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Documento BOE-A-2005-7603

Resolución de 5 de abril de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de Aprovechamiento hidroeléctrico «Central de Guma». Término municipal de La Vid y Barrios (Burgos), promovido por SAVASA, en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Duero.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2005, páginas 15861 a 15865 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-7603

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo y su Reglamento de ejecución aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental o, en su caso, resolución sobre la evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático la formulación de las declaraciones de impacto ambiental y las resoluciones sobre la evaluación de proyectos de competencia de la Administración General del Estado, reguladas por la legislación vigente. Con objeto de iniciar el procedimiento, el promotor remitió con fecha 15 de octubre de 2003 a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la preceptiva Memoria-resumen del Proyecto de Aprovechamiento Hidroeléctrico «Central de Guma» en el río Duero TM de La Vid y Barrios (Burgos). Un resumen del proyecto se encuentra en el anexo I. Recibida la Memoria-resumen, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, en cumplimiento del artículo 13 del Reglamento, estableció, con fecha 3 de diciembre de 2003, un periodo de consultas a personas, instituciones y administraciones sobre el impacto ambiental de las obras proyectadas. La lista de consultados y un resumen de las contestaciones recibidas constituyen el anexo II En virtud del artículo 14 del Reglamento, con fecha 18 de febrero de 2004, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental dio traslado al promotor del contenido de las contestaciones a las consultas, que debían conformar los aspectos más importantes a considerar en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental. Conforme al artículo 15 del Reglamento, el Estudio de Impacto Ambiental elaborado por el promotor, fue sometido junto con el proyecto al trámite de Información Pública mediante anuncio que se publicó en el Boletín Oficial de Burgos con fecha 14 de junio de 2004. El anexo III incluye un resumen significativo de dicho Estudio de Impacto Ambiental. Conforme al artículo 16 del Reglamento, la Confederación Hidrográfica del Duero, con fecha 23 de diciembre de 2004, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente, que comprende el Proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y el resultado de la Información Pública. No se presentaron alegaciones. Analizada la documentación que forma parte del expediente, se hacen las siguientes consideraciones:

1. El proyecto se ubica en una zona del río Duero propuesta para su designación como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), ES 4170083 «Riberas de la Subcuenca del Río Duero», por lo tanto, en aplicación del artículo 6 del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, el proyecto se ha sometido a la evaluación de sus repercusiones en el mencionado río.

2. El estudio de impacto ambiental se ha realizado teniendo en cuenta el grado de protección de la zona de actuación, y ha dado respuesta a los temas planteados en la fase de consultas, en especial en lo que se refiere a la no afección a los hábitats y especies protegidos. En la fase de información pública no se han presentado alegaciones. 3. En la fase de construcción no es previsible que se produzcan impactos significativos, si se aplican las medidas correctoras y el plan de vigilancia contenidos en el estudio de impacto ambiental, sobre las potenciales afecciones debidas a la corta de vegetación, al movimiento de maquinaria y personas y a las obras sobre el cauce, que por otro lado, serán temporales y de corta duración. 4. En la fase de funcionamiento del proyecto, no es previsible que se produzcan impactos residuales significativos, ya que en el estudio figura la correspondiente escala de peces específica de ciprínidos, y por tratarse de una central a pie de presa no hay desviación de caudales, por lo que no es de aplicación un régimen de caudales ecológicos. En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986 de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y por los artículos 4.1, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre y a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y evaluación Ambiental de fecha 5 de abril de 2005, formula, únicamente a los efectos ambientales, la siguiente Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de Aprovechamiento Hidroeléctrico «Central de Guma» en el río Duero TM de La Vid y Barrios (Burgos), promovido por SAVASA:

Declaración de Impacto Ambiental

Teniendo en cuenta las consideraciones expuestas, y completada la información con una visita a la zona del proyecto, no se aprecian potenciales impactos adversos significativos sobre el medio ambiente derivados de la ejecución del mismo con el diseño, controles y medidas protectoras y correctoras y plan de vigilancia ambiental contenidos en el estudio de impacto ambiental.

Lo que se hace público, para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental modificado por el Real Decreto Ley 6/2001, de 8 de mayo.

Madrid, 5 de abril de 2005.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

ANEXO I Resumen del proyecto

La minicentral está situada en Guma en el río Duero, t.m. de La Vid y Barrios (Burgos), con el esquema de un aprovechamiento hidroeléctrico equipado con dos turbinas Kaplan horizontales de doble regulación. Al tratarse de un aprovechamiento comúnmente definido como «pie de presa» el agua no necesita derivación fuera del cauce del río, por lo que una vez atraviesa la cámara de carga de las turbinas (situada como parte integrante del propio azud) es devuelta al cauce directamente, a pie del azud una vez turbinada. En la margen izquierda del azud y sobre el mismo se establece el edificio de la minicentral que integra los equipos electromecánicos y cuyas conexiones eléctricas trasladan la energía producida a un centro de transformación exterior, situado en un terreno colindante. El caudal de equipamiento óptimo es el de 35 m3/seg, introduciendo dos equipos independientes de 10 m3/seg y 25 m3/seg respectivamente que permiten aprovechar con las mayores garantías los caudales fluyentes a lo largo de todo el año, evitando en todo momento la posibilidad de ejecutar embalsadas pues se turbinará estrictamente el caudal fluyente en cada momento. La ubicación de la toma en la margen izquierda responde a tres razones básicas:

a) El agua actualmente fluye mayoritariamente por ese margen, por lo que las obras necesarias para la ejecución del proyecto serán así menores.

b) Los accesos al azud a través de un camino de concentración parcelaria por la margen izquierda están ya realizados. c) La línea eléctrica de evacuación está situada a escasos metros de esta margen izquierda.

El embalse originado por el azud comprende los terrenos situados entre las cotas 816 y 808,5 m, aprovechando los taludes que presenta el río en esta zona, afectando mayoritariamente a terrenos pertenecientes al D.P.H.

El azud estará equipado con una escala de peces para facilitar los movimientos migratorios estacionales que desarrollan la mayoritaria población de ciprínidos de la zona. Para facilitar la evacuación de grandes avenidas se ha diseñado un azud que, equipado con tres compuertas automatizadas de 12 x 4 m, posibilita evacuar caudales superiores a los 630 m3/seg, cuando el Q100 está establecido en 452 m3/seg. Para ello además de utilizar todo el labio de la presa como vertedero de demasía, pueden utilizarse las tres compuertas superiores de la presa así como tres compuertas de desagüe de fondo.

ANEXO II

Relación de consultados y respuestas recibidas

Dirección General de Conservación de la Naturaleza

-

Delegación del Gobierno en Castilla y León

X

Subdelegación del Gobierno en Burgos

X

Confederación Hidrográfica del Duero

-

Ayuntamiento de La Vid y Barrios (Burgos)

-

Ayuntamiento de San Juan del Monte (Burgos)

-

Consejería de Economía y Empleo

X

Consejería de Medio Ambiente

-

Dirección General de Calidad Ambiental

-

Dirección General de Medio Natural

X

Secretaría General

-

Consejería de Educación y Cultura

-

Diputación Provincial de Burgos

-

Instituto Geológico y Minero de España

-

Sociedad de Estudios Biológicos y Geológicos de Castilla y León

-

Seo

-

Asociacion Cultural Recreativa Pinilla y El Pedroso

-

Grupo Naturalista Cie

-

Resumen de las contestaciones recibidas

La Dirección General del Medio Natural considera que el espacio en que se localiza el proyecto forme parte del Lugar de Importancia Comunitaria ES 4170083 «Riberas de la Subcuenca del Río Duero», que incluye el cauce del río más 25 metros en cada margen del mismo. Cita las especies más relevantes de flora y fauna y concluye que en el estudio de impacto ambiental deberán ser desarrollados los siguientes aspectos:

Examen de alternativas y justificación de la solución adoptada.

Definición de la línea eléctrica. Afecciones sobre avifauna. Afección a la calidad de las aguas por vertidos en fase de obras. Afección a comunidades biológicas debido a las obras. Implicaciones de la modificación del régimen de caudal. Afección a la vegetación de ribera. Afección a la fauna piscícola. Afección a la fauna por pérdida de hábitat en construcción y explotación. Afección a especies y hábitats protegidos. Afecciones al paisaje. Diseño de la escala de peces y caudal de funcionamiento. Régimen de caudales ecológicos.

ANEXO III Resumen significativo del estudio de impacto ambiental

Los materiales presentes en la zona, son aptos como préstamo para la construcción de las obras. La morfología del punto de ubicación del proyecto presenta relieves laterales acusados con pendientes superiores al 20 %. La estabilidad es alta, a excepción de puntos aislados donde la fracturación o buzamiento acusado puede originar deslizamientos localizados. La variedad de materiales presentes en la zona, da lugar a un conjunto semipermeable, con acuíferos variables de difícil valoración. La vegetación climática en las laderas del embalse está formada por carrascos (matas bajas de Quercus rotundifolia), jaras (Cistus), tomillos (Thymus), álamos (populus alba), sauces (salíx alba y s.p.), chopos (Populus nigra). En la parte superior de la ladera encontramos pastizales, sabinas, encinas y algunos enebros. Las márgenes no inundables del embalse están siendo utilizados desde hace años como terrenos de cultivo, fundamentalmente cereales, maíz y remolacha, existiendo una fuerte presión para su compra con el fín de instalar extracciones de áridos. Los vertebrados previsiblemente existentes en la zona en estudio, están tomados de las listas, cartografía y documentación específica publicada o recopilada por ICONA. Entre esta bibliografía hay que resaltar la «Lista roja de los vertebrados de España'', que ha servido para establecer los dos parámetros más importantes de las especies existentes, categoría y protección. El proyecto se ubica en terrenos pertenecientes al espacio protegido denominado «Riberas del Río Duero» con código ES4170083, propuesto como LIC (Lugar de Importancia Comunitaria), dentro de la Red Natura 2000. La gran variedad y dispersión del LIC hace que incluya numerosas formaciones vegetales a lo largo del desarrollo del río, desde los tramos de abedular y saucedas de montaña, hasta las alisedas, fresnedas, alamedas, choperas, olmedas y saucedas de meseta de los tramos más bajos. Asimismo, se dan gran variedad de comunidades faunísticas ligadas al medio fluvial (peces, anfibios, paseriformes ribereños, ardeidas etc). Por lo tanto son distintos los factores de vulnerabilidad que afectan a este Lugar, entre los que destacan el incremento de las grandes plantaciones de choperas, la roturación de zonas arboladas para su puesta en cultivo agrícola, el abandono de los pastizales, las extracciones de áridos, contaminación de las aguas, contaminación de márgenes por basuras o introducción de numerosas especies de peces no autóctonas.

Hábitats prioritarios:

Es necesario destacar que en la zona puede encontrarse el hábitat de código 91 E0, según la Directiva 92/43/CEE, compuesto por bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior, y que está considerado como prioritario.

El Alnus glutinosa es el comúnmente denominado aliso. El Fraxinus excelsior es el fresno común, especie que parece más probable que se encuentre en los bosques de galería del norte de España, asociado a abedules, arces, serbales, temblones, o bien mezclado con robledales, hayedos y castañares. El Fraxinus angustifolia es el fresno de la tierra, vive como árbol de ribera en sotos y márgenes de ríos, mezclado con olmos, alisos, chopos, sauces, rebollos e incluso encinas, por lo que parece una especie de menor altitud y latitud que la anterior. Realizada una búsqueda sistemática de ejemplares de ambas especies a lo largo de ambos márgenes del río en la zona de afección, no se han encontrado ejemplares de ninguno de los árboles antes indicados (Alnus glutinosa, fraxinus excelsior y fraxinus angustifolia) lo que permite descartar la existencia de bosques aluviales de estas especies arbóreas en la zona. No existirán alteraciones por falta de agua durante la explotación ya que al ser una instalación fluyente y con central a pié de presa no se detraen nunca los caudales del río, por lo que los impactos previstos serán sólo los debidos a la presencia del azud y demás instalaciones. En la fase de construcción las principales fuentes de aporte a las aguas de materiales inertes serian:

1. Los movimientos de tierras de cimentaciones y excavaciones tanto en el cauce como en los márgenes del río Duero, ya que aunque sea cuestión de horas siempre se van a producir pequeñas aportaciones de material que modifica la calidad del agua.

2. El lavado por escorrentía de taludes, y escombrera-vertedero, se puede considerar moderado.

En la fase de funcionamiento el efecto barrera producido por el azud tiene lugar sobre todo para las especies de peces características de la zona (Ciprínidos) que no son capaces de remontar más que las escalas diseñadas para ellas. En el proyecto figura el tipo de escala de peces a instalar, que se resume en la construcción de una escala de estanques sucesivos con paso a través de escotaduras laterales en los tabiques alternadas a derecha e izquierda. Se busca obtener una potencia disipada (p) inferior a 150 vat m3 que posibilite especialmente el paso de los ciprínidos.

La remodelación del tramo en las riberas y los movimientos de tierra, provocan un impacto sobre la vegetación de ribera puesto que la hacen desaparecer en una franja en los márgenes de la zona embalsada, aunque por las características de este tipo de vegetación (rápido desarrollo en presencia de agua) el efecto ocasionado se compensará en un tiempo medio (2-3 años). En cuanto a las zonas ocupadas temporalmente por la actividad de construcción y depósitos de tierras, se produce igualmente la desaparición de la capa vegetal, por lo que se deberá proceder a su revegetación artificialmente. La zona donde se va a desarrollar el proyecto es un área con actividad agrícola y minera debido a las extracciones de áridos. El azud provocará un doble impacto de significado opuesto, negativo en cuanto al muro de hormigón y positivo en cuanto que se va a crear un pequeño embalse, manteniéndose un nivel estabilizado y permanentemente alto. El impacto visual es mínimo, al no ser visible desde carreteras y lugares próximos desde donde los impactos visuales suelen ser más importantes. La aplicación de las medidas correctoras que se proponen para proteger y restaurar el entorno, se traducen básicamente en las siguientes actuaciones:

Corta y eliminación de la vegetación inundable del embalse, para evitar procesos de eutrofización. Separación y almacenamiento en capas, de la tierra vegetal existente en las zonas de excavación.

Extendido de las tierras procedentes de excavación en las cercanías de la zona de actuación o transporte a vertedero autorizado. Introducción de elementos arquitectónicos en el edificio de la central para adaptarlo a las condiciones de la zona. Adecuado aislamiento acústico del edificio de la central. Construcción de escala de peces tipo artesas, viable para ciprínidos. Instalación de barreras para los peces en la toma de agua de las turbinas. Ataluzado de las zonas de vertido de sobrantes. Extendido de la tierra vegetal sobre las zonas anteriores. Siembra de vegetación herbácea y plantación de arbolado de ribera en la zona de vertido y en las inmediaciones de edificio de central y zona de descarga. Línea eléctrica enterrada para proteger la avifauna y disminuir el impacto sobre el paisaje.

Programa de Vigilancia Ambiental:

Durante la fase de obras se redactarán actas de inspección quincenales para comprobar que se cumple el procedimiento de control de calidad que forma parte del proyecto, y que consiste en: Control del tipo de maquinaria empleada y sus movimientos.

Localización del parque de maquinaria, servicios de mantenimiento de la misma y almacén de aceites y combustibles. Control de la gestión de los aceites y demás residuos según la legislación vigente. Comprobación de que no se producen vertidos de dichos residuos al cauce y al suelo. Control de la limpieza del material acumulado, préstamos o desperdicios. Comprobación de la ejecución de las medidas protectoras del proyecto en lo que se refiere a la escala de peces, perfil del vertedero, instalación de los mecanismos para control de aforos, canal de restitución, rejillas a la entrada de la toma de agua de las turbinas, edificio de la central de acuerdo con el entorno, aislamiento acústico del mismo, vallado de la minicentral, protección adecuada de la escala de peces y revegetación. A la finalización de la obra se redactará un informe sobre los trabajos realizados, el cumplimiento de las medidas correctoras propuestas y las posibles incidencias que hayan podido surgir, mencionando especialmente la eliminación de partes de obra. Una vez que la minicentral entre en servicio, se comprobarán los niveles acústicos en el exterior del edificio de la central. Se efectuará la limpieza de sedimentos y arrastres una vez al año como mínimo, dependiendo de las posibles riadas. Para controlar la efectividad de los dispositivos instalados para reducir el impacto ambiental sobre los ecosistemas acuáticos, se efectuará un inventario anual de la población piscícola. De un modo especial, se vigilará el funcionamiento de la escala de peces. Se revisará asimismo el estado de las márgenes fluviales aguas abajo del azud, para controlar los posibles fenómenos erosivos. Se realizarán cuatro campañas anuales con análisis y muestreos para ver cómo ha influido la implantación del proyecto en la población piscícola, y dependiendo de los resultados, variar la propuesta del caudal del dispositivo de franqueo de peces. Se realizarán análisis en un punto aguas arriba del azud y en otro punto aguas abajo del azud, que consistirán básicamente en determinar las características físico-químicas (Materias en suspensión, turbidez, temperatura y pp.) y las características químicas (Oxígeno disuelto, DBO5. Carbonato orgánico e iones más importantes). Durante la fase de explotación se realizarán inspecciones bimensuales durante un plazo de tres años para comprobar el estado y progreso de las medidas correctoras diseñadas, emitiéndose asimismo un informe anual, y en caso de incidencia ambiental, un informe especial al Órgano Ambiental.

ANEXO IV Alegaciones presentadas

No se han presentado alegaciones.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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