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Documento BOE-A-2006-190

Resolución de 16 de diciembre de 2005, del Banco de España, por la que se acuerda dar publicidad a las sanciones de amonestación pública impuestas a Quisqueyana Iberia, S.A., a don Ernesto Elías Armenteros y a don Jorge Olivar Méndez, por la comisión de infracciones graves, tipificadas en el artícu- lo 7.3.II, letra b), del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2006, páginas 811 a 811 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2006-190

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 30 de enero de 2004, el Consejo de Gobierno del Banco de España, dictó Resolución resolviendo el expediente de referencia, lE/CM-2/2003, incoado por acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 7 de febrero de 2003, a Quisqueyana Iberia, S.A., a D. Ernesto Elías Armenteros y a D. Jorge Olivar Méndez, y habiendo adquirido firmeza en vía administrativa, al haber sido desestimado, por Resolución Ministerial de 1 de septiembre de 2004, el recurso de alzada interpuesto, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (BOE del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones por infracciones graves impuestas en dicha Resolución, que dispuso, entre otras, las siguientes:

«Primero.-Imponer a Quisqueyana Iberia, S.A., las siguientes sanciones, previstas en los artículos 10 y 11 de la Ley 26/1988, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, conforme a la redacción vigente al momento de la realización de los hechos: Una sanción de amonestación pública, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.11, letra b), del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, consistente en el incumplimiento de las obligaciones de documentación y registro de operaciones.

Una sanción de amonestación pública, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.11, letra b), del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, consistente en el incumplimiento de las obligaciones relativas a operaciones de transferencia de importe superior a 3.005,06 euros.

Segundo.-Imponer a D. Ernesto Elías Armenteros las siguientes sanciones, previstas en el artículo 13 de la Ley 26/1988, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito. Una sanción de amonestación pública, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.11, letra b), del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, consistente en el incumplimiento de las obligaciones de documentación y registro de operaciones.

Una sanción de amonestación pública, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.11, letra b), del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, consistente en el incumplimiento de las obligaciones relativas a operaciones de transferencia de importe superior a 3.005,06 euros.

Tercero.-Imponer a D. Jorge Olivar Méndez las siguientes sanciones, previstas en el artículo 13 de la Ley 26/1988, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito. Una sanción de amonestación pública, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.11, letra b), del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, consistente en el incumplimiento de las obligaciones de documentación y registro de operaciones.

Una sanción de amonestación pública, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.11, letra b), del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, consistente en el incumplimiento de las obligaciones relativas a operaciones de transferencia de importe superior a 3.005,06 euros.»

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 16 de diciembre de 2005.-El Secretario General, José Antonio Alepuz Sánchez.

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