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Documento BOE-A-2005-8359

Orden ECI/1429/2005, de 29 de abril, por la que se resuelve la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2005/2006, en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2005, páginas 17141 a 17143 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2005-8359

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/4366/2004, de 28 de diciembre, se dictan normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 2005/2006, en las Ciudades de Ceuta y Melilla (BOE de 6 de enero de 2005), previstos en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Vistas las solicitudes de renovación de los conciertos educativos, formuladas por los centros docentes privados que se relacionan en el correspondiente Anexo, cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 24 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la renovación de los conciertos educativos suscritos por los Centros docentes privados en las Ciudades de Ceuta y Melilla, que se relacionan en el Anexo de esta Orden, según lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos. Asimismo se expresa en el correspondiente Anexo los motivos de la denegación de aquellas unidades cuya ampliación se solicita.

Segundo.-1. Los conciertos educativos que por la presente Orden se aprueban extenderán su vigencia desde el inicio del curso escolar 2005/2006 hasta la finalización del curso 2008/2009. 2. No obstante lo anterior, los conciertos educativos que por esta Orden se aprueban, lo serán para el curso 2005/2006 y por el número de unidades que se determinan en el Anexo, sin perjuicio de las modificaciones que, en su caso, proceda introducir, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos y con lo establecido en el apartado anterior. Tercero.-1. De acuerdo con el Real Decreto 696/1995, de 28 de abril, de ordenación de la educación de los alumnos con necesidades educativas especiales y la Resolución de 29 de abril de 1996, de la entonces Dirección General de Centros Educativos, los profesores de apoyo en las unidades de integración, tanto en Educación Primaria, como en Educación Secundaria Obligatoria, serán Maestros con la especialidad correspondiente de Educación Especial: de Pedagogía Terapéutica o de Audición y Lenguaje. Por tanto, las unidades de Apoyo a la Integración de Educación Secundaria Obligatoria, se financiarán de acuerdo con los módulos económicos aprobados por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria. 2. Conforme a la Orden de 22 de julio de 1999, por la que se regulan las actuaciones de compensación educativa en centros docentes sostenidos con fondos públicos y la Resolución de la Dirección General de Centros Educativos, de 30 de noviembre de 1999, sobre desarrollo de las actuaciones de compensación educativa y su financiación en Centros docentes concertados, las unidades de Apoyo a Minorías Etnicas y Socioculturales de Educación Primaria, se financiarán conforme al módulo económico aprobado en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, destinado al sostenimiento de los Centros concertados de Educación Primaria. En relación con las unidades concertadas de Apoyo a Minorías Etnicas y Socioculturales de Educación Secundaria Obligatoria, éstas se financiarán conforme al módulo económico aprobado en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, destinado al sostenimiento de Centros concertados del Segundo Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria. Cuarto.-Los Directores Provinciales notificarán a los interesados el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deban personarse para firmar el documento administrativo de formalización del concierto educativo. Entre la notificación y la firma del concierto deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas. Quinto.-1. El documento administrativo de formalización del concierto educativo será firmado por el Director Provincial del Departamento y por el titular del centro privado o persona con representación legal debidamente acreditada, antes del 15 de mayo de 2005. 2. Si el titular del centro privado, sin causa justificada, no suscribiese el documento de formalización en la fecha notificada, se entenderá decaído en su derecho. Sexto.-Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Séptimo.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 29 de abril de 2005.

SAN SEGUNDO GÓMEZ DE CADIÑANOS

Sres. Secretario general de Educación y Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

ANEXO

RENOVACIÓN CONCIERTOS EDUCATIVOS PARA EL CURSO 2005/2006

Niveles: Educación Infantil/Primaria/Educación Secundaria Obligatoria

Provincia: Ceuta

Número de código

Denominación. Domicilio. Municipio y localidad

Concierto

Educación Infantil

Unidades

Educación Primaria

Educación Secundaria Oblilgatoria

Motivos de la resolución

UU.

Apoyos

UU.

Apoyos

Integr.

Minorías étnicas

Integr.

Minorías étnicas

51000432

Beatriz de Silva. Salud Tejero, 3. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2004/2005.

6

12

0

2

8

0

1

Concertadas 2005/2006.

6

12

0

2

8

0

1

51000055

Inmaculada, La. Millán Astray, 3. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2004/2005.

0

12

0

1

8

0

0

Concertadas 2005/2006.

0 (*)

12

0

1

8

0

0

51000043

San Agustín. Méndez Núñez, 3. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2004/2005.

0

12

0

0

8

0

0

Concertadas 2005/2006.

0 (*)

12

0

0

8

0

0

51000675

San Daniel. Avda. de España, s/n. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2004/2005.

6

12

0

2

8

0

1

No procede la concesión de un Profesor de Apoyo para Educ. Infantil, toda vez que la ratio en este nivel educativo es de 1:1, por lo que no se dispone de crédito presupuestario para atender dicha petición.

Concertadas 2005/2006.

6

12

0

2

8

0

1

51000274

Santa María Micaela. Avda. Adoratrices, s/n. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2004/2005.

3

6

2

1

4

1

1

Concertadas 2005/2006.

3

6

2

1

4

1

1

51000067

Severo Ochoa. Comandante Baro Alegret, 14. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2004/2005.

3

6

0

3

4

0

2

Concertadas 2005/2006.

3

6

0

3

4

0

2

Provincia: Melilla

Número de código

Denominación. Domicilio. Municipio y localidad

Concierto

Educación Infantil

Unidades

Educación Primaria

Educación Secundaria Oblilgatoria

Motivos de la resolución

UU.

Apoyos

UU.

Apoyos

Integr.

Minorías étnicas

Integr.

Minorías étnicas

52000671

Enrique Soler. Alfonso XIII, s/n. Melilla-Melilla.

Concertadas 2004/2005.

9

24

2

3

0

0

0

No procede la concesión de un Profesor de Apoyo para Educ. Infantil, toda vez que la ratio en este nivel educativo es de 1:1, por lo que no se dispone de crédito presupuestario para atender dicha petición.

Concertadas 2005/2006.

9

24

2

3

0

0

0

52000142

La Salle-El Carmen. Plaza San Juan Bautista La Salle, 3. Melilla-Melilla.

Concertadas 2004/2005.

6

12

1

0

8

0

0

Concertadas 2005/2006.

6

12

2

0

8

0

0

52000129

Ntra. Sra. del Buen Consejo. Ctra. de Farhana, 92. Melilla-Melilla.

Concertadas 2004/2005.

6

12

0

0

8

0

0

Concertadas 2005/2006.

6

12

1

0

8

0

0

(*) Ver Orden por la que se resuelve el acceso al régimen de conciertos educativos a partir del curso 2005/2006, en las ciudades de Ceuta y Melilla.

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