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Documento BOE-A-2005-10367

Resolución de 16 de febrero de 2005, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que acuerda incoar procedimiento para la adecuación como zona arqueológica y delimitación de la zona afectada por la declaración del bien de interés cultural, del «Castro de la Ventosa», en los municipios de Cacabelos y Villafranca del Bierzo (León).

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2005, páginas 21347 a 21347 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2005-10367

TEXTO ORIGINAL

El Castro de la Ventosa, fue declarado Monumento por Decreto de 4 de julio de 1931. En aplicación de la Disposición Adicional Primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, está considerado Bien de Interés Cultural. A fin de adecuar la declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.1.b de la citada Ley, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta de la misma, procede incoar procedimiento para delimitar un entorno que garantice suficientemente la protección de este bien de interés cultural. Vista la propuesta del Servicio de Protección, esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2002, de 11 de julio, del Patrimonio Cultural de Castilla y León, acuerda:

1.º Incoar procedimiento para la adecuación como Zona Arqueológica y delimitación de la zona afectada por la declaración del Bien de Interés Cultural denominado «Castro de la Ventosa» según la delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución, y que figura en el plano unido al expediente.

2.º Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente. 3.º Hacer saber al Ayuntamiento de Cacabelos y Villafranca del Bierzo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la citada Ley para los bienes declarados de interés cultural y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la misma, que todas las obras que hubiesen de realizarse en la zona que se pretende declarar no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural o, si es el caso, por esta Dirección General.

4.º Que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial del Estado, y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva.

Valladolid, 16 de febrero de 2005.-El Director General, Enrique Saiz Martín.

ANEXO Castro de la Ventosa, Municipios de Cacabelos y Villafranca del Bierzo (León)

Delimitación literal:

Los límites propuestos para el área de delimitación vendrían dados: En la zona norte, por la Carretera Nacional VI.

En la zona oeste, por la carretera que une la N-VI con la localidad de Valtuille de Abajo hasta el Camino del Barredo, que parte del sur de Valtuille de Abajo. En la zona sur, se tomaría como límite el camino anteriormente citado hasta el punto en el que el límite administrativo de Villafranca del Bierzo, Villadecanes y Cacabelos coinciden. En la zona este, el límite lo marcaría en primer lugar, la divisoria del término municipal de Cacabelos y Villadecanes, y en segundo, el Camino de Villadecanes hasta unirse con el camino de acceso al castro desde la Carretera Nacional VI.

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