Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-7624

Orden TAS/1077/2004, de 15 de abril, por la que se declara la situación de expectativa de destino a los aspirantes que han superado la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo de personal estatutario, para la selección y provisión de plazas de Facultativo Especialista de Traumatología, en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Social de la Marina.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 24 de abril de 2004, páginas 16498 a 16498 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-7624

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la base undécima de

la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 11

de diciembre de 2001, por la que se convoca proceso

extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión

de plazas de Facultativo Especialista de Traumatología en las

Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del

Instituto Social de la Marina, una vez comprobado el

cumplimiento de los requisitos de los aspirantes que han superado

la fase de selección, se declara en situación de expectativa de

destino a los aspirantes que han superado esta fase y que figuran

como Anexo a esta Orden.

De acuerdo con la Base décima de la Orden de convocatoria

mencionada, los aspirantes que superaron la fase de selección

dispusieron de un plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a la publicación del listado definitivo de las

calificaciones finales, para presentar la documentación exigida por la

Base tercera de la convocatoria.

Finalizado dicho plazo y realizados los trámites oportunos, don

Manuel Antonio Chávez Cubas no ha presentado la documentación

preceptiva requerida, por lo que se le declara decaído en su

derecho a ser nombrado en expectativa de destino así como a ser

nombrado personal estatutario en la categoría de Facultativo

Especialista de Traumatología. Asimismo, dentro de dicho plazo, se

ha admitido la renuncia presentada por don Alejandro Aurelio

Zambrano Sevillano.

Se entiende por expectativa de destino, según lo previsto en

la mencionada base undécima, la situación en que se encuentran

los aspirantes que han superado el concurso-oposición, hasta que

obtengan, en su caso, un destino definitivo como consecuencia

de su participación en la posterior fase de provisión.

La situación de personal estatutario en expectativa de destino

no otorga derechos económicos ni derechos al desempeño de una

plaza como personal estatutario en las Instituciones Sanitarias

de la Seguridad Social del Instituto Social de la Marina, hasta

que no se hubiera obtenido plaza definitiva como estatutario fijo

mediante la participación y obtención de la misma en la fase de

provisión.

El personal con nombramiento estatutario fijo en las

Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social del Instituto Social de

la Marina, que haya obtenido la situación de expectativa de destino

en la misma o en otra categoría distinta, seguirá desempeñando

provisionalmente la plaza que esté ocupando hasta la obtención

definitiva de la nueva por medio de la fase de provisión.

El personal que haya superado la fase de selección,

accediendo a la situación de expectativa de destino, y tuviera

anteriormente la condición de estatutario temporal, encontrándose

ocupando una plaza en las Instituciones Sanitarias de la

Seguridad Social, continuará ocupando esa plaza en las condiciones

previstas en la misma, sin perjuicio de que, en su caso, pudiera

obtener otra definitiva como resultado de su participación en

la fase de provisión.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse, alternativamente, recurso potestativo de

reposición ante este Departamento Ministerial, dentro del plazo de

un mes contado desde el siguiente día al de la publicación de

esta Orden, o bien interponer directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia

Nacional, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día

siguiente al de la publicación de la presente Orden, a tenor de

lo previsto en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio

("Boletín Oficial del Estado" del 14), reguladora de la Jurisdicción

Contencioso Administrativa.

Madrid, 15 de abril de 2004.-El Ministro. P.D. (O. de

4-12-2001, B.O.E. del 10), el Subsecretario, José Marí Olano.

ANEXO

D.N.I.: 12.354.838. Apellidos y nombre: Sanz Fernández, José

Ignacio.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid