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Documento BOE-A-2006-15071

Orden ECI/2697/2006, de 2 de agosto, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 23 de agosto de 2006, páginas 30975 a 30975 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-15071

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Juan Antonio Rubio Rodríguez, solicitando la inscripción de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por el Ministerio de Educación y Ciencia y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en Madrid, el 28 de julio de 2006, según consta en la escritura pública número mil setecientos cuarenta y uno, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Aristónico García Sánchez. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Ponferrada (León), sede del CIEMAT, Edificio de Servicios del Campus Universitario de Ponferrada y, su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: a) Promover la investigación y el desarrollo tecnológico en materia energética. b) Potenciar los estudios ambientales relacionados con la energía y desarrollar y aplicar técnicas de recuperación medioambiental. c) Potenciar vías para la formación de investigadores y técnicos en materia energética. d) Creación, desarrollo y posterior gestión del Museo Nacional de la Energía. e) El desarrollo social y económico de la Comarca de El Bierzo. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidenta: doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, por razón de su cargo de Ministra de Educación y Ciencia; Vicepresidente: don José Montilla Aguilera, por razón de su cargo de Ministro de Industria, Turismo y Comercio; Vocales: don Juan Antonio Rubio Rodríguez, por razón de su cargo de Director General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas; don Antonio Joaquín Fernández Segura, por razón de su cargo de Secretario General de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y don Francisco Marcellán Español, por razón de su cargo de Secretario General de Política Científica y Tecnológica del Ministerio de Educación y Ciencia.

En la escritura de constitución y mediante comparecencia realizada al efecto en el Registro de Fundaciones consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, de ámbito estatal, con domicilio en Ponferrada (León), sede del CIEMAT, Edificio de Servicios del Campus Universitario de Ponferrada, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 2 de agosto de 2006.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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