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Documento BOE-A-2004-924

Resolución de 22 de diciembre de 2003, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueban las bases y se dispone la convocatoria para la provisión de la plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en la República del Iraq.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2004, páginas 1867 a 1868 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2004-924

TEXTO ORIGINAL

La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo establece en su artículo 25, que la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, y presidido por su titular, es el órgano de gestión de la política española de cooperación internacional para el desarrollo, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros Departamentos ministeriales.

La propia ley, en su artículo 26, reconoce a las Oficinas Técnicas de Cooperación como unidades adscritas orgánicamente a las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de la cooperación en su demarcación.

Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, aprobado por Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre, dedica su artículo 15 a los órganos de la Agencia Española de Cooperación Internacional en el exterior, entre los que se encuentran, junto a los Centros de Formación de la Cooperación Española y los Centros Culturales, las Oficinas Técnicas de Cooperación.

Asimismo y, por Orden AEX/2458/2003 de 27 de Agosto, dictada en desarrollo del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y, como nuevo órgano en el exterior de la misma, fue creada la Oficina Técnica de Cooperación en la Misión Diplomática Permanente de España en la República del Iraq.

Los puestos directivos de estos órganos podrán ser desempeñados por personal contratado bajo una relación de carácter especial de las previstas en el artículo 2.1.a) del Estatuto de los trabajadores.

Por tanto, concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de Hacienda y de Administraciones Públicas, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2003 y el procedimiento previsto en la Instrucción conjunta de 6 de mayo de 2002, de las Secretarías de Estado para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria pública y abierta, la plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en la República del Iraq, de acuerdo con las siguientes bases:

I. Características de la plaza y funciones

El Coordinador General de la Cooperación Española en la República del Iraq), ocupará la plaza prevista en el Catálogo de Personal Laboral de la AECI en el exterior y prestará servicios en la Oficina Técnica de Cooperación Internacional, órgano de la AECI integrado en la Embajada de España en Bagdad. Desempeñará las siguientes funciones:

a) En el ámbito de las actividades administrativas de la Oficina Técnica de Cooperación:

Ostentar la representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) ante las autoridades iraquíes, las ONGs y los Organismos Internacionales con presencia en el país.

Dirigir la Oficina Técnica de Cooperación y su personal. Gestionar y administrar los recursos económicos de la AECI destinados a la cooperación con la República del Iraq.

Asegurar la coordinación de las actividades de la cooperación española con las del resto de los responsables de la Embajada de España en Bagdad bajo la dirección de su Jefe de Misión.

b) En el ámbito de la Cooperación al desarrollo en general: Gestión de los Programas de Cooperación.

Relación con las autoridades e instituciones contrapartes. Identificación, ejecución, seguimiento y control de los proyectos bilaterales de cooperación.

Elaboración de informes y memorias de los programas.

Detección de oportunidades para proyectos de coinversión y ofertas de bienes o servicios españoles generados por los proyectos de cooperación en vigor.

Prestación de apoyo a instituciones españolas en el desarrollo de proyectos de cooperación en la República del Iraq.

II. Régimen de contratación

El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca, suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el R.D. 1382/85, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este Organismo para los Coordinadores Generales de la Cooperación Internacional y con mención expresa del posible traslado, de mutuo acuerdo, a otro país a plaza de similares características.

Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, de 6 de mayo de 1992 (BOE número 122, de 21 de mayo de 1992).

Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la categoría de Coordinador General de la Cooperación Española en la República del Iraq por la Comisión Interministerial de Retribuciones.

III. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes a las plazas que se convocan deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

e) Ser titulado superior universitario.

f) Tener experiencia en cooperación para el desarrollo, de un mínimo de dos años de trabajo.

g) Tener dominio del idioma inglés.

IV. Méritos evaluables por la comisión de valoración

a) Conocimiento de las instituciones que conforman la Administración Pública española y su funcionamiento.

b) Experiencia en gestión económico-financiera de la Administración Pública española.

c) Experiencia en dirección de equipos de trabajo y en gestión de recursos humanos.

d) Conocimientos del idioma y del mundo árabe.

e) Conocimiento sobre Organismos y proyectos multilaterales de cooperación.

f) Formación específica en identificación, formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos según la metodología del marco lógico.

V. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae dirigida al Ilmo. Sr. Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General, Avda. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid) citando expresamente «Plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en la República del Iraq», sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

VI. Proceso de selección

La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión constituida de la siguiente forma:

Presidente: el Director General de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental o en quien delegue.

Vicepresidente: el Subdirector General de Cooperación con los Países del Mediterráneo y Europa Oriental o en quien delegue. Vocales: 2 funcionarios nombrados por el Secretario General de la AECI, junto con sus suplentes.

Secretaria: la Vicesecretaria General de la AECI, o en quien delegue, que actuará con voz y voto.

La Comisión de Valoración establecerá los criterios para evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos requeridos en la presente convocatoria.

Aquellos que resulten preseleccionados podrán ser citados para la realización de entrevista personal. La entrevista versará sobre aspectos del currículum vitae del candidato, puntos concretos de los méritos aducidos, sus conocimientos sobre los países de destino y otros de su área geográfica y, en general, aquellos otros aspectos que permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del candidato para el puesto.

Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá, disponiendo la contratación del candidato designado.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, 22 de diciembre de 2003.‒El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, BOE de 12 de febrero de 2001), el Secretario General, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmos. Sres. Directores Generales de Cooperación con Iberoamérica; de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental; de Relaciones Culturales y Científicas; Director del Gabinete Técnico de la Secretaría General y Vicesecretaria General de la AECI.

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