Visto el expediente de indulto de don Francisco Vega Iglesias, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4.3 del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número 8 de Barcelona que, en sentencia de 5 de noviembre de 2001 le condenó, como autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de dos años y tres meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 1998 y 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Francisco Vega Iglesias la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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