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Documento BOE-A-2006-11555

Resolución de 29 de mayo de 2006, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles S. A., de determinadas tareas para la digitalización e indexación de expedientes de archivo de licencias al personal aeronáutico.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 28 de junio de 2006, páginas 24342 a 24344 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-11555

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Acuerdo de Encomienda de Gestión por la «Dirección General de Aviación Civil a la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S.A., de determinadas tareas para continuar la digitalización e indexación de expedientes del archivo de licencias al personal aeronáutico de la Dirección General de Aviación Civil, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado, del citado acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.

Madrid, 29 de mayo de 2006.-El Director General de Aviación Civil, Manuel Bautista Pérez.

ANEXO Acuerdo de encomienda de gestión por la Dirección General de Aviación Civil a la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. de determinadas tareas para continuar la digitalización e indexación de expedientes del archivo de licencias al personal aeronáutico de la dirección general de aviación civil. Expediente número: 196/E06

En Madrid, a 23 de mayo de 2006.

REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Bautista Pérez, Director General de Aviación Civil, nombrado por Real Decreto 1091/2004 de 7 de mayo de 2004, y actuando por delegación de la Ministra de Fomento (Orden FOM/991/2006, de 3 de abril, BOE 5/04/06). Y de otra parte, D. Domingo Ferreiro Picado, actuando en su condición de Presidente de la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. (en adelante SENASA), en nombre y representación de la entidad SENASA, con CIF número A-79818423, domiciliada en Madrid (28042), Avenida de la Hispanidad n.º 12, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 838, Folio 121, Hoja n.º M-16.835.

INTERVIENEN

En la representación que ostentan de sus respectivos Organismos, en virtud de los nombramientos que legalmente les fueron conferidos, con el fin de instrumentar la Encomienda de Gestión del epígrafe.

EXPONEN

1.º Que a la Dirección General de Aviación Civil (en lo sucesivo DGAC), como Autoridad aeronáutica española, facultada para la concesión de licencias, habilitaciones, autorizaciones o certificados del personal aeronáutico profesional así como para la regulación e inspección de las enseñanzas aeronáuticas y la expedición de títulos, le compete el análisis, comprobación, verificación y la gestión de la documentación inherente a la función necesaria para realizar las citadas facultades. 2.º Que las tareas asignadas a la DGAC en materia de concesión de licencias y habilitaciones, autorizaciones o certificados del personal aeronáutico profesional hacen necesaria una gestión ágil de la documentación recogida en los expedientes individualizados del personal objeto de títulos, licencias, habilitaciones, autorizaciones o certificados. En tal sentido se necesitaría que el soporte de la citada documentación, que actualmente está en papel, estuviera en soporte electrónico. El traspaso ordenado de la citada documentación requiere unos medios informáticos y el apoyo de personal técnico especializado, medios de los que aquélla cuenta con una dotación insuficiente para abordar el trabajo previsto, en el primer caso, o de los que simplemente no dispone, en el segundo. 3.º Que la DGAC puede requerir el concurso de Organismos Técnicos competentes, para apoyo en la gestión de los programas de optimización de su proceso administrativo, tanto para la aportación temporal de medios materiales para realizar determinadas tareas como para la realización de las tareas técnicas necesarias de digitalización e indexación de documentos de soporte. 4.º Que SENASA es una sociedad mercantil de carácter estatal cuyo capital pertenece íntegramente a la Dirección General del Patrimonio del Estado, siendo una de las sociedades estatales de acuerdo a lo establecido en el artículo 166.2 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas 33/2003. Se encuentra adscrita funcionalmente al Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Aviación Civil, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del mismo. 5.º Que por razones de mayor eficacia y no disponiendo de todos los medios idóneos para el ejercicio directo de las tareas asignadas, es propósito de la DGAC encomendar al SENASA las tareas que se enumeran en la cláusula Primera de este documento, que fueron iniciadas el pasado año, con la digitalización e indexación de, aproximadamente, 400.000 documentos recogidos en los expedientes individualizados del personal objeto de títulos, licencias, habilitaciones, autorizaciones o certificados.

Y en atención a las circunstancias y fundamentos legales expuestos,

ACUERDAN

De conformidad con lo establecido en la letra l) del artículo 3.1 del TRLCAP, modificado por Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo y lo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y teniendo en cuenta los principios generales de colaboración y cooperación que deben presidir las actuaciones de las Administraciones Públicas, en orden a conseguir la mayor eficacia y la mejor utilización de los recursos de que dispone la Administración General del Estado en relación con las tareas que se enumeran en la cláusula Primera, las partes representadas aprueban el presente documento, cuyo objeto es la «Encomienda de gestión por la Dirección General de Aviación Civil a la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. de determinadas tareas para continuar la digitalización e indexación de expedientes del archivo de licencias al personal aeronáutico de la Dirección General de Aviación Civil». La Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. (SENASA), se compromete a realizar el objeto de la Encomienda a que se refiere la cláusula anterior con estricta sujeción a lo establecido en las presentes Cláusulas.

CLÁUSULAS

Primera.-Las tareas encomendadas a SENASA por la DGAC, según la presente Encomienda, serán:

La identificación de expedientes en papel, con asociación al contenido.

La preparación de los documentos individualizados para su escaneado. El escaneado de cada uno de los documentos de cada expediente. La reconstrucción de cada expediente en papel tal como estaba originalmente. La organización de los documentos escaneados en archivos informáticos estructurados, ordenados, indexados y manejables. La documentación de todas y cada una de las tareas realizadas, con referencia a fecha de realización, trabajo realizado y operador que lo realizó. SENASA deberá incorporar, para el trabajo a realizar, un escáner que complementará los medios de los que dispone la DGAC para este trabajo.

a) Descripción de los medios utilizados en el proyecto.-El proyecto se realizará con los recursos técnicos y humanos que se describen a continuación: Recursos Humanos. Jefe de proyecto: Esta función será desempeñada por un técnico, categoría 2b, cuya función principal será coordinar el proyecto desde el punto de vista técnico y de calidad del producto entregado, así como de la supervisión y control de la correcta implementación y funcionamiento de la herramienta de gestión documental instalada en la Dirección General de Aviación Civil. Se encargará de resolver las incidencias que se presenten en el proceso de digitalización y atenderá las llamadas de los operadores encargados de la digitalización.

Otra de sus funciones será la formación tanto a los usuarios de Aviación Civil, como a los operadores. Se estima que será necesaria una dedicación total de 270 horas a la tasa horaria de 65,80 euros/hora, realizadas de forma discontinua a lo largo de la duración del proyecto. Operador especializado: Será realizado por un técnico categoría 4b, y será la persona que se adscribe al proyecto a tiempo parcial, en la jornada laboral del turno de mañana, cuya función es, además de operador, la coordinación del equipo de trabajo de los operadores y la resolución de los problemas a primer nivel, antes de recurrir al jefe de proyecto. Se estima que será necesaria una dedicación total de 856 horas a la tasa horaria de 45,78 euros/hora, realizadas de forma discontinua a lo largo de la duración del proyecto. Operadores: Personas (auxiliares administrativos) que realizan directamente, bajo la supervisión del operador especializado, las diferentes tareas necesarias para la digitalización. Se estima que será necesaria una dedicación total de ocho meses, que permitirán la utilización de dos equipos de trabajo, de dos personas cada equipo, durante los ocho meses.

Recursos Técnicos.

Se utilizarán los mismos equipos de digitalización y puestos de trabajo que actualmente están destinados a la ejecución del grupo de expedientes inicial, que son: 3 escáneres, dos proporcionados por SENASA y otro de la Dirección General de Aviación Civil.

3 estaciones de trabajo PC, propiedad de la Dirección General de Aviación Civil. Sistema de gestión documental para la indexación de documentos proporcionado por SENASA según contrato con la Empresa PIXELWARE. El equipo proporcionado por SENASA será retirado una vez finalizado el proyecto.

b) Plan y metodología de trabajo.-El equipo de trabajo estará formado por cuatro operadores a tiempo completo (de los cuales uno es operador especializado en jornada de cinco horas) y un jefe de proyecto que se encargará de las tareas que hemos definido en el apartado anterior.

El procedimiento de trabajo será el siguiente:

Con el fin de no mezclar la documentación de distintos expedientes, cada operador manejará siempre un solo expediente y no iniciará el proceso en el siguiente hasta que el expediente actual no haya sido digitalizado. De esta forma aseguramos que nunca se mezclarán documentos.

Se realizará un control y un registro de cada expediente tratado en esta fase con los datos de relevancia para su control (nombre número de documentos y fecha en la que fue escaneado). Una vez realizado el proceso de digitalización, los expedientes serán de nuevo colocados en su lugar, en los archivadores que el Servicio de Licencias de Vuelo pondrá a disposición de los operadores. No se podrá ingresar un nuevo documento en un expediente que haya sido digitalizado. Por ello, se deberá establecer un control de diferenciación entre los expedientes digitalizados y los expedientes sin digitalizar.

Segunda.-Los trabajos se realizarán con el máximo cuidado y diligencia con respecto a los intereses de la Administración General del Estado y el personal de SENASA estará obligado a guardar el debido sigilo respecto de los hechos, datos e informaciones que conozca en el curso de la realización de la encomienda de gestión.

Tercera.-En ningún caso la realización de los trabajos objeto de la encomienda de gestión interferirá o menoscabará el ejercicio de las competencias que corresponden a la Administración con arreglo a la legislación de aviación civil. Cuarta.-Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Encomienda no implica cesión de titularidad de competencia alguna, correspondiendo la resolución de los recursos y reclamaciones que en su caso se interpongan al Ministerio de Fomento. Ninguna estipulación del encargo podrá interponerse en el sentido que implicare disposición, renuncia o delegación de competencia alguna de la Administración. Quinta.-La Dirección General de Aviación Civil designa a Constantino Fernández González, Jefe del Área de Informática, Director de la Encomienda. La dirección de los trabajos a desarrollar en el marco de la Encomienda corresponderá a la Dirección General de Aviación Civil a través del citado Director de la misma, entre cuyas funciones estarán las de comprobar la adecuación de los trabajos que se desarrollen a los fines de la presente Encomienda, aportar los datos de la D. General que puedan ser necesarios para la ejecución de los trabajos, y supervisar y, en su caso, aprobar los resultados de los trabajos, ya sean éstos parciales o totales. SENASA designará un titulado adscrito a la misma que, en calidad de Jefe del Proyecto, será el responsable por parte de ésta del desarrollo de los trabajos, actuando como interlocutor de la Directora de la Encomienda por parte de la Dirección General de Aviación Civil. El Jefe del Proyecto coordinará los medios humanos y materiales que por parte de SENASA se aporten para el correcto desarrollo de los trabajos previstos en el encargo. El personal que integre el equipo de trabajo por parte de SENASA estará vinculado estatutaria o laboralmente a ésta que, a todos los efectos asume con respecto al mismo el carácter legal de empresario, con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición con arreglo a la legislación vigente, sometiéndose en todo momento dicho personal a las instrucciones y órdenes de SENASA a través del Jefe del Proyecto. El personal de SENASA en ningún caso podrá depender orgánica ni funcionalmente de la Dirección General de Aviación Civil, ni recibir órdenes o instrucciones del personal de ésta. El Equipo de Trabajo aportado por SENASA al desarrollo de la Encomienda realizará sus funciones en las instalaciones/dependencias de la misma, sin perjuicio de que en algún momento, cuando las necesidades del presente acuerdo así lo exijan, puedan utilizarse otras dependencias, e incluso las de la Dirección General de Aviación Civil, si ésta lo autorizase. Sexta.-SENASA remitirá a la DGAC los correspondientes informes, relativos a los trabajos encargados y pondrá a disposición de la DGAC los expertos descritos para la realización de trabajos concretos. Séptima.-La DGAC se hará cargo de los costes derivados de las actividades encargadas a SENASA en el marco de la presente Encomienda, por importe de ciento cuarenta y tres mil ochocientos diez y ocho euros con noventa y tres céntimos (143.818,93 €), según presupuesto que se acompaña, habiéndose cumplido los trámites reglamentarios para asegurar la existencia de crédito para el pago del precio convenido, que se efectuará mediante presentación de facturas por SENASA, para su abono. Octava.-La duración de la Encomienda será de 8 meses, y en todo caso hasta el 31 de diciembre de 2006. Novena.-Todos los gastos derivados de la aplicación y ejecución de la presente Encomienda, sin excepción alguna, serán a cargo de ENSEÑANZAS AERONÁUTICAS CIVILES, S.A., sin perjuicio de lo previsto en la cláusula décima. Décima.-Con carácter general Senasa facturará mensualmente los servicios efectivamente realizados. El pago se efectuará previa certificación de la conformidad a los mismos expedida por la directora de la Encomienda designada por la Dirección General de Aviación Civil. En el último mes de ejecución del encargo podrá facturarse por un periodo inferior al mensual, facturándose a la terminación del plazo de ejecución la liquidación resultante. Decimoprimera.-La presente Encomienda es de naturaleza jurídico-administrativa de las previstas en el artículo 3, apartado l), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, modificado por el artículo trigésimo cuarto 34 del Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de Reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública, y se regirá por sus propios términos y condiciones, aplicándose subsidiariamente los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, citado, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las dudas y controversias que puedan surgir en la interpretación y aplicación de esta encomienda serán resueltas con carácter ejecutivo por el Ministerio de Fomento.

Por la Dirección General de Aviación Civil, el Director General, Manuel Bautista Pérez.-Por La Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S.A., el Presidente de SENASA, Domingo Ferreiro Picado.

PRESUPUESTO

El presupuesto total correspondiente a esta Encomienda es de ciento cuarenta y tres mil ochocientos diez y ocho euros con noventa y tres céntimos de euro.

Categoría

Tarifa

Responsable de proyecto

Operador especializado

Operadores

Personas

Horas

Personas

Horas

Personas

Meses

2b . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

65,80

1

270

17.766,00

4b . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

45,78

1

856

39.187,68

Aux. Admin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2.792,84

1

8

22.342,72

Aux. Admin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2.792,84

1

8

22.342,72

Aux. Admin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2.792,84

1

8

22.342,72

Subtotal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

123.981,84

IVA(16%) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

19.837,09

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

143.818,93

Por la Dirección General de Aviación Civil, El Director General, Manuel Bautista Pérez.-Por la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S.A., El Presidente, Domingo Ferreiro Picado.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/05/2006
  • Fecha de publicación: 28/06/2006
Materias
  • Archivos
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  • Informática
  • Navegación aérea
  • Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles

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