El Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se
aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2004, ("Boletín
Oficial del Estado" del 7 de febrero), autoriza en su Anexo la
convocatoria de dieciocho plazas para el ingreso en la Escala de
Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad
Social. Igualmente, el artículo 5 del citado Real Decreto prevé
la convocatoria de hasta 4346 plazas de promoción interna para
los distintos grupos de personal funcionario, con la distribución
por Cuerpos y Escalas que determine el Ministerio para las
Administraciones Públicas. Una vez efectuada dicha distribución, han
sido adjudicadas dieciocho plazas para el ingreso en la Escala
de Programadores de Informática de la Administración de la
Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el referido Real
Decreto 222/2004, de 6 de febrero, y con el fin de atender las
necesidades de personal en la Administración de la Seguridad Social,
este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas
en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997 de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda publicar la convocatoria de pruebas selectivas
para ingreso en la Escala de Programadores de Informática de
la Administración de la Seguridad Social, con dos modalidades
de acceso, una para la cobertura de las plazas previstas en el
Anexo del Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero y otra, para
la cobertura de las plazas previstas en el artículo 5 de dicho Real
Decreto, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 18 plazas de
la Escala de Programadores de Informática de la Administración
de la Seguridad Social, por el sistema general de acceso libre.
Del total plazas se reservará una para quienes tengan la
condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior
al 33 por 100.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva de discapacitados,
los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase de
oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad
de condiciones, a las de acceso libre.
La plaza no cubierta por el cupo de reserva de discapacitados
se acumulará a las de acceso libre.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 Asimismo se convocan pruebas para cubrir 18 plazas de
la Escala de Programadores de Informática de la Administración
de la Seguridad Social, por promoción interna.
En el caso de que estas plazas quedaran vacantes no podrán
acumularse a las de la modalidad de acceso libre.
1.3 El proceso selectivo será único para ambas modalidades
de acceso y constará de una fase de Oposición y otra de Curso
Selectivo. El proceso constará, además, de una fase de Concurso
para los aspirantes por promoción interna.
El proceso selectivo se realizará con las valoraciones, pruebas
y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá la
superación de un Curso Selectivo.
Para la realización de este Curso Selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
Los aspirantes deberán optar por el sistema general de acceso
libre o por el de promoción interna.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
1.5.1 Fase de oposición: para todos los aspirantes.
El primer ejercicio se realizará en la fecha y lugares que
determine la Resolución a la que se hace referencia en la base 4.1.
La duración máxima de la fase de Oposición será de seis meses,
contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.
Dicha fase deberá concluir, necesariamente, antes de finalizar el
año 2004.
1.5.2 Fase de Concurso: únicamente para los aspirantes por
promoción interna.
La fase provisional de concurso se publicará con la relación
de opositores que superen el primer ejercicio, y la fase definitiva,
por Resolución del Subsecretario del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales, con la relación de opositores que superen el segundo
ejercicio.
1.5.3 Curso Selectivo: Se realizará a continuación de la fase
de Oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la
misma.
El Curso Selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses,
a partir de la publicación en el BOE de la lista definitiva de
aprobados, y tendrá una duración máxima de seis meses.
1.6 Los aspirantes que accedan por el sistema de promoción
interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los provenientes
del sistema de acceso libre para cubrir los puestos de trabajo
vacantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del R.D.
364/1995, de 10 de marzo.
1.7 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
1.8 La presente convocatoria y los actos que se deriven de
ella podrán ser consultados en la siguiente página web:
"www.seg-social.es".
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Ser español o nacional de alguno de los Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que
en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado
la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener título
de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto
Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal
de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100.
2.3 Los aspirantes que concurran por promoción interna
deberán reunir, además, los siguientes requisitos:
2.3.1 Ser personal de las Administraciones u Organismos
señalados en el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, pertenecer como
funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo
C relacionados en el Anexo VI de estas bases, y tener una
antigüedad de, al menos, dos años de servicios efectivos prestados
como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala del Grupo
C desde el que participan.
2.3.2 También podrán participar los funcionarios de Cuerpos
y Escalas Postales y de Telecomunicaciones adscritos al Grupo
C que estén destinados en la Administración General del Estado.
2.3.3 Estar incluido a efectos de promoción profesional en
el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
2.4 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de Organismos Internacionales, que
posean nacionalidad española y la titulación exigida para
participar en las pruebas selectivas.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán
al Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá
la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la
Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno,
en las representaciones diplomáticas o consulares de España en
el extranjero y en la página de Internet www.map.es/serviciospalp
ciudadano/empleoppublico/procesospselectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se
acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del
pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los opositores que participen por promoción interna y
no desempeñen un puesto de trabajo, con carácter definitivo, en
la relación de puestos de trabajo de la Administración de la
Seguridad Social, presentarán unida a su solicitud certificación de
méritos (según modelo que figura como Anexo V) expedida por los
servicios de personal de los Ministerios u organismos donde
presten o hayan prestado sus servicios.
La certificación de méritos deberá ir referida a la fecha de
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.6 Los aspirantes con discapacidad con un grado de
minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo
y/o medios, deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado
de minusvalía.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dictará
Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución,
que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se
indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las
listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos,
señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el
lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la
oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
en el Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación
y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos
Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt,
n.o 4, 28071-Madrid.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 29 de enero de 2004, ("Boletín Oficial
del Estado" de 6 de febrero), por la que se anuncia el resultado
del sorteo celebrado el día 29 de enero. De acuerdo con dicha
Resolución, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo
primer apellido comience por la letra "S", el orden de actuación
se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra
"T" y así sucesivamente.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los
aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su
exclusión a la autoridad convocante.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
No obstante, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba
hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo
de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido el primer ejercicio de la fase de la Oposición,
el Tribunal hará públicas, en los lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes que
lo hayan superado por orden alfabético y por cada modalidad
de acceso, con indicación de la puntuación obtenida y la
puntuación provisional de Concurso, así como del número del
documento nacional de identidad.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar
sus alegaciones respecto a la valoración provisional de méritos
en la fase de Concurso.
Los aspirantes destinados en la relación de puestos de trabajo
de la Administración de la Seguridad Social que, habiendo
superado el primer ejercicio, participen por promoción interna, deberán
presentar, en un plazo de veinte días naturales contados a partir
del siguiente al que se hagan públicas las listas de aprobados
del primer ejercicio, certificación expedida por los servicios de
personal de los Ministerio, Organismo, Entidades Gestoras o
Servicio Común de la Seguridad Social donde presten o hayan
prestado sus servicios, según modelo que figura como Anexo V a esta
convocatoria.
La presentación de la certificación podrá hacerse en cualquiera
de los lugares indicados en la base 3.1 de esta convocatoria.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado
supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso
a efectos de lo previsto en el Anexo I.
La relación de las puntuaciones definitivas de la fase de
Concurso se publicará mediante Resolución del Subsecretario del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales simultáneamente a las
calificaciones del segundo ejercicio para aquellos aspirantes que
en el mismo hayan alcanzado el mínimo necesario según lo
establecido en el Anexo I de esta convocatoria, en los lugares señalados
en la base 6.3 de la convocatoria.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase, por cada modalidad de acceso,
por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones
de cada uno de los ejercicios, la puntuación obtenida en la fase
de Concurso, para los aspirantes por promoción interna, y la suma
total. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su publicación, significándose,
que en este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Madrid, 14 de abril de 2004.-El Ministro, P. D. (Orden de
21/05/96, BOE 27/05/96), el Subsecretario, José Marí Olano.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
El proceso de selección para el acceso a la Escala de
Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad
Social para los aspirantes del sistema general de acceso libre,
constará de dos fases:
a) Oposición.
b) Curso Selectivo.
Para los aspirantes que participen por promoción interna
constará de las siguientes fases: Concurso, Oposición y Curso Selectivo.
A) Fase de Concurso: No tendrá carácter eliminatorio. La
certificación de méritos para la valoración de la fase de concurso
deberá estar referida a la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
1. Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios
efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/78,
de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año hasta un máximo
de 28 puntos.
2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará
la siguiente puntuación:
Grados 14 o inferior: 12,00 puntos.
Grados 15 y 16: 13,00 puntos.
Grados 17 y 18: 14,00 puntos.
Grados 19 y 20: 15,00 puntos.
Grados 21, 22 o superior: 16,00 puntos.
3. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con
carácter definitivo en la Relación de Puestos de Trabajo de la
Administración de la Seguridad Social, se otorgará la siguiente
puntuación:
Nivel 14: 14,00 puntos.
Nivel 15: 15,00 puntos.
Nivel 16: 16,00 puntos.
Nivel 17: 17,00 puntos.
Nivel 18: 18,00 puntos.
Nivel 19: 19,00 puntos.
Nivel 20: 20,00 puntos.
Nivel 21, 22 o superior: 21,00 puntos.
También se otorgará esta puntuación a los funcionarios que
hayan sido objeto de movilidad por cambio de adscripción de sus
puestos de trabajo dentro del Ministerio de Sanidad y Consumo
y sus organismos autónomos, dejando de estar adscritos, como
consecuencia, a la Entidad gestora Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del
puesto reservado en la Relación de Puestos de Trabajo de la
Administración de la Seguridad Social y a los funcionarios en situación
de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la
Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la
Seguridad Social, el nivel del puesto de trabajo en el que les
correspondería realizar el reingreso.
4. Puntuación alcanzada en la convocatoria de 2003: A los
opositores que hayan superado los dos ejercicios de la
convocatoria de 2003 y no hayan obtenido una de las plazas que se
convocaban, se les otorgarán 7 puntos.
B) Fase de Oposición: Tanto para los aspirantes por
promoción interna como para los de acceso libre, la fase de Oposición
estará formada por los siguientes ejercicios de carácter obligatorio
y eliminatorio:
1. Primer ejercicio: Para los aspirantes de acceso libre y los
de promoción interna no exentos de la materia general del
programa (forma de acceso "B"), consistirá en contestar por escrito
a un cuestionario de 90 preguntas sobre la totalidad de las materias
contenidas en el programa a que hace referencia el Anexo II.
Los aspirantes que participen por promoción interna y que
pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que figuran en el Anexo VI con
los códigos números 1188 (exclusivamente los que procedan por
integración de la Escala de Operadores de Ordenador de
Informática de la Administración de la Seguridad Social), 1616, 1633,
1640, 1641, y 1654, forma de acceso "A", estarán exentos de
la materia general del programa señalado en el Anexo II y
contestarán por escrito a un cuestionario de 60 preguntas.
Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con
respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, y teniendo
todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se
valorarán negativamente.
Este ejercicio se realizará en sesión única y con una duración
de 90 minutos para los aspirantes de acceso libre y de promoción
interna no exentos de la materia general del programa (forma
de acceso "B"). Para los aspirantes de promoción interna exentos
de la materia general del programa (forma de acceso "A"), la
duración del ejercicio será de 60 minutos.
El ejercicio se calificará de cero a 50 puntos, siendo necesario
obtener 25 puntos para acceder al segundo ejercicio. Esta
puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas que
se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
2. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito,
durante un período de 4 horas, de un supuesto práctico. Para
la resolución del supuesto, el Tribunal podrá proponer a los
aspirantes la posibilidad de elegir una entre varias opciones
tecnológicas distintas, correspondientes a diferentes dominios del
conocimiento en el campo de los Sistemas y Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, relacionadas con las materias que
figuran en el Anexo II de la convocatoria.
El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el opositor en
sesión pública ante el Tribunal.
Una vez leído ante el Tribunal el ejercicio completo, éste
procederá a realizar cuantas preguntas considere necesarias durante
un período máximo de veinte minutos, para determinar el grado
de adecuación de la solución propuesta.
Se calificará con un máximo de 50 puntos. Para superar este
ejercicio será necesario obtener un mínimo de 25 puntos. Esta
puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas
que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada, para
los participantes por el sistema de acceso libre, por la suma total
de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
De mantenerse esta circunstancia, se dirimirá con la realización
de una prueba complementaria, a determinar por el Tribunal, en
el plazo máximo de un mes contado a partir de la publicación
de la relación de opositores que superan el segundo ejercicio.
Esta prueba complementaria la realizarán exclusivamente los
opositores afectados por el empate para establecer el orden de
prioridad entre ellos.
A los aspirantes por el sistema de promoción interna, se les
adicionará, a la puntuación obtenida por la suma de las
calificaciones de los dos ejercicios, la puntuación obtenida en la fase
de Concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De mantenerse
esta circunstancia se dirimirá a favor de la mayor puntuación
alcanzada en el primer ejercicio, en la fase de Concurso, en el mérito
de antigüedad y, de persistir aún la situación de empate, se
atenderá a la puntuación otorgada al trabajo desarrollado y al grado
consolidado, por este orden. Si aún hubiera lugar para ello, se
dirimirá acudiendo al mayor número de días de servicio prestados
y reconocidos al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre,
finalmente se atenderá al mayor nivel de titulación académica
poseída.
En los ejercicios que se exima a los aspirantes que ostenten
la condición de funcionarios de organismos internacionales, se
otorgará la calificación mínima exigida para la superación de los
mismos. Los interesados podrán renunciar a tal calificación y
participar en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad
de condiciones que el resto de los aspirantes del sistema general
de acceso libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo por escrito
con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
C) Curso Selectivo: Los aspirantes aprobados, nombrados
funcionarios en prácticas por Orden de la autoridad convocante,
participarán en el Curso Selectivo correspondiente a la tercera
fase del proceso de selección. El Curso Selectivo tendrá carácter
eliminatorio.
El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los tres meses
siguientes a la finalización de la fase de Oposición. Su duración,
que no excederá de seis meses, así como su contenido se
concretará por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales. Esta fase tendrá como finalidad esencial
la adquisición por parte de los funcionarios en prácticas del
conocimiento de aquellas materias de carácter eminentemente
informático necesario para el desempeño de los puestos a ocupar.
El Curso Selectivo se calificará de 0 a 30 puntos, siendo
necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos.
Los aspirantes que no superen el Curso Selectivo, perderán
todos sus derechos al nombramiento como funcionarios de carrera.
Al finalizar el Curso Selectivo, los aspirantes serán evaluados
por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
en base a los informes emitidos por los responsables de las
unidades en las que se realice el citado Curso.
D) Superación de ejercicios de esta convocatoria de los
aspirantes por promoción interna: Los aspirantes que en el turno de
promoción interna hubieran superado las pruebas pero, al no
reunir méritos suficientes, no hubieran aprobado, quedarán exentos
de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria.
ANEXO II
Programa
MATERIA GENERAL
I. Seguridad Social
Tema 1. La Seguridad Social en la Constitución Española de
1978. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
de 1994. Estructura y contenido.
Tema 2. Régimen económico financiero de la Seguridad
Social: Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social.
Recursos generales de la Seguridad Social. Inversiones.
Tema 3. Campo de aplicación y composición del sistema de
la Seguridad Social. Régimen General: Ámbito subjetivo de
aplicación, inclusiones y exclusiones.
Tema 4. Campo de aplicación y composición del sistema de
la Seguridad Social. Regímenes Especiales: Enumeración y
características generales. Sistemas Especiales: Enumeración y
características generales.
Tema 5. Normas sobre afiliación. Altas y bajas en el Régimen
General. Procedimiento y efectos. El convenio especial y otras
situaciones asimiladas a la del alta. Encuadramiento e inscripción.
Tema 6. Contingencias y situaciones protegidas. El concepto
de Accidente de Trabajo. El accidente "in itinere". El concepto
de Enfermedad Profesional.
Tema 7. Acción protectora. Contenido y clasificación de las
prestaciones. caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades.
Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.
Tema 8. Requisitos generales del derecho a las prestaciones.
Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento
de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización.
Automaticidad y anticipo de prestaciones.
Tema 9. Incapacidad temporal: Concepto y causas que
motivan esta situación. Beneficiarios. Prestación económica:
Determinación y cuantía. Nacimiento, duración y extinción del derecho
al subsidio. Maternidad: Prestaciones y duración.
Tema 10. Incapacidad permanente en la modalidad
contributiva. Concepto. Grados de incapacidad. Prestaciones:
determinación y cuantía. Beneficiarios. Nacimiento, duración y extinción
del derecho.
Tema 11. Lesiones permanentes no invalidantes. La
calificación y revisión de la incapacidad permanente.
Tema 12. Jubilación en la modalidad contributiva: Concepto.
Requisitos: Especial referencia a la edad de jubilación.
Determinación de la cuantía de la prestación: Base reguladora y porcentaje
aplicable. Suspensión y extinción de la prestación.
Tema 13. La protección por muerte y supervivencia. Hecho
causante. Requisitos para las pensiones de viudedad, orfandad
y en favor de familiares. Cuantía de las prestaciones.
Compatibilidad. Extinción. El auxilio por defunción.
Tema 14. Prestaciones familiares por hijo a cargo.
Modalidades contributiva y no contributiva. Requisitos para el
reconocimiento. Cuantía de las prestaciones. Supuestos especiales.
Régimen de incompatibilidades.
Tema 15. Las pensiones no contributivas. Antecedentes.
Invalidez no contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía y régimen
de jurídico. Jubilación no contributiva: Concepto, beneficiarios,
cuantía y régimen jurídico. Las pensiones de ancianidad en favor
de españoles no residentes.
Tema 16. La asistencia social y los servicios sociales. La
protección a la tercera edad. La protección a la minusvalía. El empleo
de los trabajadores minusválidos. Régimen unificado de ayudas
públicas a disminuidos. Otros servicios sociales.
Tema 17. Revalorización de pensiones: Pensiones únicas y
pensiones concurrentes. Cuantías mínimas y complementos por
mínimos. Límites máximos.
Tema 18. La cotización a la Seguridad Social: Normas
comunes del Sistema. La liquidación de cuotas. El Régimen General
de la Seguridad Social. Supuestos especiales. Bases y tipos de
cotización. Liquidación de otras deudas.
Tema 19. La gestión recaudatoria: Concepto, competencia
y objeto. Responsables del pago. Requisitos para el pago de las
distintas formas de extinción de las deudas. El aplazamiento. La
Recaudación en período voluntario. Efectos de la falta de
recaudación en plazo reglamentario. Recaudación de otros recursos.
Capitales coste de pensiones. Control de recaudación.
Tema 20. La recaudación en vía ejecutiva. Normas generales.
Iniciación y títulos ejecutivos. la providencia de apremio.
Oposición y efectos. El embargo de bienes. Enajenación de bienes.
Modalidades. Créditos incobrables. Tercerías.
Tema 21. Gestión de la Seguridad Social. Entidades gestoras:
Naturaleza, organización y funciones.
Tema 22. La Tesorería General de la Seguridad Social:
naturaleza, competencias y funciones. Estructura orgánica. Especial
referencia a la Subdirección General de Informática. Naturaleza,
estructura y funciones.
Tema 23. La colaboración en la gestión. Mutuas de Accidente
de trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Requisitos para su constitución, competencias y ámbito de
colaboración. la colaboración empresarial: Colaboración obligatoria
y colaboración voluntaria.
Tema 24. Los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.
Régimen Especial Agrario. Planteamiento general, campo de
aplicación. Inscripción de los trabajadores en el censo. Cotización
y recaudación de los trabajadores y empresarios. Acción
protectora.
Tema 25. Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta
Propia o Autónomos. Campo de aplicación. Afiliación, altas y
bajas. Cotización. Acción protectora. Régimen Especial de los
Trabajadores del Mar. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas.
Cotización. Acción protectora.
Tema 26. Régimen Especial de la Minería del Carbón.
Antecedentes. Campo de aplicación. Particularidades en materia de
cotización y de la acción protectora con respecto al Régimen
General. Régimen Especial de Empleados de Hogar. Afiliación, altas
y bajas. Cotización. Acción protectora. El Seguro Escolar.
Tema 27. Los Regímenes Especiales externos al sistema
institucional de la Seguridad Social. La Seguridad Social de los
funcionarios civiles del Estado. La Seguridad Social de las Fuerzas
Armadas y de la Administración de Justicia.
Tema 28. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Órganos de dirección y tutela de la Seguridad Social. La Inspección
de Trabajo y Seguridad Social: Funciones y competencias.
Tema 29. Derecho Internacional de Seguridad Social.
Fuentes. Convenios bilaterales suscritos por España: Características
generales y principios que los informan. Convenios de la
Organización Internacional de Trabajo y del Consejo de Europa
ratificados por España.
Tema 30. Derecho comunitario de Seguridad Social. Fuentes.
La libre circulación de trabajadores en la Unión Europea.
Reglamentos de la Comunidad Europea en materia de Seguridad Social:
Especial referencia a los Reglamentos 1408/1971 y 574/1972
de la Comunidad Europea y sus actualizaciones.
II. Derecho Constitucional y Administrativo
Tema 1. La Comunidad Europea. Sistema Institucional.
Derecho comunitario europeo y derecho español.
Tema 2. La Constitución Española de 1978. Características.
Estructura. La reforma constitucional.
Tema 3. Las Cortes Generales. Las funciones de las Cortes.
El funcionamiento de las Cortes.
Tema 4. La Corona. El Rey. Funciones constitucionales del
Rey.
Tema 5. El poder judicial. Los derechos y libertades públicas.
Tema 6. El Gobierno. Composición y funciones.
Nombramiento y cese. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Tema 7. El Tribunal Constitucional. Composición y
atribuciones. El Defensor del Pueblo.
Tema 8. La Administración y el derecho administrativo.
Organización administrativa.
MATERIA ESPECÍFICA
I. Informática
Programación y análisis de aplicaciones (10).
Tecnología base (5).
Producción (6).
Sistemas operativos distribuidos (4).
Gestión y control de redes de comunicación (10).
Seguridad (5).
Programación y análisis de aplicaciones:
Tema 1. Análisis de Datos: Modelo Entidad/Asociación.
Tema 2. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y
normalización.
Tema 3. Análisis y diseño estructurado.
Tema 4. Análisis y diseño orientado a objetos.
Tema 5. Diseño de planes de pruebas de aplicaciones.
Tema 6. Planificación de control de calidad. Plan general de
garantía de calidad.
Tema 7. Uso de generadores de código y herramientas de
cuarta generación en las fases de diseño e implementación.
Tema 8. Conceptos básicos de orientación a objetos.
Programación orientada a objetos en Java. Objetos distribuidos.
Tema 9. Ficheros externos: Organización de ficheros,
compresión de datos, índices, ordenación de ficheros, técnicas
Hashing.
Tema 10. Temas avanzados de C: Tipos, operadores y
expresiones. Estructuras de control, tablas y punteros. Estructuras de
entrada/salida.
Tecnología base:
Tema 11. Conceptos básicos de Sistema Operativo.
Monitorización del Sistema Operativo.
Tema 12. Concepto de Base de Datos: Tipos de B.D. Bases
de datos con objetivos específicos: Data Warehouse, OLAP, Data
Mart, EIS, Data Mining.
Tema 13. Arquitectura de sistemas de almacenamiento en
disco. Niveles de RAID. Arquitectura de Librerías Automatizadas
de cartuchos. Librerías virtuales.
Tema 14. El sistema de Memoria: Tecnologías de los
dispositivos de memoria, memoria cache, memoria virtual y memoria
compartida.
Tema 15. Ordenadores de repertorio reducido de
instrucciones (RISC): Ventajas e inconvenientes frente a los CICS.
Características de un RISC genérico.
Producción:
Tema 16. Herramientas de producción: Gestión de
almacenamiento. Automatizadores de consola. Gestión de impresión.
Tema 17. Herramientas de producción: Monitores de
rendimiento y planificación de capacidad. Gestión de incidencias y
atención al usuario (Help Desk). Herramientas de distribución de
ficheros y de software.
Tema 18. Componentes fundamentales del hardware de una
instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.
Tema 19. Planificación de trabajos y sus recursos necesarios.
Control de ejecución de trabajos y rendimiento. Control de
incidencias en el sistema.
Tema 20. Sistemas de preexplotación y control de calidad.
Tema 21. Gestión de migración de aplicaciones.
Sistemas operativos distribuidos:
Tema 22. Introducción a los S.O. distribuidos: Conceptos de
hardware y software. Conceptos de diseño.
Tema 23. La comunicación en S.O. distribuidos: El modelo
ISO/OSI. El modelo Cliente/servidor.
Tema 24. Sincronización en S.O. distribuidos: Sincronización
de relojes, exclusión mutua, transacciones atómicas, bloqueos.
Tema 25. Gestión de ficheros en S.O. distribuidos: Conceptos
básicos. Conceptos de implementación.
Redes de comunicación:
Tema 26. Modelo de referencia OSI, servicios y protocolos
en el modelo OSI.
Tema 27. La Capa Física: Redes digitales y analógicas,
transmisión en banda base, modulación. Técnicas de multiplexación
y medios de transmisión.
Tema 28. La Capa de Enlace: Su función. Detección y
corrección de errores. Protocolos de la capa de enlace. Rendimiento
de protocolos.
Tema 29. Redes LAN: Servicios y normas IEEE-802.3 y 802.5.
Redes inalámbricas.
Tema 30. La Capa de Red: Servicios, circuitos virtuales y
datagramas. Técnicas de encaminamiento. Interconexión de redes.
Tema 31. Arquitectura TCP/IP: Generalidades,
direccionamiento y enrutamiento IP, protocolos de transporte TCP y UDP,
servicios a nivel de aplicación.
Tema 32. Redes públicas de datos: X.25, RDSI, Frame Relay
y ATM. Arquitectura de redes privadas: SNA.
Tema 33. Gestión de redes de área local.
Tema 34. Protección y seguridad en redes de área local.
Antivirus.
Tema 35. Redes internet y extranet. Conceptos, estructura
y características. Su implantación en las organizaciones.
Seguridad:
Tema 36. Planes de contingencia ante desastres. Política de
salvaguarda y recuperación de la información. Centros de
respaldo.
Tema 37. Planificación física de los datos: Concepto de copia
síncrona y asíncrona en subsistemas de almacenamiento de datos.
Tema 38. Seguridad lógica de los datos: Mecanismos de
implementación: Firewalls, Productos de protección de
recursos, etc.
Tema 39. Encriptación: sistemas simétricos y asimétricos.
Clave pública y clave privada. Certificados digitales. Organismos
certificadores.
Tema 40. Seguridad perimetral. Medidas de seguridad física
y lógica. Control de accesos físicos.
ANEXO III
Tribunal calificador
Titulares
Presidente: Don Ángel F. Ribes García, de la Escala de Analistas
de Informática, a extinguir de la Administración de la Seguridad
Social.
Vocales: Don Eugenio Bezares Ruiz, del Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad
Social ; don José Ciruelo Meléndez, del Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social ;
don Miguel Labaleta Latorre, del Cuerpo de Gestión de Sistemas
e Informática de la Administración del Estado.
Secretario: Don Miguel Ángel Pérez Martín, de la Escala de
Programadores de Informática de la Administración de la
Seguridad Social.
Suplentes
Presidente: Doña María Rosa Altaba Berberana, de la Escala
de Analistas de Informática, a extinguir de la Administración de
la Seguridad Social.
Vocales: Don Fernando Gasco Criado, del Cuerpo de Gestión
de Sistemas e Informática de la Administración del Estado ; don
Félix Baztán Jareño, de la Escala de Programadores de Informática
de la Administración de la Seguridad Social ; don Víctor Montero
de Espinosa Rojo, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías
de la Administración de la Seguridad Social.
Secretario: Don José Luis Esteban Cerrato, de la Escala de
Programadores de Informática de la Administración de la
Seguridad Social.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
La solicitud se rellenará según lo establecido en el reverso de
la propia solicitud de admisión a las pruebas selectivas en la
Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(modelo 790) y conforme a las siguientes instrucciones
particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a centro gestor
se hará constar "Subsecretaría".
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Programadores de Informática de la Administración de la
Seguridad Social", y en el recuadro correspondiente a "Código" figurará
"1632".
En el recuadro 17, "Forma de Acceso", los aspirantes que
participen por el sistema de acceso libre señalarán la letra "L". Los
aspirantes que participen por el sistema de promoción interna,
que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que se detallan en el
apartado B) del Anexo I de esta convocatoria, consignarán
necesariamente la letra "A". Los restantes opositores por promoción
interna consignarán la letra "B".
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales". No se
cumplimentará el espacio destinado a "Código" que figura a su
lado.
En el recuadro 19 se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en que se haya publicado la presente convocatoria.
En el recuadro 20 de la solicitud destinado a "Provincia de
examen" se consignará por los aspirantes, tanto por el sistema
de promoción interna como por el sistema de acceso libre, que
concurran a la celebración de estas pruebas, la provincia de
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33
por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el
cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se
consignará: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,
Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o
equivalente.
En el recuadro 25, apartado A), "Datos a consignar según las
bases de la convocatoria", los aspirantes deberán indicar el código
del Cuerpo o Escala desde el que participan, según los códigos
de Cuerpos o Escalas que figuran en el Anexo VI de estas bases.
Los aspirantes que concurran por promoción interna y
pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que figuran en el Anexo VI con
los códigos números 1188 (exclusivamente los que procedan por
integración de la Escala de Operadores de Ordenador de
Informática de la Administración de la Seguridad Social), 1616, 1633,
1640, 1641, y 1654, forma de acceso "A", harán constar
necesariamente en este epígrafe la expresión "Exentos en el primer
ejercicio de la materia general del programa".
El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14 euros
para los aspirantes que participen en las pruebas mediante el sistema
general de acceso libre.
Para los aspirantes que participen mediante el sistema de
promoción interna, la tasa por derechos de examen será de 9,57 euros.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se adjuntará el comprobante
bancario de haber satisfecho los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182/9002/48/0200000524, abierta en la
Sucursal 9002, Paseo de la Castellana, número 67, de Madrid,
C.P. 28046, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de
"Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta
restringida para la recaudación de tasas en el extranjero". El
ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la
correspondiente oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto
a la acreditación de las rentas se realizará mediante una
declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos
deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la mera presentación y pago en las oficinas
a que se hace referencia supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes y documentación anexa.
ANEXO V (Ver imagen página 17168)
ANEXO VI
Código Cuerpo/Escala
010 C. Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.
122 Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir.
207 C. Administrativo, a extinguir.
314 C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.
319 C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.
320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.
414 C. Traductores del Ejército del Aire.
415 C. Delineantes del Ejército del Aire.
416 C. Maestros de Arsenales de la Armada.
417 C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.
626 C. Contadores del Estado, a extinguir.
627 C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.
628 C. Delineantes.
629 C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional.
630 Estadísticos Técnicos, a extinguir.
918 C. Capellanes de Instituciones Penitenciarias.
919 C. Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, escala
masculina.
920 C. Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, escala
femenina.
1.018 C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a
extinguir.
1.020 Delineantes, a extinguir Ley 33/1974.
1.021 C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.
1.128 E. Administrativa OO.AA. suprimidos, a extinguir.
1.129 Personal de la Casa de Su Majestad el Rey, grupo C.
1.130 C. Técnicos Interpret. Lengua Proc. Zona N. Marruecos.
1.132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-ley 23).
1.133 C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.
1.134 C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.
1.135 C. General Administrativo de la Administración del
Estado.
1.136 C. Delineantes.
1.188 C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del
Estado.
1.230 Ag. Insp. Proced. Serv. Insp. Disp. Mercado Exterior.
1.427 C. Administrativos-Calculadores de Meteorología del
Estado.
1.428 C. Intérpretes Informadores.
1.429 C. Observadores de Meteorología del Estado.
1.430 C. Técnico Especialistas Telecomunicaciones
Aeronáuticas.
1.431 C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.
1.432 C. Técnicos Especialistas Aeronáuticos.
1.433 C. Técnicos Especializados.
1.516 C. Capellanes de la Beneficencia General.
1.616 C. Administrativo de Administración de la Seguridad
Social.
1.633 E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la
S. Social.
1.640 E. Administrativa, a extinguir, de la Administración de
la S. Social.
1.641 E. Operadores Ordenador Informát., a extinguir,
Admón. de la S. Social.
1.642 E. Delineantes Administración de la S. Social, a
extinguir.
1.654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir, ISM.
1.703 Subgrupo Admtvo. del Grupo de Administración
General.
5.023 E. Secret. Cofradías 2.a categoría, a extinguir.
5.027 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.
5.028 Contables, a extinguir, del SENPA.
5.029 E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.
5.032 Trad. Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.
5.033 E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de
Oceanografía.
5.034 E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.
5.036 E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.
5.037 E. Agentes Economía Doméstica del Ser. de Extensión
Agraria.
Código Cuerpo/Escala
5.038 E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión
Agraria.
5.039 E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias
del IRA.
5.040 E. Analista de Laboratorio del IRA.
5.041 Auxiliar de Campo del ICONA.
5.043 E. Operador de Restitución del IRYDA.
5.044 E. Auxiliar Técnico del IRYDA.
5.045 E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas,
Plantas Vivero.
5.046 E. Periodista Inst. Estudios Agrarios, Pesqueros y
Alimentarios.
5.047 E. Técnica Comisaría Gral. de Abastec. y Transportes
del SENPA.
5.053 Maquinista del SENPA.
5.213 E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.
5.214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.
5.317 E. Delineantes de Organismos Autónomos del M. Defensa.
5.319 E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.
5.320 E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.
5.321 E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban
Terradas.
5.322 Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.
5.430 E. Expertos de Servicios Generales de Enseñanzas
Integradas.
5.431 E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org.
Autón. Mec.
5.432 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.
5.433 C. Ayudantes de Investigación del CSIC.
5.435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. PPFP, a extinguir.
5.527 E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera.
5.528 E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera.
5.530 E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia
Aduanera.
5.616 E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y
Energía.
5.617 E. Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT.
5.619 E. Administrativos, a extinguir, del INI.
5.620 E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir, del INI.
5.621 E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir, del INI.
5.820 E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de
Menores.
5.821 Directores Instituc. Obra Protección de Menores.
5.822 Educadores Instituciones de la Obra de Protección de
Menores.
5.933 Pat. Cab. y Fogon. Hab. (M. Naval) N. Sent.
5.934 E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrográf.
del MOPU.
5.935 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.
5.936 E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.
5.940 E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales
del Taibilla.
5.941 E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.
5.943 E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica
Guadalquivir.
5.944 E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir.
5.945 E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.
5.946 C. Traductores Taquígrafos, grupos 1, 2 y 3, del CEDEX.
5.947 E. Programadores del CEDEX.
5.948 E. Programadores Técnicos del INCE.
6.025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.
6.026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.
6.115 E. Delineantes de AISNA.
6.116 Terapeutas Ocupacionales de AISNA.
6.322 Técnicos-Admtvos., a extinguir, del INAS.
6.323 E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.
6.417 E. Única Cuerpo Admtivo. O.M. 4-7-81, a extinguir.
6.466 E. Oficiales Administrativos del ICO.
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