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Documento BOE-A-2006-10279

Decreto 44/2006, de 27 de abril, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural «Santuario de la Bien Aparecida», en Hoz de Marrón (Ampuero).

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2006, páginas 22038 a 22039 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2006-10279

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de 13 de septiembre de 2004, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Santuario de la Bien Aparecida», en Hoz de Marrón, término municipal de Ampuero.

Mediante Acuerdo del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud del articulo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concedió la ampliación del plazo para resolver el expediente. Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar el entorno de protección del bien mencionado y, a tal efecto, insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente. En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 27 de abril de 2006, dispongo:

Artículo único.

Se delimita el entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Santuario de la Bien Aparecida», en Hoz de Marrón, término municipal de Ampuero, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 27 de abril de 2006.-El Presidente del Gobierno de Cantabria, Miguel Ángel Revilla Roiz.-El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Francisco Javier López Marcano.

ANEXO Delimitación del entorno de protección

El entorno de protección que se delimita linda al noroeste con un camino vecinal y un pequeño tramo de la carretera comarcal, al este y al oeste con un camino rural y varias fincas y praderas arboladas, situadas en el límite de la finca del santuario, al sur con una parte de la finca del propio santuario destinada a prados y al oeste con varias fincas o partes de fincas destinadas a praderas y monte bajo, atravesando nuevamente la carretera comarcal.

Justificación

La delimitación se efectúa considerando las características de los diversos edificios del santuario, las diferentes parcelas vinculadas al mismo, la relación preeminente del santuario con el paisaje y la estructura de caminos rurales. Se ha prestado especial atención a la topografía y a los aspectos visuales (relación próxima, base y fondo de perspectivas) y se ha considerado tanto la visión cercana como la que se obtiene desde la parte inferior del valle.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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