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Documento BOE-A-2006-19807

Resolución de 20 de octubre de 2006, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, para la utilización de las instalaciones de la residencia escolar Carmen de Burgos, de Almería, en el programa de integración Aulas de la Naturaleza.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 14 de noviembre de 2006, páginas 39873 a 39874 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-19807

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, para la utilización de las instalaciones de la residencia escolar Carmen de Burgos, de Almería, en el programa de integración Aulas de la Naturaleza, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 20 de octubre de 2006.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, PARA LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE LA RESIDENCIA ESCOLAR CARMEN DE BURGOS, DE ALMERÍA, EN EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN AULAS DE LA NATURALEZA

REUNIDOS

De una parte, Doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra, Dña. Cándida Martínez López, Consejera de Educación de la Junta de Andalucía, en la representación que ostenta en virtud del Decreto 12/2004 de 24 de abril. Ambas, con capacidad legal suficiente para otorgar el presente Convenio de Colaboración,

MANIFIESTAN

Primero.-Que el artículo 149.1.30 de la Constitución Española establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Segundo.-Que el Estatuto de Autonomía de Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre dispone en su artículo 19 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado I del artículo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.I.30 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía. Tercero.-Durante los últimos años, el Ministerio de Educación y Ciencia ha venido organizando, en colaboración con las Comunidades Autónomas, y dentro de los Programas de Cooperación Territorial, el denominado «Aulas de la Naturaleza». Cuarto.-El mencionado Programa está dirigido a alumnos con necesidades educativas específicas, de edades comprendidas entre 10 y 16 años, y de régimen ordinario de enseñanza escolarizados en los niveles de 5.º y 6.º de Primaria y 1.º de E.S.O. que son seleccionados, de acuerdo con lo establecido en la Orden anual de convocatoria de estas ayudas, atendiendo fundamentalmente a criterios que priman la adjudicación a alumnos con situaciones familiares de desprotección desde el punto de vista socioeconómico. Entre los objetivos del Programa se encuentra el fomento de la integración educativa y los valores de tolerancia, respeto, compresión y colaboración, así como el conocimiento y aprecio de la riqueza cultural de España por parte de los alumnos participantes. Que el entorno e instalaciones de la Residencia «Carmen de Burgos», dependiente de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ofrecen unas adecuadas condiciones para la realización de las actividades de estas Aulas de la Naturaleza. Es intención de ambas partes la suscripción de un Convenio de colaboración que propicie la consecución de estos objetivos y establezca los mecanismos para hacer efectiva la estancia de los alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones para la utilización de las instalaciones de la Residencia «Carmen de Burgos», que se citan en este Convenio, dentro de las actividades del Programa de Integración Aulas de la Naturaleza, durante el período comprendido entre el 1 y el 12 de julio de 2006.

Segunda. Obligaciones de las partes.-Corresponde a la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

1. La cesión, para la utilización por los alumnos y alumnas del Programa, de las instalaciones siguientes: 1.1 Pabellones para dormitorios y aseos del alumnado, así como de sus monitores o monitoras.

1.2 Comedor. 1.3 Aulas educativas, instalaciones deportivas y cualquier espacio común que pueda resultar de interés para la realización de las actividades del Programa.

2. La organización y prestación de los siguientes servicios, financiados por el Ministerio de Educación y Ciencia (cláusula Tercera) y derivados de la estancia de los participantes en el Programa en el período comprendido entre el 1 y el 12 de julio de 2006:

2.1 Alojamiento. Cambio de ropa de cama sujeto a la periodicidad que requiera el caso.

2.2 Manutención, consistente en dieta que incluya desayuno, comida, merienda y cena. 2.3 Limpieza diaria de habitaciones, baños y aseos. 2.4 Servicio de lavandería para ropa de uso personal, una vez por turno. 2.5 Mantenimiento de las instalaciones durante la estancia de los participantes en el Programa. 2.6 Prestar la asistencia necesaria para garantizar el bienestar de los participantes.

Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia:

1. La selección de un máximo de 90 alumnos, para el período mencionado.

2. La organización de las actividades educativas de los alumnos participantes. 3. El material pedagógico y el soporte necesario para la realización de las actividades que se programen. 4. El equipo de personal encargado de llevar a cabo las actividades. 5. La supervisión de las actividades que se desarrollen en el Programa. 6. La inclusión en los Seguros de Accidentes y de Responsabilidad Civil, para todos los participantes en el Programa, incluyéndose en este apartado la reparación de los daños materiales que pudieran producirse en las instalaciones.

Tercera. Financiación.

1. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, corresponde asimismo al Ministerio de Educación y Ciencia la financiación del Programa «Aulas de la Naturaleza» durante el período especificado en la Cláusula Primera del presente Convenio de Colaboración, tanto en lo referente a la organización y coordinación de las actividades educativas, como en lo que respecta a los gastos de alojamiento, manutención y el resto de los servicios necesarios para la estancia de los alumnos participantes y que se especifican en la cláusula segunda.

2. El importe máximo del presente Convenio de Colaboración asciende a la cantidad de veintidós mil cincuenta y un euros (22.051,00 €) con cargo al crédito 18.11.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, y se abonará, mediante libramiento «en firme», a la Consejería de Educación, que actuará como entidad colaboradora de esta subvención de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente sobre subvenciones públicas, debiendo justificar que la cantidad recibida se ha destinado al cumplimiento de los compromisos adquiridos y relacionados en la cláusula 2.ª del presente Convenio, para que los alumnos y alumnas, beneficiarios últimos de esta subvención, realicen la actividad en las condiciones convenidas.

Cuarta. Vigencia.-El presente Convenio de Colaboración extenderá su vigencia durante el año 2006, pudiendo ser renovado, con carácter expreso, mediante documento al efecto.

Quinta. Régimen Jurídico.-Las controversias que pudieran suscitarse en la aplicación del presente Convenio de Colaboración, se someterán, para su solución, a la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En prueba de conformidad, se firma el presente convenio, por triplicado ejemplar, en Madrid, a seis de junio de dos mil seis.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Consejería de Educación, Cándida Martínez López.

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