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Documento BOE-A-2005-7497

Orden ITC/1242/2005, de 14 de abril, por la que se autoriza el contrato de cesión por el que «Petroleum Oil & Gas España, Sociedad Anónima» y «Hope Petróleos, Sociedad Anónima» ceden su participación en los permisos de investigación de hidrocarburos «Cameros-1 y 2».

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 9 de mayo de 2005, páginas 15766 a 15766 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2005-7497

TEXTO ORIGINAL

Los permisos de investigación de hidrocarburos «Cameros-1» y «Cameros-2», junto con «Cameros-3» y «Cameros-4» que fueron extinguidos posteriormente por Orden ECO/2979/2002, de 8 de noviembre, situados en la Comunidad Autónoma de La Rioja, le fueron otorgados por el Real Decreto 1153/1995, de 3 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto de 1995) a la empresa «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima». Tras varias cesiones, la última aprobada por la Orden ECO/3803/2003, de 17 de diciembre, su titularidad actual es:

«Petroleum Oil & Gas España, Sociedad Anónima»: 15 por 100.

«Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima»: 25 por 100. «Unión Fenosa Gas Exploración y Producción, Sociedad Anónima»: 20 por 100. «Hope Petróleos, Sociedad Anónima»: 15 por 100. «Teredo Oils Limited, Segunda sucursal en España»: 15 por 100. «Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima»: 10 por 100.

Su operador es «Petroleum Oil & Gas España, Sociedad Anónima». Los titulares anteriores han presentado con fecha 26 de noviembre de 2004, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del vigente Reglamento sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, una solicitud de aprobación del contrato de cesión por el que las titulares «Petroleum Oil & Gas España, Sociedad Anónima» y «Hope Petróleos, Sociedad Anónima» ceden su participación en los dos permisos a «Unión Fenosa Gas Exploración y Producción, Sociedad Anónima» y «Teredo Oils Limited, Segunda sucursal en España». Por otro lado, el nuevo operador de los permisos pasa a ser la «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima».

Tramitado el expediente por la Dirección General de Política Energética y Minas con arreglo a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 10 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, se considera acreditada la competencia técnica y económica de los titulares subsistentes de los derechos, conforme al apartado 5.1 del mencionado artículo 10, relativo a la transmisión entre cotitulares de permisos y concesiones, y en consecuencia, dispongo:

Primero.-Se autoriza el contrato de cesión por el que «Petroleum Oil & Gas España, Sociedad Anónima» y «Hope Petróleos, Sociedad Anónima» ceden su participación en los permisos de investigación de hidrocarburos «Cameros-1» y «Cameros-2» a «Unión Fenosa Gas Exploración y Producción, Sociedad Anónima» y «Teredo Oils Limited, Segunda sucursal en España», y por el que la «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima» se convierte en el nuevo operador.

Segundo.-Como consecuencia de la autorización otorgada en la condición anterior, la titularidad de los permisos pasa a ser como sigue:

«Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima»: 25 por 100.

«Teredo Oils Limited, Segunda sucursal en España»: 36,428571 por 100. «Unión Fenosa Gas Exploración y Producción, Sociedad Anónima»: 28,571429 por 100. «Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima»: 10 por 100.

Tercero.-Las compañías interesadas quedan obligadas por las estipulaciones que se describen en el contrato que se aprueba.

Cuarto.-Dentro del plazo de treinta días a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», las compañías «Teredo Oils Limited, Segunda sucursal en España» y «Unión Fenosa Gas Exploración y Producción, Sociedad Anónima» deberán presentar en la Subdirección General de Hidrocarburos de la Dirección General de Política Energética y Minas resguardos acreditativos de haber ingresado en la Caja General de Depósitos las garantías ajustadas a su nueva participación en la titularidad de los permisos de investigación de hidrocarburos «Cameros-1» y «Cameros-2».

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 14 de abril de 2005.-El Ministro, P.D. (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, «Boletín Oficial del Estado» del 6), el Secretario General de Energía, Antonio Fernández Segura.

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