Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-610

Resolución de 21 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden renovaciones de proyectos para la cooperación interuniversitaria con Brasil.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 16 de enero de 2006, páginas 1839 a 1841 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-610

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 13 de mayo de 2005 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación se convocaron solicitudes de prórroga de proyectos de cooperación interuniversitaria con Brasil, al amparo del Convenio de Cooperación suscrito entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de Educación de Brasil. Vista la propuesta presentada por la Comisión Mixta de Selección, de conformidad con lo establecido en el punto A.5.4 de la Resolución de 13 de mayo de 2005, y en virtud de las atribuciones conferidas en el punto A.4.2 de la citada Resolución, he resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas y becas que se relacionan en los anexos II y III, destinadas a la financiación de las estancias de movilidad y becas predoctorales a disfrutar durante los años 2006-2007 por los grupos investigadores españoles cuyos proyectos han sido propuestos para renovación por la Comisión Mixta de Selección y figuran en el anexo I.

Segundo.-El gasto será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A. 781 de los Presupuestos Generales del Estado, con el desglose siguiente:

Ejercicio 2006

Ejercicio 2007

Anexo II Ayudas de Movilidad

60.705,00

55.272,00

Anexo III Becas Predoctorales

49.025,00

9.805,00

El pago del importe correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos de los Presupuestos Generales del Estado.

Tercero.-De conformidad con lo establecido en el punto B.3.1. de la Resolución de convocatoria, las dotaciones de las becas predoctorales se abonarán por transferencia al interesado, en los términos recogidos en dicho apartado. Las estancias de movilidad se abonarán en un pago único, por ejercicio presupuestario. Cuarto.-Los responsables de los proyectos prorrogados que figuran en el anexo I quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en el punto A.6 de la convocatoria de 13 de mayo de 2005. Quinto.-Los beneficiarios de las becas y estancias de movilidad concedidas que figuran en los anexos II y III quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en el punto B.7 de la convocatoria de 13 de mayo de 2005.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 21 de diciembre de 2005.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), la Directora General de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid