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Documento BOE-A-2006-21008

Resolución de 27 de octubre de 2006, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el anexo del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para el desarrollo del programa de escuelas viajeras en el año 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2006, páginas 42359 a 42359 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-21008

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Cataluña han suscrito un Anexo al Convenio de colaboración para el desarrollo de un programa de escuelas viajeras en el año 2006, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Anexo.

Madrid, 27 de octubre de 2006.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

ANEXO AL CONVENIO SUSCRITO EL 20 DE FEBRERO DE 1990 ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA, PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ESCUELAS VIAJERAS EN EL AÑO 2006

INTERVIENEN

De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, el Excmo. Sr. don Joan Manuel del Pozo i Àlvarez, Consejero del Departamento de Educación y Universidades, en nombre y representación de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

EXPONEN

En fecha 20 de febrero de 1990 el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Cataluña, suscribieron un Convenio para el desarrollo del Programa de Escuelas Viajeras, en cuya base séptima se determinaba el carácter indefinido del mismo, salvo denuncia expresa de una de las partes, y la determinación por períodos anuales de las actuaciones que en cada caso se acordasen, mediante la suscripción del correspondiente Anexo.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de Escuelas Viajeras se desarrollará durante el año 2006 con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

I. Alumnos y profesores participantes: Número máximo de alumnos procedentes de la Comunidad Autónoma de Cataluña que participarán en otra ruta: 585.

Número de grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor procedente de dicha Comunidad que participarán en otra ruta: 39. Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de Cataluña: 24.

II. Aportaciones para el desarrollo del programa en el año 2006:

a) Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes en la ruta de dicha Comunidad:33.202,92 euros.

Para sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta. Total: 3.013,08 euros.

Total aportación M.E.C. ruta de Cataluña: 36.216,00 euros. De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, librará a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, que ascienden a un total de 79.727,00 €.

Las aportaciones indicadas están condicionadas a las disponibilidades presupuestarias en la aplicación 18.11.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para el 2006. El libramiento se efectuará al Departamento de Enseñanza de la Comunidad Autónoma de Cataluña que, a efectos de la justificación del gasto, acopiará la documentación correspondiente y remitirá al Ministerio de Educación y Ciencia (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa) aquélla especificada en la convocatoria que incluye una certificación que exprese que el libramiento efectuado se ha ingresado en su presupuesto y se ha destinado a los fines previstos, debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas y Entidades colaboradoras, en la normativa vigente.

b) Por parte de la Comunidad Autónoma de Cataluña:

Para financiar el desarrollo de la ruta de Cataluña: 47.133,00 euros.

Además, con el fin de colaborar en las tareas de coordinación de las rutas a que se refiere la cláusula tercera apartado sexto del convenio de colaboración suscrito el 20 de febrero de 1990, la Comunidad Autónoma de Cataluña contratará el personal de apoyo preciso a cuyo efecto, el Real Decreto 1948/2004, de 27 de septiembre, sobre ampliación de funciones y servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña por Real Decreto 2809/1980 de 3 de octubre, en materia de enseñanza, incluye el traspaso del coste correspondiente a los ayudantes de coordinación de las rutas.

En la ejecución del Programa serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito en fecha 20 de febrero de 1990.

Madrid, 16 de octubre de 2006.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por el Departamento de Educación y Universidades, Joan Manuel del Pozo i Àlvarez.

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