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La base novena, punto 3. de la Orden ECD/411/2002 de 22 de febrero de convocatoria para la provisión de plazas vacantes de Asesores Técnicos en el exterior, por funcionarios docentes, preveía que al término del primer periodo de adscripción, los Asesores Técnicos que fueron seleccionados les podría ser prorrogada, previa solicitud del interesado, su permanencia en el exterior por otro periodo de tres cursos. Por otra parte el apartado decimotercero de la Orden ECD/493/2004, de 23 de febrero, por la que se establece el régimen de permanencia y prórroga de los Asesores Técnicos destinados en el exterior, establece que los funcionarios adscritos a puestos en el exterior, mediante concurso público de méritos convocado con la normativa anterior, serán objeto de la evaluación ordinaria a que se refiere el artículo 10 del Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, de acuerdo con lo establecido en la citada Orden. De conformidad con lo establecido en el apartado noveno, puntos 4 y 6 de la Orden ECD/493/2004, de 23 de febrero y vista la propuesta formulada por la Secretaría General Técnica, Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Prorrogar la permanencia de don Luis Martín Fernández, N.R.P. 536390735A0590, como Asesor Técnico en la Consejería de Educación de Australia, por el período de 1/2/2006 a 31/1/2009, correspondiente a su segundo período de adscripción
Segundo.-Los derechos y obligaciones de este profesor se regirán por las bases de la convocatoria por la que fue seleccionado y, en todo caso, por la normativa específica que le pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior. Tercero.-El interesado tendrá derecho a percibir la asignación especial por destino en el extranjero en aplicación del Real Decreto 6/1995, de 13 de enero (B.O.E. de 2 de febrero), y, en su caso, los derechos que puedan corresponderles conforme al Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Cuarto.-La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo que se dispone en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, o bien, impugnar directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, interponiendo recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley últimamente citada.
Madrid, 24 de noviembre de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, B.O.E. de 28), el Subsecretario, Fernando Gurrea Casamayor.
Sr. Secretario General Técnico.
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