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Documento BOE-A-2005-12159

Resolución de 29 de junio de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden Menciones de Calidad a programas de doctorado de las Universidades españolas para el curso académico 2005-2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 2005, páginas 25128 a 25141 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-12159

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/4063/2004, de 22 de noviembre (BOE de 10 de diciembre), del Ministerio de Educación y Ciencia se convocó la presentación de solicitudes para la concesión de la Mención de Calidad a programas de doctorado de las Universidades españolas para el curso académico 2005-2006. Concluido el proceso de evaluación y auditoría de los programas de doctorado presentados en plazo, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), ha elaborado informe individualizado de cada solicitud de acuerdo con los criterios establecidos en los puntos 6.1. y 6.3 de la Orden de convocatoria. Asimismo, en el caso de los programas de doctorado a los que se refiere el punto 6.6. de la citada Orden, se han efectuado las verificaciones pertinentes de la documentación aportada por los solicitantes. En consecuencia, esta Secretaría de Estado, ha resuelto:

Primero.-Conceder la Mención de Calidad a los programas de doctorado que se relacionan en el Anexo I de esta resolución presentados por las Universidades que en el mismo se indican y que han obtenido en el proceso de evaluación una puntuación igual o superior a 60 puntos sobre un máximo de 100.

Segundo.-Renovar la Mención de Calidad a los programas de doctorado que se relacionan en el Anexo II de esta resolución presentados por las Universidades que en el mismo se indican. Tercero.-Las Menciones concedidas y renovadas tendrán validez durante el curso académico 2005-2006. Cuarto.-Denegar el resto de solicitudes presentadas para la concesión o renovación de la Mención de Calidad de los programas de doctorado.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Lo que comunico a V. I. a los oportunos efectos.

Madrid, 29 de junio de 2005.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE del 28), la Directora General de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Sra. Directora General de Universidades.

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