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Documento BOE-A-2005-17892

Resolución de 27 de julio de 2005, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación FINNOVA 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2005, páginas 35624 a 35626 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-17892

TEXTO ORIGINAL

El Consejero de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidente del Servicio Regional de Empleo, Organismo Autónomo Administrativo creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, en nombre y representación del mismo, en virtud de las competencias delegadas en materia de convenios por Acuerdo de 21 de enero de 2002, del Consejo de Administración del referido Organismo Autónomo, de otra parte, el Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 1879/2004, de 6 de septiembre (B.O.E. de 7 de septiembre de 2004), por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el Artículo 12 del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, han formalizado, con fecha 27 de junio de 2005, un Convenio de Colaboración para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación FINNOVA 2005.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Convenio, en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 27 de julio de 2005.-El Director General, Mario Gómez Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA (INIA) Y EL SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE FORMACIÓN DE AUXILIARES TÉCNICOS DE INVESTIGACIÓN FINNOVA 2005

En Madrid, a 27 de junio de 2005.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan José Güemes Barrios, Consejero de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Presidente del Servicio Regional de Empleo, Organismo Autónomo Administrativo creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, en nombre y representación del mismo, en virtud de las competencias delegadas en materia de convenios por Acuerdo de 21 de enero de 2002, del Consejo de Administración del referido Organismo Autónomo.

Y de otra parte, el Ilmo. Sr. D. Mario Gómez Pérez, Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con C.I.F. Q 2821013 F, con sede en Madrid, Carretera de la Coruña, Km 7,5, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 1879/2004, de 6 de septiembre (B.O.E. de 7 de septiembre de 2004), por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el Artículo 12 del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre. Ambas partes se reconocen capacidad suficiente para obligarse en el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.-Que el Servicio Regional de Empleo, creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, tiene como fines, la realización, orientada al pleno empleo estable y de calidad, de todas aquellas actividades de formación para el empleo y de intermediación en el mercado de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid dirigidas a facilitar a los/as trabajadores/as desempleados/as la obtención de un puesto de trabajo digno y adecuado, y a facilitar a los/as empleadores/as la contratación de trabajadores/as con formación y experiencia adecuada a sus necesidades de producción de bienes y servicios, de manera pública y gratuita y en coordinación con otros organismos similares de ámbito regional, nacional o europeo, de tal manera que se garantice la igualdad de oportunidades para el empleo, la libre circulación de trabajadores/as, la unidad del mercado de trabajo y la igualdad de trato, así como la modernización del sistema de atención al/la demandante de empleo y la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que, entre sus funciones se incluye el suscribir convenios y programas con las empresas para la realización de prácticas y contratación del primer empleo, para alumnos/as procedentes de FP (Formación Profesional), Universidades e Institutos Universitarios. Segundo.-Que, en cumplimiento de las funciones expuestas en el párrafo anterior, se ha convocado el Plan FINNOVA 2005 por Orden 7306/2004, de 13 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Puestos de Becas FINNOVA 2005 (BOCM n.º 305). Tercero.-Que el INIA, Organismo Autónomo del Ministerio de Educación y Ciencia, actúa conforme a lo establecido en el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba su Estatuto y posee los medios técnicos suficientes para crear en su seno puestos de prácticas para la formación de auxiliares técnicos vinculados a proyectos de investigación y nuevas tecnologías, contribuyendo al desarrollo de los mismos. Cuarto.-Que ambas Instituciones complementan sus esfuerzos con el fin de permitir a personas desempleadas la realización de prácticas en el centro de trabajo, que puedan contribuir a su posterior inserción laboral. En consecuencia, coincidiendo ambas partes en los objetivos aquí expuestos, acuerdan desarrollar el presente Convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-Es objeto del presente Convenio el establecimiento de un Plan de apoyo a la formación de los/as jóvenes técnicos mediante la adquisición de una serie de habilidades y destrezas de forma práctica en disciplinas innovadoras para mejorar la inserción laboral de los/as mismos/as en Centros de Investigación del INIA.

Segunda. Número y duración de las becas.-El Servicio Regional de Empleo, a través del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos para la Innovación (FINNOVA 2005), ha convocado ocho becas de prácticas para la formación en el ámbito de los proyectos de investigación y nuevas tecnologías, reflejados en el Anexo, atendiendo a la descripción de los perfiles que figuran en el mismo. La duración de las becas será de 12 meses con dedicación a tiempo completo a contar desde la incorporación efectiva de los becarios en el INIA. Tercera. Regulación de la concesión de ayudas y selección de becarios.-La concesión de las becas, las características de las mismas, así como la selección de los becarios/as de entre los solicitantes que reúnan los requisitos mínimos señalados para cada puesto, se sujetará a lo dispuesto en la Orden 7306/2004, de 13 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, de tramitación anticipada, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Puestos de Becas FINNOVA 2005 (BOCM n.º 305). Cuarta. Cuantía mensual de la beca.-Los/as candidatos/as finalmente seleccionados/as, percibirán una beca de una cuantía mensual de seiscientos treinta y seis euros (636,00 €) La condición de becario/a no dará lugar, en ningún caso, a relación jurídica laboral con las partes de este Convenio. Quinta. Seguimiento de los becarios.-Los/as becarios/as desarrollarán su actividad de prácticas para la formación en el INIA bajo la dirección de un/a tutor/a, que el Instituto designará para cada puesto. El control de seguimiento del aprendizaje y determinación del nivel de rendimiento de los/las participantes corresponderá al/la tutor/a designado/a para la dirección de la actividad del becario/a. El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid realizará el seguimiento general del Plan mediante los cuadernos de prácticas de los/as becarios/as que los/as tutores/as visarán mensualmente; las escalas de rendimiento que serán cumplimentadas trimestralmente por los/as tutores/as y alumnos/as, así como las escalas de satisfacción de los/as alumnos/as. Las escalas especificadas en el párrafo anterior deberán remitirse al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid con carácter trimestral. Las bajas que se vayan produciendo se podrán cubrir, durante el transcurso del 50 % del tiempo de duración de la beca desde la fecha de inicio de la misma, con la lista de espera baremada y elaborada en la selección inicial, por un tiempo nunca superior al que reste de la duración total prevista inicialmente. Sexta. Seguro de accidentes y de asistencia sanitaria.-El INIA suscribirá un seguro de accidentes y de asistencia sanitaria para la cobertura de los/as becarios/as durante el período de duración de la beca. Séptima. Aportación económica de las partes.-El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, conforme se establece en la Orden de convocatoria citada, aportará el coste de las becas por un importe de treinta mil quinientos veintiocho euros (30.528,00 €) con cargo al Programa 960, Partida 48200, del ejercicio 2005. Dicha cantidad será entregada al INIA una vez iniciadas las becas, de una sola vez, es decir, mediante pago anticipado y sin presentación de aval, para hacer efectivos los pagos mensuales de las mismas. Por su parte, el INIA aportará el coste restante de las becas que asciende a treinta mil quinientos veintiocho euros (30.528,00 €), así como el coste del seguro de accidentes y asistencia sanitaria de los/as becarios/as durante todo el periodo de duración de las becas, a razón de ventisiete euros y cinco céntimos (27,05 €). por becario/a y mes. El importe total del seguro asciende, por tanto, a dos mil quinientos noventa y seis euros y ochenta céntimos (2.596,80 €). Estos gastos, por parte del INIA, se imputarán a la aplicación presupuestaria 20.204.467D.780.00 de sus presupuestos y con cargo al ejercicio 2005 en las siguientes proporciones:

Ejercicio 2005

Euros

Beca

30.528,00

Seguro

2.596,80

Total

33.124,80

Octava. Justificación de las cantidades empleadas.-El INIA justificará al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad Madrid el destino de las cantidades recibidas. Asimismo, remitirá con carácter mensual y durante toda la duración de las becas la certificación acreditativa de la ejecución del programa objeto del presente Convenio, así como de las altas y bajas que se hubiesen producido.

Novena. Comisión de Seguimiento.-A fin de garantizar la eficacia en la coordinación de los aspectos señalados anteriormente, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representantes del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, y dos representantes del INIA y un/a representante de la Administración General del Estado, designado/a por la Delegación del Gobierno en Madrid, que se reunirá al menos dos veces al año. Undécima. Régimen Jurídico.-El presente Convenio tiene naturaleza de los prevenidos en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de dicho texto legal, para resolver las dudas y lagunas que pudieran producirse. Duodécima. Resolución de controversias.-Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del contenido del presente Convenio, serán resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no hubiera acuerdo, las discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, reguladora de dicha Jurisdicción, según se dispone en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Décimotercera. Rescisión-El presente convenio podrá ser resuelto por acuerdo de ambas partes o por decisión unilateral de una de ellas, motivada por el incumplimiento de sus obligaciones por la otra parte, lo que deberá comunicarse a la otra con un mes de antelación.

Y para que así conste, ambas partes suscriben el presente Convenio en triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-El Consejero de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, Juan José Güemes Barrios.-El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Mario Gómez Pérez.

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (I.N.I.A.)

Programa de Becas

FINNOVA 2005

Código

Descripción del puesto de prácticas

Organismo y Departamento

Perfil: Títulos de Formación Profesional Reglada Superior

Tutor/a

110001

Aprovechamientos forestales y conservación de la naturaleza.

I.N.I.A.

Dpto: Selvicultura.

Gestión y Organización de Recursos y Paisajísticos (F.P.G. SUP.).

Jardinería (F.P.II). Explotación forestal (F.P.II). Aprovechamientos Forestales y Conservación de la naturaleza (F.P. EX.3).

Gregorio Montero González.

510002

Tecnología de los alimentos.

Calidad de la carne.

I.N.I.A.

Dpto.: Tecnología de Alimentos.

Industria Alimentaria (F.P.G. SUP). Viticultura y Enotecnia (Agraria-F.P.II). Industrias Alimentarias (Química-F.P.EX.3).

Vicente Cañeque Martínez.

810003

Análisis de residuos de productos fitosanitarios en productos vegetales.

I.N.I.A.

Dpto.: Protección Vegetal.

Análisis y Control (F.P.G. SUP). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P.II). Química de Laboratorio (Química-F.P.II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P.EX.3).

M.ª Luisa Fernández Cruz.

810004

Análisis químico de la interacción madera-vino durante la crianza.

I.N.I.A.

Dpto:Centro de Investigación Forestal.

Análisis y Control (F.P.G. SUP). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P.II). Química de Laboratorio (Química-F.P.II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P.EX.3).

M.ª Brígida Fernández de Simón.

810005

Análisis Químico de suelos y tejido vegetal.

I.N.I.A.

Dpto.: Medio Ambiente.

Análisis y Control (F.P.G. SUP). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P.II). Química de Laboratorio (Química-F.P.II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P.EX.3).

Ingrid Walter Ayneto.

810006

Evaluación de suelos contaminados. Análisis químico y de ecotoxicidad.

I.N.I.A.

Dpto.: Medio Ambiente-Laboratorio de Ecotoxicología.

Análisis y Control (F.P.G.SUP). Análisis y Procesos Básicos (Química-F.P.II). Química de Laboratorio (Química-F.P.II). Ayudante Técnico de Laboratorio (Química-F.P.EX.3).

M.ª Dolores Fernández Rodríguez.

940007

Diagnóstico celular de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles.

I.N.I.A.

Dpto: Centro de Investigación en Sanidad Animal (CISA).

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P.II).

Juan María Torres Trillo.

940008

Técnicas de laboratorio de diagnóstico molecular, enfermedades virales.

I.N.I.A.

Dpto.: Centro de Investigación en Sanidad Animal (CISA).

Laboratorio de Diagnóstico Clínico (F.P.G. SUP). Laboratorio (Sanitaria-F.P.II).

Esteban Domingo Solans.

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