En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 4/1994, de 12
de abril, de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía
y el Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que se aprueba
el Reglamento de la Universidad Internacional de Andalucía y a
fin de alcanzar la estabilidad referida al personal interino que
realiza funciones estructurales en esta Administración Pública
encargada de la enseñanza superior,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades ("Boletín Oficial del Estado" de 24
de diciembre de 2001), en relación con el artículo 2.2e) de la
misma norma, así como en la Ley de Creación y el Reglamento
de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para
el ingreso en la Escala Técnica Especializada del Centro Andaluz
de Estudios Iberoamericanos (en adelante CAEI), de la Universidad
Internacional de Andalucía, y conforme a los acuerdos de carácter
extraordinarios suscritos con los representantes de personal y
organizaciones sindicales y ratificado por la Junta de Gobierno
de esta Universidad en sesión celebrada el 10 de julio de 2003,
con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 3 plazas en
la Escala Técnica Especializada del CAEI, (grupo A), de la
Universidad Internacional de Andalucía, en el marco del proceso
extraordinario de consolidación de empleo temporal.
1.2 Las presente pruebas selectivas se regirán, en cuanto les
sea de aplicación, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la reforma de la Función Pública, modificada por
Ley 23/1988, de 28 de julio ; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración general del Estado, la Ley 4/1994,
de 12 de abril, de Creación de la Universidad Internacional de
Andalucía y el Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que
se aprueba el Reglamento de funcionamiento de esta Universidad,
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo, que se llevará a cabo mediante el
sistema de concurso-oposición constará de las siguientes fases:
Fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas,
puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I de esta resolución.
1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas
selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.5 Una vez finalizada la fase de oposición, y con respecto
a los aspirantes que la hayan superado, se hará pública la
puntuación obtenida por los mismos en la fase de concurso.
Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que,
sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso,
hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser
superior al de las plazas convocadas.
1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir
de la segunda quincena del mes de junio de 2004 y las pruebas
se celebrarán en La Rábida-Palos de la Frontera (Huelva).
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el
Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
2.1.3 Estar en posesión del título de licenciado, ingeniero,
arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha
que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española,
deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado el acceso
a la Función Pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada
gratuitamente en el Registro General de la Universidad Internacional
de Andalucía (Rectorado, calle Américo Vespucio, número 2, Isla
de la Cartuja, 41092 Sevilla) ; Sede Antonio Machado (plaza de
Santa María s/n, 23440 Baeza. Jaén) ; Sede Santa María de la
Rábida, (paraje La Rábida s/n, 21819, Palos de la Frontera,
Huelva), o bien fotocopia del modelo que figura en el Anexo III, en
cuyo caso deberán adjuntar 3 ejemplares ( Universidad, interesado
y entidad bancaria).
A la instancia se acompañarán dos fotocopias legibles del
documento nacional de identidad.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan
derecho a participar deberán adjuntar dos fotocopias del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos
que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan
dicho vínculo. Asimismo deberán acreditar mediante declaración
jurada o promesa, debidamente traducido al castellano, de no
estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública.
3.2 Las solicitudes (ejemplar número 1 "Ejemplar para la
Administración" del modelo de solicitud) se presentarán en el
Registro General del Rectorado de la Universidad, o en los lugares
establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte
días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al
Excmo. Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los
lugares señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha
en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad
Internacional de Andalucía.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta
Universidad.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas
y selladas antes de ser certificadas.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación
que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo
demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante
escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes
instrucciones en la cumplimentación de la solicitud:
En el espacio destinado a "escala o categoría que aspira", harán
constar "Escala Técnica Especializada del CAEI-consolidación de
empleo temporal".
3.4 Los derechos de examen serán de 30 euros, y se
ingresarán en la cuenta corriente número 2098/0145/55/0102000182
bajo el nombre "UNIA Derechos de examen".
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecanográfica o en su defecto sello y
firma de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
En ningún caso, la mera presentación y pago de los derechos
de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma, del impreso de solicitud, con arreglo a lo dispuesto
en la base 3.2.
3.5 Los aspirantes que presten servicios en la Universidad
Internacional de Andalucía en puestos de trabajo de la Escala
Técnica Especializada del CAEI (grupo A), en la fecha de
publicación de la presente convocatoria, deberán presentar, unida a
la solicitud, para la valoración de la fase de concurso, certificación
expedida por la Gerencia de la Universidad Internacional de
Andalucía.
3.6 La contravención de alguna de estas normas determinará
la exclusión de los aspirantes que no la hubieran observado.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la
instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el
recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en
dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Excmo.
Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía dictará
resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas
selectivas. En dicha resolución que será publicada en el "Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía", figurarán los aspirantes excluidos
(apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad),
con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha, lugar
y hora de celebración del primer ejercicio, así como los lugares
en los que se encuentran expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos. En todo
caso, al objeto de evitar errores y posibilitar su subsanación en
tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no
sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino
que, además, sus nombres constan en la correspondiente relación
de admitidos. Los aspirantes que dentro del plazo no subsanen
la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización
de las pruebas.
La resolución que excluya definitivamente a algún aspirante,
que será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de
la Universidad Internacional de Andalucía, (calle Américo
Vespucio, n.o 2, Monasterio Santa María de las Cuevas, Isla de la
Cartuja en la ciudad de Sevilla), pone fin a la vía administrativa
y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o
recurso contencioso administrativo de acuerdo con lo previsto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
4.3 De conformidad con lo establecido en el art. 12 de la
Ley 8/1989, de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos, procederá
la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se
realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto
pasivo. Por tanto no procederá devolución alguna de los derechos
de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas
por causa imputable al interesado.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo IV de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Excmo. Sr. Rector de la Universidad, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar a los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" resolución por la que se nombran a los nuevos
miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la
base 5.2, o por otras causas.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,
al menos, de sus miembros titulares o suplentes. En dicha sesión,
el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de Presidente y Secretario y la
mitad, al menos de sus miembros, sean titulares o suplentes.
5.6 El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en
la aplicación de esta norma, así como lo que se deba hacer en
los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas en que resulten
necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en
sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes
para tareas internas de organización y vigilancia. La designación
de tales asesores deberá comunicarse al Excmo. Sr. Rector de
la Universidad Internacional de Andalucía.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otra equivalente. El Tribunal
excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas
o signos que permitan conocer la identidad del opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad
Internacional de Andalucía, (calle Américo Vespucio, 2. Isla de la
Cartuja, 41092 Sevilla. Teléfono 954462299) y correo electrónico
uniaUuia.es.
5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la
categoría primera de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989,
de 21 de marzo, modificado por Decreto 190/1993, de 28 de
diciembre y Decreto 404/2000, de 5 de octubre (Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía de 30 de noviembre).
5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X" de conformidad con
lo previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial
del Estado" de 14 de marzo).
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo en todo caso excluidos
de la oposición quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter
de unidad del acto de la convocatoria.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Excmo. Sr. Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
6.5 La publicación del anuncio de la celebración del primer
ejercicio se realizará en la forma prevista en la base 4.1. Una
vez comenzada las pruebas selectivas los sucesivos anuncios sobre
la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos
por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las
anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con,
al menos, 24 horas de antelación a su comienzo.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos
otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados,
por orden de puntuación alcanzada en ambas fases, y con
indicación, en todo caso, del documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Excmo. Sr. Rector de la Universidad,
especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los
ejercicios, la puntuación de la fase de concurso y la suma total
de ambas fases.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquél en que se hicieran públicas las listas de
aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores
aprobados deberán presentar en la Gerencia de la Universidad
Internacional de Andalucía, los documentos exigidos en la base 2 de
esta convocatoria.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en
la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación
en las pruebas.
8.3 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso
al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera,
mediante Resolución del Excmo. Sr, Rector de la Universidad
Internacional de Andalucía. Cualquier resolución que contravenga lo
anteriormente establecido será nula de pleno derecho. Los
nombramientos deberán publicarse en el "Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía".
8.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha
de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía".
8.5 De acuerdo con lo establecido en el artículo 104.2 del
Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la
Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, el personal que
desempeña los puestos de trabajos ofertados en la presente
convocatoria cesarán en los mismos una vez que sean ocupados por
los funcionarios de carrera de la Escala Técnica Especializada del
CAEI (grupo A), de la Universidad Internacional de Andalucía.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y en la forma
establecidos por la Ley 30/1992, de 2 de noviembre de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, asimismo, la Universidad
Internacional de Andalucía podrá, en su caso, proceder a la
revisión de la Resolución del Tribunal Calificador de las pruebas
conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.
Sevilla, 29 de marzo de 2004.-El Rector, José María Martín
Delgado.
ANEXO I
Ejercicios y valoración
El proceso selectivo constará de dos fases: Fase de oposición
y fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
1. Fase de oposición: Constará de dos ejercicios, ambos
eliminatorios.
1.1 Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos
temas de entre cuatro propuestos por el Tribunal sobre el
contenido del programa que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
Se calificará con 10 puntos siendo necesario para superarlo
obtener un mínimo de 5 puntos.
1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito
una prueba de carácter práctico relacionada con el Bloque I de
materias contenidas en el Anexo II de la convocatoria, que versarán
sobre la redacción de un programa de estudios, de docencia y
de investigación del área de su competencia así como sobre
planificación, organización, gestión y difusión. Se calificará con 10
puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo
de 5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel
mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.
La calificación de la fase de oposición para los aspirantes que
hayan superado ambos ejercicios vendrá determinada por la suma
de las calificaciones obtenidas en cada uno de ellos.
2. Fase de concurso: En esta fase, que no tendrá carácter
eliminatorio, se valorarán exclusivamente, los servicios prestados
por los aspirantes en la Universidad Internacional de Andalucía
conforme a los criterios contenidos en la base 3.5. La valoración
se realizará otorgando 0,25 puntos por mes de servicios prestados
o fracción, a la fecha de finalización del plazo de presentación
de instancias, hasta un máximo de 8 puntos.
3. Calificación final: La calificación final del proceso selectivo
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas
en la fase de oposición y de concurso, no pudiendo resultar
aprobados un número superior de aspirantes al de plazas convocadas,
conforme a lo establecido en la base 7. En caso de empate en
la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y de
oposición, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida
en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
ANEXO II
Bloque I:
1. Marco institucional de la Unión Europea.
2. Política social, de trabajo y empleo en la Unión Europea.
3. La política europea de defensa de la competencia e
innovación tecnológica.
4. Política regional y de cohesión en la Unión Europea.
5. La política comunitaria de ayuda al desarrollo.
6. El espacio europeo de investigación. El VI Programa Marco
de Investigación y Desarrollo (2002-2006).
7. Principios generales del Plan Nacional de Investigación en
España (2004-2007).
8. La investigación en Andalucía. Principios generales del III
Plan Andaluz de Investigación.
9. Grupos de investigación, becas FPDI y ayudas a la
investigación en Andalucía.
10. Centros especializados de investigación en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
11. La investigación en la UNIA. Los Centros Especializados.
12. Grupo de Universidades La Rábida. Estatutos,
actuaciones, universidades miembros.
13. Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para
el Desarrollo (CYTED): Fundamentos y objetivos. Líneas
principales de actuación del programa. Organismos signatarios.
14. Programas de cooperación en materia de enseñanza
universitaria entre la Unión Europea y América Latina: ALFA Y
ALBAN.
15. AECI-Agencia Española de Cooperación Internacional.
Estructura, fines y funciones. Programa de Cooperación
Interuniversitaria PCI España-Iberoamerica.
16. Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional
y para Iberoamérica. Plan director de la Cooperación Española
2001-2004.
17. La cooperación al desarrollo de la Unión Europea con
Latinoamérica.
18. La cooperación regional de la Unión Europea con América
Latina 2002-2006: Objetivos, programas regionales y estrategia
comunitaria.
19. Relaciones EU/AL-C. La Cumbre de Río: Decisiones,
prioridades y logros.
20. Relaciones EU/AL-C. La Cumbre de Madrid: Declaración
política, valores y posiciones comunes, evaluación.
21. Organización de Estados Iberoamericanos, para la
Educación, la Ciencia y la Cultura OEI: Perfil histórico. Estructura
y organización.
22. El desafío de la educación latinoamericana.
23. La educación universitaria en América latina. Estudios
de casos: Argentina, Colombia, Perú y México.
24. Cumbres Iberoamericanas. Programas y proyectos
emanados desde 1996.
25. Geografía económica y política de América Latina.
26. La nueva sociedad americana: Evolución y distribución
demográfica. La explotación de los recursos y los problemas del
desarrollo económico.
27. Comisión Económica para América Latina/CEPAL:
Definición, funcionamiento y actuaciones.
28. El Mercado Común del Sur-MERCOSUR.
29. Sistema Andino de Integración (SAI). La Comunidad
Andina.
30. Estrategia regional para la Comunidad Andina de la Unión
Europea.
31. Instituciones, sujetos y desarrollo rural en América Latina.
32. Estrategias y políticas de desarrollo en América Latina.
33. Estructura social y cultural de los pueblos de América.
34. El intercambio sociocultural: Encuentro entre las culturas
ibéricas y las indígenas en América.
35. La América Prehispánica.
36. La etapa colonial. La formación de la conciencia
latinoamericana. Siglo XVIII.
37. La desintegración de los imperios y el proceso
independentista. La formación de los nuevos estados americanos.
38. Vínculos y conflictos entre Iberoamerica y la Península
en el siglo XIX y XX.
39. La construcción de la ciudadanía y la crisis de los sistemas
políticos americanos.
40. Unidad y diversidad. La necesidad y las posibilidades de
integración. Aspiraciones de la Comunidad Iberoamericana ante
el mundo de hoy.
41. La comunidades indígenas actuales en Iberoamérica.
Bloque II:
1. Funciones y autonomía de las Universidades. Naturaleza,
creación y régimen jurídico.
2. Estructura de las Universidades.
3. Gobierno y representación de las Universidades: órganos
de gobierno, Consejo Social, Consejo de Gobierno, Claustro
Universitario y demás órganos de gobierno.
4. Evaluación y acreditación en las Universidades públicas
españolas.
5. Enseñanzas y títulos: Títulos universitarios, homologación,
convalidación de títulos y estructura de las enseñanzas. El
doctorado.
6. El Personal de Administración y Servicios en las
Universidades Públicas.
7. Régimen económico y financiero de las Universidades
Públicas.
8. Centros en el extranjero y centros que imparten enseñanzas
con arreglo a sistemas educativos extranjeros.
9. La Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de
Universidades. Especial incidencia en la programación y coordinación
de competencias en la Comunidad Autónoma Andaluza.
10. La Ley 4/1994, de 12 de abril, de Creación de la
Universidad Internacional de Andalucía.
11. Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Universidad
Internacional de Andalucía.
ANEXO III (Ver imagen página 16221)
ANEXO IV
Tribunal calificador
Miembros titulares:
Presidente: Don Antonio Sánchez Sánchez.
Secretario: Doña María Antonia Guerrero Peña (con voz sin
voto).
Vocales: Doña Luisa Rancaño Martín, don Juan Luis Ruiz-Rico
Díez, don Fernando Palencia Herrejón, doña María Luisa Balbontín
de Arce, en representación del personal funcionario, don José
Deniz Espinós y don Ludolfo Paramio Rodrigo.
Miembros suplentes:
Presidente: Presidente: Don Salvador Montesa Peydró.
Secretario: Don Juan Francisco Hurtado González (con voz sin
voto).
Vocales: Doña María Dolores López Enamorado, doña Gloria
Marín González, don Antonio Ortiz Hidalgo, don Salvador Cruz
Artacho, don Tomás Betancourt Machado y don Fernando García
Lara.
ANEXO V
Don/doña ..................................................,
con domicilio en ...............................................
y con documento nacional de identidad número .................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala Técnica Especializada del CAEI de la
Universidad Internacional de Andalucía, que no ha sido separado del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no
se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En ........................, a ...... de ............ 2004.
Fdo. ...............................................
ANEXO VI
Don/doña ..................................................,
con domicilio en ...............................................
y con número de pasaporte .....................................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala Técnica Especializada del CAEI de la
Universidad Internacional de Andalucía, que no ha sido sometido a
sanción disciplinaria o condena que impida en mi Estado el acceso
a la Función Pública.
En ........................, a ...... de ............ 2004.
Fdo.: ...............................................
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