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Documento BOE-A-2006-20099

Resolución de 25 de octubre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Eliminación de la contaminación química del embalse de Flix (Tarragona)».

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 17 de noviembre de 2006, páginas 40516 a 40524 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-20099

TEXTO ORIGINAL

La presente resolución se adopta de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

1. Objeto, localización y justificación del proyecto. Promotor y Órgano sustantivo.-La actuación proyectada se localiza en los términos municipales de Flix y Campedró (Tarragona). El proyecto tiene como objeto la eliminación de los sedimentos contaminados existentes en el interior del embalse de Flix, procedentes de la actividad industrial situada en su margen derecha, los cuales presentan cantidades significativas de compuestos organoclorados, metales pesados y elementos radioactivos, y cuya movilización puede dar lugar a la contaminación de las aguas y de los ecosistemas presentes aguas abajo de la presa de Flix, donde existen importantes captaciones de agua potable para la población y la agricultura.

El proyecto se enmarca dentro de la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, concretamente dentro del anexo IV «Actuaciones prioritarias y urgentes», en el apartado 4d.-«Eliminación de la contaminación química del embalse de Flix». El promotor del proyecto es la Sociedad Estatal de Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. (ACUAMED) y el Órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Ebro. 2. Tramitación de evaluación de impacto ambiental.-El proyecto se encuentra comprendido en el apartado a) del grupo 8 del anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental. La tramitación se inició el 25 de noviembre de 2004, al recibirse la memoria-resumen. Con fecha de 26 de noviembre de 2004, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inicia el periodo de consultas previas. El resultado de las contestaciones a las consultas se remite al promotor el 10 de febrero de 2005 y en posteriores traslados. La Confederación Hidrográfica del Ebro sometió conjuntamente el proyecto y su estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, número 28, de 2 de febrero de 2006 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona, número 29, de 4 de febrero de 2006. Con fecha de 19 de julio de 2006, la Confederación Hidrográfica del Ebro remite a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, que comprende el proyecto informativo, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública. 3. Descripción del proyecto.

3.1 Antecedentes.-La empresa Ercros Industrial S.A. inició en 1.900 en el municipio de Flix su actividad industrial de producción de cloro y sosa, introduciéndose, posteriormente, la tecnología del mercurio. Los residuos industriales eran vertidos al río Ebro, como medio sedimentario natural, los cuales eran transportados aguas abajo de la industria. Como consecuencia de la modificación de la dinámica fluvial por la construcción de las presas de Flix, Mequinenza y Ribarroja, los vertidos procedentes de la industria comenzaron a sedimentarse en el lecho del embalse de Flix hasta mediados de los años 90, momento en que se realizó el último relleno de naturaleza arcillosa para aislar los residuos.

Para la ejecución del proyecto se constituyó una Comisión de Seguimiento del Embalse de Flix, integrada por los siguientes organismos: Confederación Hidrográfica del Ebro, la Secretaria General para el Territorio y la Biodiversidad, Ayuntamiento de Flix, Agencia Catalana del Agua, Dirección General de Calidad Ambiental de la Generalitat de Cataluña, Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, ENRESA, CSIC, CEPIDE (Consorcio para la Protección Integral del Delta del Ebro) y ACUAMED. Además han asistido en calidad de invitados: Consorcio de Aguas de Tarragona, Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Generalitat de Cataluña, Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña, Consejo de Seguridad Nuclear, ERCROS, Universidad Politécnica de Cataluña y Reserva Natural de Sebes. La función de dicha Comisión es proponer cuantas medidas estime oportunas de corrección de la contaminación y de control y seguimiento de calidad de las aguas, de acuerdo con las consideraciones realizadas por la Comisión Técnica del Embalse de Flix. 3.2 Descripción del proyecto.-La descripción del proyecto que se expresa en este apartado se corresponde con la Alternativa ex situ, finalmente seleccionada tras el proceso de evaluación, la cual presenta el siguiente diagrama:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

Se construirá un muro de tablestacas, de 1.397 m de longitud, que permita aislar los sedimentos contaminados del caudal fluyente del río Ebro. Este muro será eliminado una vez finalizadas las obras.

Se realizará un dragado de aproximadamente 760.000 m3 de sedimentos, mediante una draga ecológica por succión de 250 m3/h de capacidad. El proyecto contempla la colocación de cortinas de cierre o flotantes, con objeto de mantener confinada el área de trabajo y reducir la movilidad de los contaminantes. Los residuos extraídos, serán transportados hasta la planta de tratamiento, clasificados por granulometría y posteriormente secados. Una vez secados, y en función de su nivel de contaminación, los sedimentos serán transportados a vertedero directamente o bien, tratados mediante desorción térmica y, en caso necesario, mediante un segundo tratamiento de oxidación, para la eliminación de los compuestos orgánicos, o inertización, consistente en la estabilización, microencapsulación y solidificación, para aquellos materiales que presenten un alto contenido en metales pesados. Los sedimentos, una vez tratados, tendrán la clasificación de no peligrosos, y se transportarán al vertedero de clase II del Racó de la Pubilla mediante una cinta transportadora elevada en recinto cerrado, de 6.553 m de longitud y de 250 t/h de capacidad. La ampliación del actual vertedero incluye un depósito controlado para un volumen de residuos de 800.000 m3, dividido en celdas independientes de 120 × 240 × 21 m. El vertedero contará con la impermeabilización de su zona basal mediante diferentes capas de arcilla y láminas impermeabilizadas de acuerdo a lo establecido para este tipo de depósitos controlados. Asimismo, incluirá una red de captación y gestión de los posibles lixiviados. El proyecto incluye la instalación de una EDAR, para el tratamiento del agua que haya estado en contacto con los materiales extraídos, mediante técnicas de floculación, precipitación, sedimentación y absorción en filtros de arena y carbón activo, previamente a su vertido al área confinada del río Ebro. Se protegerá la margen derecha del embalse, donde se asienta la industria química, mediante la construcción de un muro litoral de 1.229 m de longitud, el cual contará con una protección de escollera, que impida la subsidencia del suelo y la transferencia de aguas subterráneas cuando se hayan retirado los residuos del embalse. El proyecto incluye un Plan de Emergencia para el abastecimiento de los municipios situados aguas abajo del embalse de Flix, en caso de episodios de contaminación, consistente en la perforación de pozos hasta el acuífero inferior del subálveo del Ebro en las proximidades de la estación de impulsión de Campredó, para la extracción de un caudal de 1,5 m3/s.

4. Factores ambientales relevantes del entorno del proyecto.-La actuación proyectada se localiza en los términos municipales de Flix y Campredó (Tarragona), pertenecientes a las comarcas de Ribera del Ebro y Bajo Ebro, respectivamente. El embalse de Flix se encuentra situado en el río Ebro, aguas abajo de los embalses de Mequinenza y Ribarroja, presenta una capacidad de 11 hm3 y su principal uso es hidroeléctrico, sin aportar regulación a la cuenca. Los residuos contaminados se localizan en el interior del embalse, concretamente en la margen derecha del mismo junto a la industria química.

La margen izquierda del embalse de Flix se caracteriza por la presencia de un Espacio de Interés Natural de Cataluña (PEIN) «Ribera de l'Ebre a Flix» y Reserva Natural de Fauna Salvaje de Sebes y Meandro de Flix, Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES5140010 «Ribera de l'Ebre a Flix-Illes de l'Ebre». La zona de actuación es fronteriza con dicho LIC. Dentro de la zona de actuación o muy próximos a ella se localizan los siguientes Hábitats Naturales de Interés Comunitario, recogidos en la Directiva 92/43/CEE:

Hábitat 3150 «Potamion pectinati». La superficie de dicho Hábitat excede a la del propio LIC y parte del mismo se encuentra localizado dentro de la zona de actuación.

6431 «Arundini-Convolvuletum sepium»: La superficie de dicho Hábitat excede a la del propio LIC y se localiza en las proximidades de la zona de actuación. 92A0 «Vinco-Populetum albae». La superficie de dicho Hábitat coincide con la del propio LIC.

La Reserva Natural de Fauna Salvaje de Sebes se caracteriza por la presencia de vegetación muy ligada al medio acuático, donde destaca una extensa superficie de carrizal (Phragmites australis), con una menor representación de bosque de galería, compuesto por álamos (Populus alba), sauces (Salix sp.), alisos (Alnus glutinosa) y tarays (Tamarix sp.). La vegetación acuática principal pertenece a la clase potamogetea.

La vegetación en el ámbito terrestre es un mosaico de pinar (Pinus halepensis) y matorral mezclados con terrenos de cultivo, fundamentalmente olivar y cultivos de secano, en los fondos de valle. El sotobosque está formado por madroño (Arbutus unedo), enebro (Juniperus phoenica), coscoja (Quercus coccifera), romero (Rosmarinus officinalis), brezo (Erica multiflora) y lentisco (Pistacia lentiscus). Dentro de la fauna presente en el entorno del embalse, destaca la avifauna formada por Aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), Garza imperial (Ardea purpurea), Garza real (Ardea cinerea) y Martinete (Nycticorax nictycorax), así como la Cigüeña blanca (Ciconia ciconia) especie introducida en el área de actuación. Entre la fauna ligada al medio fluvial destaca el Fraile (Salaria fluviatilis), Anguila (Anguilla anguilla), Bermejuela (Condrostoma arcassi), Bagre (Squalius cephalus) y Colmilleja (Cobitis paludica), así como la Rata de agua (Arvicola sapidus) y la Nutria (Lutra lutra). Por último, los invertebrados presentes en el embalse de Flix son la Náyade alargada de l'Ebre (Unio elongatulus ssp.), Náyade anodonta (Anodonta cygnea) y Náyade rodona meridional (Psilunio littoralis umbonatus). En la zona de actuación, también se encuentra presente la especie invasora Mejillón cebra (Dreissena polymorpha). 5. Tratamiento del análisis de las alternativas.-El estudio de impacto ambiental contempla tres alternativas para la eliminación de la contaminación química del embalse de Flix, todas las alternativas incluyen la implantación de un muro de separación dentro del embalse para el confinamiento de los sedimentos contaminados. Las alternativas plantedas son las siguientes:

Alternativa 0: No actuación.-Consiste en confiar a la remediación natural el proceso de recuperación de los residuos, dado que la ejecución del recinto abrigado permite disponer de un tiempo indeterminado para lograr esa recuperación de los residuos separados del río. En esta alternativa se evitará el vertido de las aguas residuales depuradas y refrigeradas de la industria existente y se garantizará la permanencia del muro de cierre del recinto.

Alternativa in situ: Encapsulado in situ.-Consiste en el recubrimiento de la pila de vertidos mediante una serie de capas equivalentes al sellado superior de un vertedero de clase II y, superponiendo a dicho recubrimiento, una escollera capaz de resistir los arrastres que se puedan producir por las crecidas del río. Esta alternativa incluye el drenaje de agua y gases por succión bajo la capa de recubrimiento y la aceleración de la consolidación de la masa de vertidos facilitando la expulsión del agua mediante una tupida red de mechas verticales absorbentes. Las aguas y gases extraídos serán tratados en la estación depuradora. Alternativa ex situ: Dragado del material contaminado, tratamiento del mismo y transporte a vertedero.-Consiste en la extracción del material contaminado contenido en el recinto mediante dragado por succión, el cual será trasladado a una planta de cribado, secado y tratamiento, para posteriormente ser transportado a un vertedero de clase II, el cual será sellado de forma adecuada. Esta alternativa incluye la instalación de una EDAR, para el tratamiento del agua que haya estado en contacto con los materiales extraídos, previamente a su vertido, ajustándose a los límites concesionales establecidos por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

El análisis ambiental de las alternativas propuestas es el siguiente:

En la situación actual, Alternativa 0, existe un riesgo de afección sobre la población y los ecosistemas como consecuencia de la contaminación de las aguas por la movilización de los sedimentos existentes en el embalse de Flix. Por tanto, la ejecución de la actuación supone un impacto positivo desde el punto de vista ambiental y socioeconómico.

Los riesgos en la creación del recinto de trabajo, los vertidos de la planta de tratamiento y un eventual fallo en el sistema de extracción y confinamiento, son comunes a las alternativas in situ y ex situ. En el caso de la Alternativa ex situ, el riesgo de contaminación futura por fallos en el sistema se elimina al extraerse los sedimentos contaminantes de la masa de agua del embalse y trasladarse a vertedero, mientras que la Alternativa in situ, los residuos son aislados y protegidos, pero se mantienen en el interior del embalse, por lo que existe un cierto riesgo de movilización de los mismos. Por otro lado, la Alternativa ex situ, que se desarrolla en un territorio más amplio, lleva asociado los posibles impactos derivados de la ampliación del vertedero existente y el transporte hasta el mismo de los residuos. Esta solución puede producir mayores emisiones de gases volátiles procedentes de los lodos. Respecto a la vegetación, ambas soluciones producen la misma afección sobre el hábitat no prioritario 3150, si bien el confinamiento de la Alternativa in situ disminuye la superficie que puede regenerarse de este hábitat. La solución ex situ, por el contrario, afecta a formaciones vegetales de pinar, olivar y cultivos herbáceos por la disposición de la cinta y la ampliación del vertedero del Racó de la Pubilla. La alternativa ambientalmente más adecuada, finalmente seleccionada por la Comisión de Seguimiento, de acuerdo con las indicaciones y sugerencias realizadas por la Comisión Técnica, es la Alternativa ex situ, ya que sin representar un riesgo superior durante la fase de obras, reduce en mayor medida el nivel de contaminación y aísla los residuos existentes en el embalse de Flix en una ubicación más favorable para su control, alejada de la irregularidad hidrológica del río Ebro. 6. Fase de consultas previas.-En la tabla adjunta se han recogido los 82 organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la memoria-resumen:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad

X

Confederación Hidrográfica del Ebro

-

Consejo de Seguridad Nuclear

X

Delegación del Gobierno en Cataluña

-

Subdelegación del Gobierno en Tarragona

-

Diputación Provincial de Tarragona

X

Secretaría General de Energía

-

Dirección General de Política Energética y Minas. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

X

Dirección General de Calidad Ambiental. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Dirección General de Medio Natural. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

X

Agencia Catalana del Agua. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Departamento de Control de la Agencia Catalana del Agua. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial. Departamento de Trabajo e Industria de la Generalitat de Cataluña

-

Dirección General de Patrimonio Cultural. Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña

X

Administración, Promoción y Gestión, S.A. (ADIGSA). Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Servicio Territorial de ADIGSA en Tarragona

-

Agencia de Residuos de Cataluña. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Centro para la Empresa y el Medio Ambiente. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Delegación del Gobierno en Tierras del Ebro

-

Delegación Tierras del Ebro

-

Aguas Ter-Llobregat

-

Forestal Catalana, S.A. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Centro de la Propiedad Forestal. Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña

-

Observatorio del Ebro. Consejo Superior de Investigaciones Científicas

-

Centro de Estudios Avanzados de Blanes (CEAB)

-

Instituto Botánico de Barcelona

-

Centro mediterráneo de Investigaciones Marinas y Ambientales (CMIMA)

-

Instituto de Ciencias de la Tierra «Jaula Almera»

-

Instituto de Investigaciones Químicas y Ambientales de Barcelona «Joseph Pascual Vila»

-

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT)

-

Comisión Nacional de la Energía

-

Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX)

X

Empresa Nacional de Residuos Radioactivos, S.A. (ENRESA)

-

Instituto Geológico y Minero de España

X

Instituto Geográfico Nacional (IGN)

X

Consejo Superior de Ingenieros de Minas

-

Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Minas

-

Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales

-

Colegio y Asociaciones de Ingenieros Industriales de Cataluña

-

Colegio Oficial de Geólogos

-

Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos de España

-

Colegio de Químicos de Cataluña

-

Sadin Inversiones. Chalet de los Geólogos

-

Consorcio para la Protección Integral del Delta del Ebro (CPIDE)

-

Consorcio de Aguas de Tarragona

X

Consejo Comarcal Ribera del Ebro

-

Sociedad Española para la Defensa del Patrimonio Geológico y Minero. ETS de Ingenieros de Minas

X

Ayuntamiento de Flix

-

Ayuntamiento de Ascó

X

Ayuntamiento de Riba-Roja de Ebro

-

Ayuntamiento de García

-

Instituto de la Ingeniería de España

-

ENUSA Industrias Avanzadas, S.A.

-

Repsol, YPF

-

Ercros Industrial, S.A.

X

Asociación Nacional de Químicos de España (ANQUE)

-

Cátedra de Ecología. Facultad de Ciencias Biológicas. UAM

-

Departamento de Ecología. Facultad de Biología

-

Facultad de Biología. Universidad Autónoma de Barcelona

-

Facultad de Geología. Universidad Autónoma de Barcelona

-

Facultad de Ciencias. Universidad Autónoma de Barcelona

-

Departamento de Geoquímica, Petrología y Prospección Geológica. Universidad Autónoma de Barcelona

-

Instituto de Ciencia y Tecnología Ambientales (CTA)

-

Centro de Investigación Ecológica y de Aplicaciones Forestales (CREAF)

-

Facultad de Geología. Universidad de Barcelona

-

Facultad de Químicas. Universidad de Barcelona

-

Departamento de Ciencias Ambientales. Facultad de Ciencias. Universidad de Gerona

-

Departamento de Medio Ambiente y Ciencias del Suelo. Universidad de Lérida

-

Departamento de Ingeniería Agroforestal. Universidad de Lérida

-

Instituto de Ecología Acuática. Universidad de Gerona

-

Sociedad Internacional para la Restauración Ecológica

-

ADENA

-

Ecologistas en Acción

-

Greenpeace

-

S.E.O.

-

Amigos de la Tierra

-

ADENC

-

DEPANA

-

Grupo de Estudios y protección de los Ecosistemas del Campo

-

Grupo Ecologista La Carraca y La Rabosa

-

Asociación Española de Evaluación Ambiental

X

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

La Dirección General para la Biodiversidad, la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña y el CEDEX señalan que la movilización de los sedimentos contaminados y la modificación de la dinámica fluvial por la construcción del muro deflector pueden producir la afección sobre el espacio protegido LIC «Ribera de l'Ebre a Flix-llles de l'Ebre», los hábitats recogidos en la Directiva 92/43/CEE presentes en la zona de actuación y la fauna ligada al medio acuático.

La Dirección General de Política Energética y Minas señala que se deberán respetar los caudales necesarios para los usos existentes aguas abajo de la presa de Flix, entre ellos, los caudales de refrigeración de la Central Nuclear de Ascó. El Consejo de Seguridad Nuclear considera que en caso de extracción de los sedimentos contaminados, se deberá tener en cuenta el impacto radiológico de los residuos en su lugar de almacenamiento, realizando un análisis de seguridad radiológica completo, que garantice la gestión adecuada de este lugar de almacenamiento y la protección radiológica del público y del medio ambiente a largo plazo. La Dirección General para la Biodiversidad, la Dirección General de Costas y el Consorcio de Aguas de Tarragona consideran necesario el establecimiento de un plan de emergencia para la salud pública, en caso de que se produzca la movilización de los residuos contaminados a la cuenca fluvial, el cual debe incluir alternativas para el abastecimiento de la población. La Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña considera imprescindible la realización de una prospección superficial de la zona de actuación, con objeto de determinar la posible afección del proyecto sobre el patrimonio cultural. 7. Principales alegaciones durante el periodo de información pública.-Durante el proceso de información pública se han presentado cuatro alegaciones correspondientes al Ayuntamiento de Flix, Federación de Ecologistas en Acción de Cataluña, Grupo de Natura Freixe y Club Náutico de Flix. El resultado del proceso de participación es el siguiente:

El Ayuntamiento de Flix y el Grupo de Natura Freixe señalan que la movilización de los contaminantes y la modificación del funcionamiento hidrológico pueden afectar al conjunto del embalse de Flix y, por tanto, a la Reserva Natural de Sebes, espacio sensible a cualquier alteración y propuesto como LIC «Ribera de l'Ebre a Flix-Illes de l'Ebre», debido a que las condiciones en que se formaron el carrizal de Sebes y su bosque de ribera no se dan actualmente. Las posibles afecciones sobre el citado espacio protegido son las siguientes: En dicho espacio existen hábitats de interés comunitario, como es el caso del 91E0 Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior y de los herbazales inundables, formados por especies de interés como Scutellaria galericulata, Berula erecta, Oenanthe lacheneli y Bromus racemosus, cuya recuperación se está consiguiendo gracias a la gestión mediante el pastoreo con caballos de la Camarga. Una variación en el régimen de inundaciones del embalse podría poner en peligro la supervivencia de las especies presentes en los citados herbazales, al ser sustituidas por otras distintas.

La construcción del muro de tablestacas no contempla el impacto sobre la población de ardeidas, especialmente sobre la colonia de cría de Garza imperial (Ardea purpurea), próxima al mismo. Asimismo, el proyecto deberá planificar la ejecución de las obras, principalmente, fuera de la época de cría y nidificación del Aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), así como del resto de especies de avifauna presentes. El recinto de actuación delimitado por el muro de tablestacas, será foco de atracción para aves ictiófagas, como el Cormorán grande (Phalacrocorax carbo), por tanto, se deberán establecer las medidas necesarias para evitar su utilización como posadero, así como deberán retirar los ejemplares de fauna piscícola retenidos dentro del muro de tablestacas. En relación con el depósito de residuos previsto en el Racó de la Pubilla, se deberá considerar su posible ubicación sobre un acuífero que desemboca en la ValI de Sant Joan, y que puede alcanzar a la Reserva Natural de Sebes. El Ayuntamiento de Flix y el Grupo de Natura Freixe solicitan el establecimiento de las medidas de restauración sobre las zonas de la Reserva Natural de Sebes afectadas por las obras de extracción de los residuos y sobre del camino de acceso más próximo al río, al ser este tramo el más sensible al efecto de la erosión, de la zona donde se extraerán los residuos, de acuerdo con los criterios de restauración de ambientes naturales, sin dejar escolleras de fuerte pendiente a la vista, perfilando el talud y revegetando con especies autóctonas, así como el control de la calidad del agua y aire durante fase de construcción en la zona de actuación y su entorno. El Ayuntamiento de Flix solicita la construcción de una captación nueva de agua potable que garantice un correcto abastecimiento de la población, debido a la proximidad de las obras con la captación de agua de la planta potabilizadora que abastece a Flix. Las consideraciones realizadas durante el periodo de información pública han sido contempladas por el promotor y se recogen en el apartado 9. Integración del proceso de evaluación. 8. Resultado de la participación de las Administraciones Públicas afectadas con responsabilidades ambientales.-Con fecha 16 de junio de 2006, el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña remite a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental un informe ambiental sobre el proyecto de referencia, donde se recogen las siguientes consideraciones realizadas por distintos organismos de la Generalitat de Cataluña:

La Agencia de Residuos de Cataluña señala que el proyecto deberá incluir información específica sobre los residuos y procesos de tratamiento de los mismos, estudio geológico de ubicación, justificación de las condiciones técnicas de impermeabilización, drenaje y sellado y procedimientos de mantenimiento y control durante el periodo postclausura del vertedero proyectado.

La Agencia Catalana del Agua considera el sistema de tratamiento y el confinamiento de los residuos como correcto, siempre y cuando se minimice el riesgo de afección a las aguas superficiales y subterráneas evitando la remoción y la turbulencia de los materiales. Establece los parámetros a analizar, sus valores máximos y las condiciones de control para las aguas residuales generadas por la planta de tratamiento de aguas procedentes de la deshidratación de los residuos. En situaciones normales, estas aguas deberán ser vertidas dentro del recinto de tablestacas y reutilizadas en el transporte de los residuos hasta la planta de tratamiento, de tal forma que se minimice el aporte de agua exterior. Además señala que la inmisión del vertido en el medio receptor debe de cumplir con los objetivos de calidad recogidos en el Plan Hidrológico de cuenca y en el Real Decreto 995/2000. Asimismo, la balsa de lixiviados deberá de mantener una capacidad libre del 20% con el objeto de disponer de volumen suficiente para absorber las precipitaciones que puedan producirse, y que los lixiviados deberán de ser tratadas por un gestor autorizado. La Dirección General de Calidad Ambiental considera necesario que se describan los focos de emisión de contaminantes a la atmósfera y su concentración, realizar un estudio de dispersión de los mismos, describir la extracción de gases y tratamiento de gases de la planta de tratamiento y del vertedero, así como establecer un sistema de seguimiento y medición en continuo de las emisiones durante los trabajos de descontaminación. La Dirección General del Medio Natural propone una serie de medidas preventivas y correctoras para la protección de las siguientes especies amenazadas:

Avifauna.-Recomienda evitar las obras durante la época de nidificación de la especies nidificantes, entre marzo y julio, siendo la especie potencialmente más sensible el Aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), ya que aunque la zona de actuación no coincide con la situación del nido, si lo hace con la de campeo y alimentación potencial. Considera que los efectos directos sobre las especies invernantes serán menores, abarcando el periodo desde la segunda quincena de octubre hasta febrero.

Considera necesario establecer medidas para evitar la atracción de las aves piscívoras a la zona de trabajo separada por el muro de tablestacas, como puede ser el caso del Cormorán grande (Phalacrocorax carbo), ya que éstos pueden contaminarse ellos mismos e incluso dispersar peces u otros materiales a otras zonas del río. Además, propone evaluar de forma continua la efectividad de las medidas disuasorias propuestas y complementarlas con otras del tipo de ahuyentamiento pasivo o activo y el recubrimiento de la zona para evitar que se paren aves para alimentarse. Náyades.-Señala que la especie Margaritifera auricularia no está presente en la zona del embalse de Flix y, por lo tanto, no se verá afectada directamente por la obra. Aún así, se deberá evitar la reducción del caudal del río y la movilización de elementos contaminantes aguas abajo de la zona de actuación con objeto de no afectar a la reproducción de dicha especie. Se deberá realizar una prospección para determinar la presencia y distribución actual de las náyades Anodonta cygnea, PsiIunio littoralis y Unio elongatulus en la zona de actuación y su entorno. En caso de presencia de estas especies, se informará a la Dirección General del Medio Natural, para que ésta decida la ubicación de los ejemplares. Mejillón cebra.-Considera adecuadas las medidas propuestas para evitar la propagación del Mejillón cebra (Dreissena polymorpha) a otras zonas del río Ebro, para ello todos los utensilios que sean utilizados en la tarea de limpieza del embalse de Flix, y que accedan o bien se trasladen al exterior de la zona afectada, tendrán que someterse a un proceso de desinfección y limpieza con el objetivo de eliminar todos los restos de individuos adultos, larvas y otros elementos que puedan haber quedado adheridos. La desinfección debe realizarse de manera mecánica con agua caliente a presión a una temperatura superior a 60° C. Es importante gestionar de manera correcta los residuos y el agua de limpieza con el fin de evitar la expansión de esta especie. Nutria.-La nutria es muy sensible a los contaminantes químicos presentes en las aguas, especialmente a los metales pesados y los compuestos orgarnoclorados, ya que afectan a su reproducción, desarrollo y esperanza de vida. Por tanto, se deberá evitar la movilización de los contaminantes en el agua y se que incorporen al ciclo del río Ebro, así como la destrucción física de las orillas y de la vegetación de ribera actual.

Con fecha 25 de mayo de 2006, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicita al Consejo de Seguridad Nuclear un informe sobre el impacto radiológico del proyecto. Con fecha 9 de agosto de 2006, el Consejo de Seguridad Nuclear remite dicho informe, en el que considera adecuado el análisis, que se realiza en el estudio de impacto ambiental, del impacto radiológico del proyecto. No obstante, estima necesario el cumplimiento de las siguientes condiciones:

Incorporación de la medida de la radioactividad a los controles de la calidad del agua y del aire, de la balsa de lixiviados y de los ecosistemas acuáticos, con objeto de evaluar la necesidad de parar los trabajos en caso de detección de niveles de contaminación peligrosos.

Integración de la medida de radiactividad en el Plan de Emergencia como elemento de detección de eventuales situaciones anómalas. Estimación de la dosis radiológica a los trabajadores durante la ejecución de las obras. Para la estimación de la dosis se tendrán en cuenta el contenido de radiactividad en los residuos, las tareas a realizar y los factores de ocupación. En función de la dosis estimada se analizará la conveniencia de incorporar medidas de protección específicas.

Con fecha 8 de agosto, el promotor remite un escrito a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental en el que señala que contempla las consideraciones realizadas por los distintos organismos catalanes, las cuales se recogen en el siguiente apartado de Integración del proceso de evaluación. Asimismo, asume que el Proyecto de Construcción incluirá todas las condiciones propuestas en el informe del Consejo de Seguridad Nuclear.

9. Integración del proceso de evaluación.-Analizados todos los integrantes del proceso de evaluación ambiental, para lo que se ha tenido en cuenta el estudio de impacto ambiental redactado con los criterios y valoraciones expresadas por el promotor y las alegaciones realizadas durante la consulta pública, se determinan a continuación los elementos claves del proceso:

9.1 Impactos sobre la atmósfera.-El efecto más relevante sobre la atmósfera es la posible volatilización de los compuestos volátiles derivados de la remoción de los lodos durante el dragado y las emisiones procedentes de la planta de tratamiento, ya que la desorción térmica finaliza con la emisión gaseosa. Dichos compuestos volátiles no se generan en el proceso sino que ya se encuentran presentes en los residuos existentes. El proyecto contempla el dragado de los lodos mediante una draga de succión de forma que los volátiles son aspirados por una tubería cerrada y transportados hasta la planta de tratamiento, donde serán sometidos a un tratamiento de filtros, consistente la eliminación de finos, oxidación térmica, scrubber y depuración mediante filtro de carbón activo, antes de su emisión. Asimismo, en el vertedero se incluye la instalación de un sistema de recogida y tratamiento de los gases que puedan generarse en su interior, consistente en el tratamiento de los mismos mediante una capa de filtro de carbón activo, minimizando así las posibles emisiones a la atmósfera.

9.2 Impactos sobre la hidrología.-Durante el fase de ejecución del proyecto se producirá una reducción del volumen embalsado, como consecuencia de la creación del recinto de trabajo, sin embargo el promotor señala que no se modificará el caudal circulante, de forma que se garantizarán los caudales necesarios para la correcta refrigeración de la central nuclear de Ascó y para el funcionamiento de la central hidroeléctrica de Flix. Durante la fase de ejecución, la afección más significativa sobre la hidrología se podría derivar de la posible movilización de los contaminantes durante su extracción, lo cual supondría una reducción de la calidad de las aguas superficiales. El promotor contempla la construcción de un recinto abrigado por un muro de tablestacas para el confinamiento de los residuos contaminados, la utilización de cortinas flotantes en la zona de extracción que reduce notablemente el riesgo de arrastres de contaminantes, así como la draga ecológica de succión que prácticamente garantiza la no remoción de los sólidos extraídos. El sistema de protección se completa con un sistema de control de calidad de las aguas en el interior y exterior del recinto, de forma que en caso de detectarse niveles inaceptables, se paralice la extracción. De acuerdo con las indicaciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro y de la Agencia Catalana del Agua, el promotor contempla que, en situaciones normales, las aguas procedentes de la deshidratación de los residuos serán vertidas dentro del recinto de tablestacas. En situaciones de emergencia, dichas aguas podrán verterse en el exterior del mismo, previo tratamiento en la EDAR proyectada, siempre y cuando cumplan los objetivos de calidad exigidos. Desde el punto de vista de la hidrología subterránea, a pesar de no existir acuíferos de entidad, la impermeabilización de la margen derecha del embalse para la construcción del muro de estabilización, puede dificultar el flujo actual de agua subterránea desde el subsuelo de la industria hacia el embalse, elevando el nivel freático en el entorno inmediato y modificando el flujo local hacia aguas abajo del Meandro de Flix. Por ello, el proyecto prevé el drenaje de la margen derecha del embalse, rebajando el nivel freático hasta los niveles actuales y conduciendo el agua captada hasta la estación depuradora, para su tratamiento previamente a su vertido. Respecto a la posible localización del vertedero del Racó de la Pubilla sobre un acuífero, el promotor indica que, de acuerdo a los estudios hidrogeológicos realizados, el vertedero no se sitúa sobre ningún acuífero y no se prevé ninguna afección por movilización de los residuos en relación con la cantidad de agua circulante por los cauces. Además, señala que el diseño del vertedero prevé la disposición de una doble capa de drenaje inferior, bajo la barrera impermeable, y un incremento del espesor de la cubierta. En este sentido, los residuos son previamente tratados para reducir su contaminación hasta un nivel que permitan ser considerados como no peligrosos y que sean susceptibles de depósito en un vertedero de clase II. 9.3 Impactos sobre los espacios protegidos.-La ejecución de la actuación proyectada puede producir un efecto negativo sobre la fauna y vegetación asociada a la Reserva Natural de Fauna Salvaje de Sebes y Meandro de Flix, espacio natural de interés propuesto como del LIC «Ribera de l'Ebre a Flix-Illes de l'Ebre», principalmente por la modificación de la dinámica fluvial y por la posible movilización de contaminantes. La existencia de un recinto abrigado en la margen derecha del embalse durante la fase de obras puede favorecer la modificación de la dinámica fluvial, favoreciendo, en caso de avenidas, un incremento del riesgo de erosión en la margen izquierda y modificando el régimen de inundabilidad, afectando, principalmente, a los herbazales inundables existentes en la Reserva Natural. En este sentido, el promotor señala que los herbazales se encuentran aguas arriba de la zona de ubicación de los residuos y que las actuaciones proyectadas no repercutirán sobre el sistema de pastoreo de la Reserva Natural ni conducirán a la alteración de la forma de explotación ordinaria del embalse, que es la que condiciona, fundamentalmente, el régimen de inundaciones. No obstante, el promotor contempla en el Proyecto de Construcción la realización de un estudio de los niveles de inundación y del seguimiento de sus efectos sobre la vegetación en la Reserva Natural para la situación actual y futura, así como la correcta coordinación con los organismos responsables de la explotación de los embalses y de Reserva Natural de Sebes. Respecto al posible incremento de los procesos erosivos en la margen izquierda del embalse, el promotor indica que el área potencialmente afectada se trata de una zona de reducido valor ambiental dentro de la Reserva Natural, aún así el proyecto prevé la protección del camino de acceso a la misma, así como un seguimiento de los procesos erosivos en el resto de la Reserva Natural, con objeto de implementar alguna actuación adicional en caso necesario. Una vez finalizadas las obras, se reducirá el riesgo de erosión sobre la margen izquierda frente a la situación actual. En el caso de la posible afección del proyecto sobre hábitats incluidos en la Directiva 92/43/CEE, el promotor señala que el hábitat prioritario 91E0 «Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior» no se localiza en la en la zona de actuación de acuerdo con los inventarios de los organismos consultados y, que la presencia de alisos (Alnus glutinosa) en la Reserva Natural de Sebes queda fuera de la zona de actuación, aproximadamente a 1,5 km del extremo oeste de la industria química, por lo que no prevé afección sobre los mismos. Asimismo, el proyecto prevé efectos temporales sobre el hábitat 3150, presente en la zona donde se asientan los residuos y formado por la vegetación acuática Potamion pectinatis, los cuales se consideran poco significativos debido a su alta capacidad de regeneración una vez finalizadas las obras. 9.4 Impactos sobre la vegetación.-La principal afección de la actuación proyectada se producirá por la eliminación de la cubierta vegetal, principalmente cultivos herbáceos y matorral más o menos degradado, en el trazado de la cinta transportadora, en la ampliación del vertedero del Racó de la Pubilla y en la zona de ocupación de los residuos. Como medidas de protección sobre la vegetación, el proyecto contempla el jalonamiento de la vegetación de natural de interés, el trazado de la cinta transportadora paralela a la carretera C-12, evitando la fragmentación de zonas arboladas, así como un proyecto de restauración ambiental que incluye la adecuación morfológica de los terrenos afectados por las obras y la revegetación de los mismos con las siguientes especies:

Zona próxima al embalse: Árboles: chopos, sauces, alisos, olmos, fresnos y tarays.

Arbustos: sauces, zarzamora y madreselva. Herbáceas: carrizo, enea y masiega.

Zona alejada del embalse:

Árboles: pino carrasco, encina, enebro y quejigo.

Arbustos: coscoja, madreselva, romero, aulaga, retama y tomillo.

9.5 Impactos sobre la fauna.-Durante la fase de construcción se podrían producir molestias sobre la fauna como consecuencia de la ejecución del muro de tablestacas y de la extracción de los residuos contaminados, las cuales tendrán un carácter temporal, y consistirán en la alteración de sus hábitats y la modificación del comportamiento de las especies presentes.

La construcción del muro de tablestacas puede producir el desplazamiento de las especies de avifauna existentes en la zona de actuación, principalmente, Garza imperial (Ardea purpurea) y Aguilucho lagunero (Circus aeruginosus). El promotor considera el impacto como compatible, ya que las actuaciones se concentran en la zona de acumulación de los residuos, junto a la industria química, la cual presenta un elevado nivel sonoro las 24 horas del día, y al existir una distancia entre el muro de tablestacas y las zonas de nidificación de la Garza imperial y Aguilucho lagunero de 220 m y 500 m, respectivamente. Asimismo, el proyecto contempla un calendario de ejecución de las obras, en coordinación con los técnicos de la Reserva Natural, con objeto de evitar la afección sobre la avifauna durante la época de cría y nidificación, procurando que la construcción del muro de tablestacas coincida durante el estiaje y que se comience a realizar por aquellos puntos más alejados de la Reserva Natural. La zona de aguas estancadas de poca profundidad delimitada por el muro de tablestacas, será foco de atracción para aves ictiófagas, como el Cormorán grande (Phalacrocorax carbo), los cuales pueden contaminarse ellos mismos e incluso dispersar peces u otros materiales contaminados a otras zonas del río. El proyecto contempla la disposición de elementos puntiagudos sobre el muro de tablestacas, en densidad suficiente, para disuadir a las aves de su utilización como posadero. Asimismo, se retirará la fauna piscícola confinada dentro del recinto de actuación. El promotor no prevé afecciones sobre la Nutria (Lutra lutra), ya que el proyecto evita la movilización de los residuos al exterior del recinto de trabajo y la destrucción de las riberas fluviales que pudieran ser hábitat potencial de esta especie. El proyecto recoge que, con anterioridad al inicio de las labores de extracción de los residuos, se realizará una prospección del fondo del embalse, en el límite exterior del muro de tablestacas, de modo que se confirme la no existencia de poblaciones de náyades y Margaritifera auricularia. En caso que la prospección arrojara resultados positivos, los ejemplares o colonias existentes se extraerán y transportarán a otras zonas del embalse, aguas arriba de la zona de actuación. Estas labores se realizarán en coordinación con la Dirección General del Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña. Para evitar la dispersión de especies invasoras, como es el caso del Mejillón cebra (Dreissena polymorpha), se llevarán a cabo labores de limpieza de la maquinaria y elementos que accedan al embalse, de acuerdo con las normas de navegación en el embalse de Flix, establecidas por la Confederación Hidrográfica del Ebro. El promotor señala que la disposición de la cinta transportadora no supondrá un efecto barrera al estar esta diseñada de forma elevada sobre pórticos, a una altura media de 3 m. 9.6 Impactos sobre el patrimonio cultural.-El promotor señala que ninguno de los yacimientos inventariados en la zona de actuación es afectado por las actuaciones proyectadas, así como tampoco son afectadas las vías pecuarias al no existir ninguna en el término municipal de Flix. El único elemento existente en la zona de actuación es un antiguo azud, sumergido en el interior del embalse y cubierto parcialmente por los residuos contaminados. El muro para confinar dichos residuos deberá cruzar el azud en algún punto, pero dadas las características del mismo, proyectado por tablestacas, el promotor considera que no se producirá ninguna afección significativa. Asimismo, el proyecto contempla la realización de una prospección arqueológica y un seguimiento arqueológico de las obras en coordinación con la Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña, con objeto de garantizar la conservación del patrimonio cultural de la zona de actuación. 9.7 Impactos sobre el medio socioeconómico.-La principal afección que se podría producir sobre la población, se derivaría del riesgo de contaminación de las aguas del río Ebro, desde la presa de Flix hasta su desembocadura, por la movilización de los contaminantes durante la ejecución de las obras. En este sentido, el riesgo radiológico para la salud es inferior al riesgo por movilización de metales pesados y organoclorados, al provenir de la concentración diversas sustancias, principalmente la fosforita. El apatito (fosforita) se ha introducido recientemente en el proceso como materia prima para producir fosfato bicálcico. Este apatito contiene un cierto porcentaje de radionucleidos, que durante el proceso se concentran el vertido. El proyecto incluye la creación de un recinto cerrado para el confinamiento de los contaminantes, así como un control de la exposición radiológica de los trabajadores durante las obras y el diseño de una capa de cobertura para los residuos de carácter radiactivo en el vertedero proyectado. La actuación, una vez finalizada, tendrá un impacto positivo al eliminar el riesgo de contaminación de las aguas, por la extracción de los residuos contaminados y su depósito en un vertedero controlado, además dicha actuación no supone una modificación del sistema de explotación del embalse, por lo que no se prevén afecciones en el uso del recurso. El proyecto contempla un Plan de Emergencia para el abastecimiento de los municipios situados aguas abajo del embalse de Flix, en caso de episodios de contaminación, consistente en la perforación de pozos hasta el acuífero inferior del subálveo del Ebro en las proximidades de la estación de impulsión de Campredó, para la extracción de un caudal de 1,5 m3/s. En el caso del municipio de Flix, el proyecto prevé suplementar el actual abastecimiento con un sistema de detección de la contaminación. El Plan de Emergencia incluye un protocolo de avisos para los municipios situados aguas abajo del embalse de Flix. En el siguiente cuadro se identifica los principales impactos y las medidas correctoras previstas:

Impactos previstos

Medidas correctoras principales

Afección sobre el LIC «Ribera de l'Ebre a Flix-Illes de l'Ebre» y la vegetación y fauna asociada a este espacio.

Protección del camino de acceso a la Reserva Natural.

Ejecución de un proyecto de restauración ambiental.

Establecimiento de un calendario de obras.

Retirada de los peces confinados en el recinto.

Disposición de elementos que disuadan a las aves.

Determinación de las poblaciones de náyades.

Se evitará la dispersión de especies invasoras.

Afección sobre la calidad de las aguas.

Confinamiento de los residuos contaminados.

Extracción de los residuos mediante draga ecológica de succión.

Empleo de cortinas flotantes.

Afección sobre el medio socioeconómico.

Establecimiento de un Plan de Emergencia.

Afección sobre la atmósfera por la posible liberación de compuestos volátiles.

Dragado de los lodos mediante una draga ecológica de succión.

Tratamiento de los volátiles.

Afección sobre el patrimonio cultural.

Realización de una prospección arqueológica y un seguimiento arqueológico de las obras.

10. Condiciones de protección ambiental específicas.-Se establecen los siguientes condicionantes con el fin de garantizar la protección de la población y los ecosistemas:

Medidas correctoras destinadas a evitar la afección sobre el LIC «Ribera de l'Ebre a Flix-Illes de l'Ebre» y la vegetación y fauna asociada a este espacio: Se protegerá el camino de acceso a la Reserva Natural y se realizará un seguimiento, tanto de la erosión como de los niveles de inundación, en la margen izquierda del embalse.

Se jalonará la vegetación de natural de interés. Se ejecutará un proyecto de restauración ambiental que incluye la adecuación morfológica de los terrenos afectados por las obras y la revegetación de los mismos con especies autóctonas. Se establecerá un calendario de obra con objeto de evitar afecciones durante el periodo de cría y nidificación de la avifauna existente en coordinación con el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña. Se retirarán los peces que hayan quedado confinados en el interior del muro de tablestacas. Se dispondrán elementos puntiagudos sobre el muro de tablestacas para disuadir a las aves de su utilización como posadero. Se realizará una prospección del fondo del embalse y, en caso de la existencia de poblaciones de náyades, éstas serán extraídas y transportadas aguas arriba de la zona de actuación. Se llevarán a cabo labores de limpieza de la maquinaria y elementos que accedan al embalse, para evitar la dispersión de especies invasoras, como es el caso del Mejillón cebra.

Medidas correctoras destinadas a evitar o minimizar la afección sobre la calidad de las aguas:

Se construirá un recinto abrigado por un muro de tablestacas para el confinamiento de los residuos contaminados.

Se utilizará un sistema de extracción mediante una draga ecológica de succión. Se emplearán cortinas flotantes en la zona de extracción para reducir el riesgo de arrastres de contaminantes.

Medidas correctoras destinadas a evitar o minimizar la afección sobre el medio socioeconómico:

Se establecerá un Plan de Emergencia para el abastecimiento de los municipios situados aguas abajo del embalse de Flix, en caso de episodios de contaminación.

Con objeto de garantizar el suministro de agua potable al municipio de Flix durante la ejecución del proyecto, se dispondrá de una toma de agua provisional para el abastecimiento de Flix, aguas arriba de la actual toma, que una vez terminada la obra será eliminada, de acuerdo con las indicaciones realizadas por la Confederación Hidrográfica del Ebro y por el Ayuntamiento de Flix.

Medidas correctoras destinadas a evitar o minimizar la afección la atmósfera por la posible liberación de compuestos volátiles:

Dragado de los lodos mediante una draga ecológica de succión, de modo que los volátiles son aspirados por una tubería cerrada y transportados hasta la planta de tratamiento.

Los volátiles son sometidos a un tratamiento de filtros, consistente en la eliminación de finos, oxidación térmica, scrubber y depuración mediante filtro de carbón activo, antes de su emisión.

Medidas correctoras destinadas a evitar o minimizar la afección sobre el patrimonio cultural:

Realización de una prospección arqueológica y un seguimiento arqueológico de las obras en coordinación con la Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña.

Además, el Consejo de Seguridad Nuclear ha establecido las siguientes prescripciones:

Situación actual: Realización de medidas de radiactividad en ecosistemas acuáticos, ya que no se ha realizado ninguna determinación de radioactividad en estos ecosistemas.

Ejecución de las obras:

Estimación de las modificaciones que puede experimentar este contenido como consecuencia de las etapas de tratamiento previstas, considerando la posible concentración de los radionucleidos al finalizar el proceso.

Incorporación de la medida de radiactividad al control de la calidad del agua y del aire, con objeto de evaluar la necesidad de parar los trabajos en el caso de detección de niveles de contaminación peligrosos. Integración de la medida de radiactividad en el Plan de emergencia como elemento de detección de eventuales situaciones anómalas. La determinación de los niveles de actividad que den lugar a las distintas actuaciones podrá realizarse en la fase de construcción. Estimación de la dosis a los trabajadores durante la ejecución de las obras. Para la estimación de la dosis se tendrán en cuenta el contenido de radiactividad en los residuos, las tareas a realizar y los factores de ocupación. En función de las dosis estimadas se analizará la conveniencia de incorporar medidas de protección específicas.

Situación final:

Incorporación del parámetro radiológico al control de la balsa de lixiviados y justificar que el riesgo asociado a la contaminación de los acuíferos por lixiviados del vertedero no es significativo.

Estimación de la dosis a los trabajadores en esta fase. Para la estimación de la dosis se tendrán en cuenta el contenido de radiactividad en los residuos, las tareas a realizar y los factores de ocupación. En función de las dosis estimadas se analizara la conveniencia de incorporar medidas de protección específicas. La estimación de dosis debería tener en cuenta las diferentes actuaciones: descarga de los residuos, acondicionado del vertedero y colocación de la capa de cobertura.

11. Seguimiento y vigilancia.-El Proyecto de Construcción incorporará un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental; así como un seguimiento de las comunidades vegetales más significativas de la Reserva Natural de Sebes para determinar la posible afección por la construcción del muro de tablestacas. El programa incluirá propuesta de nuevas medidas correctoras si se observa que los impactos son superiores a los previstos o insuficientes las medidas correctoras inicialmente propuestas.

El programa de vigilancia ambiental desarrollará la totalidad de los controles propuestos por el estudio de impacto ambiental y en la información complementaria. El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA. De los resultados del programa de vigilancia ambiental se emitirán informes que quedarán a disposición de las autoridades competentes que lo soliciten y se inferirá en su caso, la necesidad de completar las medidas mitigadoras mencionadas y la totalidad de las recogidas en el estudio de impacto ambiental e información complementaria. 12. Conclusión.-En consecuencia, teniendo en cuenta la valoración realizada por el promotor en el estudio de impacto ambiental del proyecto objeto de declaración de impacto ambiental, las respuestas a las consultas previas realizadas, las alegaciones presentadas durante el periodo de información pública y el resto de documentación adicional habida en el proceso de evaluación; la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 24 de octubre de 2006, formula la declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Eliminación de la contaminación química del embalse de Flix (Tarragona)», concluyendo que la Alternativa ex situ es la alternativa más adecuada ambientalmente, ya que reduce el riesgo de contaminación de las aguas frente a la situación actual, permitiendo confinar los residuos contaminados en un vertedero controlado, con los controles y medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor y las medidas aceptadas por éste, así como las condiciones establecidas en el punto 10. Con la realización de este proyecto se da solución a la persistencia durante un siglo de residuos contaminantes en los sedimentos existentes en el cauce del río Ebro a su paso por la localidad de Flix.

Lo que se hace público de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Ebro para su incorporación en el proceso de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 18 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 25 de octubre de 2006.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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