Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a Gestión de Patrimonios Mobiliarios, Agencia de Valores, S. A., y a don Ernesto González Quesada, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra l), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a dar publicidad, conforme a lo establecido en el último párrafo del artículo 102 de dicho texto legal, a las sanciones impuestas mediante Orden Ministerial de fecha 14 de febrero de 2005 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
«Imponer a Gestión de Patrimonios Mobiliarios, Agencia de Valores, S. A., por la comisión de una infracción muy grave del artículo 99, letra l), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la inobservancia de la limitación operativa prevista en la letra d), del apartado 3, del artículo 70 del mismo texto legal, por el mantenimiento de saldos acreedores no transitorios e instrumentales de clientes de gestión, sanción consistente en multa por importe de 12.000 euros (doce mil euros).
Imponer a don Ernesto González Quesada, como Consejero Delegado y Director General de Gestión de Patrimonios Mobiliarios, Agencia de Valores, S. A., por la comisión de una infracción muy grave del artículo 99, letra l), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la inobservancia de la limitación operativa prevista en la letra d), del apartado 3, del artículo 70 del mismo texto legal, por el mantenimiento de saldos acreedores no transitorios e instrumentales de clientes de gestión, sanción consistente en multa por importe de 9.000 euros (nueve mil euros).»
Madrid, 17 de noviembre de 2006.-El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Manuel Conthe Gutiérrez.
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