En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004
de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso
en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, con sujeción
a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 25 plazas del
Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, Código (0900), por
el sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará 1, para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad con un grado
de minusvalía igual o superior al 33 %.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas
con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan
superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán
optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas
con discapacidad se acumularán a las de acceso general.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I.
Incluirá la superación de un período de prácticas. Para la
realización de este período de prácticas, los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará en la
segunda quincena del mes de junio del presente año. La duración
máxima de la fase de oposición será de 4 meses, contados a partir
de la fecha de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,
el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de
los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así
lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de licenciado en Medicina y Cirugía y estar en posesión
o en condiciones de obtener el título de médico especialista en
Medicina de Familia o en Medicina Interna. Igualmente, serán
admitidos a las pruebas los aspirantes que posean las
certificaciones que habilitan para el desempeño de las funciones de médico
general en el Sistema nacional de Salud, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 1.b) del Real Decreto 853/1993 de 4 de
junio, así como quienes posean o estén en condiciones de obtener
cualquier otro de los títulos, certificados o diplomas previstos en
los apartados "c" y "d" de dicho artículo. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para
personas con discapacidad habrán de tener reconocida la
condición legal de persona con discapacidad con un grado de
minusvalía igual o superior al 33 %.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del
Ministerio del Interior, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General
de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones
del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares
de España en el extranjero y en la página de Internet
www.map.
es/serviciospalpciudadano/empleoppúblico/procesospselectivos
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias,
Calle Alcalá 38-40, Madrid, del Ministerio del Interior o en la
forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de
veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la
fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirán al Director General de Instituciones
Penitenciarias. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma
supondrá la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del
pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base
2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada
del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una
fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de
familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta
temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario
fronterizo en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base
2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una
fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las
certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido
por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Director General de Instituciones Penitenciarias dictará orden, en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el
"Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas
de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que
figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio del Interior, en la
Subdirección General de Personal de la Dirección General de
Instituciones penitenciarias, calle Alcalá, no 38-40, planta segunda
28014 Madrid, teléfono (91) 3354812, dirección de correo
electrónico SGPIP SSCU dgip.mir.es
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente, por el primero de la letra "S" , según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 20 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de
6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública
la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales
en donde se haya celebrado la última prueba y en la sede de
los mismos.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el
plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para
la realización del período de prácticas.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará, según la petición de destino,
de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley
30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General
de Instituciones Penitenciarias, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 31 de marzo de 2004.-P. D. (Orden INT/2992/2002,
de 21 de noviembre, Boletín Oficial del Estado del 28 de
noviembre), el Director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel
Yuste Castillejo.
Sr. Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso de selección y valoración
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Período de Prácticas.
Fase de oposición.-La fase de oposición constará de tres
ejercicios y una prueba de idioma, todos ellos eliminatorios:
Primer ejercicio (Cuestionario): Consistirá en contestar por
escrito a un cuestionario de 100 preguntas sobre el contenido
completo del programa. La duración máxima de este ejercicio será
de setenta y cinco minutos.
Segundo ejercicio (Prueba Oral): Consistirá en sacar a la suerte
cuatro temas de todo el temario, de los cuales elegirán dos para
desarrollar oralmente.
Se dispondrá para la exposición oral de los dos temas de un
máximo de 30 minutos. El Tribunal Calificador, previamente a
la exposición de los temas, dará 10 minutos al opositor para su
preparación.
El Tribunal Calificador en este acto podrá realizar preguntas
a los aspirantes que versen sobre los temas expuestos oralmente.
Cuando a juicio del Tribunal sea notorio o evidente la
insuficiencia o falta de adecuación a los temas, este podrá invitar
al opositor a que dé por finalizada la exposición oral de los mismos.
Tercer ejercicio (Práctico): De carácter práctico, consistirá en
la elaboración durante un tiempo máximo de dos horas, de un
informe acorde con las competencias atribuidas a los funcionarios
del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, en base a las
cuestiones e informe documental que les facilite el Tribunal.
Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su
finalización cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre que
será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del
Tribunal calificador. El ejercicio será leído en sesión pública y
en la fecha que se señala ante el Tribunal, pudiendo éste debatir
con el aspirante el contenido del ejercicio.
Cuarto ejercicio, eliminatorio (Prueba de idioma): Consistirá
en una prueba escrita sobre el idioma seleccionado por el aspirante
en su instancia de participación, entre los oficiales de la Unión
Europea. La duración máxima será de 45 minutos. El Tribunal
podrá departir con el opositor sobre el texto, en el idioma
seleccionado.
Período de Prácticas.-El Período de Prácticas se regulará por
Resolución del Director General de Instituciones Penitenciarias,
tendrá una duración inferior a seis meses y constará de dos fases:
1.a Fase. Formativa: Consistirá en la impartición de un curso
formativo sobre las materias propias de la función asignada a los
funcionarios del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
2.a Fase. Prácticas en los distintos centros penitenciarios: Por
resolución de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias,
se concretará la duración de cada una de las fases del período
de prácticas y los Centros Penitenciarios en los que los aspirantes
desarrollarán las prácticas, en que consiste la segunda fase.
2. Valoración
Fase de oposición.-Los ejercicios se calificarán de la siguiente
manera:
Primer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 10
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para
acceder al segundo ejercicio.
Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 20
puntos siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para
acceder al ejercicio siguiente.
Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 20
puntos siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para
superarlo.
Cuarto ejercicio: Se otorgará una calificación de 10 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los cuatro ejercicios.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el
segundo ejercicio.
2. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el
tercer ejercicio.
3. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el
primer ejercicio.
4. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el
cuarto ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos
y medios para su realización.
Período de Prácticas: Cada una de las fases del período de
prácticas será objeto de valoración independiente.
Fase formativa: Será calificada de "apto" o "no apto", siendo
necesario obtener la calificación de "apto", para poder acceder
a la segunda fase del período de prácticas.
Para obtener la calificación de "apto", será requisito
imprescindible que el alumno haya realizado al menos el 80L% del total
de las jornadas lectivas de que consta esta primer fase.
En la Resolución del Director General de Instituciones
Penitenciarias que regule esta fase, se fijará el órgano encargado de
realizar la evaluación, así como el programa y las materias objeto
de evaluación.
Fase de Prácticas en Centros Penitenciarios: Esta segunda parte
del período de prácticas será calificada de "apto" o "no apto",
siendo necesaria la calificación de "apto" para superar esta fase
y el período de prácticas completo. Una vez superado,
permanecerán en los Centros Penitenciarios desempeñando todas las
funciones inherentes al Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria, hasta la publicación en el Boletín Oficial del Estado del
nombramiento como funcionarios de carrera.
Los Centros Penitenciarios elevarán propuesta de calificación
a la autoridad convocante, para su aprobación.
ANEXO II
Programa
PRIMERA PARTE
Organización Administración y Función Pública
1. La Constitución Española de 1.978: Características,
estructura y reforma. Los principios constitucionales, los derechos
fundamentales y las libertades públicas en España.
2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión
y regencia. Las Cortes Generales: composición y funciones.
3. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el
Gobierno y las Cortes. La función parlamentaria de control del
gobierno.
4. Órganos Constitucionales de control de la Administración:
El Defensor del Pueblo. Competencias de esta Institución.
5. El Poder Judicial: actuaciones judiciales. El Consejo
General del Poder Judicial: Organización y competencias.
6. Organización Central de la Administración del Estado: El
Consejo de Ministros. Comisiones Delegadas del Gobierno.
Presidente y Vicepresidente. Ministros, Secretarios de Estado,
Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales.
7. Organización Periférica de la Administración del Estado:
Delegados del Gobierno: naturaleza, estatuto personal y
atribuciones. Otros órganos periféricos.
8. Personal al servicio de la Administración Pública:
Funcionarios de Carrera. Funcionarios de empleo. Personal laboral:
Régimen general. Derechos y Deberes de los Funcionarios Públicos.
9. El Reglamento de Situaciones Administrativas de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por
Real decreto 365/95 de 10 de marzo.
10. El Reglamento General de Ingreso del personal al servicio
de la Administración General del Estado. Promoción profesional
de los Funcionarios de la Administración General del Estado,
aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.
11. Derechos y deberes de los funcionarios públicos.
12. Régimen retributivo de los funcionarios: Retribuciones
básicas y complementarias. Indemnizaciones. Régimen de
incompatibilidades.
13. Régimen disciplinario. Faltas y sanciones. Procedimiento
sancionador.
14. La Seguridad Social de los Funcionarios Públicos.
Derechos pasivos. Mutualismo Administrativo.
15. La Dirección General de Instituciones Penitenciarias:
Organización y competencias. El Organismo Autónomo de Trabajo
y Prestaciones Penitenciarias: Estructura y competencias.
Gerencia Pública
16. La función gerencial. Elementos esenciales de una
organización. Funciones de la dirección. Evolución del pensamiento
sobre dirección y organización.
17. La estructura de las organizaciones. Formas de organizar
una empresa. Organización de equipos de trabajo. Centralización
y descentralización.
18. La política de recursos humanos. Métodos de selección
y de evaluación del desempeño. Desarrollo de carreras.
Derecho Penitenciario
19. La regulación supranacional en materia penitenciaria.
Convenios, tratados, pactos. Declaraciones y Recomendaciones.
Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas
condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial
consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de
Europa.
20. La normativa Penitenciaria vigente: La Ley Orgánica
General Penitenciaria. Reglamento Penitenciario. Fines y
principios de la actividad penitenciaria.
21. Derechos de los internos: Clases y límites. Sistema de
protección y régimen de garantías. Protección de los datos de
carácter personal de los ficheros penitenciarios. Deberes de los
internos.
22. Los establecimientos penitenciarios. Concepto y tipos.
Dependencias y servicios. El establecimiento polivalente. El
principio celular. Habitabilidad. El ingreso en un establecimiento
penitenciario: sus formas. Ingreso de internas con hijos menores.
Trámites del ingreso. Supuestos de incomunicación. Modelos de
intervención y programas de tratamiento.
23. Conducciones y traslados: Competencias para ordenarlas
y realizarlas. Cumplimentación de las órdenes de autoridades
judiciales y gubernativas. Desplazamientos a hospitales no
penitenciarios. Medios y formas de la conducción. Tránsitos e incidencias.
24. Comunicaciones y visitas: Reglas generales.
Comunicaciones orales. Comunicaciones íntimas, familiares y de
convivencia. Comunicaciones escritas. Comunicaciones telefónicas.
Comunicaciones con Abogados, Procuradores y otras autoridades y
profesionales. Recepción de paquetes y encargos.
25. Información, quejas y recursos. Plazos de resolución y
valor de silencio administrativo. Participación y colaboración de
las organizaciones no gubernamentales. Seguridad en los
establecimientos penitenciarios: Medidas y principios generales. Los
medios coercitivos.
26. Régimen penitenciario: concepto, fines y tipos. Régimen
ordinario, de preventivos, abierto y cerrado.
27. Separación interior. La clasificación de los penados. La
central de observación.
28. Tratamiento Penitenciario: Concepto, fines y límites.
Principios inspiradores. Elementos del tratamiento. Ejecución del
tratamiento. La participación de los internos. El programa de
tratamiento.
29. El trabajo penitenciario: Concepto y caracteres. El deber
de trabajar. La relación laboral especial penitenciaria. Trabajos
ocupacionales no productivos.
30. Los permisos de salida. Formas especiales de ejecución:
centros de inserción social. Unidades dependientes.
Establecimientos o departamentos mixtos. Departamento para jóvenes.
31. Unidades de madres. Unidades extrapenitenciarias.
Establecimientos o unidades psiquiátricas penitenciarias. Arrestos de
fin de semana y régimen de cumplimiento.
32. Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. La acción
social penitenciaria. Asistencia religiosa.
33. Régimen disciplinario. Procedimiento disciplinario.
Ejecución y cumplimiento de las sanciones.
34. Las recompensas. Beneficios penitenciarios. Libertad
condicional. Libertades condicionales especiales.
35. Libertad y excarcelación. De la libertad de detenidos y
presos. Excarcelación de los detenidos. Libertad de los penados.
36. El juez de Vigilancia Penitenciaria: funciones.
37. Órganos Colegiados: enumeración. Régimen Jurídico. El
Consejo de Dirección. La comisión disciplinaria.
38. La Junta de Tratamiento. La Junta
Económico-Administrativa. Los Equipos Técnicos.
39. Órganos Unipersonales: el Director, los Subdirectores,
el Administrador, Los jefes de servicios. Los distintos Cuerpos
de Instituciones Penitenciarias. El Cuerpo facultativo de Sanidad
Penitenciaria: funciones.
40. El régimen económico y administrativo de los Centros
Penitenciarios.
SEGUNDA PARTE: MÉDICA
41. Concepto de Atención Primaria de Salud. El equipo de
Atención Primaria. Metodología de trabajo y funciones.
Diagnóstico de salud. Programas de salud.
42. Educación para la salud. Métodos y medios en educación
sanitaria.
43. Epidemiología: Definición, conceptos generales.
Objetivos y aplicaciones actuales. Clasificación.
44. Medidas de frecuencia de los fenómenos de salud y
enfermedad. Razones, proporciones y tasas. Incidencia y prevalencia.
Indicadores de mortalidad y de morbilidad.
45. Vigilancia epidemiológica. Conceptos generales Red
Nacional de Vigilancia Epidemiológica. Circuitos de notificación
en Vigilancia Epidemiológica.
46. Inmunización activa y pasiva. Indicaciones
contraindicaciones y reacciones adversas. Programas de vacunación en niños
y en el adulto.
47. Características epidemiológicas de las enfermedades más
importantes transmisibles por vía digestiva. Estudio de un brote
epidémico de toxiinfección alimentaria.
48. Saneamiento medioambiental Desinsectación y
desratización. Medios métodos y técnicas.
49. Desinfección y esterilización. Medios, métodos y técnicas.
50. Nutrición. Necesidades y recomendaciones nutricionales.
Evaluación del estado nutricional.
51. Tratamiento dietético en determinadas patologías
crónicas: Diabetes, Insuficiencia renal crónica, Hipertensión arterial.
52. Problemas ginecológicos comunes en Atención Primaria:
Dolor pélvico. Vulvovaginitis. Salpingitis. Síndrome Premenstrual.
Dismenorrea Primaria y Secundaria. Menopausia.
53. Planificación familiar. Interrupción voluntaria del
embarazo: normativa vigente. Detección precoz del cáncer en
Ginecología.
54. Embarazo y Parto no complicados.
55. Asistencia de los lactantes y niños sanos: Supervisión
de la salud del niño sano. Crecimiento y desarrollo del niño en
los tres primeros años de vida.
56. Diabetes Mellitus. Diagnóstico. Clasificación, patogenia.
Tratamiento.
57. Complicaciones metabólicas agudas y complicaciones
tardías de la diabetes.
58. Fiebre de origen desconocido. Diagnóstico diferencial.
59. Infección por VIH. Etiología. Características
epidemiológicas. Diagnóstico (clasificación según revisión 1993 CDC).
60. Infección por VIH. Tratamiento antirretroviral. Medidas
de prevención y control.
61. SIDA. Manifestaciones clínicas y enfermedades
asociadas. Definición de caso. Diagnóstico y tratamiento de las
enfermedades asociadas más frecuentes. Notificación y registro de casos
de SIDA.
62. Tuberculosis. Epidemiología, clínica, diagnóstico y
tratamiento.
63. Infecciones en usuarios de drogas intravenosas (excluida
infección por VIH).
64. Enfermedades de transmisión sexual (excluida infección
por VIH). Clasificación y estudio general. Tratamiento de los
síndromes habituales en las ETS. Prevención y control de las mismas.
65. Hepatitis víricas agudas A, B, C y delta: Epidemiología,
clínica, diagnóstico, tratamiento y profilaxis.
66. Meningitis bacteriana, absceso cerebral y otras
infecciones intracraneales supurativas.
67. Meningitis crónica recurrente. Síntomas y signos. Causas
infecciosas y no infecciosas de meningitis crónica.
68. Meningitis y Encefalitis virales agudas. Mielitis y
radiculitis. Enfermedad viral del Sistema Nervioso Central crónica o
persistente.
69. Infecciones Pulmonares no tuberculosas: Neumonías,
Bronquiectasias y Abscesos pulmonares.
70. Asma: Concepto. Epidemiología. Etiología. Clínica.
Diagnóstico. Tratamiento.
71. Bronquitis, enfisema y limitación crónica del flujo aéreo.
72. Insuficiencia cardiaca. Causas desencadenantes y formas
de Insuficiencia cardiaca. Manifestaciones clínicas. Tratamiento.
73. Hipertensión arterial. Etiología, clínica, diagnóstico,
tratamiento (medidas generales y tratamiento farmacológico).
74. Miocardiopatía isquémica. Etiología, clínica, diagnóstico
y tratamiento.
75. Endocarditis infecciosa. Clasificación. Patogenia y
anatomía patológica. Clínica y diagnóstico. Tratamiento. Pronóstico.
Profilaxis antimicrobiana de las endocarditis.
76. Aterosclerosis. Ateroma. Evolución. Síndromes clínicos.
Prevención y tratamiento.
77. Accidentes cerebro-vasculares agudos: clínica,
diagnóstico y tratamiento.
78. Comas. Etiología, fisiopatología, diagnóstico diferencial
y tratamiento.
79. Epilepsia. Etiología, clasificación, clínica, diagnóstico y
tratamiento.
80. Cefaleas. Etiología, diagnóstico y tratamiento.
81. Vértigo. Temblor. Etiología, diagnóstico y tratamiento.
82. Traumatismos cráneo-encefálicos cerrados. Clínica y
tratamiento.
83. Úlcera Péptica. Etiología, clínica, diagnóstico y tratamiento.
84. Enfermedad Inflamatoria Intestinal: Colitis Ulcerosa y
Enfermedad de Crohn.
85. Hepatitis Crónica. Clasificación. Hepatitis crónica viral.
Tratamiento.
86. Hepatopatía y Cirrosis Alcohólica. Cirrosis postnecrótica,
Cirrosis viral. Cirrosis biliar. Cirrosis cardiaca. Principales
complicaciones de las cirrosis.
87. Infecciones de vías urinarias. Etiología, clínica,
diagnóstico, diagnóstico diferencial y tratamiento.
88. Nefrolitiasis. Etiología, clínica, diagnóstico y tratamiento.
89. Obstrucción o retención urinaria. Causas. Diagnóstico.
Retención urinaria en el hombre. Retención urinaria en la mujer.
Tratamiento.
90. Diagnóstico diferencial del ojo rojo. Presentación clínica.
Exploración. Esquema diagnóstico.
91. Conjuntivitis. Características generales. Conjuntivitis
infecciosas agudas y crónicas. Conjuntivitis no infecciosas agudas
y crónicas.
92. Traumatismos oculares: Cuerpos extraños. Heridas y
Contusiones. Quemaduras y Causticaciones.
93. Patología más frecuente del oído externo y medio.
94. Sinusitis aguda y crónica.
95. Enfermedad Periodontal: Diagnóstico, clasificación ,
prevención y tratamiento.
96. Dolor abdominal. Etiología y diagnóstico diferencial.
97. Quemaduras. Clasificación, manifestaciones clínicas y
complicaciones. Tratamiento.
98. Abscesos y fístulas perianales y hemorroides. Etiología,
clínica, diagnóstico y tratamiento
99. Fracturas, Luxaciones y Esguinces.
100. Shock. Concepto, fisiopatología, clasificación,
diagnóstico diferencial y tratamiento.
101. Autolesiones más frecuentes en el medio penitenciario.
Diagnóstico y tratamiento.
102. Asfixia por gases tóxicos. Asfixia por ahorcamiento.
103. Diagnóstico diferencial y conducta a seguir en las
dermatosis mas frecuentes.
104. Lesiones por arma blanca. Concepto y clasificación.
Problemas médico-legales de las heridas por arma blanca.
105. Síndrome anémico. Anemia posthemorrágica aguda.
Anemias megaloblásticas.
106. Interacciones de los fármacos y sus implicaciones
clínicas. Factores que facilitan la aparición de las interacciones.
Mecanismos de producción. Pautas de actuación.
107. Responsabilidad profesional. Concepto y definición.
Responsabilidad civil y penal del médico. Elementos constitutivos
de la responsabilidad médica. Principales circunstancias de la
responsabilidad médica.
108. El secreto médico. Evolución del secreto médico.
Regulación legal del secreto médico en España.
109. Transexualismo. Concepto. Antecedentes biológicos.
Desarrollo sexual. Teorías, clínica y clasificación. Problemas
médico legales.
110. La entrevista Psiquiátrica. Exploración psicopatológica.
111. Delirium: Delirium debido a una enfermedad médica.
Delirium inducido por sustancias. Delirium debido a múltiples
etiologías. Delirium no especificado.
112. Demencia: Demencia tipo Alzehimer.
113. Demencia: Demencia vascular. Demencias debidas a
enfermedad de Parkinson, Huntington, Pick, Creutzfeldt-Jakob.
114. Demencia: Demencia debida a otras enfermedades
médicas. Demencia inducida por el consumo persistente de sustancias.
Trastornos amnésicos.
115. Historia toxicofílica. Trastornos mentales por consumo
de sustancias: dependencia de sustancias, abuso de sustancias.
116. Trastornos inducidos por consumo de sustancias:
intoxicación y abstinencia.
117. Programa de deshabituación: agonistas y antagonistas
opiáceos. Programas de disminución del daño.
118. Esquizofrenia. subtipos y especificaciones de curso.
119. Otros trastornos psicóticos: Esquizofreniforme,
esquizoafectivo, delirante, psicótico breve y psicótico inducido por
sustancias.
120. Trastornos del estado de ánimo: episodios afectivos.
121. Trastornos del estado de ánimo: Trastornos depresivos.
122. Trastornos del estado de ánimo: Trastornos bipolares.
123. Trastornos de ansiedad.
124. Trastornos somatomorfos
125. Trastornos facticios. Trastornos disociativos.
126. Trastornos primarios del sueño.
127. Trastornos de la personalidad.
128. La imputabilidad en el código penal.
ANEXO III
Tribunal Facultativos de Sanidad Penitenciaria
Titular:
Presidente: Don Juan Antonio López Blanco, Médico
Estatutario de la Seguridad Social.
Vocales: Dña. Rosa García Berriguete, C. Facultativo de
Sanidad Penitenciaria. Don Roberto Polo Pradillo, Cuerpo de Médicos
de Sanidad Nacional. Don Agustín Carrera Francés, Cuerpo
Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
Secretario: Don Luis López Jiménez, Cuerpo Superior Técnico
de Instituciones Penitenciarias.
Suplente:
Presidente: Don Raúl de la Torre Martínez, Cuerpo de Médicos
Titulares.
Vocales: Dña. Paloma Soria Valle, Médico estatutario del
Ministerio de Sanidad y Consumo. Dña. M.a Remedios Moreno Moreno,
Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. Don Enrique Jesús
Acín García, Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
Secretario: Eloy Gascón Hernández, Cuerpo de Profesores de
Enseñanza Secundaria.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán
en cuenta que constan de tres ejemplares: Ejemplar para la
Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad
colaboradora. El ejemplar para la Administración, debidamente
cumplimentado se dirigirá al Director General de Instituciones
Penitenciarias y se le adjuntará cosida una fotocopia del
documento nacional de identidad.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Interior".
En el recuadro relativo a centro gestor, se hará constar
"Dirección General de Instituciones Penitenciarias".
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en
el recuadro destinado a código, se hará constar "001".
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
Facultativo de Sanidad Penitenciaria".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra
"L". Sistema General de acceso libre.
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Ministerio del Interior".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior
al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo
de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en
el recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
"la titulación que se posee para participar en estas pruebas, en
virtud de lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria."
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,51 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 1302/0100/0000/23556557, abierta en el
Grupo Argentaria, Banco Bilbao Vizcaya, a nombre de "Tesoro
Público. Ministerio del Interior. Derechos de examen". El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria, mediante transferencia desde cualquier entidad
bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al
33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid