
imoranfuUmapya.es
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de
oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S,
según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado
para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín
Oficial del Estado de 6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida. Esta información se hará pública
asimismo en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación: www.mapya.es
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior, en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4 y en la página web citada en
la base anterior.
6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la
hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales
para presentar en el Registro General del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios
de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o,
en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura
como Anexo V. La no presentación de la certificación en el plazo
señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de
concurso.
6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares
de la celebración de la fase de oposición, en la sede del Tribunal,
y en la siguiente dirección de Internet: www.mapya.es, la relación
que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de
concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito
y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación,
para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo
el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de
la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el
Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de
puntuación, en los locales en donde se haya celebrado la última prueba
y en la siguiente dirección de Internet: www.mapya.es
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación
de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en
la convocatoria.
Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el
plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para
la realización del curso selectivo.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino
de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el RD 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un
mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Madrid, 22 de marzo de 2004.-El Ministro, P.D. (Orden
APA/749/2003, de 31 de marzo, "Boletín Oficial del Estado"),
el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y Presidente del Tribunal calificador.
ANEXO I
Descripcion del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
Concurso-oposición.
Curso selectivo.
1. La oposición constará de tres ejercicios, todos de carácter
eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante
un período máximo de 2 horas, de un tema de carácter general
y sobre materias relacionadas, pero no coincidentes, con el
temario, elegidos por el opositor de entre 2 temas propuestos por el
Tribunal.
Los opositores harán la lectura de su ejercicio ante el Tribunal,
en sesión pública, previo señalamiento de fecha.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos, la capacidad
de redacción, la originalidad en el planteamiento del tema y el
orden lógico en la exposición del mismo, así como la utilización
adecuada del lenguaje.
Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio: Consistirá en la traducción directa, sin
diccionario, de un texto en idioma extranjero propuesto por el
Tribunal, durante un tiempo máximo de 40 minutos.
El idioma sobre el que versará el ejercicio será francés o inglés,
según la elección efectuada por el aspirante, a cuyo efecto indicará
el idioma elegido en el recuadro 25 A) de la solicitud de admisión
a las pruebas selectivas.
Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los
aspirantes, previo señalamiento de fecha.
Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al siguiente
ejercicio.
Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un
tiempo máximo de 3 horas, 2 temas de 3 sacados al azar de
los del programa.
Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los
aspirantes, previo señalamiento de fecha.
Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en
relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre
las mismas, durante un plazo máximo de 10 minutos.
Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el ejercicio.
La puntuación final de la fase oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
2. Fase de concurso.
En esta fase se valorarán los siguientes méritos:
2.1 Antigüedad. La antigüedad del funcionario en Cuerpos
o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, a que se refiere la base 2.1.3 se valorará teniendo
en cuenta los servicios prestados y reconocidos al amparo de la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación
de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de
servicios efectivos una puntuación de 0,5 puntos, hasta un máximo
de 8 puntos.
2.2 Grado personal consolidado.-Según el grado personal
que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y formalizado a través del acuerdo
de reconocimiento de grado por la autoridad competente, en el
Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas, se
otorgará la siguiente puntuación:
Grado personal igual al 26: 5 puntos.
Grado personal igual al 25: 4,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 4 puntos.
Grado personal igual al 23: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 3 puntos.
Grado personal igual al 21: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 2 puntos.
Grado personal igual al 19: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 18: 1 punto.
Grado personal igual al 16 y 17: 0,5 puntos.
2.3 Trabajo desarrollado.-Según el nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe
en la Administración General del Estado, Administración de la
Seguridad Social y en los Órganos Constitucionales el día de
publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Nivel igual o superior al 26: 5 puntos.
Nivel igual al 25: 4,5 puntos.
Nivel igual al 24: 4 puntos.
Nivel igual al 23: 3,5 puntos.
Nivel igual al 22: 3 puntos.
Nivel igual al 21: 2,5 puntos.
Nivel igual al 20: 2 puntos.
Nivel igual al 19: 1,5 puntos.
Nivel igual al 18: 1 punto.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
2.4 Superación de los tres ejercicios de la convocatoria
de 2003: 5 puntos.
Este mérito se valorará de oficio por la Administración a
aquellos candidatos que hubiesen superado los tres ejercicios de la
fase de oposición de la citada convocatoria.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del Grupo B.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del
puesto reservado en la Administración General del Estado u
órganos constitucionales y a los funcionarios en la situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración
General del Estado y órganos constitucionales, el nivel del puesto
de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto
de trabajo en situación de servicio activo en órganos
constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de
complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso
y en la de oposición.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el tercero,
segundo y primer ejercicio, por este orden.
2. Mayor puntuación otorgada al mérito de antigüedad, al
grado personal consolidado, al trabajo desarrollado, y la
superación de los tres ejercicios de la convocatoria de 2003, por este
orden.
3. Curso selectivo: Todos los aspirantes que superen el
concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por
la autoridad convocante y deberán realizar un curso selectivo,
que tendrá una duración máxima de tres meses.
El contenido del curso irá dirigido a la adquisición de los
imprescindibles conocimientos prácticos sobre el funcionamiento de la
Administración Pública, así como de conocimientos de programas
informáticos.
Irá dirigido igualmente a la adquisición por el funcionario de
conocimientos sobre las áreas de agricultura, ganadería, pesca
y alimentación, específicas del Departamento.
Para su valoración, la autoridad convocante otorgará la
calificación de "apto" o "no apto", siendo necesaria la calificación
de "apto" para superarlo.
Potestativamente, el órgano convocante podrá incluir a
continuación del curso selectivo un período de prácticas que podrá
desarrollarse mediante la ocupación de un puesto de trabajo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y
medios para su realización.
ANEXO II
Temario de pruebas selectivas para ingreso en la Escala de
Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA
Tema 1. La evolución de la Unión Europea. Los Tratados
fundacionales. El Acta Única Europea. El Mercado Único. El Tratado
de Maastricht. La Unión Económica y Monetaria, la Cohesión,
la política medioambiental. Otras nuevas políticas comunitarias.
Tema 2. Las instituciones de la Unión Europea. La Comisión
Europea: composición, organización y funcionamiento. El Consejo
Europeo. El Consejo de Ministros: competencias, estructura y
funcionamiento. El Parlamento europeo. El Tribunal de Justicia. El
Tribunal de Cuentas. Otros órganos: El Comité Económico y Social
y el Comité de las Regiones.
Tema 3. El futuro de la Unión Europea. El Tratado de
Amsterdam. La ampliación a otros países candidatos. Las alternativas
de una Unión Europea ampliada. El Tratado de Niza.
Tema 4. La población agraria española. Características y
peculiaridades. Diversidad regional. La población pesquera
española. Características y peculiaridades. Diversidad regional.
Tema 5. La economía española. Dimensiones e importancia
en el concierto internacional. Los sectores económicos: conceptos,
delimitación, caracterización y dimensión. Especial referencia a
los sectores agrario, pesquero y alimentario.
Tema 6. La comercialización agraria, pesquera y alimentaria.
Interdependencias. Escalones y circuitos comerciales.
Peculiaridades sectoriales. La transparencia de los mercados. La
información de precios. Tipificación y normalización.
Tema 7. La distribución comercial: Funciones y servicios de
la distribución comercial. El comercio mayorista en la distribución
comercial. El papel de MERCASA y de la red de MERCAS en
la distribución comercial.
Tema 8. Asociacionismo agrario y pesquero. Fórmulas
asociativas Cooperativas. Régimen jurídico. Órganos de gobierno. La
integración cooperativa. Las cooperativas de crédito.
Tema 9. Sociedades Agrarias de Transformación. Régimen
jurídico y órganos de gobierno. Las Agrupaciones de productores
agrarios. Otras figuras asociativas. Las Cofradías de Pescadores.
Tema 10. Organizaciones Interprofesionales en el sector
agrario, ganadero y pesquero. Constitución y funcionamiento. Líneas
de actuación. Normativa legal.
Tema 11. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Estructura orgánica y competencias. Sus organismos autónomos:
FEGA, AAO, ENESA Y FROM. Naturaleza, estructura y
competencias.
Tema 12. Configuración de la Política Agraria Común (PAC).
Principios. Objetivos. Instrumentos: Organizaciones Comunes de
Mercado, fondos financieros, otros instrumentos.
Tema 13. La Reforma de la PAC de 1992 y la Ronda Uruguay
del GATT. Los principios y orientaciones de la reforma. Las
medidas de acompañamiento. Evaluación.
Tema 14. La reforma de la PAC en la Agenda 2000 y su
configuración final. Justificación orientación de la nueva reforma.
Nuevos objetivos de la PAC: Las reformas sectoriales. Las medidas
de aplicación horizontal. La nueva orientación del desarrollo rural.
Tema 15. Las propuestas de reforma de las políticas comunes.
El Acuerdo de Berlín de marzo de 1999. Revisión intermedia de
la PAC.
Tema 16. La financiación de la PAC tras la Agenda 2000.
Horizonte 2013. Instrumentos de financiación de la PAC:
FEOGA-Garantía, FEOGA-Orientación. Otros instrumentos
financieros: FSE, FEDER, IFOP, BEI. La distribución nacional y sectorial
del gasto de la PAC.
Tema 17. La Política Exterior Agraria de la UE. Los acuerdos
con los países ACP y la Convención de Lome. El Sistema de
Preferencias Generalizadas. Acuerdo EBA. Los Acuerdos
Euro-Mediterráneos. Los Acuerdos con los PECOS. La Zona de Libre
Cambio. Valoración de la Política Exterior Comercial de la UE en
relación con la PAC y el principio de preferencia comunitaria.
Tema 18. El GATT y la OMC. El origen del GATT y la esencia
de los Acuerdos. Aspectos agrarios de las Rondas GATT anteriores
a la de Uruguay. La Ronda Uruguay del GATT. Principales
Acuerdos agrarios. La OMC y los mecanismos de solución de diferencias.
Las futuras negociaciones agrarias en el marco de la OMC.
Tema 19. La agricultura española desde la adhesión a la CEE.
La adaptación a una agricultura más abierta. La adaptación a
los nuevos mecanismos de regulación. La adaptación a la Reforma
de la PAC de 1992 y a la Agenda 2000.
Tema 20. La seguridad alimentaria en la Unión Europea. La
Autoridad Alimentaria Europea. Funciones. El principio de
precaución y su aplicación. Libro de Seguridad Alimentaria.
Evolución, gestión y comunicación del riesgo. Nueva normativa
alimentaria. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria.
Tema 21. El sector alimentario: Caracterización
socioeconómica. Principales macromagnitudes. Evolución. Situación actual.
Tema 22. El Codex Alimentarius Mundi: Origen, funciones,
aspectos contemplados. Procedimientos de adopción de normas
y alcance de las mismas, principales aspectos contemplados.
Alcance de las normas adoptadas por el Codex. La Organización
Mundial de Comercio y los tratados SPS y TBT.
Tema 23. La legislación alimentaria en España: el Código
Alimentario español. Concepto y estructura. Las reglamentaciones
técnico-sanitarias y las normas de calidad. Procedimiento de
adopción.
Tema 24. El consumo de productos agroalimentarios en
España. La demanda alimentaria: estructura y características. Los
hábitos de consumo: tendencias. Repercusiones para la salud.
Tema 25. Calidad en los alimentos: definición y principios.
Seguridad alimentaria. El control de calidad en los alimentos. El
control oficial. El control voluntario: organismos de certificación.
El autocontrol: análisis de peligros y puntos críticos de control.
Disposiciones vigentes.
Tema 26. La defensa de la calidad. Principales instrumentos.
Las denominaciones de calidad de vinos y de productos
agroalimentarios. La agricultura ecológica.
Tema 27. Disposiciones en materia de alimentos. Los aditivos
alimentarios. Los tratamientos de conservación: irradiación y
atmósferas modificadas. Los contaminantes en los alimentos. El
etiquetado, la presentación y la publicidad de los alimentos.
Tema 28. Los nuevos alimentos. Concepto. Tipos. Requisitos
y procedimientos de autorización. Disposiciones en la materia.
Tema 29. El sistema comunitario de defensa de la calidad:
las denominaciones de origen protegidas, las indicaciones
geográficas protegidas. Definición, características, requisitos.
Legislación vigente. Las especialidades tradicionales garantizadas.
Concepto, requisitos. Legislación vigente. La agricultura y la ganadería
ecológicas: régimen jurídico. Importancia económica.
Tema 30. Organismos modificados genéticamente (OMG):
utilización confinada y liberación intencional al medio ambiente y
comercialización de OMGs. Requisitos de etiquetado.
Disposiciones en la materia.
Tema 31. Política de industrialización agraria. Las industrias
agroalimentarias en España. Características estructurales.
Consideraciones sectorial y regional. Situación actual y perspectivas
de futuro. El fomento de la comercialización e industrialización
agroalimentaria. Principales instrumentos. Líneas de ayuda.
Tema 32. Política de estructuras agrarias. Mejora de la
explotación agraria. Objetivos, instrumento y alcance de la política de
estructuras. Instrumentos convencionales para distribuir la
productividad agraria. Planes de reestructuración sectorial. Otras
políticas de reforma.
Tema 33. Desarrollo rural integrado. Nuevas políticas de
estructuras. Modernización de explotaciones, relevo generacional
en la empresa agraria, agricultura en zonas rurales desfavorecidas.
Tema 34. La Política de Regadíos. Antecedentes históricos
y evolución reciente. El Plan Hidrológico Nacional y el Plan
Nacional de Regadíos. La función del regadío en la producción y la
productividad agrarias. La función del regadío en la ordenación
del territorio y la política agroambiental.
Tema 35. Política de investigación e innovación tecnológica
agraria y de formación y de extensión agraria. La investigación
agraria en el cuadro general de la política agraria. La investigación
y/o adopción de innovaciones en España. Planificación actual de
la investigación agraria. Programas y organización. La innovación
tecnológica y su difusión en la agricultura española.
Tema 36. Política socioestructural comunitaria. Contenido de
la política socioestructural. Evaluación de la política
socioestructural. Política socioestructural y medio ambiente. Política
socioestructural y política regional. La política forestal comunitaria.
Tema 37. Política comunitaria de desarrollo rural. Medidas
de desarrollo rural. Medidas e iniciativas comunitarias
complementarias. Financiación de las medidas.
Tema 38. La política medioambiental de la UE. Antecedentes
y evolución. Instrumento financiero LIFE. Integración de las
consideraciones medioambientales en las políticas de la UE, con
especial referencia a la PAC. Agricultura sostenible. Los programas
agroambientales.
Tema 39. La pesca en el mundo. Evolución histórica. La pesca
en la UE. Perspectiva histórica, situación actual y posibilidades
de desarrollo de futuro. La Pesca y el Derecho del mar. Mar
territorial. Plataforma Continental. Zona Económica Exclusiva. Aguas
interiores. Zonas pesqueras internacionales.
Tema 40. Las Organizaciones Internacionales, Multilaterales
y Regionales de pesca. Convenios y Acuerdos Internacionales.
Acuerdos en materia de pesca en la Unión Europea.
Tema 41. La Pesca en el Tratado de Adhesión de España
a la CEE. Antecedentes. Situación actual. La Política Pesquera
Común. Contenido. Antecedentes y evolución. La reforma de la
PCP 2002. Consecuencias para España.
Tema 42. La Ley de Pesca Marítima del Estado. Objetivo,
estructura y fines.
Tema 43. Política de Recursos de la Unión Europea.
Principales reglamentos. Perspectivas de futuro. Los sistemas de
gestión pesquera: TACs y cuotas. Sistema de esfuerzo pesquero.
Vedas. Otros sistemas de gestión.
Tema 44. Especies pelágicas, demersales y bentónicas de
interés pesquero. Características generales y biología de las
principales especies desde el punto de vista pesquero. Sistema de
captura e importancia comercial.
Tema 45. La pesca con artes de arrastre. La pesca con
palangre y otros aparejos de anzuelo. Características. Modalidades.
Especies objetivo. Normativa.
Tema 46. La pesca con artes menores. La pesca con artes
de cerco Características. Modalidades. Especies objetivo.
Normativa.
Tema 47. Flota de fresco española. La flota de artes fijas
y la flota de artes menores. Actividad, Caladeros, Especies
capturadas. Obligaciones derivadas de la normativa comunitaria y
nacional.
Tema 48. La flota española de Altura y Gran Altura y Flota
Congeladora. Atlántico-Sur, Centro-Oriental y Norte. Descripción
de caladeros y pesquerías en el marco de los Acuerdos de la UE,
Terceros países y Organismos Multilaterales.
Tema 49. La flota española de Altura y Gran Altura y Flota
Congeladora. Índico, Pacífico y Antártico.
Tema 50. La pesca de túnidos y especies afines. Regulación
e importancia. Pesquerías de pez espada y túnidos en el marco
de los Acuerdos de la UE, Terceros Países y Organismos
Multilaterales. Artes y sistemas de pesca. Las pesquerías de túnidos
en España.
Tema 51. La acuicultura marina y continental en el mundo,
con especial referencia a la UE. Sistemas de cultivo. Principales
especies.
Tema 52. La acuicultura marina y continental en España.
Sistemas de cultivo. Principales especies. La geografía del litoral
español y la acuicultura. La ley de cultivos marinos. La Junta Nacional
Asesora de Cultivos Marinos.
Tema 53. Medidas de Protección y Regeneración de los
recursos pesqueros. Las Reservas marinas en España. Los arrecifes
artificiales en el mundo y en España. Concepto de arrecife de
protección y de protección/concentración. Repoblación marina.
La pesca marítima de recreo.
Tema 54. La Política de Ayudas estructurales al sector
pesquero en la Unión Europea y en España. Instrumento Financiero
de Orientación Pesquera (IFOP), Reglamento (CE) por el que se
definen los criterios y condiciones de las intervenciones
comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, la
acuicultura y la transformación y comercialización de sus productos.
Disposiciones de desarrollo comunitario y nacional.
Tema 55. Ayudas del Instrumento Financiero de Orientación
a la Pesca (IFOP) relacionadas con: Construcción y modernización.
Paralización definitiva, Paradas Temporales, Sociedades Mixtas.
Acciones piloto de pesca experimental.
Tema 56. La Política de mercados pesqueros en la UE. Fines
y normativa. El comercio pesquero internacional. Política
Comercial Pesquera.
Tema 57. La Política de control de la UE en aguas
comunitarias y en aguas exteriores. Vigilancia, Inspección y Control
de la actividad pesquera. Sistema de inspecciones efectuadas por
la autoridad nacional de control.
Tema 58. Infracciones y Sanciones en materia de pesca
marítima. Objeto. Infracciones en aguas exteriores. Infracciones en
materia de ordenación del sector pesquero y comercialización de
productos pesqueros. Sanciones.
Tema 59. Profesionales del sector pesquero. Categorías,
titulaciones y funciones. Competencias administrativas y registros.
Formación complementaria para embarcar. Política nacional y
comunitaria en materia de formación y seguridad.
Tema 60. La investigación de los recursos pesqueros. Estudio
del medio marino, campañas de investigación. La protección del
medio marino. La contaminación marina. Convenios
Internacionales.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: Don José Luis Saenz García-Baquero, Escala de
Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
Vocales: Doña M.a Isabel Artime Garcia, Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado ; don Juan José Sastre Sastre,
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA,
y don Luis Manuel Aguado Díaz, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.
Secretaria: Doña Paloma García-Galán San Miguel, Escala
Técnica de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.
Tribunal suplente:
Presidente: Don José Luis Montero Casado de Amezua, Escala
de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
Vocales: Don Carlos Sánchez Laín, Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado ; doña Carmen Criado Fernández,
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA,
y doña Elena Boy Carmona, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.
Secretaria: Doña Mercedes Sabau Portilla, Cuerpo Superior
de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA",
"Código", se consignará "5001".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "P".
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
Madrid.
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
el que se posea y que habilite para presentarse a estas pruebas.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará el idioma elegido
para la realización del segundo ejercicio.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182 9071 08 0200000957 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior
al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V (Ver imagen página 14607)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid