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Documento BOE-A-2004-8409

Orden HAC/1201/2004, de 6 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2004, páginas 17706 a 17713 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-8409

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso

en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral con sujeción a las

siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir nueve plazas

del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral, Código 0016 por el

sistema general de acceso libre y tres plazas por el sistema de

promoción interna, de las comprendidas en el artículo 5 del Real

Decreto 222/2004.

En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de

promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a

las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en

el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín

Oficial del Estado de 15 de abril).

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos

convocatorias.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de

acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para

los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna,

con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican

en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo y, en su caso,

periodo de prácticas. Para la realización de este curso selectivo y, en

su caso, periodo de prácticas, los aspirantes que hayan superado

la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del mes de julio de 2004. La duración máxima de la fase de

oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de

realización del primer ejercicio. Desde la total conclusión de un

ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir

un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta

y cinco días.

1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,

Arquitecto Técnico, Formación Profesional o equivalente En el caso

de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en

posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por

promoción interna deberán cumplir, además:

2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto ; o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al grupo C y estar además destinados en la

Administración General del Estado.

2.1.7 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante

al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o

Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o a Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Ministerio de Hacienda, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas

y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Hacienda o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de

esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán

al Subsecretario del Ministerio de Hacienda. La no presentación

de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del

aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del

pasaporte.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o

medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido

por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de

minusvalía

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Subsecretario del Ministerio de Hacienda, dictará resolución, en

el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de

admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en

el Boletín Oficial del Estado, se indicarán los lugares en que se

encuentren expuestas al público las listas certificadas completas

de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez

días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo

del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que

figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Hacienda, Subdirección

General de Recursos Humanos, calle Alcalá, n.o 9, 4.a planta,

teléfonos 91-5958780, 91-5958781 y 91-5958655, dirección de

correo electrónico: seleccion.personalUminhac.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de

oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra

"S", según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de

Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004

(Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero de 2004).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que

participen por el turno de promoción interna y que la hubieran

superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para

presentar en el Registro General del Ministerio de Hacienda, o en

la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una certificación

expedida por los servicios de personal de los Ministerios u

Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios,

según modelo que figura como Anexo V. La no presentación de

la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración

al aspirante de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares

de la celebración de la fase de oposición y en la sede del

Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de

méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación

obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán

de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la

publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones

pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación

con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los

participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso,

en el caso de los participantes por el turno de promoción interna,

el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de

puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última

prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el Boletín Oficial del Estado, disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación

de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en

la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el

plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para

la realización del curso selectivo y, en su caso, periodo de

prácticas.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

uno de los sistemas de acceso.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo en ambas convocatorias se efectuará según

la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

Los aspirantes que ingresen por la convocatoria de promoción

interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos

que se ofrezcan.

Los aspirantes aprobados en la convocatoria de promoción

interna no podrán solicitar que se les adjudique destino en el

puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo o

mediante adscripción provisional, de conformidad con lo

establecido en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley

30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Ministro de Hacienda en el plazo de un mes desde su publicación

o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer

recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o

se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 6 de abril de 2004.-El Ministro, P.D. (Orden 22-11-00 ;

BOE de 25-11-00), el Subsecretario, Francisco Uría Fernández.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Hacienda, Director

del Instituto de Estudios Fiscales, Subdirector General de

Recursos Humanos y Presidente del Tribunal Calificador de las

pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico de Gestión

Catastral.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso selectivo

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Concurso.

C) Curso selectivo.

A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de los

siguientes tres ejercicios, todos ellos eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito, en

un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de treinta

preguntas, propuesto por el Tribunal, sobre el temario de Derecho

Administrativo y Comunitario, Derecho Civil, Derecho Mercantil

y Teoría Económica, que figura en el Anexo II.1. de la convocatoria.

No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77

del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, los aspirantes que

concurran a la convocatoria de promoción interna que hayan

consignado en la solicitud la letra A, estarán exentos de responder

a las cuestiones referidas a los temas de Derecho Administrativo

y Comunitario del Anexo II.1, debiendo contestar por escrito un

cuestionario de veinte preguntas y realizar el ejercicio en dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito, en

un tiempo máximo de cuatro horas, de supuestos prácticos sobre

temas relativos a la Gestión Catastral. Los aspirantes podrán

utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios para

la realización de dicho ejercicio.

Tercer ejercicio: Este ejercicio se compondrá de dos partes:

a) Una primera, de dos horas de duración, que consistirá en

la contestación por escrito a un cuestionario de quince preguntas

propuestas por el Tribunal, de acuerdo con el temario que figura

como Anexo II.2 de la convocatoria.

b) Una segunda, de dos horas de duración, para desarrollar

por escrito un tema propuesto por el Tribunal de acuerdo con

el temario que figura como Anexo II.2 de la convocatoria.

El tema deberá ser leído por el opositor, en sesión pública,

ante el Tribunal. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que

permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando

la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje

escrito.

B) Fase de concurso.-En esta fase se valorarán los siguientes

méritos:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario hasta

la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas

incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2

de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados

y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria

al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1

punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28

puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado:

Según el grado personal que se tenga consolidado el día de

la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado

y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado

por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del

plazo de presentación del certificado a que se refiere la base 6.5.

Se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 11, 12, 13 y 14: 12 puntos.

Grados 15 y 16: 14 puntos.

Grados 17 y 18: 16 puntos.

Grados 19 y 20: 17 puntos.

Grados 21, 22 y siguientes: 18 puntos.

c) Trabajo desarrollado:

Según el nivel de complemento de destino correspondiente al

puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del

Estado o en los órganos constitucionales el día de publicación

de esta convocatoria, como funcionario del grupo C, se otorgará

la siguiente puntuación:

Niveles 11, 12, 13 y 14: 14 puntos.

Nivel 15: 15 puntos.

Nivel 16: 18 puntos.

Nivel 17: 19 puntos.

Nivel 18: 20 puntos.

Nivel 19: 22 puntos.

Nivel 20: 24 puntos.

Nivel 21, 22 o superior 25 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

órganos constitucionales, y a los funcionarios en la situación de

servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la

Administración General del Estado u órganos constitucionales el nivel

del puesto de trabajo en el que les correspondería al efectuar

el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en órganos

constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

C) Curso selectivo.

Todos los aspirantes del sistema general de acceso libre que

superen la fase de oposición, y los del sistema de promoción

interna que superen las fases de concurso y oposición, realizarán un

curso selectivo, en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto

de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.

El curso tendrá una duración máxima de cuatro meses lectivos.

Dicho curso comenzará en el plazo máximo de tres meses, a partir

de la finalización del plazo fijado para la presentación de la

documentación requerida en la resolución por la que se publicará la

lista de aprobados de la fase de oposición.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en

el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de

este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Dirección

de la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios

Fiscales, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que

se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho

a ser nombrado funcionario de carrera.

Las materias que se desarrollarán en el curso se referirán al

sistema tributario, gestión recaudatoria, imposición autonómica

y local, procedimientos de gestión catastral, inspección catastral,

derecho urbanístico, hipotecario y contratación administrativa y

catastro de rústica y urbana, de acuerdo con las funciones que

corresponden a los puestos de trabajo que han de desempeñar

los funcionarios del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo

con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria,

perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de

carrera, de acuerdo con lo previsto en el art. 24.1 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, mediante resolución motivada de

la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de

la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior,

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

2. Valoración

Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición se

calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder

al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder

al ejercicio siguiente.

Tercer ejercicio: La calificación máxima será de 40 puntos,

siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de

20 puntos.

Cada una de las dos partes se calificarán de 0 a 20 puntos.

No se admitirá la compensación en el caso de que la calificación

fuera inferior a 8 puntos en alguna de las dos partes.

Los Tribunales calificadores harán públicas las listas de los

aspirantes que hayan superado la calificación mínima de 8 puntos

en la primera parte del tercer ejercicio y que, consecuentemente,

pueden realizar la lectura del tema escrito.

La calificación en la fase de lectura del tema del tercer ejercicio

se obtendrá mediante el cálculo de la media aritmética de la suma

de las calificaciones otorgadas por los miembros del Tribunal,

previa eliminación de la más alta y la más baja.

La calificación final de la fase de oposición estará integrada

por la suma de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios.

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso

y de oposición.

Curso selectivo.-La calificación máxima posible será de 50

puntos por el total de las materias cursadas, siendo necesario

para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos y haber aprobado

todas las asignaturas.

Los aspirantes que no superen inicialmente alguna de las

asignaturas realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva

prueba sobre las asignaturas no aprobadas.

Elección de destinos.-La suma de la calificación del

concurso-oposición con la obtenida en el curso selectivo determinará

la calificación total y las prioridades para la elección de destino

en el caso de los aspirantes del sistema de promoción interna,

sin perjuicio de lo previsto en la base 7.3. de esta convocatoria.

La suma de la calificación de la fase de oposición con la obtenida

en el curso selectivo determinará la calificación total y las

prioridades para la elección de destino en el caso de los aspirantes

del sistema de turno libre, sin perjuicio de lo previsto en la base 7.3.

de esta convocatoria.

En caso de igualdad de puntuación acumulada entre dos o

más candidatos en el turno de promoción interna, la prelación

se establecerá atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el

tercer, segundo y primer ejercicio de la fase de oposición, en la

valoración del mérito de antigüedad, del grado consolidado y del

trabajo desarrollado, por este orden.

En caso de igualdad de puntuación acumulada entre dos o

más candidatos en el turno general de acceso libre, la prelación

se establecerá atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el

tercer, en el segundo y en el primer ejercicio de la fase de oposición,

por este orden.

Al finalizar el curso selectivo, la nota de éste sobre las de la

fase de concurso y de oposición en el caso del turno de promoción

interna ; y la nota de éste sobre la de la fase de oposición en

el caso del sistema general de acceso libre.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos

y medios para su realización.

ANEXO II

Programa

ANEXO II.1

Derecho Administrativo y Comunitario

Tema 1. Instituciones de la Unión Europea: El Consejo, la

Comisión, el Parlamento. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de

Cuentas. El ordenamiento jurídico comunitario y sus fuentes.

Tema 2. La Constitución Española de 1978: Características

y estructura. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El

Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. La reforma

constitucional.

Tema 3. La organización territorial del Estado en la

Constitución. Las Comunidades Autónomas: Estructura y

competencias. Los Estatutos de Autonomía: Caracteres y contenido.

Tema 4. Las fuentes del Derecho Administrativo. La

Constitución. Leyes Orgánicas. Leyes Ordinarias. Disposiciones del

Gobierno con fuerza de ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos.

El Reglamento: Concepto, caracteres y clases. Límites de los

Reglamentos. Reglamentos ilegales.

Tema 5. Concepto de Administración Pública. Tipos de Entes

públicos. Formas de gestión de los servicios públicos. Gestión

directa. Gestión indirecta: La concesión administrativa de servicios

públicos.

Tema 6. Las potestades administrativas: Concepto y clases.

El acto administrativo: concepto y caracteres. Diferentes

clasificaciones de los actos administrativos.

Tema 7. Elementos del acto administrativo: Sujeto, objeto,

fin y forma. La motivación y comunicación de los actos

administrativos. El silencio administrativo.

Tema 8. Eficacia del acto administrativo. Ejecutoriedad de

los actos administrativos. Validez e invalidez del acto

administrativo. Revocación y anulación de oficio de los actos

administrativos.

Tema 9. Los contratos administrativos: Naturaleza jurídica,

clases y régimen jurídico. Elementos de los contratos

administrativos. Formas de adjudicación de los contratos. Resolución.

Tema 10. La responsabilidad patrimonial de la

Administración Pública: régimen vigente. Requisitos para que proceda la

indemnización. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios.

Tema 11. El procedimiento administrativo: Concepto y fines

del procedimiento. Principios generales y ámbito de aplicación

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común. Características,

elementos y fases del Procedimiento Administrativo Común. Rasgos

esenciales de los procedimientos especiales.

Tema 12. Los recursos administrativos: Concepto y clases.

Tramitación general de los recursos. El recurso de reposición.

El recurso de alzada. El recurso extraordinario de revisión.

Tema 13. La jurisdicción contencioso-administrativa:

naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción

contencioso-administrativa. Las partes en el proceso

contencioso-administrativo: Capacidad, legitimación y defensa. Trámites previos a la

interposición del recurso contencioso-administrativo. Principales

aspectos del proceso contencioso-administrativo. Recursos contra

sentencias.

Tema 14. Las propiedades administrativas. Dominio público.

Patrimonio del Estado. Patrimonio Nacional. Bienes comunales.

El Patrimonio histórico-artístico.

Tema 15. La expropiación forzosa: concepto, naturaleza y

elementos. Legislación vigente. Procedimiento general de la

expropiación. Garantías judiciales. Idea general de los procedimientos

especiales.

Tema 16. Derecho urbanístico. Legislación reguladora y

distribución competencial en la materia. El Planeamiento urbanístico:

clases y naturaleza. Elaboración, formación y aprobación de los

planes.

Tema 17. La ejecución del planeamiento. Presupuestos

jurídicos. Los sistemas de compensación, cooperación y expropiación.

Tema 18. El suelo: clases y régimen jurídico. Las técnicas

de redistribución de los beneficios y cargas derivadas del

planeamiento. El régimen de valoraciones.

Tema 19. La regulación jurídica de la vivienda de protección

oficial. Concepto y clases. Su financiación. Distribución

competencial en la materia.

Tema 20. Organización y funcionamiento de la

Administración General del Estado. El Ministerio de Hacienda. Su

organización y funciones. Servicios centrales y periféricos. La Secretaría

de Estado de Hacienda. La Agencia Estatal de Administración

Tributaria.

Tema 21. Los funcionarios públicos: Concepto y clases.

Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen

disciplinario de los funcionarios públicos. El régimen de

incompatibilidades.

Derecho Civil

Tema 22. El Derecho objetivo. Concepto y clasificaciones.

Distinción entre Derecho objetivo y subjetivo. Derecho público

y Derecho privado. El Derecho civil español: sus rasgos distintivos

y elementos de su formación histórica.

Tema 23. Los Derechos reales: concepto y caracteres.

Diferencias con el Derecho de crédito. Clasificación de los derechos

reales. Adquisición, pérdida y extinción de los derechos reales.

Tema 24. El derecho de propiedad: concepto y caracteres.

Límites y limitaciones de la propiedad. Protección de la

propiedad. Modos de adquirir el dominio. Pérdida del dominio. La

posesión. Clases. Adquisición, conservación y pérdida de la posesión.

Efectos y protección de la posesión.

Tema 25. La comunidad de bienes: concepto y clases. La

propiedad horizontal. Derechos y obligaciones de los propietarios.

Elementos comunes y privativos. Régimen jurídico. La

multipropiedad.

Tema 26. Los derechos reales de disfrute. El usufructo:

concepto, caracteres. Derechos y obligaciones del usufructuario.

Extinción. Derecho de uso y habitación. Los derechos reales de

censo, enfiteusis y foro. El derecho de superficie. El derecho de

servidumbre.

Tema 27. Los derechos reales de garantía. La hipoteca:

concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias.

Constitución y contenido del derecho real de prenda. La prenda

sin desplazamiento. La anticresis.

Tema 28. El Registro de la Propiedad: Concepto, objeto y

fines. La publicidad y protección registral. Legislación reguladora.

Organización del Registro de la Propiedad.

Tema 29. La finca registral. Actos y derechos inscribibles.

La inmatriculación de la finca. Medios de inmatriculación.

Concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad. El

expediente de dominio y sus distintas finalidades. Su tramitación.

Tema 30. Las declaraciones de obra nueva y la división

horizontal. Los excesos de cabida. Modificaciones de la finca registral:

la agrupación, la agregación, la segregación y la división de fincas.

Tema 31. La protección del tercero: la fe pública registral.

Alcance y ámbito de la fe pública registral. Los Documentos

Públicos. Elevación a públicos de documentos privados. Valor

probatorio de los documentos públicos y privados.

Tema 32. La obligación: naturaleza, elementos y clases. El

cumplimiento de las obligaciones. El negocio jurídico: concepto

y clases. Elementos esenciales del negocio jurídico. La ineficacia

e invalidez del negocio jurídico.

Tema 33. El contrato. Concepto. El principio de la autonomía

de la voluntad y sus limitaciones. Clasificación de los contratos.

Elementos y requisitos. Ineficacia. Rescisión: sus causas. Contrato

de compraventa. Derechos de tanteo y retracto. Contrato de

permuta.

Tema 34. Contrato de arrendamiento. Clases. Legislación

especial de arrendamientos urbanos: su ámbito. Régimen

transitorio de la nueva Ley. Arrendamientos rústicos. Legislación

especial. Ámbito de aplicación. Constitución y contenido. Duración

y extinción.

Tema 35. La donación: concepto y clases. Elementos de la

donación. Efectos de la donación. Revocación y reducción de

donaciones. La sucesión "mortis causa": Concepto y clases. La herencia:

Concepto y situaciones en que puede encontrarse la herencia.

Tema 36. Aceptación de la herencia. Heredero y legatario.

La sucesión testamentaria: concepto, caracteres y clases de

testamentos. Sucesión forzosa. La sucesión intestada.

Derecho Mercantil

Tema 37. La contabilidad mercantil. Contabilidad formal:

libros obligatorios. Requisitos de los libros. Eficacia probatoria.

Comunicación y exhibición de los libros. Contabilidad material:

Cuentas anuales. Verificación, auditoría y depósito de cuentas.

Tema 38. La empresa mercantil. Protección del empresario

y de la empresa. El comerciante o empresario individual. Los

auxiliares del comerciante.

Tema 39. Las sociedades mercantiles. El contrato de

sociedad. La sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades.

Tema 40. La sociedad regular colectiva. La sociedad

comanditaria simple. Sociedad comanditaria por acciones. La sociedad

de responsabilidad limitada.

Tema 41. La sociedad anónima. Los Estatutos. El capital

social y las reservas. La acción. La emisión de obligaciones.

Impugnación de los acuerdos sociales. El cierre del ejercicio social.

Tema 42. El proceso extintivo de las sociedades mercantiles.

Transformación y fusión de sociedades. Suspensión de pagos y

quiebra.

Teoría Económica

Tema 43. La actividad económica. Sistemas económicos.

Tipos de organización de la actividad económica. Funciones de

un sistema económico.

Tema 44. El mercado: concepto y clases. Mercados de libre

concurrencia y monopolísticos. Formación del precio. Análisis de

otros mercados: La competencia monopolística y el oligopolio.

Tema 45. Magnitudes macroeconómicas. Producto nacional:

PIB y PNB. La renta nacional y el gasto nacional. La contabilidad

nacional.

ANEXO II.2

Derecho Financiero y Tributario

Tema 1. El Derecho financiero: Concepto y contenido. La

Hacienda Pública en la Constitución Española.

Tema 2. El Derecho Presupuestario: Concepto y contenido.

La Ley General Presupuestaria. La Hacienda Pública como titular

de derechos y obligaciones.

Tema 3. Los Presupuestos Generales del Estado: elaboración,

aprobación, ejecución y liquidación del presupuesto. El control

presupuestario: Tipos de control.

Tema 4. El gasto público: concepto. Principios

constitucionales. Procedimiento de ejecución del gasto público.

Tema 5. La contabilidad pública. El Plan General de

Contabilidad Pública. Principios, estructura e implantación.

Tema 6. El control de la actividad financiera. Concepto, clases

y ámbito. Órganos de control.

Tema 7. El Derecho Tributario. Concepto y contenido. Las

fuentes del Derecho Tributario. Los principios del ordenamiento

tributario español.

Tema 8. La aplicación y la interpretación de las normas

tributarias. Ámbito espacial y ámbito temporal. La analogía en el

Derecho Tributario. El fraude de Ley.

Tema 9. La relación jurídica tributaria. Elementos esenciales

del tributo. Sujeto pasivo, concepto y clases. Domicilio fiscal. El

hecho imponible. La base imponible y la base liquidable. Tipos

de gravamen. La exención tributaria. La cuota y la deuda tributaria.

Tema 10. El procedimiento de gestión tributaria. Las

liquidaciones tributarias. La declaración tributaria. La autoliquidación.

La comprobación administrativa del hecho imponible y su

valoración. Tasación pericial contradictoria.

Tema 11. La extinción de las obligaciones tributarias.

Especial referencia al pago y a la prescripción de las deudas tributarias.

Otras formas de extinción. Garantías de pago.

Tema 12. El procedimiento recaudatorio. Órganos de

recaudación. El ingreso del tributo en período voluntario. Aplazamiento

y fraccionamiento del pago. El procedimiento de apremio.

Tema 13. El procedimiento de inspección de los tributos.

Órganos. Funciones. Facultades. Documentación de las

actuaciones inspectoras. Las infracciones y sanciones tributarias. El

procedimiento sancionador de las infracciones tributarias simples.

El delito fiscal.

Tema 14. La revisión de actos en vía administrativa.

Procedimientos especiales de revisión: La revisión de oficio en materia

tributaria. El recurso de reposición. Las reclamaciones

económico-administrativas. Los órganos económico-administrativos.

Tema 15. El procedimiento económico-administrativo: Actos

susceptibles de reclamación. Legitimación y extensión de la

revisión. Suspensión del acto impugnado. Recurso de alzada. Recurso

extraordinario de revisión. El recurso contencioso-administrativo.

Tema 16. Los derechos y garantías de los contribuyentes.

Derechos generales. Derechos y garantías en los procedimientos

tributarios, de inspección, de recaudación y sancionador. El

Consejo para la Defensa del Contribuyente.

Tema 17. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

Hecho imponible. Rentas exentas. Sujetos pasivos. La base

imponible: Rendimientos del trabajo, del capital, de actividades

empresariales o profesionales. Determinación de la deuda tributaria.

Gestión del impuesto.

Tema 18. El Impuesto sobre Sociedades. Hecho imponible.

Sujeto pasivo. Base imponible. La deuda tributaria. Exenciones.

Gestión del impuesto. El impuesto sobre Bienes Inmuebles de

Entidades no residentes.

Tema 19. El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas

Físicas. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base

imponible. Deuda tributaria. El Impuesto sobre Sucesiones y

Donaciones: Hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Deuda

tributaria. Gestión del impuesto.

Tema 20. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y

Actos Jurídicos Documentados. Transmisiones patrimoniales

onerosas: hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Deuda

tributaria. Operaciones societarias: Hecho imponible. Sujetos

pasivos. Base imponible. Deudas. Actos jurídicos documentados:

Hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible y deuda

tributaria.

Tema 21. El Impuesto sobre el Valor Añadido: naturaleza y

ámbito de aplicación. Hecho imponible. Devengo del Impuesto.

Exenciones. Sujetos pasivos. Base imponible. Tipos de gravamen.

Deducción del impuesto. Devoluciones. Gestión del impuesto.

Tema 22. Las Tasas. Concepto. Hecho imponible. Sujetos

pasivos. Devengo. Gestión y liquidación. Especial referencia a las

Tasas por inscripción y de acreditación catastral. Los precios

públicos. Diferencias entre tasas y precios públicos.

Tema 23. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tributos propios y tributos cedidos por el Estado. Participación

de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado. El

Fondo de Compensación Interterritorial.

Tema 24. El sistema impositivo local en la Ley reguladora

de las Haciendas Locales. Los impuestos municipales obligatorios.

Especial referencia al Impuesto de Actividades Económicas. Los

impuestos municipales potestativos. Idea general del Impuesto

sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana.

Tema 25. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles en la Ley

reguladora de las Haciendas Locales. Naturaleza y hecho imponible.

Bienes de naturaleza urbana y bienes de naturaleza rústica.

Tema 26. Los beneficios fiscales en el Impuesto sobre Bienes

Inmuebles. Las exenciones: Clases. Mínimos exentos.

Bonificaciones.

Tema 27. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Bienes

Inmuebles. Base imponible. Base liquidable. Tipos de gravamen.

Cuota. Período impositivo y devengo.

Gestión Catastral

Tema 28. El Catastro. Concepto. Orígenes y diversos modelos

existentes. Evolución histórica del Catastro en España.

Tema 29. La Dirección General del Catastro. Estructura

orgánica y funcional. Competencias y funciones. Situación actual de

la institución catastral. Objetivos y fines. Órganos colegiados.

Tema 30. La Ley del Catastro Inmobiliario. Estructura,

contenido y principios informadores.

Tema 31. Concepto de gestión catastral. La gestión tributaria

y la gestión catastral en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Distribución de competencias. El Padrón catastral.

Tema 32. Concepto de titular catastral. Reglas especiales de

atribuciones de la titularidad catastral. Derechos y obligaciones

del titular catastral.

Tema 33. Procedimientos de valoración colectiva de carácter

general y parcial. Procedimiento simplificado de valoración

colectiva. Procedimiento de determinación de valores catastrales de

los Bienes Inmuebles de Características Especiales. Actualización

de valores. El expediente catastral.

Tema 34. La formación y el mantenimiento del Catastro

Inmobiliario. Procedimiento de declaración. Hechos, actos y negocios

susceptibles de declaración. Concepto. Sujetos obligados a

declarar. Plazos. Su incidencia en el Catastro. Consecuencias del

incumplimiento. Modelos de declaración y documentación a presentar.

Lugar de presentación. Procedimientos de comunicación y

solicitud.

Tema 35. La inspección catastral: Naturaleza y clases de

actuaciones inspectoras. Órganos competentes y sus funciones.

Planes de inspección conjunta con entidades locales. Tipificación

de las infracciones. Sanciones y criterios de graduación de las

mismas.

Tema 36. Revisión administrativa de los actos de gestión

catastral. El procedimiento de subsanación de discrepancias de

los datos catastrales. Recursos y reclamaciones. Cumplimiento

de las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos.

La revisión de los fallos de los Tribunales

Económico-Administrativos Regionales a instancia de la Dirección General del

Catastro.

Tema 37. La notificación de los actos de gestión catastral.

Notificaciones derivadas de procedimientos de valoración

colectiva. Notificaciones edictales. Notificación de otras alteraciones

catastrales. Contratación de los trabajos de asistencia técnica

necesarios para los procesos de notificación.

Tema 38. La colaboración administrativa en materia de

gestión catastral. Colaboración institucional. Colaboración de las

Entidades locales y territoriales mediante la suscripción de

Convenios de colaboración. Objeto, alcance y régimen jurídico de los

Convenios de colaboración. Procedimiento para su formalización.

Tema 39. La referencia catastral. Su configuración actual.

Constancia documental de la Referencia catastral: en los

documentos notariales y en los procedimientos administrativos.

Constancia registral. Efectos y comunicaciones. Especial referencia a

la coordinación con el Registro de la Propiedad.

Tema 40. El Catastro como Banco de Datos. El derecho de

acceso a la información catastral. La difusión de la información

catastral. La información y la atención al ciudadano en el Catastro.

Tema 41. El valor catastral de los bienes inmuebles rústicos

en la Ley reguladora de las Haciendas Locales. La coordinación

de valores. La Comisión Superior de Coordinación inmobiliaria

rústica. Las Juntas Técnicas Territoriales.

Tema 42. Valoración catastral de los bienes inmuebles

urbanos. Normas técnicas. Valoración del suelo. Criterios. Valores de

repercusión y unitarios. Coeficientes correctores de aplicación.

Tema 43. Valoración de las construcciones en el

procedimiento de valoración catastral. Criterios. Tipologías edificatorias.

Coeficientes correctores a aplicar. Coeficientes correctores de la suma

del valor del suelo y de la construcción. El valor catastral.

Tema 44. La coordinación de valores. Áreas económicas

homogéneas. Módulos básicos. Las Juntas Técnicas Territoriales

de Coordinación Inmobiliaria Urbana. La Comisión Superior de

Coordinación Inmobiliaria Urbana. Procedimientos de

coordinación.

Tema 45. Los estudios de mercado inmobiliario. Las

ponencias de valores: naturaleza jurídica, contenido, elaboración,

aprobación, efectividad e impugnación. Especial referencia a la

delimitación del suelo de naturaleza urbana. Polígonos de valoración:

su determinación.

Tema 46. Ordenación de la cartografía oficial. Sistemas

cartográficos. Técnicas actuales. Especial referencia a la

ortofotografía. Cartografía catastral convencional e informatizada.

Tema 47. Base de datos catastral. Informatización del

Catastro Inmobiliario. El Sistema de Información Catastral.

Coordinación con otras administraciones y entidades.

Tema 48. La Carta de Servicios de la Dirección General del

Catastro. Compromisos asumidos. Indicadores de calidad. La

Línea Directa del Catastro.

Tema 49. Los servicios catastrales en Internet. Normativa

aplicable. Objeto y finalidad. Programa de ayuda a la presentación

de declaraciones catastrales. La Oficina Virtual del Catastro.

Tema 50. La Calidad Total y su aplicación a la Administración

Pública. La Calidad en el Catastro. La Calidad de Datos

Catastrales. La Calidad orientada al ciudadano. Los compromisos de

Calidad: La Carta de Servicios. Proyectos de calidad. La mejora

continua.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral

Titular:

Presidente: D. Luis Álvarez-Ossorio Álvarez, del Cuerpo

Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales: D. José Antonio de la Cruz Hidalgo, del Cuerpo

Superior de Gestión Catastral. D. Juan José Fernández Ortega, de la

Escala Técnica de Gestión de OO.AA. Dña. Aurora Carazo

González, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

D. Ignacio Ruiz Bravo, del Cuerpo de Abogados del Estado. D.

Fernando Negueruela Suberviola, del Cuerpo de Gestión de la

Administración Civil del Estado.

Secretaria: Dña. Cristina García González, del Cuerpo Técnico

de Gestión Catastral.

Suplente:

Presidente: D. Pedro Blanc Portas, del Cuerpo Superior de

Gestión Catastral.

Vocales: D. José Alfonso Solórzano Martín, del Cuerpo de

Arquitectos de la Hacienda Pública. Dña. Ana Esmeralda de Sena

Macías, de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado

Medio OO.AA. del MAPA. Dña. Isabel Iglesias Gordo, del Cuerpo

Técnico de Hacienda. Dña. M.a Luz Sánchez Moral, del

Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. Dña. Gloria

LópezBoado Montero, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil

del Estado.

Secretaria: Dña. María Teresa Alemany de Aguinaga, del

Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

Técnico de Gestión Catastral".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará con arreglo

a las siguientes claves:

"L" Libre/Nuevo ingreso.

"A" Promoción Interna (aspirantes pertenecientes al Cuerpo

Administrativo, a extinguir ; Escala Administrativa OO.AA,

suprimidos, a extinguir ; Cuerpo Administrativo, a extinguir (Real

Decreto-Ley 23) ; Cuerpo General Administrativo de la Administración

del Estado ; Cuerpo Administrativo de Administración de la

Seguridad Social ; Escala Administrativa, a extinguir de la

Administración de la Seguridad Social ; Subgrupo Administrativo del grupo

de Administración General ; Escala Administrativa de OO.AA;

Escala administrativos de AISS, a extinguir ; Escala única Cuerpo

Administrativo Orden de 4 de julio de 1981, a extinguir ; Cuerpo General

Administrativo, especialidades de Agentes de la Hacienda Pública

y de Administración Tributaria, así como a los Cuerpos a extinguir

de Contadores del Estado o Administrativo de Aduanas).

"G" Promoción interna (aspirantes pertenecientes a los demás

Cuerpos o Escalas del grupo C).

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Hacienda".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior

al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo

de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en

el recuadro 22.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará "Titulación

poseída o en condiciones de obtener" y en el apartado B se consignará

"el Cuerpo de pertenencia" en el caso de optar por el turno de

promoción interna.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14 euros.

Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de

la convocatoria para promoción interna gozarán de una

bonificación del 50% de la tasa, siendo su cuantía de 9,57 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182-9091-51-0200234503 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Hacienda Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse

directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior

al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V (Ver imagen página 17713)

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