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Documento BOE-A-2006-20426

Resolución de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Junta de Castilla y León, por la que se declara bien de interés cultural con categoría de conjunto etnológico, a la localidad de «La Cuenca», en el municipio de Golmayo (Soria).

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 2006, páginas 41181 a 41181 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2006-20426

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 19 de octubre de 2006, acuerda declarar la localidad de «La Cuenca» en el municipio de Golmayo (Soria), como Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Etnológico. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 9 de noviembre de 2006.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO Acuerdo 153/2006, de 19 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la localidad de La Cuenca, en el municipio de Golmayo (Soria), como bien de interés cultural, con categoría de conjunto etnológico

Se trata de un núcleo representativo de una zona de transición entre los modelos de asentamiento del sistema Ibérico y el Valle del Duero, caracterizado por construcciones típicas de una zona serrana de gran altitud, en las que destaca la denominada chimenea cónica pinariega como elemento significativo. Constituye uno de los conjuntos más notables de arquitectura tradicional, por su magnitud, integridad y perfecto estado de conservación, con un caserío que se ha mantenido prácticamente integro desde el siglo XVIII. La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por resolución de 22 de noviembre de 2005, acordó incoar procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Etnológico de la localidad de La Cuenca, en el municipio de Golmayo (Soria). De acuerdo con lo dispuesto en el art. 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, las Universidades de Valladolid y S.E.K. de Segovia informaron favorablemente la pretendida declaración. Cumplidos los tramites preceptivos de información Pública y Tramite de Audiencia, dentro del plazo concedido al efecto se presentan alegaciones al expediente, que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de declaración. De conformidad con lo dispuesto en el art.12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble con la categoría de Conjunto Etnológico y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de Octubre de 2006, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.-Se declara localidad de La Cuenca, en el municipio de Golmayo (Soria), Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Etnológico. Segundo.-Delimitación de la zona afectada:

Empezando por el Este y hacia el Sur por la linde entre las parcelas catastrales 00169 y 00164 hasta el camino donde doblando hacia el Oeste, tomando el camino para cruzar el puente sobre el río Abión. Por el eje de este río hacia el Oeste hasta el arroyo que desemboca en este río una vez que ha pasado el pueblo entre las parcelas 00278 y 00279, por este arroyo, hacia el Norte y hasta el puente. Desde este puente y por el camino lindero a la parcela 00136 hacia el Noreste, continuando por la linde sur de la parcela 05161 y el camino que bordea el suelo urbano en ese punto y dirección y colindante por el sur a la parcela 00109. Por este camino hasta una línea paralela a 50 metros del muro Noreste del cementerio bajando hacia el Sur por un camino situado entre las parcelas 05124 y 05112 se continúa por el camino de Villaciervos hacia el Oeste para cerrar la delimitación de conjunto etnológico.

La zona afectada por la declaración es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, a 19 de octubre de 2006.-El Presidente de la Junta de Castilla y León (firmado en el original), Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo (firmado en el original), Silvia Clemente Municio.

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