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Documento BOE-A-2005-1996

Resolución de 24 de enero de 2005, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se otorgan destinos a los funcionarios integrados en el Cuerpo o Escala de Auxilio Judicial, que superaron las pruebas selectivas, turno libre, convocadas por Orden JUS/1453/2003, de 27 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2005, páginas 4268 a 4269 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2005-1996

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 10 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Justicia de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas (DOGV y BOE de 25 de noviembre de 2004) se hizo pública la relación de plazas correspondiente al ámbito de la Comunidad Valenciana que se ofrecían a los aspirantes aprobados, en las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/1453/2003, de 27 de mayo, del Ministerio de Justicia. De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como con el art. 23 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/96, de 16 de febrero, esta Dirección General de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia (turno libre), nombrados e integrados en el Cuerpo o Escala de Auxilio Judicial por Orden de 24 de enero de 2005, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.-Los Agentes de la Administración de Justicia, integrados en el Cuerpo o Escala de Auxilio Judicial, a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, no resultando retribuido el plazo posesorio, ya que según dispone la normativa en materia de nóminas, durante el primer mes se devengarán por días las retribuciones correspondientes al nuevo Cuerpo en el que se ingresa.

La cumplimentación del acto administrativo de toma de posesión se efectuará en la Dirección Territorial de la Dirección General de Justicia en Alicante, sita en Torre de la Generalitat, Rambla de Méndez Núñez, n.º 41, 2.ª planta, 03001 Alicante; acto seguido los funcionarios deberán personarse en el órgano judicial adjudicado, al objeto de proceder al juramento o promesa del cargo y resto de diligencias establecidas en el artículo 26 del Reglamento Orgánico. Segundo.-Los funcionarios interinos y titulares, en comisión de servicio o adscripción provisional, que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el día inmediatamente anterior al de la toma de posesión del titular. Tercero.-En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud de los artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios públicos deberá manifestar opción en el acta de toma de posesión. Cuarto.-Los Agentes de la Administración de Justicia, integrados en el Cuerpo o Escala de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurra un año desde que fueron destinados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57.c) del Reglamento Orgánico. Quinto.-Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 10 de noviembre (DOGV y BOE 25-11-2004), no adjudicadas en la presente Resolución, mantienen su condición de desiertas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso administrativo de la ciudad de Valencia, o ante aquellos que se encuentren en la circunscripción donde el demandante tenga su domicilio, en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de la interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante esta Dirección General de Justicia, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Valencia, 24 de enero de 2005.-La Directora General, Patricia Montagud Alario.

ANEXO I

Agentes de la Administración de Justicia (turno libre)

Número

DNI

Apellidos y Nombre

Destino

Provincia

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

20.800.025

22.664.948

29.167.961

22.579.761

18.961.963

22.542.906

44.763.802

28.996.002

22.005.946

03.456.814

22.571.045

22.563.755

20.245.461

85.087.379

20.011.284

33.412.014

Añó Lafarga, José Vicente

Adillo Jiménez, M.ª Nieves

García Granero, M.ª Esperanza

Martínez Turpin, Eva M.ª

Aguera Pérez, José Francisco

Abdilla Molina, Ana M.ª

López Rico, Diamar

Ibáñez Fornes, M.ª Teresa

Campello Adsuar, Josefa

Bernaldo de Quirós Villaverde, Ana I.

Montesinos Alabau, Vicente Luis

Soria Cubas, Manuel

Valls Albalat, Esteban

García Tamarit, Elena Isabel

García Suárez, Susana

Belenguer Caballero, David

Secretaría Audiencia Provincial. Alicante

Jdo. de Paz Bañeres

Jdo. 1.ª Instancia n.º 3 Benidorm

Secc. 5.ª Audiencia Provincial Alicante

Jdo. Instrucción n.º 4 Benidorm

Jdo. Instrucción n.º 1 Benidorm

Secc. 5.ª Audiencia Provincial Alicante

Jdo. 1.ª Instancia n.º 2 Benidorm

Jdo. Social n.º 7 Alicante

Secc. 6.ª Audiencia Provincial Alicante

Jdo. 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 Alcoy

Secc. 3.ª Audiencia Provincial Alicante

Jdo.1.ª Instancia n.º 2 Alicante

Jdo. Instrucción n.º 2 Benidorm

Jdo. Social n.º 3 Alicante

Jdo.1.ª Instancia n.º 8 Alicante

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Nota informativa: Las adjudicaciones en los juzgados de primera instancia e instrucción de Benidorm se efectúan de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2294/2004, de 10 de diciembre (BOE 11-12-2004), por el que se establece la separación de juzgados de primera instancia y juzgados de instrucción en el partido judicial de Benidorm.

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