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Documento BOE-A-2006-21803

Orden CUL/3776/2006, de 17 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Regiones Polares.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 12 de diciembre de 2006, páginas 43665 a 43666 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2006-21803

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Regiones Polares en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don José María Jayme Bravo, don Carlos Zamora Ipas y don Carlos de la Fuente Benéitez, en Madrid, el 6 de noviembre de 2006, según consta en la escritura pública número 2.747, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Alfredo Barrau Moreno. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, avenida General Perón, número 32, piso 24, y su ámbito es estatal. Tercero.-Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Divulgación general de las actividades que cada año desarrollan en las Regiones Polares, principalmente España y los diferentes países miembros del Tratado Antártico y Consejo Ártico. Por extensión, divulgación general sobre temas relacionados con la exploración, la aventura y la investigación desarrollados en espacios naturales, incluyendo la exploración aeroespacial. Llevar a cabo campañas de información y sensibilización general sobre los problemas de las Regiones Polares, especialmente del continente Antártico. Transmitir, principalmente a las nuevas generaciones, unos conocimientos generales sobre los problemas medioambientales del planeta en el que vivimos e inculcarles una filosofía de respeto hacia el entorno. Desarrollar programas de actividades en la naturaleza para público en general, cuya principal finalidad es proporcionar conocimientos básicos sobre la vida y movimiento en las Regiones Polares u otras áreas del planeta, incluido el espacio. Recopilar y clasificar información relativa a las Regiones Polares para constituir un Centro de Información Polar a disposición del público en general. Contribuir a todo tipo de campañas de carácter cultural, social y educativas, promovidas por las Administraciones públicas, tanto de España como de los países miembros del Tratado Antártico y Consejo Ártico. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don José María Jayme Bravo, Vicepresidente: Don Carlos Zamora Ipas, Secretario: Don Isidro Ordás Casado, Vocal: Don Carlos de la Fuente Benéitez.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica del Departamento las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43.b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero. Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Regiones Polares en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura.

Por todo lo cual resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Regiones Polares, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, avenida General Perón, número 32, piso 24, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 17 de noviembre de 2006.-La Ministra de Cultura. P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), la Secretaria General Técnica del Ministerio de Cultura, María Concepción Becerra Bermejo.

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