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Documento BOE-A-2005-15262

Resolución de 29 de julio de 2005, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2005, páginas 30799 a 30809 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2005-15262

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 16, de 20 de enero), y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios. El Rector, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la citada norma, así como en el artículo 47 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 16 de 20 de enero), y una vez cumplidas las formalidades contenidas en el artículo 125 de los citados Estatutos, previo acuerdo con la Junta Personal de Administración y Servicios, ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad Carlos III, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 16 plazas por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre. 1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a 9 plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a 7 plazas.

1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán, igualmente, al sistema general de acceso libre. En este sentido, el procedimiento para promoción interna finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre. El Presidente de Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.

1.4 Los aspirantes solo podrán participar en uno de los dos sistemas. 1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decre-to 364/1995 de 10 de marzo, tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. Asimismo, podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando. En caso de que la Universidad acuerde acceder a lo solicitado, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos, por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. 1.6 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid (BOCM número 16, de 20 de enero), y las bases de esta convocatoria. 1.7 El programa que ha de regir las pruebas es el que figura en el Anexo II de la presente convocatoria. 1.8 El proceso selectivo constará para acceso libre de una fase de oposición y para promoción interna de una fase de concurso y una fase de oposición El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el Anexo III de la presente convocatoria 1.9 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.5 de esta convocatoria. 1.10 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir del 15 de noviembre de 2005.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública y, en particular: a) Tener nacionalidad española, o de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria. d) Titulación académica: Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

A tenor de lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, y de la Resolución de la Dirección General de Universidades de 11 de marzo de 2004, dictada para su aplicación, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de Diplomado universitario:

1. El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de licenciado, arquitecto o ingeniero o

2. El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al cual se opta por esta Convocatoria.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. 2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán estar en situación de activo, pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, tener destino definitivo en la Universidad Carlos III de Madrid, poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que se pertenezca y reunir todos los demás requisitos exigidos. Los servicios previos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en algunos de los cuerpos o escalas anteriormente citados serán computables a efectos de antigüedad para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas. 2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1. y 2.2. deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña como Anexo I a la presente convocatoria, que se facilitará en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, Avenida de la Universidad Carlos III, número 22, de Colmenarejo (Madrid), Calle Madrid número 126 de Getafe (Madrid), o Avenida de la Universidad número 30 de Leganés (Madrid) o en la Dirección General de la Función Pública, calle María de Molina, 50, Madrid, del Ministerio para las Administraciones Públicas.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al Magnífico y Excmo. Sr. Rector de la Universidad Carlos III de Madrid en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, Avenida de la Universidad Carlos III, número 22, de Colmenarejo (Madrid), Calle Madrid número 126 de Getafe (Madrid), o Avenida de la Universidad número 30 de Leganés (Madrid), o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.4 Los derechos de examen serán de 23,67 euros para los aspirantes del turno libre y de 11,84 para los aspirantes del turno de promoción interna. Estos derechos se ingresarán bien directamente o mediante transferencia bancaria en el BBV-Argentaria (0182), sucursal 9059 Getafe (Madrid), D.C. 29, número de cuenta 0203893031, de la Universidad Carlos III de Madrid, realizando el ingreso en concepto de «Pruebas Selectivas Escala de Gestión». Los participantes en las pruebas selectivas que estén inscritos como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de dos años referida a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas así como las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 y las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos estarán exentos del pago de derechos de examen por participar en pruebas selectivas. En la solicitud deberá figurar el sello de la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante. En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2 3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI

b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el ingreso de los derechos de examen se ha realizado en Entidad bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso, en la solicitud figurará el sello de la Entidad bancaria en la que se ha efectuado el ingreso. c) Los aspirantes por el sistema de promoción interna que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo que figura como Anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los méritos señalados en el Anexo III de esta convocatoria.

3.6 En la solicitud se consignarán necesariamente los siguientes datos:

En el apartado 1. «Cuerpo o Escala» se hará constar la denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Gestión.

En el apartado 3. «Forma de acceso» se consignará «P» para promoción interna y «L» para acceso libre. Los aspirantes por el sistema general de acceso libre con grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en las pruebas selectivas deberán indicarlo en el recuadro 6 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro 7. Los aspirantes por el sistema de promoción interna, en el recuadro «datos a consignar según las bases de la convocatoria» apartado A), deberán consignar el idioma francés o inglés que eligen para el segundo ejercicio. 3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes. 3.9 Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En esta Resolución, que se publicará en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés, figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o la omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. Los aspirantes que habiendo concurrido por el turno de promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el sistema de acceso libre, siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello. 4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde su publicación. 4.4 De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Procedimiento de selección

5.1 El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso. 5.1.1 Fase de oposición.-Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en el anexo III de la presente convocatoria Para los aspirantes del turno de promoción interna, el primer y tercer ejercicio de la fase de oposición tendrán el carácter de eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera de ellos supondrá para los mismos la imposibilidad de continuar el proceso selectivo. La realización del segundo ejercicio será obligatoria pero no tendrá el carácter de eliminatorio. Su valoración será la que se especifica en el anexo III.

5.1.2 Fase de concurso.-Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo fijado en el citado anexo III. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados para superar los ejercicios que se hayan realizado en la fase de oposición. Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece en la base 3.5 de la presente convocatoria. Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará como fecha límite para su cómputo, la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en las presentes pruebas selectivas. 5.1.3 Valoración final.-La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas. Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas será necesario superar los ejercicios de la fase de oposición, y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior al número de plazas convocadas.En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante con:

a) Mayor puntuación en la fase de oposición.

b) Mayor puntuación en el primer ejercicio. c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar, y así sucesivamente de persistir la igualdad. d) Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes elegidos.

5.2 El procedimiento de selección para el turno libre estará compuesto de una única fase de oposición, que constará de tres ejercicios obligatorios de carácter eliminatorio, de tal modo que la no superación de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso selectivo. El contenido y valoración de los ejercicios se especifica en el Anexo III.

5.2.1 El orden final de los aspirantes del turno libre vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios de la fase de oposición. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con: a) Mayor puntuación en el tercer ejercicio.

b) Mayor puntuación en la segunda parte del primer ejercicio. d) Si una vez aplicadas las anteriores reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes elegidos.

6. Tribunal Calificador

6.1 El Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas estará compuesto del siguiente modo: El Gerente, o persona en quien delegue; cuatro vocales designados por el Rector entre funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos o Escalas con nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a esta Escala, uno de ellos propuesto por la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad Carlos III de Madrid, y un funcionario del Servicio de Recursos Humanos y Organización que actuará como Secretario, con voz pero sin voto. Se designará un número igual de miembros suplentes.

6.2 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda. 6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. 6.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, El Rector publicará en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 6.3. 6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros titulares o suplentes. 6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común. 6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. 6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6. las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Administración Pública. 6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, Calle Madrid número 126 de Getafe (Madrid) teléfonos 91 624 97 04 y 91 624 58 06. El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas, en relación con estas pruebas selectivas. 6.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/84, en su nueva redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será nula de pleno derecho.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios

7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 21 de abril de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2004.

7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad. 7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la Oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. Los aspirantes minusválidos o discapacitados que en su solicitud hayan hecho constar petición de adaptación, deberán concurrir al ejercicio para el que aquella se concrete provistos del correspondiente certificado acreditativo de la minusvalía o discapacidad, al objeto, de poder hacer efectiva, en su caso, la citada petición. 7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.10, el primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del 15 de noviembre de 2005, publicándose en la misma Resolución a la que se refiere la base 4.1 el lugar, fecha y hora de su celebración, así como la composición expresa del Tribunal. 7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y tercer ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con doce horas, al menos, de antelación. 7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Magnífico y Excmo. Sr. Rector, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

8. Listas de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará publicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribual señalada en la base 6.10 y en aquellos otros que estime oportunos, las relaciones independientes de aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna se expresará, asimismo, en dicha relación la puntuación de la fase de concurso.

8.2 El presidente del Tribunal enviará copias certificadas de ambas listas al Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, dichas listas se publicarán en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés».

9. Presentación de documentos y nombramiento como funcionario de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que hayan superado las presentes pruebas selectivas, presentarán para su nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro General de esta Universidad, Avenida de la Universidad Carlos III número 22 de Colmenarejo (Madrid), calle Madrid, número 126, de Getafe (Madrid), Avenida de la Universidad número 30 de Leganés (Madrid) o en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos Humanos y Organización, los siguientes documentos: a) Una fotocopia del DNI o acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del original para su comprobación. En caso de formato antiguo del DNI, una copia del NIF.

b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada, o el original y fotocopia para su comprobación y compulsa. c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. d) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33 por ciento deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos sociales o en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

9.2 Igualmente durante el plazo citado en la base anterior, y con carácter previo a la formalización del nombramiento como funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados por el sistema de acceso libre, se someterán a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos al objeto de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la base 2.1 de la presente convocatoria.

9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición. 9.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base, el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede de los Tribunales indicadas en la base 6.10. 9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición de los destinos la autoridad convocante procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación de la Resolución citada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid»

10. Bolsa de trabajo

10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de la Escala de Gestión, se formará lista de espera con los aspirantes de acceso libre, que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, quedando ordenados según la puntuación obtenida en los ejercicios superados. En caso de igualdad de puntuación se estará a la prelación dispuesta en la base 5.2.1.

10.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista de espera figura como Anexo V y deberá ser cumplimentada en su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma y presentada con la solicitud de participación en las presentes pruebas selectivas.

11. Norma final

11.1 Los aspirantes por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en las bases.

11.2 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, el Rector de la Universidad Carlos III de Madrid podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Getafe, 29 de julio de 2005.-El Rector, por delegación (Resolución de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla Torras.

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ANEXO II

Escala de gestión

Temario I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. La reforma de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional.

2. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. Órganos dependientes de las Cortes Generales: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo. 3. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese y responsabilidad. La Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. 4. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la justicia: El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. Los Tribunales Superiores de Justicia. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española. 5. La Administración Pública: Principios constitucionales que la informan. La noción de Administración Pública en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Proce-dimiento Administrativo Común. La Ley 6/97, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Principios de organización, funcionamiento y relaciones con los ciudadanos. Los Órganos de la Administración General del Estado. Los Organismos públicos. 6. La organización territorial del Estado. Principios constitucionales. Las Comunidades Autónomas: Organización política y administrativa. Los Estatutos de Autonomía. La delimitación constitucional de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. La Administración Local: Aspectos generales de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

II. La Unión Europea

7. Las Comunidades Europeas: Objetivos y naturaleza jurídica de las Comunidades. El Tratado de la Unión Europea. Los tres pilares de la Unión: políticas comunitarias, política exterior y de seguridad común y cooperación en los asuntos de Justicia e Interior. El proceso de ampliación: evolución y situación actual.

8. Las Instituciones de las Comunidades: El Consejo Europeo. El Consejo de Ministros. El Parlamento Europeo. La Comisión. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. 9. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y decisiones. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico español. 10. Las políticas comunes. La moneda única. La dimensión europea de la enseñanza superior. La Declaración de Bolonia. Programas de movilidad.

III. Derecho Administrativo

11. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases de fuentes. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-ley y Decreto-legislativo.

12. El Reglamento: concepto, clases y límites. La costumbre. Los Principios Generales del Derecho. Los Tratados Internacionales. 13. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. 14. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y caracterización. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general y principios rectores. 15. Los sujetos del procedimiento administrativo. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. El tiempo en el procedimiento administrativo. Términos y plazos. Cómputo y alteración de los plazos. La obligación de resolver. El silencio administrativo. 16. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Los recursos administrativos. La reclamación administrativa previa a la vía civil. 17. El recurso contencioso-administrativo: Las partes, capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia. 18. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos. 19. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios 20. Los bienes de la Administración. Régimen básico. El dominio público. El criterio de la afectación. Objeto y extensión de la demanialidad. Utilización y protección del dominio público. 21. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Concepto y clases. Requisitos generales. Efectos.

IV. Gestión pública y gestión de recursos humanos

22. La modernización de las Administraciones Públicas. La Administración prestadora de servicios. La calidad en los servicios públicos y los procesos de mejora continua. El ciudadano como cliente. La información administrativa: General y particular al administrado. La atención al público en los programas de calidad. La comunicación. Tratamiento de quejas y reclamaciones.

23. La formulación de políticas públicas: identificación de necesidades, problemas y alternativas. La evaluación de políticas públicas. Los Contratos Programa. 24. La calidad en los servicios públicos. Principios básicos y técnicas de gestión de la calidad: La dirección por objetivos. Determinación de indicadores de gestión de los servicios públicos. Modelos de evaluación de servicios. La programación de proyectos. Procesos de mejora continua: Trabajo en equipo y equipos de mejora. 25. La informática como instrumento de mejora de las organizaciones. Herramientas asociadas al puesto de trabajo: Hoja de cálculo, presentaciones, tratamientos de textos. Nuevas herramientas: diagramación y seguimiento de procesos, planificación, bases de datos personales o departamentales. 26. La informática como instrumento de mejora de la comunicación y los servicios en la red. Correo electrónico, páginas en Web, páginas estáticas y dinámicas, accesos a Bases de datos. Las nuevas aplicaciones corporativas y la integración de procesos. El concepto de autoservicio. 27. La informática aplicada al servicio de la educación y la investigación. 28. La planificación de Recursos Humanos. La gestión del cambio y la adecuación de los puestos de trabajo en la Administración Pública. La función de la Relación de Puestos de Trabajo. Políticas retributivas. 29. La formación y el perfeccionamiento de los Recursos Humanos. Nuevos sistemas de evaluación, promoción y recono-cimiento. 30. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la función pública, y la Ley 23/1988, de 28 de julio. 31. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo en la Administración Pública. La carrera administrativa. Situaciones administrativas. 32. Derechos y deberes de los funcionarios. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. El sistema de retribuciones. Las peculiaridades del ejercicio de la libertad sindical. La representación de los funcionarios. 33. El Régimen especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos. 34. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El Convenio Colectivo de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid. El contrato de trabajo. Modalidades. 35. El régimen general de la Seguridad Social. Acción protectora. Tipos y características de las prestaciones. Afiliaciones, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores. Sujetos obligados y responsables de la cotización. Nacimiento y duración de la obligación de cotizar. Incapacidad temporal. Invalidez. Jubilación: Fallecimiento y Supervivencia. Prestaciones. Sujetos causantes. Beneficiarios. 36. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de los trabajadores. Órganos de Prevención. Conceptos básicos sobre Seguridad, Higiene, Ergonomía y Vigilancia de la Salud. Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales.

V. Gestión universitaria

37. El sistema universitario español. Los fines de la universidad. La autonomía universitaria. La Ley Orgánica de Universidades. Estructura y Organización de las Universidades. La financiación de la Universidad. La Administración de la Enseñanza Superior: distribución competencial. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

38. La mejora de la calidad de la Universidad. La evaluación de la calidad en las Universidades. El Plan de calidad de la Universidad Carlos III de Madrid. 39. La Universidad Carlos III de Madrid (I). La misión de la Universidad. Los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid. Órganos de Gobierno. Organización Académica. Departamentos. Facultades y Escuelas. Institutos Universitarios. Otros Centros. 40. La Universidad Carlos III de Madrid (II). Personal docente y personal de Administración y Servicios. Clases y régimen jurídico del profesorado universitario. 41. La Universidad Carlos III de Madrid (III). Régimen del alumnado. Planes de estudios. Los estudiantes. Normas de acceso y permanencia. Traslados y convalidaciones. Simultaneidad de estudios. Derechos y deberes de los alumnos. Oferta de titulaciones. Doctorados. Títulos propios. 42. La Universidad Carlos III de Madrid (IV) La investigación en las Universidades. Normativa y ordenación institucional. La gestión de la investigación: La Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación. Los contratos del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades. 43. La Universidad Carlos III de Madrid (V). Servicios de la Universidad: Información Juvenil y Actividades Culturales y Deportivas. La Biblioteca. Informática. Los Servicios administrativos. 44. La Universidad Carlos III de Madrid (VI) Régimen económico financiero. Patrimonio. El Presupuesto de la Universidad. Financiación y Control.

VI. Gestión financiera

45. El Presupuesto del Estado. Características y estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. Modificaciones presupuestarias.

46. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (I): Concepto, contenido y regulación jurídica. La formación del Presupuesto: Elaboración, examen, enmienda y aprobación. La estructura presupuestaria. 47. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (II): Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. Desglose de aplicaciones presupuestarias. 48. El presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid (I): Características y estructura. Ingresos y gastos. Créditos iniciales y su financiación. Normas sobre modificación de créditos presupuestarios. Ejecución general de ingresos. Ley de subvenciones. 49. El presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid (II): Ejecución general de gastos presupuestarios: normas y procedimientos de gestión presupuestaria y económico financiera. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Documentos contables que intervienen en la gestión presupuestaria. Liquidación y cierre del ejercicio. Las cuentas de liquidación. 50. Contabilidad pública. Concepto. Diferencias entre contabilidad pública y privada. Control del gasto público: clases. Plan General de Contabilidad Pública. Fines, objetivos, ámbito de aplicación y características. Criterios de valoración. 51. Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre del ejercicio. Normas de elaboración de las cuentas anuales según el Plan General de Contabilidad Pública. 52. La ejecución presupuestaria y la contratación administrativa. Contratos de obras, de gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia técnica y servicios. Compras vía Central de Suministros. 53. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos y los pagos. 54. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Gastos de inversión. 55. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja Fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos. Justificación de subvenciones. Devoluciones de ingresos y de pagos. 56. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación. Devengo y liquidación de derechos económicos. 57. El sistema tributario español: visión general. Los tributos: concepto y clases. Aspectos generales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Valor Añadido.

ANEXO III Proceso selectivo

Turno de promoción interna

El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso.

I. Fase de oposición

La fase de oposición estará compuesta por tres ejercicios obligatorios, dos de ellos de carácter eliminatorio (primero y tercero) y el segundo obligatorio y no eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en la resolución de supuestos de carácter práctico, relacionados con las materias del programa que se incluyen como Anexo II, a excepción de los bloques I y II. El Tribunal propondrá a los aspirantes cuatro supuestos, de los cuales los aspirantes elegirán para su realización dos. El tiempo máximo para la celebración de este ejercicio será de dos horas. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos. Para la realización de los supuestos prácticos la Universidad podrá poner a disposición de los opositores un ordenador personal con una hoja de cálculo Excel. Se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de diez puntos. Segundo ejercicio, obligatorio no eliminatorio: Consistirá en efectuar por escrito la traducción sin diccionario de un texto no superior a 300 palabras propuesto por el Tribunal en inglés o francés, según la opción elegida por el aspirante en su solicitud. Solamente se valorará un alto nivel de conocimiento. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora. Se calificará con un máximo de tres puntos. Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema a elegir entre dos que se propondrán por el Tribunal, relacionados con los temas que figuran en el programa recogido en el anexo II. El ejercicio será leído por el opositor ante el Tribunal, en sesión pública convocada al efecto. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de diez puntos. Se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

II. Fase de concurso

En la fase de concurso se valorarán para los aspirantes del sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración en los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el grado personal consolidado, el trabajo desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado y los cursos de formación recibidos relacionados con las plazas objeto de esta convocatoria.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo que figura como Anexo IV de la presente convocatoria. A esta certificación se adjuntará documentación acreditativa de los puestos de trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y copia de los certificados de cursos de formación, para la mejor valoración por el Tribunal de los méritos que recoge la presente convocatoria. Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:

I. Antigüedad: Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración en los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Por cada año completo de servicios prestados en Grupo C o asimilado en Universidades, 0,50 puntos Por cada año completo de servicios prestados en Grupo C en otros organismos, 0,25 puntos.

II. Grado personal consolidado:

Hasta el grado 16, 2,25 puntos, y por cada unidad que exceda de 16, 0,25 puntos, hasta un máximo de 3,75 puntos.

III. Trabajo desarrollado:

Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de publicación de esta con-vocatoria se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 16: 2,25 puntos, y por cada unidad que exceda de 16, 0,50 puntos hasta un máximo de 5 puntos.

IV. Cursos de formación:

Cursos de Formación relacionados con el contenido de las funciones a desarrollar en los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria: Cursos de duración inferior a 25 horas: 0,25 puntos por cada curso.

Cursos de duración igual o superior a 25 horas: 0,50 puntos por cada curso.

La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado será de 3 puntos.

Turno libre

El procedimiento de selección por el sistema de acceso libre constará de una única fase de oposición.

I. Fase de oposición

La fase de oposición estará compuesta por tres ejercicios obligatorios, todos ellos de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio:

Primera parte.-Consistirá en resolver por escrito durante un tiempo máximo de sesenta minutos, un cuestionario de preguntas, con respuestas múltiples (siendo sólo una de ellas la correcta), relacionadas con las materias que figuran en el programa del anexo II. Esta parte tiene por objeto apreciar las aptitudes de los aspirantes, en relación con las tareas propias de las plazas que se convocan.

Esta primera parte se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar y poder realizar la segunda parte, obtener un mínimo de cinco puntos. Corresponde al Tribunal determinar el número necesario de preguntas válidamente contestadas para ser calificado con cinco puntos, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el acceso a esta escala. Segunda Parte.-Consistirá en la resolución de supuestos de carácter práctico, relacionados con las materias del programa que se incluyen como anexo II. El Tribunal propondrá a los aspirantes cuatro supuestos, uno de ellos relacionado con el Bloque VI, Gestión Financiera, del anexo II. De ellos, los aspirantes realizarán necesariamente el de Gestión Financiera propuesto por el Tribunal y otros dos que elegirán entre los tres supuestos restantes propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para la celebración de este ejercicio será de tres horas. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos. Para la realización de los supuestos prácticos la Universidad podrá poner a disposición de los opositores un ordenador personal con una hoja de cálculo Excel. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos. Estas dos partes se realizarán en distinta sesión.

Segundo ejercicio: Consistirá en efectuar por escrito la traducción sin diccionario de un texto no superior a 300 palabras propuesto por el Tribunal en inglés.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos. Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema de composición a elegir entre dos que se propondrán por el Tribunal, relacionados con el programa recogido en el anexo II. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos. Se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO V

Solicitud de inclusión de la bolsa de trabajo para contratación como funcionario interino, en caso de no superar el proceso selectivo

Primer apellido: Segundo apellido: Nombre: NIF: Domicilio (calle/plaza): Localidad: Provincia: Código postal:

De conformidad con lo dispuesto en la base 10 de la convocatoria para el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad Carlos III de Madrid realizada por Resolución de 29 de julio de 2005.

Solicita: Ser incluido en la bolsa de trabajo para la contratación como funcionario interino.

................................., ....... de .................... de ............

(firmado

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