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Documento BOE-A-2006-12144

Resolución CLT/954/2006, de 17 de marzo, del Departamento de Cultura, por la que se incoa el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de La Igualadina Cotonera, en Igualada (Anoia) y de delimitación de su entorno de protección, y se abre un período de información pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 5 de julio de 2006, páginas 25320 a 25320 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2006-12144

TEXTO ORIGINAL

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural de 19 de diciembre de 2006, favorable a la incoación de expediente de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, de La Igualadina Cotonera, en Igualada, y a la delimitación de un entorno de protección; Considerando los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico a favor de La Igualadina Cotonera, en Igualada, y de delimitación de su entorno de protección. Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente.

2. Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Igualada y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo de la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización ha de ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución. 3. Abrir un período de información pública de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el DOGC, el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Barcelona, calle Muntaner, 221, 08036 Barcelona. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el mencionado expediente. 4. Comunicar la presente Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

5. Seguir la tramitación del expediente según las disposiciones vigentes.

Barcelona, 17 de marzo de 2006.-La Consejera de Cultura, Caterina Mieras i Barceló.

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