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Documento BOE-A-2006-3301

Acuerdo de 31 de enero de 2006, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se hace público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, relativo a la modificación de las normas de reparto de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2006, páginas 7651 a 7651 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2006-3301

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 31 de enero de 2006, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en su reunión del día 19 de diciembre de 2005, en el que se aprueba la propuesta de la Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, celebrada el 9 de diciembre de 2005, relativo a la modificación de las normas de reparto de los Juzgados del mencionado orden jurisdiccional, del siguiente tenor literal:

«Punto tercero.-Modificación normas de reparto Contencioso-Administrativo. Se Modifica la Norma de Reparto Séptima de las Normas de Reparto de Asuntos entre los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo para adaptar su contenido a lo establecido en el artículo 70 del Reglamento 11/2005 de los Aspectos Accesorios a las Actuaciones Judiciales y, al mismo tiempo a las necesidades prácticas en orden a evitar traslados y reproducción de actuaciones innecesarias.»

En consecuencia, la Norma de Reparto Séptima de las Normas de Reparto de Asuntos entre los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo quedará redactada de la forma siguiente:

«Los exhortos relativos a notificaciones, citaciones, emplazamientos, requerimientos y diligencias de ejecución que no conlleven actividad jurisdiccional previa diferente de la que pueda haber realizado el órgano exhortante se turnarán al Juzgado que corresponda, acusando recibo al órgano exhortante, pero se remitirán materialmente por el Juzgado Decano al Servicio Común de Notificaciones y Embargos para su práctica, indicando a los efectos oportunos a dicho Servicio el Juzgado al que correspondió el turno, el cual asumirá la responsabilidad de su debido cumplimiento y de resolver cuantas incidencias se susciten en la tramitación del despacho. Practicado el exhorto y de no surgir incidencia alguna, el Servicio Común devolverá directamente el exhorto al Juzgado exhortante.»

Madrid, 31 de enero de 2006.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 31/01/2006
  • Fecha de publicación: 24/02/2006
Materias
  • Administración de Justicia
  • Castilla y León
  • Juzgados de lo Contencioso Administrativo
  • Reparto de asuntos
  • Tribunales Superiores de Justicia
  • Valladolid

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