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Documento BOE-A-2005-15263

Resolución de 29 de julio de 2005, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2005, páginas 30809 a 30818 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2005-15263

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad, este Rectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 47.1 de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, número 16, de 20 de enero); por Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de conformidad con lo establecido por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca de la Universidad Carlos III de Madrid, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 7 plazas por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a 4 plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a 3 plazas.

1.2 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán al sistema general de acceso libre. En este sentido, el procedimiento para promoción interna finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre. El Presidente de Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.

1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas. 1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. 1.5 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. número 16, de 20 de enero) y las bases de esta convocatoria. 1.6 El programa que ha de regir las pruebas es el que figura en el Anexo II de la presente convocatoria. 1.7 El proceso selectivo constará para acceso libre de una fase de oposición y para promoción interna de una fase de concurso y una fase de oposición. El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el Anexo III de la presente convocatoria. 1.8 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.7 de esta convocatoria. 1.9 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir del 1 de enero de 2006.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública y, en particular:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria. d) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán estar en situación de servicio activo, pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado a Cuerpos o Escalas de Gestión (Grupo B) de Archivos y Bibliotecas, tener destino en la Universidad Carlos III de Madrid, poseer una antigüedad de, al menos, dos años como Funcionario de Carrera en el Cuerpo o Escala a que se pertenezca y reunir todos los demás requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en algunos de los cuerpos o escalas anteriormente citados serán computables a efectos de antigüedad para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas. 2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2 deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña como Anexo I a la presente convocatoria, que se facilitará en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, Avenida de la Universidad Carlos III número 22 de Colmenarejo (Madrid), Calle Madrid número 126 de Getafe (Madrid), o Avenida de la Universidad número 30 de Leganés (Madrid) o en la Dirección General de la Función Pública, calle María de Molina, 50 Madrid del Ministerio para las Administraciones Públicas y en la página web de la Universidad: http://www.uc3m.es/uc3m/serv/RH/cg/pas/seleccion/funcionario.html. 3.2 Las solicitudes se dirigirán al magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad Carlos III de Madrid en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, Avenida de la Universidad Carlos III número 22 de Colmenarejo (Madrid), Calle Madrid número 126 de Getafe (Madrid), o Avenida de la Universidad número 30 de Leganés (Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.4 Los derechos de examen serán de 15,20 euros para los aspirantes de promoción interna y 30,39 euros para los aspirantes de turno libre. Estos derechos se ingresará bien directamente o mediante transferencia bancaria a BBV-Argentaria, banco 0182, Oficina 9059 Getafe (Madrid), D.C.: 29, en la cuenta corriente 0203893031 de la Universidad Carlos III de Madrid, realizando el ingreso en concepto de Pruebas Selectivas Escala Superior de Técnicos Facultativos de Biblioteca. Universidad Carlos III. En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2. Los participantes en las pruebas selectivas que estén inscritos como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de dos años referida a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas así como las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 y las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos estarán exentos del pago de derechos de examen por participar en pruebas selectivas. 3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso, en la solicitud figurará el sello de la entidad bancaria en la que se ha efectuado el ingreso. c) Los aspirantes por el sistema de promoción interna que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo que figura como Anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los méritos señalados en el Anexo III de esta convocatoria.

3.6 Sólo podrá presentarse una solicitud por aspirante. En la solicitud se consignarán necesariamente los siguientes datos:

En el apartado 1, Cuerpo o Escala, se hará constar la denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Técnicos Facultativos de Biblioteca.

En el apartado 3, Forma de acceso, se consignará P para promoción interna y L para acceso libre. En el recuadro datos a consignar según las bases de la convocatoria apartado A) se deberán consignar los idiomas que los aspirantes eligen como principal y como complementario para el primer ejercicio en el sistema general de acceso libre y el idioma elegido para el tercer ejercicio en el sistema de promoción interna.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En esta Resolución, que se publicará en los tablones de anuncios de la Universidad Carlos III de Madrid: Campus de Getafe, Calle Madrid número 126; Campus de Leganés, Avenida de la Universidad número 30, en el campus de Colmenarejo, Avenida de la Universidad Carlos III número 22 y en la página web de la Universidad Carlos III Madrid, http://www.uc3m.es/uc3m/serv/RH/cg/pas/seleccion/funcionario.html, figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. 4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o la omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. Los aspirantes que habiendo concurrido por el turno de promoción interna no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el sistema de acceso libre, siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello. 4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, o, potestativamente, recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, en ambos casos, a partir del día siguiente a su publicación, en los términos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 4.4 De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Procedimiento de selección

5.1 El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de concurso.

5.1.1 Fase de oposición: Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en el Anexo III de la presente convocatoria.

Los ejercicios primero y segundo de la fase de oposición tendrán el carácter de eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso selectivo. Su valoración será la que se especifica en el Anexo III.

5.1.2 Fase de concurso:

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo fijado en el citado Anexo III. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar el ejercicio que se haya realizado en la fase de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos alegados será requisito necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo que figura como Anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece en la base 3.5 de la presente convocatoria. Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará como fecha límite para su cómputo la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en las presentes pruebas selectivas.

5.1.3 Valoración final:

La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas será necesario superar el ejercicio de la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior al número de plazas convocadas en cada turno. En caso de empate en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante con mayor puntuación:

a) En la fase de oposición.

b) En el ejercicio práctico. c) En la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente de persistir el empate.

Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes elegidos. 5.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema general de acceso libre será el de oposición.

5.2.1 Fase de oposición: Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en el Anexo III de la presente convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición tendrán el carácter de eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso selectivo. Su valoración será la que se especifica en el Anexo III. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero y segundo. En caso de empate en la puntuación total se dará prioridad al aspirante con:

a) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

b) Mayor puntuación en el primer ejercicio.

Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes elegidos.

6. Tribunal calificador

6.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará compuesto del siguiente modo: El Gerente, o persona en quien delegue; cuatro vocales designados por el Rector entre funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos o Escalas con nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a esta Escala, uno de ellos propuesto por la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad Carlos III de Madrid, y un funcionario del Servicio de Recursos Humanos y Organización que actuará como Secretario, con voz pero sin voto. Se designará un número igual de miembros suplentes. 6.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría primera. 6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de las circunstancias de abstención o recusación. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. 6.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, El Rector publicará en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 6.3. 6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros titulares o suplentes. 6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes en aquellos ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. 6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, calle Madrid número 126 de Getafe (Madrid), teléfonos 91 624 97 04 y 91 624 58 06. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. 6.10 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será nula de pleno derecho.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios

7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 21 de abril de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2004. 7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad. 7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. 7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.9 el primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del 1 de enero de 2006, publicándose en la misma Resolución a la que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración así como, en su caso, la composición expresa del Tribunal. 7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.9 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con doce horas, al menos, de antelación. 7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al magnífico y excelentísimo señor Rector, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes. La Resolución de exclusión pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, o potestativamente, recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, en ambos casos a partir del día siguiente a su notificación, en los términos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

8. Listas de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.9 y en aquellos otros que estime oportunos, las relaciones independientes de aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna se expresará asimismo en dicha relación la puntuación de la fase de concurso. 8.2 El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de ambas listas al Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, especificando, igualmente, el número de aprobados de cada uno de los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

9. Presentación de documentos y nombramiento

9.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que hayan superado las presentes pruebas selectivas presentarán, para su nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro General de esta Universidad, calle Madrid número 126 de Getafe, Avenida de la Universidad número 30 de Leganés o Avenida de la Universidad Carlos III número 22 de Colmenarejo, en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos Humanos y Organización, los siguientes documentos:

a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del original para su comprobación.

b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada o acompañada del original para su comprobación y compulsa. c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

9.2 Igualmente durante el plazo citado en la base anterior, y con carácter previo a la formalización del nombramiento como funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados se someterán a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos al objeto de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la base 2.1 de la presente convocatoria.

9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición. 9.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base, el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede de los Tribunales indicada en la base 6.9. 9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición de los destinos, la autoridad convocante procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación de la Resolución citada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 9.7 La jornada de trabajo será la establecida con carácter general en la Universidad y el horario de las mismas será el establecido en la Unidad en la que se ubica la plaza. 9.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

10. Bolsa de trabajo

10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de la Escala Superior de Facultativos de Biblioteca se formará bolsa de trabajo con los aspirantes de acceso libre, que habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición no superen el proceso selectivo, quedando ordenados según la puntuación obtenida en los ejercicios superados. En caso de igualdad de puntuación se estará a la prelación dispuesta en la base 5.2.1.

10.2 La solicitud para formar parte de la mencionada bolsa de trabajo figura como Anexo V y deberá ser cumplimentada en su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma y presentada con la solicitud de participación en las presentes pruebas selectivas.

11. Norma final

11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en las bases.

11.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, o potestativamente, recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, en ambos casos, a partir del día siguiente a su publicación, en los términos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la citada Ley.

Getafe, 29 de julio de 2005.-El Rector, P. D. (Resolución de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla Torras.

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ANEXO II

ESCALA SUPERIOR DE TÉCNICOS FACULTATIVOS DE BIBLIOTECA

Temario

I. Organización Administrativa

1. La Constitución Española de 1978: características y estructura. Derechos Fundamentales y libertades públicas: su garantía y suspensión.

2. Organización territorial del Estado. Regulación constitucional del sistema autonómico. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La Administración Local. 3. La Administración pública: principios constitucionales. La administración General del estado: Principios de Organización y funcionamiento. 4. La Administración al servicio del público: el ciudadano como cliente. La Administración prestadora de servicios. La información administrativa: información general y particular al administrado. 5. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los funcionarios. 6. Sistemas de selección de personal funcionario. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. La promoción profesional. El Sistema retributivo. Las incompatibilidades. 7. El sistema universitario español. Los fines de la universidad. La autonomía de las universidades. Régimen jurídico de las Universidades. El Consejo de Coordinación Universitaria. Ley Orgánica de Universidades. La financiación de las Universidades. 8. La Universidad Carlos III de Madrid. La misión de la Universidad. Estatutos de la Universidad. Órganos de gobierno. El Consejo Social. Organización académica. Los Departamentos. Facultades y Escuelas Universitarias. Institutos Universitarios de Investigación. Otros centros. 9. El presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid. Concepto, características y estructura. Ingresos y gastos. Créditos iniciales y su financiación. Normas sobre modificación de créditos presupuestarios. 10. Ejecución general de gastos presupuestarios. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Documentos contables que intervienen en la gestión presupuestaria. Liquidación y cierre del ejercicio. 11. La calidad en los servicios públicos y los procesos de mejora continua. Principios básicos de calidad. Instrumentos de gestión de calidad: Dirección por Objetivos. Indicadores. Mejora Continua de procesos. La mejora de los procesos mediante el trabajo en equipo: equipos de mejora. 12. La mejora de la calidad de la Universidad. La Evaluación y Acreditación en la Ley Orgánica de Universidades. II Plan de Calidad de las Universidades. Programa de mejora de la de calidad de la Universidad Carlos III de Madrid.

II. Organización Bibliotecaria

Tema 1. La Biblioteca Universitaria. Concepto, funciones, servicios.

Tema 2. Situación actual de las Bibliotecas Universitarias en España. Tema 3. La cooperación bibliotecaria. Sistemas, redes y consorcios de Bibliotecas académicas y especializadas. Tema 4. La cooperación bibliotecaria. Sistemas, redes y consorcios de Bibliotecas nacionales y públicas. Tema 5. La integración de las bibliotecas universitarias en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Tema 6. Planificación estratégica y dirección por objetivos en bibliotecas universitarias. Tema 7. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: Recursos Humanos. Liderazgo, trabajo en equipo, motivación, reconocimiento, selección y formación del personal. Tema 8. Gestión y administración de las bibliotecas universitarias: Gestión presupuestaria. Estructura y organización del presupuesto, medios de financiación y gestión de proyectos. Tema 9. Gestión de calidad: la mejora continua y los planes de calidad. Tema 10. Marketing de bibliotecas universitarias: el compromiso con la sociedad, cartas de servicios y derechos y deberes de los usuarios. Tema 11. Planificación de edificios. Organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias. Tema 12. Gestión de la colección: Criterios para su formación, mantenimiento y evaluación, Programa de Gestión de la Colección y selección y adquisición de materiales. Tema 13. Gestión de la colección de publicaciones seriadas y periódicas: Identificación de las publicaciones, fuentes de datos e ISDS, ISSN. Suministro de las colecciones: los concursos públicos y agencias de suscripción. Su mantenimiento y evaluación. Tema 14. Gestión de la colección: Proceso técnico en un entorno automatizado, métodos para la gestión del catálogo (catálogos colectivos, Z39.50) y mantenimiento y evaluación del catálogo. Tema 15. Los formatos para el tratamiento de la información bibliográfica en un entorno electrónico: Formatos MARC y Metadatos. Tema 16. Gestión de servicios al usuario: Planificación, difusión, control y evaluación de servicios. Tema 17. Gestión de servicios al usuario: El acceso a la información. La circulación y el préstamo. El acceso al documento. Tema 18. Gestión de servicios al usuario: La formación de usuarios y las nuevas tendencias: la alfabetización informacional. Tema 19. Evaluación de bibliotecas universitarias: modelos FQM, ISO9000 y Consejo de Coordinación Universitaria. Procesos y resultados. Tema 20. Evaluación de los servicios de la Biblioteca: toma de datos, indicadores. Cuadro de Mando Integral. Tema 21. El nuevo modelo de la Biblioteca Universitaria: la biblioteca como Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación (CRAI).

III. Tecnologías e Información Científica

Tema 1. Los OPACs: Diseño, prestaciones y accesos. El catálogo como portal de acceso a servicios a distancia y recursos electrónicos.

Tema 2. Técnicas de recuperación de la información. Lenguajes controlados vs. texto libre. Las nuevas herramientas para la integración e interconexión de recursos. Tema 3. Herramientas electrónicas para la difusión, comunicación y servicios a distancia: formularios, correo electrónico, Intranets y Webs de biblioteca. Tema 4. La edición electrónica y su repercusión en las bibliotecas universitarias. Soportes y contenidos (CD-Rom, Archivos digitales, Repositorios o archivos abiertos, documentos electrónicos). Tema 5. Sistemas integrados de gestión de bibliotecas universitarias en España. Situación actual y tendencias de futuro. Tema 6. Sistemas integrados de gestión de bibliotecas universitarias: Gestión de la adquisición y del proceso técnico. Tema 7. Sistemas integrados de gestión de bibliotecas universitarias: La circulación y la gestión de usuarios. Tema 8. Las bases de datos. Productores, distribuidores y usuarios en las bibliotecas universitarias. Tema 9. Situación actual de la edición científica. Problemas y perspectivas: editores, autores y bibliotecas. Tema 10. La Ley de Propiedad Intelectual y su reflejo en la gestión de Bibliotecas. Tema 11. La protección de datos y su implicación en universidades: aspectos jurídicos del suministro de información informatizada. Tema 12. Fuentes de información especializadas en ciencia y tecnología. Tema 13. Fuentes de información especializadas en ciencias sociales. Tema 14. Fuentes de información especializadas en humanidades. Tema 15. Implicaciones sociales y culturales de la innovación tecnológica en información y documentación. La biblioteca universitaria ante la sociedad de la información.

IV. Biblioteconomía y Archivística

Tema 1. Historia del libro y de las bibliotecas en la Antigüedad.

Tema 2. Historia del libro y de las bibliotecas en la Edad Media. Tema 3. Historia del libro y de las bibliotecas en el Renacimiento. La aparición de la imprenta. Tema 4. Historia del libro y de las bibliotecas en el Siglo de Oro. Tema 5. Historia del libro y de las bibliotecas en la Ilustración. Tema 6. Historia del libro y de las bibliotecas en el s. XIX. La Revolución industrial. Tema 7. Historia del libro y de las bibliotecas en la época contemporánea. Tema 8. La organización bibliotecaria española. Competencias de las distintas Administraciones Públicas. Tema 9. Los profesionales de las bibliotecas. Situación actual en España, formación profesional y asociaciones. Enseñanza e investigación en Biblioteconomía y Documentación. Tema 10. Las bibliotecas nacionales. Concepto, funciones y servicios. Tema 11. Las bibliotecas públicas. Concepto, funciones y servicio. Tema 12. Las bibliotecas especiales y centros de documentación. Tema 13. Las Hemerotecas. Gestión de colecciones impresas y electrónicas. Tema 14. Las colecciones de material Audiovisual. Gestión e integración de los nuevos soportes. Tema 15. Los archivos universitarios. Los archivos universitarios en España. Tema 16. Gestión de fondos documentales: identificación, descripción, valoración y selección. Tema 17. Política de preservación y conservación de materiales bibliotecarios y archivísticos. El expurgo. Tema 18. El archivo como centro de conservación. Edificios, depósitos e instalaciones.

ANEXO III

ESCALA SUPERIOR DE TÉCNICOS FACULTATIVOS DE BIBLIOTECA

Proceso selectivo

Turno de promoción interna

El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso.

I. Fase de oposición.-La fase de oposición estará compuesta por tres ejercicios obligatorios, dos ellos de carácter eliminatorio (primero y segundo) y uno no eliminatorio (tercero). a) Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas, uno de cada uno de los bloques II y III del programa de esta convocatoria, que figuran en el Anexo II, elegidos al azar en presencia de los opositores.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de dos horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública convocada al efecto ante el Tribunal quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos. La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo, obtener un mínimo de 5 puntos. b) Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución escrita de un supuesto práctico a elegir por los opositores entre dos propuestos por el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos relacionados con los bloques II y III del programa que figura en el Anexo II. Los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas para la realización de esta prueba y podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten al efecto, así como los medios y recursos disponibles en el lugar que determine el Tribunal para la realización de esta prueba. Los aspirantes realizarán la exposición y defensa oral del supuesto práctico en sesión pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo un mínimo de 5 puntos. c) Tercer ejercicio: Obligatorio no eliminatorio que consistirá en realizar una traducción con la ayuda de diccionario, de un texto de carácter profesional (mínimo, 700 palabras), que propondrá el Tribunal, en un idioma (inglés o francés) a elegir por el opositor. Los aspirantes tendrán un plazo máximo de dos horas para el desarrollo del ejercicio y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

II. Fase de concurso.-En la fase de concurso se valorarán para los aspirantes del sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración en los Cuerpos o Escalas del grupo B de Bibliotecas, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el grado personal consolidado, el trabajo desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado, la experiencia y los cursos de formación recibidos o impartidos relacionados con las plazas objeto de esta convocatoria.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo que figura como Anexo V de la presente convocatoria. Certificación a la que se adjuntarán documentación acreditativa de los puestos de trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y copia de los certificados de cursos de formación para la mejor valoración por el Tribunal de los méritos que recoge la presente convocatoria. Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:

I. Antigüedad: Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración en los Cuerpos o Escalas del grupo B de Bibliotecas, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Por cada año completo de servicios prestados en el grupo B de Bibliotecas o asimilado en la Universidad Carlos III de Madrid, 0,50 puntos. Por cada año completo de servicios prestados en el grupo B de Bibliotecas en otros organismos, 0,25 puntos. II. Grado personal consolidado: Hasta el grado 18: 2 puntos, y por cada unidad que exceda de 18, 0,25 puntos hasta un máximo de 4 puntos. III. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de publicación de esta convocatoria se otorgará la siguiente puntuación:

1. Nivel 18: 2 puntos, y por cada unidad que exceda de 18, 0,25 puntos hasta un máximo de 4 puntos.

2. Experiencia acreditada en Gestión de equipos humanos, trabajo en equipo, programación por objetivos, etc., con un máximo de 3 puntos.

IV. Cursos de formación: Cursos de formación recibidos o impartidos sobre materias directamente relacionadas con la gestión de la colección, el proceso técnico, las fuentes de información, la gestión de recursos electrónicos y las nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones así como Cursos sobre habilidades directivas, trabajo en equipo, calidad en la gestión, dirección por objetivos, etc.:

De más de ciento cincuenta horas de duración: 2 puntos.

Entre veinte y ciento cincuenta horas: 1,5 puntos. De más de veinte horas de duración: 1 punto. La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado será de 3 puntos.

Turno libre

El procedimiento de selección por el sistema de promoción libre constará de una única fase de oposición.

I. Fase de oposición.-La fase de oposición estará compuesta por tres ejercicios obligatorios, todos ellos de carácter eliminatorio. a) Primer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre dos idiomas: inglés y francés, uno principal y otro complementario.

La prueba para el idioma principal consistirá en la traducción de un texto profesional (mínimo, 700 palabras) que propondrá el Tribunal. La duración del ejercicio será de dos horas máximo y se permitirá el uso del diccionario. La prueba para el idioma complementario consistirá en realizar un resumen analítico (200-250 palabras) en castellano, de un texto profesional en el idioma elegido que propondrá el Tribunal. Su duración será de 1h y 30 minutos y se permitirá el uso de diccionario. Los opositores harán constar en la solicitud los idiomas elegidos como principal y complementario. La calificación será de 0 a 10 puntos, para cada parte del ejercicio, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos en cada parte. Las dos partes se podrán convocar en una única sesión o en sesiones sucesivas. b) Segundo ejercicio:

Primera parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas de cada uno de los bloques II y III del programa de esta convocatoria que figura como Anexo II, elegidos al azar en presencia de los opositores. Los aspirantes tendrán un plazo máximo de tres horas para su realización.

Segunda parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas de cada uno de los bloques I y IV del programa de esta convocatoria que figura como Anexo II, elegidos al azar en presencia de los opositores. Los aspirantes tendrán un plazo máximo de tres horas para su realización.

Ambas partes podrán realizarse en la misma o distinta sesión.

Los temas desarrollados serán leídos en sesión pública convocada al efecto ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un periodo de 15 minutos. La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio. c) Tercer ejercicio:

Primera parte: Consistirá en la presentación de un proyecto de planificación de una Biblioteca Universitaria, en alguna o varias de las siguientes áreas orientativas: Formación y Mantenimiento de Colecciones, Gestión del Proceso Técnico, Servicios al Usuario, Gestión de Recursos Humanos, Económicos, Espaciales, Evaluación de Servicios. Dicho proyecto se entregará al Tribunal en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de publicación de la relación de aprobados del Segundo ejercicio. Se valorarán la originalidad, la precisión y el rigor de los planteamientos.

Los aspirantes realizarán la exposición y defensa oral del proyecto de planificación supuesto, en sesión pública convocada al efecto, durante un máximo de veinte minutos. Segunda parte: Consistirá en la resolución y exposición escrita de un supuesto práctico a elegir por el opositor entre dos propuestos por el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos relacionados con el programa que figura en el Anexo II. Los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas para la realización de esta prueba y podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten al efecto, así como los medios y recursos disponibles en el lugar que determine el Tribunal para la realización de esta prueba. El supuesto práctico deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de quince minutos. Se calificará de 0 a 10 puntos cada una de las partes, 20 en total, siendo necesario obtener como mínimo 5 puntos en cada parte.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO V

Solicitud de inclusión de la bolsa de trabajo para contratación como funcionario interino, en caso de no superar el proceso selectivo

Primer apellido: .................................................................. Segundo apellido: ............................................................... Nombre: ....................................... N.I.F.: ......................... Domicilio (calle/plaza): ........................................................ Localidad: .................................... Provincia: ...................... Código postal: ......................... De conformidad con lo dispuesto en la base 10 de la convocatoria para el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad Carlos III de Madrid realizada por Resolución de 29 de julio de 2005.

SOLICITA: Ser incluido en la bolsa de trabajo para la contratación como funcionario interino. ................. a ................. de ....................... de .............

(Firmado)

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