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Documento BOE-A-2004-706

Resolución de 19 de diciembre de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación ambiental del proyecto estudio integral de soluciones y efectos de la dinámica litoral sobre los sistemas de la playa de Santa Cristina y ría de O Burgo (A Coruña), de la Dirección General de Costas.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2004, páginas 1235 a 1236 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-706

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto Estudio integral de soluciones y efectos de la dinámica litoral sobre los sistemas de la playa de Santa Cristina y ría de O Burgo se encuentra comprendido en el grupo 7, «Proyectos de infraestructuras», apartado e) Obras de alimentación artificial de playas cuyo volumen de aportación de arena supere los 500.000 metros cúbicos, o bien que requieran la construcción de diques o espigones (proyectos no incluidos en el anexo I), del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986 antes referido.

Con fecha 19 de noviembre de 2002, la Dirección General de Costas remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto Estudio integral de soluciones y efectos de la dinámica litoral sobre los sistemas de la playa de Santa Cristina y ría de O Burgo, cuya descripción figura en el anexo, pretende recuperar la playa seca en el extremo este de la playa de Santa Cristina, mediante el aporte de arena y la prolongación del espigón existente, así como la retirada de rellenos y el dragado selectivo para recuperar la configuración de la ría de O Burgo.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha solicitado informe a los siguientes organismos e instituciones: Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (Xunta de Galicia), Dirección General de Recursos Marinos (Xunta de Galicia), Instituto Español de Oceanografía, Departamento de Ecología de la Facultad de Biología (Universidad de Santiago), Ayuntamiento de Oleiros, Cofradía de Pescadores de Mera, Ecologistas en Acción, Sociedad Española de Ornitología (SEO) y Asociación para a Defensa Ecoloxica de Galiza (ADEGA). En el anexo se resume el contenido de las contestaciones recibidas.

Considerando los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 del Real Decreto Legislativo precitado, y teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, la Secretaría General de Medio Ambiente, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio, de fecha 17 de diciembre de 2003, considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto Estudio integral de soluciones y efectos de la dinámica litoral sobre los sistemas de la playa de Santa Cristina y ría de O Burgo.

No obstante, en la ejecución del proyecto se deberán tener en cuenta las siguientes prescripciones:

Los materiales de préstamo necesarios para la construcción del dique procederán de canteras y explotaciones debidamente autorizadas. La apertura de nuevas canteras, si ello fuera preciso, se llevará a cabo contando con los permisos y autorizaciones del órgano que tenga esa competencia en la Xunta de Galicia.

Aunque los estudios realizados señalan que la actuación será beneficiosa para la productividad de las poblaciones de moluscos, el proyecto definitivo incluirá un programa de vigilancia ambiental que garantice, durante la fase de obras, el mantenimiento de la calidad del agua de acuerdo con los valores establecidos en la normativa vigente en relación con este tipo de cultivos.

Madrid, 19 de diciembre de 2003.–El Secretario General de Medio Ambiente, Juan María del Álamo Jiménez.

ANEXO
Descripción del proyecto

Playa de Santa Cristina

La playa de santa Cristina, situada al este de la desembocadura de la ría de O Burgo, presenta una forma de concha y está encajada entre la isla de Santa Cristina al este y la punta de Oza al oeste. La longitud de la playa es de, aproximadamente, 1.000 metros. En la zona oeste de la playa, cerca de la desembocadura, se observa un gran bajo mareal en cota próxima a cero, de unos 250.000 metros cúbicos de arena.

En los últimos cien años, la playa de Santa Cristina ha sufrido importantes alteraciones en su configuración debido a las actuaciones antrópicas que se han llevado a cabo en su entorno. En el año 1992 se realizó una aportación de 450.000 metros cúbicos de arena, con el objeto de incrementar la extensión de playa seca en la zona este. Esta arena no se dispuso de acuerdo con la forma en planta de equilibrio de la playa, por lo que, tras el vertido se produjo un giro de la playa hacia el oeste, dando lugar a una erosión de la zona este de unos 25 metros, y a una acumulación de arena de 30 metros en la zona oeste. No obstante, esta regeneración fue muy eficaz para resolver el problema de ausencia de arena en la parte central de la playa, aunque insuficiente para dotar de playa seca al extremo este de la misma.

De los estudios realizados se concluye que la playa de Santa Cristina presenta en la actualidad un alto grado de estabilidad y no está sometida a ningún proceso de erosión que genere pérdida neta de arena del sistema.

La actuación que ahora se plantea, cuyo objetivo es conseguir una superficie de playa seca en la zona este de la playa, consiste, en esencia, en el aporte de arena y la construcción de un dique en dicha zona este. A continuación se describen ambas acciones:

Si bien existen numerosas ubicaciones posibles de un dique, la existencia de un muelle en la zona este de la playa sugiere la utilización de esta estructura como tramo inicial del futuro dique, evitándose, además, el impacto de una nueva ocupación de la zona intermareal rocosa. Por ello, la nueva estructura tiene su punto de inicio en el morro del embarcadero actual.

Esta acción consiste en la construcción de un dique que, comenzando en el morro del muelle actual, se extiende a lo largo de 90 metros, en dirección N-53.o-W. Ello produciría un giro de la playa hacia el este, de forma que si se realiza un aporte de 75.000 metros cúbicos de arena, se dispondría de un total de 30 metros de playa seca en la zona este de la misma. Esta actuación no supone modificación alguna en la forma en planta de la zona central y oeste de la playa.

Si el nuevo dique se construye de modo tal que sirva de protección a un nuevo embarcadero, cabría la posibilidad de retirar el actual dique - embarcadero y sustituirlo por una pasarela en cuyo tramo final, al abrigo del dique propuesto, se construiría el nuevo embarcadero, de tal modo que éste fuese accesible desde tierra.

El dique propuesto es un dique en talud que consta de una sección tipo cuya cota de coronación es de +6,5 metros por encima del cero del puerto, es decir, +1,7 metros respecto a la cota de la pleamar máxima viva equinocial. La anchura de la estructura a la cota de coronación es de 5 metros. La escollera prevista es de 3.000 a 6.000 kilogramos en el lado de barlomar, con pendiente 2H:1V, y de 300 a 1.000 kilogramos en el lado abrigado, con pendiente 1,5H:1V.

Ría de O Burgo

La zona interior de la ría de O Burgo se encuentra, en términos globales, en equilibrio sedimentario, siendo el balance neto de sedimentos erosionados y acumulados en el conjunto del estuario prácticamente nulo en los últimos diez años. No obstante, sí se ha producido una redistribución de los sedimentos existentes, profundizándose alguno de los canales y acumulándose arena en ciertos bajos o lomos interiores.

Esta reordenación del sedimento tiene su origen en el conjunto de acciones antrópicas llevadas a cabo en el interior del estuario, entre las que cabe destacar: Los cierres para el cultivo de marisco; los dragados en los canales interiores; los rellenos realizados bajo el Puente del Pasaje, junto con la construcción de diques paralelos al mismo.

La percepción del estado de la ría por los mariscadores es negativa, existiendo la posibilidad objetiva de aumento en la extensión de las zonas productivas. La actuación que se propone para solucionar los efectos negativos que para la actividad marisquera supone el crecimiento de los lomos de arena, tiene dos líneas de actuación: Retirada de rellenos bajo el Puente y diques, y dragado selectivo de los bancos de arena. Se plantea también la retirada de algunas estructuras o muretes situados entre el Puente del Pasaje y el puntal de la ría, que antaño se utilizaron para separar los recintos destinados al cultivo de moluscos, pero que actualmente no presentan ningún tipo de funcionalidad.

El objetivo de esta actuación es recuperar la configuración que presentaba la ría en 1945, es decir, hacer que la canal principal aguas arriba del puente fluya por la margen este de la ría, dejando al oeste un bajo interior que estaría bordeado por la canal principal, es su lado este, y por una canal secundaria en el lado oeste. Para lograr este objetivo son necesarias, fundamentalmente, las siguientes acciones:

Retirada de elementos existentes bajo el Puente del Pasaje, es decir, el relleno del estribo del puente, el muelle y el dique.

Retirada de los diques que delimitan antiguas zonas de cultivo de moluscos, situadas en la margen este de la ría, aguas arriba del puente.

Dragado selectivo de arena. Aguas abajo del puente, en una pequeña zona de la margen este de la ría, el volumen no superará los 4.000 metros cúbicos y la cota alcanzada será la + 1,75 metros. Aguas arriba del puente: En la margen este de la ría se dragarán unos 72.000 metros cúbicos, en una zona hasta la cota - 0, 5 metros y en otra a la + 1,75 metros. En la margen oeste el dragado se realizará hasta la cota + 0,5 metros, estimándose el volumen en 33.000 metros cúbicos, aproximadamente.

Los análisis de los sedimentos a dragar puso de manifiesto la ausencia de contaminación de los mismos, por lo que se podrán utilizar para la regeneración de la playa de Santa Cristina.

Consultas realizadas:

A continuación se resume el contenido de las contestaciones recibidas a las consultas realizadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental:

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (Xunta de Galicia).

Solicita que se justifique la alternativa elegida y que se realice un estudio de dinámica litoral que evalúe las consecuencias del proyecto sobre el entorno. Considera que debe realizarse la caracterización del material a dragar, así como una prospección arqueológica. Señala que debe llevarse a cabo un plan de vigilancia ambiental y, en su caso, establecer medidas correctoras.

Dirección General de Recursos Marinos (Xunta de Galicia).

Considera que las acciones del proyecto están encaminadas a la recuperación del marisqueo en la ría de O Burgo, por lo que prevé que sean beneficiosas. Adjunta un informe en el que se solicita que se analice la incidencia de la obra en el transporte y sedimentación de la ría de O Burgo, así como en la calidad de las aguas. A este respecto sugiere la conveniencia de ampliar el estudio a la red de aguas residuales. Indica que se deben estudiar los posibles efectos negativos sobre las poblaciones de moluscos bivalvos, y propone que se establezca un plan de actuación que minimice los efectos sobre el marisque y las zonas de baño.

Instituto Español de Oceanografía.

Manifiesta que el proyecto puede provocar cambios en la dinámica de la ría que, a su vez, podrían afectar a los bancos marisqueros, por lo que propone que se realice un estudio que contemple estos aspectos.

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto Estudio integral de soluciones y efectos de la dinámica litoral sobre los sistemas de la playa de Santa Cristina y ría de O Burgo se encuentra comprendido en el grupo 7, «Proyectos de infraestructuras», apartado e) Obras de alimentación artificial de playas cuyo volumen de aportación de arena supere los 500.000 metros cúbicos, o bien que requieran la construcción de diques o espigones (proyectos no incluidos en el anexo I), del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986 antes referido.

Con fecha 19 de noviembre de 2002, la Dirección General de Costas remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto Estudio integral de soluciones y efectos de la dinámica litoral sobre los sistemas de la playa de Santa Cristina y ría de O Burgo, cuya descripción figura en el anexo, pretende recuperar la playa seca en el extremo este de la playa de Santa Cristina, mediante el aporte de arena y la prolongación del espigón existente, así como la retirada de rellenos y el dragado selectivo para recuperar la configuración de la ría de O Burgo.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha solicitado informe a los siguientes organismos e instituciones: Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (Xunta de Galicia), Dirección General de Recursos Marinos (Xunta de Galicia), Instituto Español de Oceanografía, Departamento de Ecología de la Facultad de Biología (Universidad de Santiago), Ayuntamiento de Oleiros, Cofradía de Pescadores de Mera, Ecologistas en Acción, Sociedad Española de Ornitología (SEO) y Asociación para a Defensa Ecoloxica de Galiza (ADEGA). En el anexo se resume el contenido de las contestaciones recibidas.

Considerando los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 del Real Decreto Legislativo precitado, y teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, la Secretaría General de Medio Ambiente, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio, de fecha 17 de diciembre de 2003, considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto Estudio integral de soluciones y efectos de la dinámica litoral sobre los sistemas de la playa de Santa Cristina y ría de O Burgo.

No obstante, en la ejecución del proyecto se deberán tener en cuenta las siguientes prescripciones:

Los materiales de préstamo necesarios para la construcción del dique procederán de canteras y explotaciones debidamente autorizadas. La apertura de nuevas canteras, si ello fuera preciso, se llevará a cabo contando con los permisos y autorizaciones del órgano que tenga esa competencia en la Xunta de Galicia.

Aunque los estudios realizados señalan que la actuación será beneficiosa para la productividad de las poblaciones de moluscos, el proyecto definitivo incluirá un programa de vigilancia ambiental que garantice, durante la fase de obras, el mantenimiento de la calidad del agua de acuerdo con los valores establecidos en la normativa vigente en relación con este tipo de cultivos.

Madrid, 19 de diciembre de 2003.–El Secretario General de Medio Ambiente, Juan María del Álamo Jiménez.

ANEXO
Descripción del proyecto

Playa de Santa Cristina

La playa de santa Cristina, situada al este de la desembocadura de la ría de O Burgo, presenta una forma de concha y está encajada entre la isla de Santa Cristina al este y la punta de Oza al oeste. La longitud de la playa es de, aproximadamente, 1.000 metros. En la zona oeste de la playa, cerca de la desembocadura, se observa un gran bajo mareal en cota próxima a cero, de unos 250.000 metros cúbicos de arena.

En los últimos cien años, la playa de Santa Cristina ha sufrido importantes alteraciones en su configuración debido a las actuaciones antrópicas que se han llevado a cabo en su entorno. En el año 1992 se realizó una aportación de 450.000 metros cúbicos de arena, con el objeto de incrementar la extensión de playa seca en la zona este. Esta arena no se dispuso de acuerdo con la forma en planta de equilibrio de la playa, por lo que, tras el vertido se produjo un giro de la playa hacia el oeste, dando lugar a una erosión de la zona este de unos 25 metros, y a una acumulación de arena de 30 metros en la zona oeste. No obstante, esta regeneración fue muy eficaz para resolver el problema de ausencia de arena en la parte central de la playa, aunque insuficiente para dotar de playa seca al extremo este de la misma.

De los estudios realizados se concluye que la playa de Santa Cristina presenta en la actualidad un alto grado de estabilidad y no está sometida a ningún proceso de erosión que genere pérdida neta de arena del sistema.

La actuación que ahora se plantea, cuyo objetivo es conseguir una superficie de playa seca en la zona este de la playa, consiste, en esencia, en el aporte de arena y la construcción de un dique en dicha zona este. A continuación se describen ambas acciones:

Si bien existen numerosas ubicaciones posibles de un dique, la existencia de un muelle en la zona este de la playa sugiere la utilización de esta estructura como tramo inicial del futuro dique, evitándose, además, el impacto de una nueva ocupación de la zona intermareal rocosa. Por ello, la nueva estructura tiene su punto de inicio en el morro del embarcadero actual.

Esta acción consiste en la construcción de un dique que, comenzando en el morro del muelle actual, se extiende a lo largo de 90 metros, en dirección N-53.o-W. Ello produciría un giro de la playa hacia el este, de forma que si se realiza un aporte de 75.000 metros cúbicos de arena, se dispondría de un total de 30 metros de playa seca en la zona este de la misma. Esta actuación no supone modificación alguna en la forma en planta de la zona central y oeste de la playa.

Si el nuevo dique se construye de modo tal que sirva de protección a un nuevo embarcadero, cabría la posibilidad de retirar el actual dique - embarcadero y sustituirlo por una pasarela en cuyo tramo final, al abrigo del dique propuesto, se construiría el nuevo embarcadero, de tal modo que éste fuese accesible desde tierra.

El dique propuesto es un dique en talud que consta de una sección tipo cuya cota de coronación es de +6,5 metros por encima del cero del puerto, es decir, +1,7 metros respecto a la cota de la pleamar máxima viva equinocial. La anchura de la estructura a la cota de coronación es de 5 metros. La escollera prevista es de 3.000 a 6.000 kilogramos en el lado de barlomar, con pendiente 2H:1V, y de 300 a 1.000 kilogramos en el lado abrigado, con pendiente 1,5H:1V.

Ría de O Burgo

La zona interior de la ría de O Burgo se encuentra, en términos globales, en equilibrio sedimentario, siendo el balance neto de sedimentos erosionados y acumulados en el conjunto del estuario prácticamente nulo en los últimos diez años. No obstante, sí se ha producido una redistribución de los sedimentos existentes, profundizándose alguno de los canales y acumulándose arena en ciertos bajos o lomos interiores.

Esta reordenación del sedimento tiene su origen en el conjunto de acciones antrópicas llevadas a cabo en el interior del estuario, entre las que cabe destacar: Los cierres para el cultivo de marisco; los dragados en los canales interiores; los rellenos realizados bajo el Puente del Pasaje, junto con la construcción de diques paralelos al mismo.

La percepción del estado de la ría por los mariscadores es negativa, existiendo la posibilidad objetiva de aumento en la extensión de las zonas productivas. La actuación que se propone para solucionar los efectos negativos que para la actividad marisquera supone el crecimiento de los lomos de arena, tiene dos líneas de actuación: Retirada de rellenos bajo el Puente y diques, y dragado selectivo de los bancos de arena. Se plantea también la retirada de algunas estructuras o muretes situados entre el Puente del Pasaje y el puntal de la ría, que antaño se utilizaron para separar los recintos destinados al cultivo de moluscos, pero que actualmente no presentan ningún tipo de funcionalidad.

El objetivo de esta actuación es recuperar la configuración que presentaba la ría en 1945, es decir, hacer que la canal principal aguas arriba del puente fluya por la margen este de la ría, dejando al oeste un bajo interior que estaría bordeado por la canal principal, es su lado este, y por una canal secundaria en el lado oeste. Para lograr este objetivo son necesarias, fundamentalmente, las siguientes acciones:

Retirada de elementos existentes bajo el Puente del Pasaje, es decir, el relleno del estribo del puente, el muelle y el dique.

Retirada de los diques que delimitan antiguas zonas de cultivo de moluscos, situadas en la margen este de la ría, aguas arriba del puente.

Dragado selectivo de arena. Aguas abajo del puente, en una pequeña zona de la margen este de la ría, el volumen no superará los 4.000 metros cúbicos y la cota alcanzada será la + 1,75 metros. Aguas arriba del puente: En la margen este de la ría se dragarán unos 72.000 metros cúbicos, en una zona hasta la cota - 0, 5 metros y en otra a la + 1,75 metros. En la margen oeste el dragado se realizará hasta la cota + 0,5 metros, estimándose el volumen en 33.000 metros cúbicos, aproximadamente.

Los análisis de los sedimentos a dragar puso de manifiesto la ausencia de contaminación de los mismos, por lo que se podrán utilizar para la regeneración de la playa de Santa Cristina.

Consultas realizadas:

A continuación se resume el contenido de las contestaciones recibidas a las consultas realizadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental:

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (Xunta de Galicia).

Solicita que se justifique la alternativa elegida y que se realice un estudio de dinámica litoral que evalúe las consecuencias del proyecto sobre el entorno. Considera que debe realizarse la caracterización del material a dragar, así como una prospección arqueológica. Señala que debe llevarse a cabo un plan de vigilancia ambiental y, en su caso, establecer medidas correctoras.

Dirección General de Recursos Marinos (Xunta de Galicia).

Considera que las acciones del proyecto están encaminadas a la recuperación del marisqueo en la ría de O Burgo, por lo que prevé que sean beneficiosas. Adjunta un informe en el que se solicita que se analice la incidencia de la obra en el transporte y sedimentación de la ría de O Burgo, así como en la calidad de las aguas. A este respecto sugiere la conveniencia de ampliar el estudio a la red de aguas residuales. Indica que se deben estudiar los posibles efectos negativos sobre las poblaciones de moluscos bivalvos, y propone que se establezca un plan de actuación que minimice los efectos sobre el marisque y las zonas de baño.

Instituto Español de Oceanografía.

Manifiesta que el proyecto puede provocar cambios en la dinámica de la ría que, a su vez, podrían afectar a los bancos marisqueros, por lo que propone que se realice un estudio que contemple estos aspectos.

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