Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-14070

Resolución de 21 de julio de 2006, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del acuerdo de encomienda de gestión entre la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y la empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A., para la regulación jurídico-registral e informe urbanístico del área comprendida entre la avenida de Portugal, número 81, y la calle Sisebuto.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 2 de agosto de 2006, páginas 28963 a 28964 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2006-14070

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente y la Directora General de la empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A. (IMPROASA), suscribieron el 11 de abril de 2006, un Acuerdo de encomienda de gestión para la regulación jurídico-registral e informe urbanístico del área comprendida entre la avenida de Portugal, número 81, y la calle Sisebuto.

Para general conocimiento se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 21 de julio de 2006.-El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

ANEXO Acuerdo de encomienda de gestión entre la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y la empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A (IMPROASA), dependiente el Ministerio de Hacienda

En Madrid, 22 de mayo de 2006.

REUNIDOS

De una parte, la señora doña Concepción Toquero Plaza, Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente, en virtud de nombramiento por Real Decreto 718/2004, de 19 de abril.

De otra parte, la señora doña Concesa Mateos Corchero, Directora General de la Empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A. (IMPROASA), en virtud de escritura de poder otorgada el 3 de julio de 2003 ante doña Isabel Griffo Navarro, Notaria del Ilustre Colegio de Madrid, con el número 2.195 de su protocolo y doña Mercedes Baldellóu Bonillo, en nombre y representación de la indicada sociedad en virtud de escritura de poder otorgada ante la misma Notaria el 18 de febrero de 2003 con el número 566 de su protocolo. Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Acuerdo y, en su virtud,

EXPONEN

Primero.-La Subsecretaria del Ministerio Medio Ambiente ejerce la representación ordinaria del Ministerio y las funciones atribuidas en el artículo 15 de la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En particular, el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de Ministerio de Medio Ambiente, recoge entre otras, el desempeño de las siguientes funciones:

La gestión del régimen interior y de los servicios generales, la gestión, conservación y mantenimiento de los recursos materiales; el mantenimiento ordinario de los edificios y la elaboración y actualización del inventario de bienes inmuebles.

La programación y ejecución de la política patrimonial del departamento, incluyendo el proyecto, control y seguimiento de las obras de construcción, reparación y reforma de los edificios, y la elaboración y actualización de bienes inmuebles.

Segundo.-IMPROASA actúa dentro del ámbito de su objeto social, recogido en sus vigentes Estatutos Sociales.

La empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A. es una sociedad cuyo capital detenta al 100 % como único accionista la Dirección General del Patrimonio del Estado, dependiente del Ministerio de Hacienda. Dicha empresa cuenta con una amplia experiencia en el estudio, tasación y regularización técnico-jurídica de activos inmobiliarios de todo tipo, además de haber participado en la actualización del Inventario de Bienes Inmuebles del Estado. IMPROASA viene colaborando, siempre exclusivamente, con entidades estatales de carácter público, como la Entidad Pública Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), Organismo Parques Nacionales, Radio Televisión Española, Instituto Nacional de Estadística, la Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR), Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de la Seguridad del Estado (GIESE), Instituto de Salud Carlos III, UNED, Oficina Española de Patentes y Marcas, etc., realizando la tasación de inmuebles, informes urbanísticos, asistencia técnica y regularización jurídico-registral de toda índole en inmuebles. Tercero.-La Subsecretaria de Medio Ambiente carece de los medios técnicos idóneos para desarrollar los trabajos que se pretenden acometer. Teniendo en cuenta lo anterior y por razones de eficacia se ha considerado oportuno encargar su realización a IMPROASA, que dispone de equipos con una alta cualificación e independencia para llevar a cabo dichos trabajos. La Subsecretaria de Medio Ambiente es el órgano de la Administración competente en la materia objeto del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión. Dicho Acuerdo no supone la cesión de la competencia ni de sus elementos sustantivos, por lo que los actos y resoluciones jurídicas serán dictados por la Secretaría de Medio Ambiente, a tenor de las atribuciones que le confiere la normativa vigente. IMPROASA está facultada para suscribir este Acuerdo de Encomienda de Gestión al tratarse de encargo enmarcado en su objeto social. Y, en atención a las circunstancias y fundamentos expuestos, acuerdan:

De conformidad con lo establecido en la letra l) del artículo del 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP), modificado por Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, y lo previsto en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta los principios generales de colaboración y cooperación que deben residir las actuaciones de las Administraciones Públicas, en orden a conseguir la mayor eficacia y la mejor utilización de los recursos de que dispone la Administración General del Estado en relación con las tareas que se enumeran en el anexo I, las partes representadas aprueban el presente documento, cuyo objeto es suscribir un acuerdo de encomienda de gestión por la Subsecretaría de Medio Ambiente a IMPROASA.

Por lo expuesto, ambas partes deciden suscribir el presente Acuerdo, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y destino.-El presente Acuerdo entre la Subsecretaria de Medio Ambiente y la Entidad Pública IMPROASA, tiene por objeto encomendar a esta Entidad los trabajos de asistencia técnica para la regularización jurídico-registral completa, de suelo y vuelo, del área comprendida entre la avenida de Portugal, número 81, y la calle Sisebuto, número 4, y por tanto de los edificios y naves utilizados por el Ministerio de Medio Ambiente, y el estudio urbanístico completo del referido ámbito.

Segunda. Justificación de los trabajos.-El área comprendida entre la avenida de Portugal, número 81, y la calle Sisebuto, es propiedad del Estado español. Sus distintos edificios y naves están ocupados por dependencias, organismos y empresas públicas de los Ministerios de Fomento y Medio Ambiente. La convivencia de los diferentes Organismos y Ministerios hacen necesaria la regularización de la referida área. Se trata de agrupar las nuevas fincas inscritas en una y la finca resultante segregarla en seis fincas adaptadas a la situación física y urbanística actual. Para ejecutar tal agregación y segregación, el Registro de la Propiedad exige la obtención de licencias municipales que autoricen las operaciones registrales. Tercera. Definición de los trabajos.-Los trabajos a desarrollar en el ámbito del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión se enmarcan dentro del desarrollo y ejecución de las actividades definidas por la Subdirección General de Régimen Interior y Patrimonio, dependiente de la Subsecretaria. El detalle de los trabajos concretos a realizar se encuentra recogido en el anejo I del presente Acuerdo. Cuarta Obligaciones de la entidad.-La entidad pública empresarial IMPROASA se obliga por el presente Acuerdo a cumplir la encomienda de gestión de acuerdo con las instrucciones de la Subsecretaria de Medio Ambiente. Quinta. Vigencia.-El presente Acuerdo de Encomienda de Gestión entrará en vigor al día siguiente al de su firma, concluyendo su plazo de ejecución el 31 de diciembre de 2006. Dentro de este plazo se realizarán todos los trámites con el Registro de la Propiedad, la Gerencia de Urbanismo del excelentísimo Ayuntamiento de Madrid y con el Colegio de Arquitectos. Sexta. Importe y forma de pago.-El Importe de los trabajos se fija en la cantidad de cuatro mil ochocientos veintiséis euros (4.826,00 €), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 227.06. La distribución de los pagos se realizará en base a las siguientes actuaciones:

Estudio urbanístico: 1.160,00 euros.

Regularización registral: 3.666,00 euros.

En este precio se incluye la parte a satisfacer por el Ministerio de Medio Ambiente, del proyecto de agrupación y segregación y las tasas municipales a satisfacer por la expedición de los mismos, así como el informe urbanístico de todo el ámbito.

Séptima. Seguimiento y dirección de las actuaciones.-El personal técnico de la Subdirección General de Régimen Interior y Patrimonio examinará las actuaciones realizadas y, una vez mostrada conformidad con las mismas, se procederá al abono de la cantidad citada en la cláusula sexta. Octava. Naturaleza del Acuerdo de Encomienda de Gestión.-El presente acuerdo de encomienda de gestión, tiene la naturaleza de las previstas en el artículo 3.1 apartado l) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, modificado por el artículo 34 del Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de Reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública y se regirá por sus propios términos y condiciones, aplicándose subsidiariamente los principios del Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas citado, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Este acuerdo no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda. Novena. Modificación y extinción del Acuerdo de Encomienda de Gestión.-El presente Acuerdo podrá modificarse por mutuo acuerdo cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción. Asimismo, podrá extinguirse por las siguientes causas:

Cumplimiento del presente Acuerdo de encomienda de Gestión.

Cumplimiento del plazo de vigencia, o, en su caso, su prórroga. Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento. Por mutuo acuerdo.

Décima. Interpretación del Acuerdo de Encomienda de Gestión.-Las controversias sobre la interpretación u ejecución del presente Acuerdo deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

ANEJO I Trabajos concretos a realizar

Los trabajos a realizar por el adjudicatario en el ámbito de la presente asistencia técnica serán los siguientes: a) Realización de proyecto técnico de agregación y desagregación, visado por el Colegio de Arquitectos, de la situación actual de las fincas.

b) Presentación y obtención de licencias municipales expedidas por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid. c) Solicitud y obtención ante la citada Gerencia de Urbanismo de los certificados de obra inmemorial de las distintas naves y edificios enclavados en el ámbito a regularizar. d) Solicitud ante el Catastro y obtención de las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas de las parcelas catastrales afectadas por el ámbito de regularización. e) Descripción técnica de los edificios y naves a declarar en el Registro de la Propiedad y de las parcelas a agrupar y a segregar. f) Elaboración de los borradores de actas, certificaciones y documentos tendentes a modificar la titularidad de la finca registral cuya titularidad actual es el Consejo de Administración de Canalización del Manzanares. g) Obtención de licencia y demás documentación técnica y administrativa para realizar las operaciones de agregación de las fincas inscritas en una y la finca resultante segregarla en seis fincas adaptadas a la situación física y urbanística actual. h) Elaboración de documentación para efectuar sobre las parcelas registrales que correspondan la declaración de obra nueva de las naves y edificios utilizados por el Ministerio de Medio Ambiente. i) Seguimiento del expediente administrativo relativo a las operaciones registrales a efectuar, que habrá que tramitarse ante la Subdirección General del Patrimonio del Estado. j) Presentación ante el Registro de la Propiedad de los documentos anteriores para la inscripción material del cambio de titularidad, agrupación, segregación y declaración de obra nueva de los edificios y naves ocupados por el Ministerio de Medio Ambiente y, seguimiento del expediente. k) Estudio urbanístico del ámbito a regularizar.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/07/2006
  • Fecha de publicación: 02/08/2006
Materias
  • Edificaciones
  • Empresas públicas
  • Encomienda de gestión
  • Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente
  • Urbanismo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid