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Documento BOE-A-2006-2761

Resolución de 25 de enero de 2006, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se dispone la publicación de la adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de La Rioja, sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de recuperación de suelos contaminados 1995-2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2006, páginas 6294 a 6295 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-2761

TEXTO ORIGINAL

Suscrita, con fecha 28 de diciembre de 2005, previa tramitación reglamentaria, la Primera adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de La Rioja, sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados 1995-2005, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicha adenda que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 25 de enero de 2006.-El Director General, Jaime Alejandre Martínez.

PRIMERA ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, SOBRE ACTUACIONES DERIVADAS DEL PLAN NACIONAL DE RECUPERACIÓN DE SUELOS CONTAMINADOS 1995-2005

En Madrid, a 28 de diciembre de 2005.

REUNIDOS

De una parte la señora Ministra de Medio Ambiente, D.ª Cristina Narbona Ruiz, nombrada por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril (B.O.E. de 18 de abril). En virtud de las facultades conferidas por la D.A. decimotercera, en relación con el artículo 6, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, introducido por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte el Señor Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, D. Pedro Sanz Alonso, nombrado por Real Decreto 851/2003, de 30 de junio. Ambas partes tienen y se reconocen capacidad legal para formalizar la presente Adenda y a tal efecto

EXPONEN

I. Con fecha 3 de agosto de 2001 fue suscrito un Convenio Marco entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de La Rioja sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados 1995-2005 (PNRSC). Convenio que sustituía al firmado en 1995 con la misma finalidad. II. El artículo 9.º de la Ley Orgánica 3/1982 de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja, establece que en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja el desarrollo legislativo y la ejecución de la protección del medio ambiente, normas adicionales de protección del medio ambiente y del paisaje, espacios naturales protegidos y protección de ecosistemas. III. Conforme el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, le corresponde, entre otras, las competencias para la elaboración y seguimiento de los Planes Nacionales de Residuos Urbanos, Peligrosos y Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados. IV. La cláusula tercera del Convenio establece que el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de La Rioja financiará conjuntamente al 50% las actuaciones de recuperación de suelos contaminados a realizar en esta Comunidad durante la vigencia del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados 1995-2005. V. Habiendo transcurrido la casi total vigencia del Convenio, es necesario actualizar los trabajos y los compromisos financieros suscritos, ya que el Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados finaliza en diciembre de 2005. Asimismo, aprovechando esta actualización, se propone una nueva cláusula de vigencia que elimine las posibles dudas que la anterior redacción pudiera suscitar. Por todo ello, ambas partes suscriben la presente Adenda al Convenio marco de colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-Es objeto de la presente Adenda actualizar los compromisos que, sobre la financiación y las actuaciones, se mencionan en las cláusulas tercera y cuarta del Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de La Rioja. Segunda. Financiación.-Las actuaciones a financiar establecidas en Anexo I del Convenio marco en relación con su cláusula cuarta quedan sustituidas por las que se establecen en el Anexo de esta Adenda. Las transferencias realizadas por el Ministerio de Medio Ambiente hasta la fecha, en ejecución del referido Convenio marco, se elevan a 300.506,05 €. Las actuaciones pendientes de pago se financiarán, igualmente, de forma conjunta por el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de La Rioja al 50%, por lo que la aportación pendiente del Ministerio de Medio Ambiente asciende a la cantidad de trescientas cincuenta y dos mil veinticinco euros y cincuenta y un céntimos (352.025,51 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 23.08.456B.750 de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2005. Esta cantidad se hará efectiva mediante certificación conforme de las actuaciones contempladas en el Anexo por el Director-Coordinador designado por el Director General de Calidad y Evaluación Ambiental. Tercera. Seguimiento del Convenio.-El seguimiento del Convenio podrá realizarse, conforme se establece en el punto duodécimo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, mediante la elaboración de documentos de evaluación realizados por el Director-Coordinador que se nombre por parte del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental. Estos documentos de evaluación sustituirán a las reuniones de la Comisión de Seguimiento que establece la cláusula novena del Convenio marco según sus fechas. Cuarta. Vigencia.-La vigencia del Convenio se extiende desde su firma, el 3 de agosto de 2001, hasta el 31 de diciembre de 2005, fecha de finalización del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados. Quinta. Actualización de los compromisos.-Con la suscripción de la presente Adenda, quedan anulados todos los compromisos financieros derivados de los convenios o adendas anteriores, por lo que, tras el cumplimiento de las actuaciones establecidas en el presente documento quedará finalizado el Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados 1995-2005. Sexta. Publicación.-La presente Adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de La Rioja».

La Ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona Ruiz.-El Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, Pedro Sanz Alonso.

ANEXO Actuaciones a cofinanciar entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de La Rioja

Actuaciones

Presupuesto Euros

Proyectos y obras en emplazamientos contaminados

418.610,97

Proyectos y obras de sellado de vertederos

669.044,37

Estudios caracterización

217.407,75

Total

1.305.063,09

Cuantía de las inversiones realizadas y previstas para 2005

Inversión total

50% MIMAM

2001

316.030,63

158.015,32

2002

46.745,06

23.372,53

2003

76.440,33

38.220,17

2004

320.006,19

160.003,10

2005

545.840,88

272.920,44

Total

1.305.063,09

652.531,56

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