Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-1997

Resolución de 24 de enero de 2005, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se otorgan destinos a los funcionarios integrados en el Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, que superaron las pruebas selectivas (turnos promoción interna y libre), convocadas por Orden JUS/1454/2003, de 27 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2005, páginas 4269 a 4270 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2005-1997

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 10 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Justicia de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas (DOGV y BOE de 25 de noviembre de 2004, corrección de erratas en BOE de 27 de noviembre de 2004) se hizo pública la relación de plazas correspondiente al ámbito de la Comunidad Valenciana que se ofrecían a los aspirantes aprobados, en las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turnos promoción interna y libre, convocadas por Orden JUS/1454/2003, de 27 de mayo, del Ministerio de Justicia. De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial , así como con el art. 23 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/96, de 16 de febrero, esta Dirección General de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia (turnos promoción interna y libre), nombrados e integrados en el Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 24 de enero de 2005, teniendo en cuenta para ambos turnos lo siguiente:

Primero.-Los Auxiliares de la Administración de Justicia, integrados en el Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, no resultando retribuido el plazo posesorio, ya que según dispone la normativa en materia de nóminas, durante el primer mes se devengarán por días las retribuciones correspondientes al nuevo Cuerpo en el que se ingresa.

La cumplimentación del acto administrativo de toma de posesión se efectuará en la Dirección Territorial de la Dirección General de Justicia en Alicante, sita en Torre de la Generalitat, Rambla de Méndez Núñez, n.º 41-2.ª planta, 03001 Alicante; acto seguido los funcionarios deberán personarse en el órgano judicial adjudicado, al objeto de proceder al juramento o promesa del cargo y resto de diligencias establecidas en el artículo 26 del Reglamento Orgánico. Segundo.-Los funcionarios interinos y titulares, en comisión de servicio o adscripción provisional, que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el día inmediatamente anterior al de la toma de posesión del titular. Tercero.-En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud de los artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios públicos deberá manifestar opción en el acta de toma de posesión. Cuarto.-Los Auxiliares de la Administración de Justicia, integrados en el Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurra un año desde que fueron destinados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57.c) del Reglamento Orgánico. Quinto.-Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 10 de noviembre (DOGV y BOE 25-11-2004), no adjudicadas en la presente Resolución, mantienen su condición de desiertas. Los nombrados por el turno de promoción interna deberán tener en cuenta, además, las siguientes observaciones:

Primera.-En caso de que los Auxiliares de la Administración de Justicia, integrados en el Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, de nuevo ingreso, quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a la Dirección General de Justicia de la Generalitat Valenciana, a través del responsable funcional de su destino actual, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo (art. 66.1.g del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero).

Segunda.-Cuando un funcionario del cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, integrado en el Cuerpo o Escala de Auxilio Judicial, acceda al cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, integrado en el Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa, y desee permanecer en activo en el cuerpo de origen y en situación de excedencia en aquel al que accede, deberá manifestar esta opción en el acta de toma de posesión, regresando a continuación a su destino de origen. La cumplimentación del acto administrativo de toma de posesión se efectuará en la Dirección Territorial de la Dirección General de Justicia en Alicante, así como la manifestación de la opción de permanacer en activo en el cuerpo de origen; acto seguido los funcionarios deberán personarse en el órgano judicial adjudicado, al objeto de proceder al juramento o promesa del cargo y resto de diligencias establecidas en el artículo 26 del Reglamento Orgánico. Efectuada la toma de posesión y manifestada la opción de continuar en activo en el cuerpo de origen, la Dirección General de Justicia concederá la excedencia de oficio en el nuevo cuerpo. Tercera.-En caso de no manifestar la opción citada se entenderá que optan por el nuevo puesto, y la Dirección General de Justicia concederá la excedencia de oficio en el cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, integrado en el Cuerpo Escala de Auxilio Judicial, en cuyo destino se les tendrá por cesados de forma automática con la fecha del día anterior al que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de Auxiliares (Cuerpo o Escala de Tramitación), al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso administrativo de la ciudad de Valencia, o ante aquellos que se encuentren en la circunscripción donde el demandante tenga su domicilio, en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de la interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante esta Dirección General de Justicia, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Valencia, 24 de enero de 2005.-La Directora General, Patricia Montagud Alario.

ANEXO I

Auxiliares de la Administración de Justicia (promoción interna)

Número

DNI

Apellidos y Nombre

Destino

Provincia

1

2

3

4

5

6

7

8

9

18.924.833

30.607.036

22.525.776

24.347.347

20.150.287

19.883.574

22.667.974

79.266.053

29.175.297

Ibáñez Gimeno, Mercedes

Nuevo Cabezas, Ana Isabel

Benavent Herrero, Agustín R.

Vila Alabau, M.ª Amparo

Manclús Zarzo, Miguel

Climent Cuéllar, Manuel

Medina Rodríguez, M.ª Ángeles

Górriz Grau, Mónica

Garrido Ponce, José Luis

Jdo. 1.ª Instancia n.º 5 Alicante

Jdo. Instrucción n.º 3 Benidorm

Jdo. 1.ª Instancia n.º 2 Benidorm

Jdo. Penal n.º 1 Benidorm

Jdo. 1.ª Instancia n.º 2 Benidorm

Jdo. 1.ª Instancia n.º 2 Benidorm

Jdo. Instrucción n.º 3 Benidorm

Jdo. 1.ª Instancia n.º 3 Alicante

Jdo. Social n.º 1 Elche

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Auxiliares de la Administración de Justicia (Turno Libre)

Número

DNI

Apellidos y Nombre

Destino

Provincia

1

2

3

4

5

6

53.090.330

22.690.783

20.241.794

19.839.959

25.400.060

70.513.310

Jiménez Abad, Alicia

Esparcia Aguilar, Ana M.ª

Martínez Gartner, Rodrigo

Pla Valor, M.ª del Mar

Cervantes Reynal, M.ª del Carmen

Coronado Toledo, Rafael

Jdo. 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 Novelda

Jdo. Social n.º 1 Elche

Jdo. 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 San Vicente del Raspeig

Jdo. 1.ª Instancia n.º 3 Elche

Jdo. 1.ª Instancia n.º 4 Elche

Jdo. Penal n.º 2 Elche

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Alicante.

Nota informativa: Las adjudicaciones en los juzgados de primera instancia e instrucción de Benidorm se efectúan de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2294/2004, de 10 de diciembre (BOE 11-12-2004) por el que se establece la separación de juzgados de primera instancia y juzgados de instrucción en el partido judicial de Benidorm.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid