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Por Resolución de 30 de abril de 2003, se concedió a Lasarte Bidaiak el Título Licencia de Agencia de Viajes Minorista como consecuencia del expediente instruído a instancia de Dña. Josune López de Uralde Zapirain.
Considerando que con fecha 30 de de marzo de 2004 y a petición de Dña. Josune López de Uralde, esta Secretaría de Estado de Comercio y Turismo inicia expediente de anulación de su Título Licencia a Agencia de Viajes Minorista.
Resultando que, de conformidad con el artículo 4.º 1 del Real Decreto 271/1988 de 25 de marzo (B.O.E. de 29) y los artículos 5.º y 6.º de la Orden de 14 de abril de 1988 (B.O.E. del 22), en relación con el Artículo 7.1 del R.D. 2488/1978, de 25 de agosto, (B.O.E. del 26 de octubre), corresponde a la Administración General del Estado la facultad de revocar estas licencias, esta Secretaría de Estado de Comercio y Turismo ha resuelto anular el título-licencia de Agencia de Viajes Minorista a Lasarte Bidaiak, S. L., con el Código Identificativo de Euskadi C.I.E. 2205 y sede social en c/ Nagusia Kalea, n.o 19, bajo de Lasarte Oria (Guipúzcoa).
Madrid, 1 de abril de 2004.—El Secretario de Estado, P. D. (Resolución de 10/5/2001), el Secretario general de Turismo, Germán Porras Olalla.
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